Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 29/11/2023

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy

Noviembre, 29 de 2023.-

Boletín Oficial Nº 133

GOBERNADOR
DECRETO Nº 11634-S/2023.EXPTE. Nº 733-289/21.SAN SALVADOR DE JUJUY, 17 OCT. 2023.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA
ARTICULO 1º.- Adecuase a la Sra. Gloria Susana García, CUIL 23-13729421-4 cargo categoría C-1 i-1, Agrupamiento Profesional, Escalafón Profesional, Ley N 4413, de la U. de O.: R 6-01-23 Hospital "Wenceslao Gallardo, a partir de la emisión del presente decreto, de conformidad a lo expresado en el exordio.ARTÍCULO 2.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo precedente, se atenderá con las partidas presupuestarias previstas en el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos, ejercicio 2023, Ley N 6325, que a continuación se indican:
EJERCICIO 2023:
Jurisdicción "R" Ministerio de Salud, Unidad de Organización R 6-01-23 Hospital Wenceslao Gallardo, la Partida de Gastos en Personal, la que de resultar insuficiente tomará fondos de la partida 01-01-01-01-01-23 Adecuación Personal Ley N 4413, correspondiente a la Jurisdicción "K Obligaciones a Cargo del Tesoro.ARTÍCULO 3.- El presente decreto será refrendado por los Señores Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas.ARTÍCULO 4.- Regístrese. Tomen razón Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, pase a la Secretaria de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Cumplido siga sucesivamente para conocimiento de la Dirección Provincial de Presupuesto, Contaduría de la Provincia, y Dirección Provincial de Personal. Cumplido vuelva al Ministerio de Salud a sus efectos.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 11638-S/2023.EXPTE. Nº 716-104/2022.SAN SALVADOR DE JUJUY, 17 OCT. 2023.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Promuévase a la Sra. Carmela Rosa Anachuri, CUIL 27-13121696-9, al cargo categoría 24 c-4, Agrupamiento Técnico, Escalafón General, Ley N 3161/74, de la U. de O.:R6-01-04 Hospital "San Roque", a partir del 1º de enero de 2023 en el marco de lo dispuesto por la Ley N 5502/05 y su Decreto Reglamentario N 8865-H-07, de conformidad a lo expresado en el exordio.ARTÍCULO 2º.- La erogación emergente del presente decreto, se atenderá con las partidas previstas en el presupuesto vigente que a continuación se indican:
EJERCICIO 2023
La partida de Gasto en Personal, que al respecto prevé el Presupuesto General de Gasto y Cálculo de Recursos, Ley N 6325, para la Unidad de Organización R6-01-04 Hospital San Roque, la que en caso de resultar insuficiente se reforzarán tomando créditos de la Partida prevista en la Jurisdicción "K" Obligaciones a cargo del Tesorodenominada: 1-1-1-1-1-60 "Adecuación Ley N 5502".ARTÍCULO 3º.- Instruyase a la Dirección Provincial de Personal para el control y cumplimiento de la condición exigida por el segundo párrafo del articulo 3º, Anexo I del Decreto N 8865-H-07, a cuyos efectos arbitrara los trámites, comunicaciones y notificaciones necesarias y de conformidad al artículo 100 bis de la Ley N 3161/74. modificado por Ley N 5748.ARTÍCULO 4º.- El presente decreto será refrendado por los señores Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas.ARTÍCULO 5º.- Regístrese. Tomen razón Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, pase a la Secretaria de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Cumplido siga sucesivamente para conocimiento de la Dirección Provincial de Presupuesto, Contaduría de la Provincia, y Dirección Provincial de Personal. Cumplido vuelva al Ministerio de Salud a sus efectos.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 11656-S/2023.EXPTE. Nº 721-029/22.SAN SALVADOR DE JUJUY, 17 OCT. 2023.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Autorizase al Ministerio de Salud a imputar la erogación derivada del Expediente N 721-029/2022 Caratulado: "SOLICITUD DEL
ADICIONAL POR CIRCUITO CERRADO PARA ENFERMEROS DE UTI", cuando la misma corresponda, previa revisión de las actuaciones a cargo de las autoridades responsables a la partida 03-10-15-01-26 "Para Pago de Obligaciones no Comprometidas Presupuestariamente en Ejercicios Anteriores", correspondiente a la Unidad de Organización "L" DEUDA PÚBLICA, prevista en el Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos, Ejercicio 2023, Ley N 6325, informada por la Dirección Provincial de Presupuesto, debiendo el organismo respectivo cumplir con la autorizaci ón, aprobación, ejecución del gasto y rendición de cuentas, de conformidad con las disposiciones legales vigentes.ARTÍCULO 2º.- El presente decreto será refrendado por los Señores Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas.ARTÍCULO 3º.- Regístrese. Tomen razón Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, pase a la Secretaria de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Cumplido siga sucesivamente para conocimiento de la Dirección Provincial de Pr esupuesto, Contaduría de la Provincia, y Dirección Provincial de Personal. Cumplido vuelva al Ministerio de Salud a sus efectos C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 11660-S/2023.EXPTE. Nº 721-1481/2020.SAN SALVADOR DE JUJUY, 17 OCT. 2023.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

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Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 29/11/2023

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Jujuy

PaeseArgentina

Data29/11/2023

Conteggio pagine204

Numero di edizioni1231

Prima edizione10/01/2018

Ultima edizione05/07/2024

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