Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 4/1/2023

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy

Boletín Oficial Nº 02

Enero, 04 de 2023.-

Lugar de Adquisición y Consultas: Secretaria de Infraestructura Educativa Av. El Éxodo N 751-1 PisoDirección de Obras-SIE de 8:00 a 12:30 hs.- Tel:
388 6859908.- Correo electrónico: licitacionvueltaalaula@gmail.com.Financiamiento: Ministerio de Educación de la NaciónPréstamo CAF Nº 11545.04/06/09/11/13 ENE. S/C.GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE JUJUY
AGUA POTABLE DE JUJUY S.E.Tipo de Contratación: LICITACION PUBLICA Nº 14/2022.Objeto: Provisión Plantas Compactas Módulos de Filtración de Acero.Expte. N 622-150/2022.Fecha y Hora de Apertura: 25/01/2023 Hs 10:30.Valor del Pliego: $30.000 +IVA.
Consulta y Obtención de Pliegos: http aguapotablejujuy.com/licitaciones, o en oficinas de calle Alvear Nº 941 Box Atención al Público.
Lugar de Recepción de Sobres: Las ofertas se admitirán hasta una hora antes del día y hora fijados para la apertura de sobres, en Mesa de Entrada Empresa XUMA, cita en Av. 10 de Junio esquina San Luis, B Malvinas, San Salvador de Jujuy CP 4600.- No se admitirán ofertas que se hayan presentado en otra dependencia de Agua Potable de Jujuy S.E. Se permitirá presentar ofertas en Forma Electrónica. Vencido el plazo para la presentación de ofertas, no se admitirá presentación alguna y serán devueltos al oferente sin abrir.Lugar de Apertura de Sobres: Las ofertas se abrirán públicamente, en presencia de los representantes designados por los licitantes, y de cualquier persona que decida asistir en Salón Xuma, cita en Av. 10 de Junio, San Luis B Malvinas San Salvador de Jujuy CP 4600.Compra y Retiro de Pliegos: Atención al Cliente en oficinas de calle Alvear Nº 941.04/06/09/11/13 ENE. LIQ. Nº 31140 $3.000,00.-

CONTRATOS - CONVOCATORIAS - ACTAS

Contrato SocialCEMA S.R.L. En la ciudad de San Salvador de Jujuy, Provincia de Jujuy, a los 14 días del mes de Diciembre de 2022, se reúnen los señore s:
MARIO FERNANDO ORQUERA, 58 años, soltero, argentino, de profesión Radiólogo, DNI 17.074.546, CUIT 23-17074546-9 con domicilio en Entre Ríos N 210 B Centro-Libertador General San MartínLedesmaJujuy, nacido el 15 de Octubre de 1964 y FELIX CESAR BIRENE MARTINEZ, 43 años, soltero, argentino, Radiólogo, DNI N 26.893.785, CUIT 20-26893785-5, con domicilio en Victoria N 487 B Centro Libertador General San MartínLedesmaJujuy, nacido el 15 de Febrero de 1979; convienen celebrar el presente contrato de Sociedad de Responsabilidad Limitada que se regirá por las disposiciones de la Ley 19550 General de Sociedades y sus modificatorias y las siguientes cláusulas particulares. PRIMERA: Denominación: La sociedad girará bajo la denominación de CEMA S.R.L.- SEGUNDA: Domicilio: La sociedad tendrá domicilio legal en Libertador General San MartinLedesmaJujuy, provincia de JUJUY, pudiendo establecer sucursales, agencias, locales de venta, escritorios, depósitos, en cualquier lugar del país o del extranjero.
TERCERA: Duración: A partir de la fecha de inscripción y por el término de noventa y nueve 99 años, queda constituida la presente sociedad, plazo que podrá prorrogarse, por acuerdo de socios según lo establecido en el presente contrato. CUARTA: Objeto: La sociedad tendrá por objeto: a Organizar y explotar empresas de servicios, prestaciones y prácticas médicas vinculadas al diagnóstico por imágenes e intervencionismo: radiografías, mamografías, ecografías, tomografías computadas, tomografías computadas por emisión de positrones, resonancias magnéticas y cualquier otro tipo de sistema que reemplace, sustituya o complemente a cualquier de ellos, creado o a crearse; b Organizar tales servicios, contratando la instalación existente dentro de centros asistenciales creados o a crearse, u organizar nuevas instalaciones en los mismos; c Realizar la compraventa, importación, exportación, de todos los elementos, artículos, equipamientos, aparatos, repuestos y accesorios, necesarios para el desarrollo de las actividades previ stas; d Organizar y explotar planes asistenciales y/o de servicios en relación con dicha especialidad médica, prepagos o no; e Asimismo tendrá por objeto, el qu e los socios desarrollen por su actividad profesional en todas las explotaciones en que la Sociedad sea titular, de conformidad con la regulación que se establezca por reglamento interno, que la reunión de socios oportunamente aprobará; f Podrá asimismo, realizar por cuenta propia o de terceros o asociada a terceros, toda actividad civil o comercial que siendo lícita sea necesaria o conveniente para el desarrollo del objeto social aquí previsto y que guarde vinculación con la actividad profesional de cada uno de los socios; Para la consecución de su objeto social la sociedad podrá realizar todo acto lícito relacionado con el mismo. QUINTA: Capital: El capital social se fija en la suma de Pesos Un Millón de Pesos $1.000.000. Dividido en MIL 1000 cuotas sociales de pesos Un Mil $1.000 valor nominal cada una.
La suscripción del capital se realiza íntegramente en este acto, y se integra en efectivo, en un 25% veinticinco por ciento, como mínimo al momento de la suscripción del presente. Los socios se obligan a integrar el saldo en un plazo no mayor de dos años contados a partir de la fecha de inscripción en el Registro Público de Comercio. La sociedad podrá aumentar el capital indicado mediante reunión de socios, que requerirá para su aprobación el voto favorable de más de la mitad del capital. La misma reunión fijará el monto y los plazos para su integración. SEXTA: Dirección y Administración: La Administración y Dirección de la sociedad será plural y estará a cargo de los socios, Mario Fernando Orquera y Félix Cesar Birene Martínez quienes se desempeñarán el cargo de Socios Gerentes, actuando en forma de Gerencia Plural con Administración Indistinta en cuyo caso será necesaria sus solas firmas para ejercer la misma y obligar a la sociedad, quedando prohibido comprometerla en fianzas a favor de terceros. Para los fines sociales, los gerentes podrán: a Operar con toda clase de bancos, y/o cualquier otra clase de entidad crediticia o financiera de cualquier índole; b Otorgar poderes a favor de cualquiera de los socios o terceras personas para representarla en todos los asuntos judiciales y/o administrativos de cualquier fuero o jurisdicción que ellas fueren; c Tomar dinero en préstamo garantizado o no con derechos reales, aceptar prendas o constituirlas y cancelarlas, adquirir o ceder créditos, comprar y vender mercaderías y productos, derechos y acciones, permutar, dar y recibir en pago, cobrar y recibir, efectuar pagos transaccionales y celebrar contratos de locación y rescindirlos y otros contratos de cualquier naturaleza; d Realizar todos los actos previstos en el Art. 375 del Código Civil y Comercial de la Na ción y art. 9 del Decreto Ley 5965/63, haciéndose constar que la presente reseña es meramente enunciativa no limitativa. La Sociedad podrá ser representada por cualquiera de los socios gerentes en forma personal ante las reparticiones nacionales, provinciales o municipales, incluso A.F.I.P., Registro de Créditos Prendarios, Ministerios, secretarias del Estado, Tribunales, o ante cualquier repartición. Queda expresamente prohibido utilizar la firma social para actos a título gratuito, comprometer a la Sociedad para negocios o fianzas personales o de terceros ajenos a la Sociedad. En Reunión de Socios, con el voto favorable de las tres cuartas partes del capital social podrán restringir o ampliar las facultades otorgadas por el presente contrato a los gerentes. SEPTIMA: Fecha de Cierre de Ejercicio: el ejercicio social cerrará el día 31 mes Marzo de cada año: OCTAVA: Contabilidad: La sociedad llevará su contabilidad ajustada a las disposiciones legales vigentes, bajo la responsabilidad de los gerentes. Preparará anualmente su balance, al 31 de Abril de cada año, con el respectivo inventario y memoria, sin perjuicio de los parciales que puedan hacer a pedido de uno de los socios.-NOVENA: Utilidad y Pérdida: De las utilidades líquidas y realizadas que resultare del Balance General Anual se destinará el cinco por ciento 5% para constituir la Reserva Legal, hasta que la misma alcance el veinte por ciento 20% del Capital Social.
Cuando esta Reserva quede disminuida por cualquier razón, no podrán distribuirse ganancias hasta su reintegro. El remanente, previa deducción de cualquier
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Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 4/1/2023

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Jujuy

PaeseArgentina

Data04/01/2023

Conteggio pagine40

Numero di edizioni1244

Prima edizione10/01/2018

Ultima edizione02/08/2024

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