Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 18/4/2023

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy

Abril, 19 de 2023.-

Boletín Oficial Nº 44

SAN SALVADOR DE JUJUY, 04 MAYO 2022.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Desígnase a la Lic. LUCIANA QUINTANA, D.N.I. N 28.073.433, Coordinadora de Infraestructura de Datos Espaciales dependiente del Ministerio de Planificación Estratégica y Modernización, a partir de la fecha del presente Decreto.ARTICULO 2.- Regístrese. Tomen razón Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas. Publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial. Pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para su difusión, siga sucesivamente a Contaduría de la Provincia, Dirección Provincial de Pr esupuesto y Dirección Provincial de Personal, para conocimiento y demás efectos. Cumplido, vuelva al Ministerio de Planificación Estratégica y Modernización y archívese.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 5987-DEyP/2022.EXPTE. Nº 660-180/2022.SAN SALVADOR DE JUJUY, 01 JUL. 2022.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Modificase la planta de Personal Permanente de las Unidad de Organización P1 Ministerio de Desarrollo Económico y Producción, 6A
Dirección de Minería y Recursos Energéticos, dependientes de la Jurisdicción. "P" Ministerio de Desarrollo Económico y Producción de la siguiente manera:
Se crea en la U. de O 6A
Personal Escalafón Profesional - Ley N 4.413
1 cargo categoría A-1
ARTÍCULO 2.- Designase a Juan Francisco TARIFA CUIL 20-16756185-4, en un cargo categoría A-1, personal Escalafón Profesional Ley N 4.413, en la Planta Permanente de la Jurisdicción "P" Ministerio de Desarrollo Económico y Producción, U. de O. 6A Dirección de Minería y Recursos Energéticos, a partir de fa fecha del presente decreto.
ARTÍCULO 3.- Lo dispuesto en este Decreto se atenderá con las respectivas partidas de "Gasto de Personal" asignadas a la Jurisdicción "P" Ministerio de Desarrollo Económico y Producción, U. de O. 1 Ministerio, U. de O 6A Dirección de Minería y Recursos Energéticos, para lo cual se autoriza a Contaduría de la Provincia a realizar el refuerzo que corresponda tomando fondos de la partida 1-1-1-2-1-9 Personal Contratado de las Unidades de Organización antes mencionadas y de resultar insuficientes las partidas indicadas, se tomará fondos de la partida 01-01-01-01-95 Regularización Decreto N 3510-G-21 asignada a la Jurisdicción "K" Obligaciones a Cargo del Tesoro, previstas en el Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos Ley N 6.256, ejercicio 2022.
ARTÍCULO 4.- A partir de la fecha de este decreto se rescinde el contrato de Locación de Servicios suscripto oportunamente entre el Estado Provincial y el agente TARIFA JUAN FRANCISCO.ARTÍCULO 5.- El presente decreto será refrendado por los señores Ministros de Desarrollo Económico y Producción, y Hacienda y Finanzas.ARTÍCULO 6.- Regístrese. Tomen razón Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas. Pase al Boletín Oficial para publicación en forma sintética , y a la Secretaria de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Siga sucesivamente a Contaduría de la Provincia, Dirección Provincial d e Presupuesto y Dirección Provincial de Personal. Vuelva al Ministerio de Desarrollo Económico y Producción. Cumplido, ARCHIVESE.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 7683-ISPTyV/2023.EXPTE. Nº 649-327/2022.SAN SALVADOR DE JUJUY, 30 ENE. 2023.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Déjese sin efecto el Art 2 del Decreto N 1229-ISPTyV/2022, por os motivos expuestos en el exordio.ARTICULO 2.- Establézcase para los beneficiarios de subsidios nacionales y provinciales, la carga de constituir una cuenta corriente en el Banco Macro S.A. para la percepción de los fondos destinados al pago de sueldos de personal.ARTICULO 3.- Entiéndase al sueldo como integrativo de remuneración, beneficios y cargas sociales.ARTICULO 4.- Establézcase la obligatoriedad de rendir cuentas, cuya aprobación determinarla disposición a posteriori del remanente.ARTICULO 5.- Dispóngase a la Secretaria de Transporte, el carácter de Autoridad de Aplicación facultada a proceder a dictado de normas reglamentarias y operativas de la Ley N 6280.ARTÍCULO 6.- Regístrese. Tomen razón Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial y siga a la Secretaría de Comunicación y Gobierno abierto para su difusión. Pase sucesivamente al Ministerio de Trabajo y Empleo, al Ministerio de Haci enda y Finanzas, y a la Dirección de Transporte, para conocimiento. Cumplido vuelva al Ministerio de Infraestructura, Servicios Públicos, Tierra y Vivienda, a sus efectos.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 7590-DEyP/2022.EXPTE. Nº 660-203/2020.SAN SALVADOR DE JUJUY, 28 DIC. 2022.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Autorízase al Ministerio de Desarrollo Económico y Producción a imputar las erogaciones derivadas del Expediente N 660-203/2020, caratulado "Deuda Publica-Publicidad Año 2019", a la Partida prevista en la Jurisdicción "L" Deuda Pública 15-1-26-0-3-10, "para Pago de Obligaciones No Comprometidas Presupuestariamente en Ejercicios Anteriores", prevista en el Presupuesto General de Gastos y Cálculos de los R ecursos-Ejercicio 2022-Ley N 6256, cuando la misma corresponda, previa revisión de las actuaciones a cargo de las autoridades responsables, informada por la Dirección Provincial de Presupuesto, debiendo el organismo cumplir en materia de autorización, aprobación, ejecución del gasto y rendición de cuentas conforme con las disposiciones legales vigentes.ARTICULO 2.- El presente Decreto será refrendado por los Ministros de Desarrollo Económico y Producción, y de Hacienda y Finanzas.-

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Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 18/4/2023

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Jujuy

PaeseArgentina

Data18/04/2023

Conteggio pagine22

Numero di edizioni1242

Prima edizione10/01/2018

Ultima edizione29/07/2024

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