Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 11/10/2023

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy

Octubre, 11 de 2023.-

Boletín Oficial Nº 115

trate, y del Poder, si actúa como mandatario. b Domicilio Real del insinuante. c Domicilio que se constituye a efectos del proceso, el que deberá fijarse en la ciudad del trámite de la Quiebra, en este caso San Salvador de Jujuy, indicando teléfono y dirección de correo electrónico. d Indicación de la causa u origen de la deuda, detalle de la Documentación que se acompaña, Monto por el que se solicita la verificación, Privilegio que se invoca, indicando claramente la clase del mismo con la Firma del peticionante en toda y cada una de las fojas que compone la insinuación. e En caso de solicitar intereses deberá practicar la liquidación correspondiente indicando la tasa aplicada y las fechas comprendidas. Estos se reconocerán hasta la fecha de Quiebra: 13/07/2023 salvo las excepciones del art. 129 de la Ley 24.522. 2 Con la nota se deberá acompañar los originales de la documentación en base a la cual se formula la insinuación, con 2dos Duplicados en en fotocopias, todos debidamente firmados por el presentante. 3 Corresponde consignar que el art. 2 00 de la Ley 24.522 establece.
Por cada solicitud de verificación de crédito que se presente, el acreedor, sea tempestivo, incidental o tardío, pagará al síndico un arancel equivalente al 10% del salario mínimo vital y móvil que se sumará a dicho crédito..Exclúyese del arancel a los créditos de causa laboral, y a los equivalentes a menos de tres salarios mínimos vitales y móviles, sin necesidad de declaración judicial. Publíquese edictos en el Boletín Oficial y en un diario local por tres veces en cinco días. San Salvador de Jujuy, 09 de Octubre de 2023.11/18/20 OCT. S/C.-

EDICTOS DE USUCAPION

Dr. José Alejandro López IriarteVocal de la Cámara en lo Civil y ComercialSala IVocalía 2, en el Expte. Nº C-187338/21, caratulado:
Prescripción Adquisitiva de Inmuebles: OLIVERA, JOSE HUMBERTO y MACHUCA, ISABEL NOEMI c/ ALEMÁN, TEOFILO, dispone notificar a la SRA. PAULINA INES SORUCO el decreto dictado en la presente causa de prescripción adquisitiva del inmueble individualizado como: PADRON A-15595, MATRICULA A-6364-15595, CIRCUNSCRIPCION 1, SECCION 10, MANZANA 58, PARCELA 10, ubicado en calle PUNA
Nº 301 esquina Juárez Celman del Barrio San Pedrito de esta ciudad, que se transcribe a continuación: San Salvador de Jujuy, 19 de septiembre de 2023 I.Atento lo manifestado por la Defensora Oficial DRA. MIRIAM MABEL ZEBALLOS en el escrito nº 878142, téngase presente y agréguese el oficio diligenciado por la Policía de la Provincia. II.- Ante la imposibilidad de ubicar el domicilio de la colindante PAULINA INES SORUCO, DNI Nº 23.985.208, cítese a la nombrada por Edictos para que comparezca dentro de los quince 15 días de ser notificada, a fin de que tome conocimiento del juicio, y si considerare afectados sus derechos, pida participación como demandada, los que deberán publicarse por 3 veces en cinco 5 días en el Boletín Oficial y en un diario de circulación local. A tal fin deberá el Dr. López Salgado confeccionar y presentar el edicto para control y firma de la Actuaria. III.- Hágase saber a la Defensora Oficial Dra. Zeballos que deberá continuar representando a la ausente Paulina Inés Soruco. IV.- Notifíquese por cédula. Fdo.: Dr. José A. López IriarteJuez. Ante mi Dra. Eleonora CallusoSecretaria.- Publíquese los edictos por tres veces en 5 días en el Boletín Oficial y en un diario local de circulación masiva.- San Salvador de Jujuy, 28 de septiembre de 2023.11/18/20 OCT. LIQ. Nº 34024 $1.650,00.-

EDICTOS DE NOTIFICACION

Dra. MARISA E. RONDON, Juez del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N 3, Secretaría 5, en el Expte N C-143572/19 caratulado EJECUTIVO: MARTINEZ, RODRIGO ALEJANDRO c/ SOLARI, MARIA ADELAIDA hace saber a la demandada Sra. SOLARI, MARIA ADELAIDA
D.N.I. 36.282.857, el siguiente Decreto que a continuación se transcribe: "SAN SALVADOR DE JUJUY, 29 DE NOVIEMBRE DE 2.022. - AUTOS Y
VISTOS: RESULTA: CONSIDERANDO: RESUELVE: I.- Mandar llevar adelante la presente ejecución seguida por el SR. RODRIGO ALEJANDRO
MARTINEZ en contra de la Sra. MARIA ADELAIDA SOLARI hasta hacerse el acreedor del íntegro pago del capital reclamado, o sea la suma de PESOS
CUARENTA Y CINCO MIL TRESCIENTOS $45.300 con más los intereses de la tasa activa cartera general préstamos nominal anual vencida a treinta días del Banco de la Nación Argentina de conformidad a la doctrina del Superior Tribunal de Justicia en la causa Recurso de Inconstitucionalidad interpuesto en el Expte. Nº B.145.731/05, Sala I Tribunal del Trabajo Indemnización por despido incausado y otros rubros: Zamudio, Silvia Zulema c/ Achi, Yolanda y otro Libro de Acuerdos Nº 54, fº 673/678, nº 235 desde la mora y hasta su efectivo pago, con más I.V.A si correspondiere. II.- Imponer las costas a la vencida art. 102 C.P.C. III.- Regular honorarios profesionales del Dr. FRANCO BRAVO en la suma de PESOS TREINTA Y CUATRO MIL
SETESCIENTOS CUARENTA $34.740 con más un interés igual a la tasa activa cartera general préstamos nominal anual vencida a treinta días del Banco de la Nación Argentina de conformidad a la doctrina del Superior Tribunal de Justicia en la causa Recurso de Inconstitucionalidad interpuesto en el Expte. Nº B.145.731/05, Sala I Tribunal del Trabajo Indemnización por despido incausado y otros rubros: Zamudio, Silvia Zulema c/ Achi, Yolanda y otro Libro de Acuerdos Nº 54, fº 673/678, nº 235 desde la mora y hasta su efectivo pago, con más I.V.A. si correspondiere, conforme los argumentos expuestos en los considerandos. IV.- Firme la presente, intimar a la parte actora a retirar por Secretaría el documento original en el término de CINCO DÍAS, bajo apercibimiento de glosar el mismo al expediente.- V.- Hacer efectivo el apercibimiento dispuesto a fs.16 en contra de la Sra. MARIA ADELAIDA SOLARI
mandándose notificar la presente Resolución mediante la publicación de edictos. Atento a la implementación de Expte digital, deberá el letrado adjuntar las diligencias en el Sistema único de gestión Judicial en colaborativas. VI.- Notificar por cédula, agregar copia en autos, hacer saber, protocolizar. FDO MARISA
E RONDONJUEZante mi - DRA. MARIA BELEN DOMINGUEZ - PRO SECRETARIA.06/09/11 OCT. LIQ. Nº 33977 $1.650,00.La DRA. NORMA BEATRIZ ISSA, Juez Presidente de Tramite de la Vocalia N 9, de la Sala III, de la Cámara en lo Civil y Comercial, en el Expte. Nº C058795/16, Caratulado: CUMPLIMIENTO DE CONTRATO/OBLIGACIÓN: VAZQUEZ, GUILLERMO ENRIQUE C/ MENTESANA, ROSA, procede a notificar a los herederos de la Sra. ROSA MENTESANA las siguientes resoluciones: 1.- En la Ciudad de San Salvador de Jujuy, a los cuatro días del mes de febrero del año dos mil veintidós, los señores Vocales de la Sala Tercera de la Cámara en lo Civil y Comercial, doctores NORMA BEATRIZ ISSA y ALEJANDRA MARÍA LUZ CABALLERO, bajo la presidencia de la primera de los nombrados, vieron el Expte. N C - 058795/2016, caratulado ORDINARIO POR CUMPLIMIENTO DE CONTRATO/ OBLIGACION: VAZQUEZ, GUILLERMO ENRIQUE C/ MENTESANA, ROSA, del cual, La Dra. NORMA BEATRIZ ISSA dijo Por lo expuesto, la Sala III de la Cámara en lo Civil y Comercial,- RESUELV E:- - -1.- Rechazar la demanda incoada
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Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 11/10/2023

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Jujuy

PaeseArgentina

Data11/10/2023

Conteggio pagine46

Numero di edizioni1243

Prima edizione10/01/2018

Ultima edizione31/07/2024

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