Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 7/11/2022

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy

Provincia de JUJUY
Unidos, Responsables y Solidarios
Noviembre, 07 de 2022.-

Boletín Oficial Nº 125
EDICTOS DE NOTIFICACION

Dr. Juan Pablo Calderón Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 1 Secretaria Nº 2, en el Expte. Nº B-202668/22, caratulado: Ejecutivo:
CASTAÑEDA, HUGO ANDRES c/ MARTINEZ, LUIS ANGEL se notifica por este medio al demandado, Sr. MARTINEZ, LUIS ANGEL, el siguiente proveído: San Salvador de Jujuy, 04 de Julio de 2.022. 1.-Proveyendo el escrito que antecede, la fotocopia debidamente certificada de recibo Nº 06053 del Registro Inmobiliario, agréguese. 2.-En consecuencia, atento lo solicitado por la parte Actora y de conformidad con lo previsto por los arts. 472, 478 y 480 del C.P.C., líbrese mandamiento de pago, ejecución y embargo en contra del Sr. LUIS ANGEL MARTINEZ, D.N.I. Nº 13.910.373, en el domicilio denunciado, por la suma de Pesos: DOS MILLONES $2.000.000,00.- en concepto de capital, con más la suma de Pesos: SEISCIENTOS MIL $600.000,00.-, presupuestada para acrecidas y costas del presente juicio. En defecto de pago, TRABESE EMBARGO sobre bienes de propiedad del demandado hasta cubrir ambas cantidades, designándose depositario judicial al propio afectado y/o persona de responsabilidad y arraigo, con las prevenciones y formalidades de ley. 3.Asimismo requiérase la manifestación sobre si los bienes embargados registran algún gravamen y en su caso exprese monto, nombre y domicilio del o los acreedores y cítaselo de remate para que oponga excepciones legítimas si las tuviere dentro del término de cinco días, en este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 1, Secretaría Nº 2, bajo apercibimiento de mandar llevar adelante la ejecución. 4.-Córrasele traslado del pedido de intereses, con las copias respectivas, por igual plazo que el antes expresado, bajo apercibimiento de lo que por derecho hubiere lugar. 5.-Por el mismo término intimase a constituir domicilio legal dentro del radio de los TRES KILOMETROS del asiento de este Juzgado, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 52 del ítem.
6.-Para el cumplimiento de lo ordenado, comisiónase al Sr. Oficial de Justicia, quedando el mismo facultado para allanar domicilio y hacer uso de la Fuerza Pública en caso de ser necesario. 7.-Notificaciones en Secretaría Martes y Jueves o el siguiente día hábil si alguno fuere feriado. 8.-Notifíquese Art. 154 del C.P.C.- Firmado Dr. Juan Pablo Calderón, Juez, ante mi, Dra. Natacha Buliubasich, Prosecretaria.- Publíquense edictos en el Boletín Oficial y en un Diario Local por tres veces en cinco días.- Asimismo se le hace saber que los términos comienzan a correr a partir de la última publicación y el su caso de incomparecencia se le designara un Defensor Oficial de Pobres y Ausentes.02/04/07 NOV. LIQ. Nº 30376 $1.350,00.La Dra. María Margarita Nallar, Juez del Tribunal en lo Criminal N 3 de la Provincia de Jujuy, en la causa Expte. N 5548/22: GAMEZ, ARIEL
FERNANDO y QUISPE ENZO FRANCISCO EZEQUIEL, p.s.a. Robo SimpleCiudad, de conformidad a lo dispuesto por el Art. 203 del C.P.P., procedo por el presente notificar a ENZO FRANCISCO EZEQUIEL QUISPE: de nacionalidad argentina, alfabeto, de 22 años de edad, soltero, con domicilio conocido en Ap 20 Lote 06 Segunda Etapa Barrio Tupac Amaru Alto Comedero de la Ciudad de San Salvador de Jujuy, Provincia de Jujuy, DNI Nº 42.306.298, nacido el día 04/02/2000, en la Ciudad de San Salvador de Jujuy, Provincia de Jujuy, hijo de Verónica Rivero v y Gabriel Quispe v; que en la causa de mención ha recaído el siguiente proveído que dice así San Salvador de Jujuy, 28 de Octubre de 2.022.- En merito de lo expuesto y los fundamentos proporcionados en los votos expresados.- El Tribunal en lo Criminal N 3, por mayoría resuelve: I Separar de la presente causa al imputado QUISPE ENZO FRANCISCO
EZEQUIEL.- II.- Librar edictos conforme lo dispuesto por el Art. 203 cc del C.P.P., a los efectos de hacer por ante este Tribunal en lo Crimi nal N 3 al Sr.
QUISPE ENZO FRANCISCO EZEQUIEL.- III.- Notifíquese, ofíciese.- Fdo. Dres. María Margarita Nallar, Pte. de Trámite, y Mario Ramón Puig Juez Titular.- La Dra. Ana Carolina Pérez Rojas, no firma la presente por encontrarse en uso de licenciaAnte mi Dr. Rodrigo J. BurgosPro Secretario.Secretaria del Tribunal Criminal N 3, 28 de Octubre de 2.022.02/04/07 NOV. S/C.La Dra. Torres Alejandra DanielaJuezdel Juzgado MultifueroFamiliade Ciudad Perico en el Expediente: C-194907/22, caratulado: ADOPCION DE
INTEGRACION ROJAS LIQUITAY, NATASHA ZAMIRA Solic. por IBARRA BAYON, GILDO CRISTIAN procede a notificar el siguiente decreto:
Ciudad Perico, 09 de Febrero de 2022.- I.- Avóquese la suscripta al conocimiento de la presente causa conforme Acordada No.90 del S.T.J., de fecha 06 de Setiembre de 2021.- II.- Téngase por presentadas las Dras. Viviana Toril y Lorena Muñoz en nombre y representación del Sr. CRISTIAN GILDO IBARRA
BAYON, D.N.I. Nº 32.250.073, a mérito de la Carta Poder adjuntada en el SIGJ, por constituido domicilio legal y por parte. - III.- Admítase la presente acción de Adopción y dese a la misma el trámite previsto en el Art. 630 y ss. del CCCN.- IV.- Téngase presente la documental ofrecida en autos.- V.- Notifíquese de la presente causa al Sr. Aldo José Rojas Mur en el domicilio denunciado.- VI.- Fijase audiencia, la que tendrá lugar en este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial y Familia, sito en calle 23 de Agosto entre Mariano Moreno y República del Líbano de Ciudad Perico, con la presencia del Sr. Defensor de Niños, Niñas, Adolescentes e Incapaces, para el día 08 de Junio del año 2022, a horas 9:00, a la que deberán comparecer las partes Sr. CRISTIAN GILDO
IBARRA BAYON, D.N.I. Nº 32.250.073 y la niña NATASHA ZAMIRA ROJAS LIQUITAY juntamente con su madre la Sra. ELISA YANINA LIQUITAY, D.N.I. Nº 39.202.293.- VII.- VIII.- - IX.- Dese intervención al Sr. Defensor de Niños, Niñas, Adolescentes e Incapaces, Dr. Federico Ruiz Samán.- X.Notificaciones en Secretaría los días martes y jueves o el siguiente día hábil si alguno de ellos fuere feriado.- XI.- Notifíquese por Cédula, - Fdo. Dra.
Alejandra Daniela Torres, Juez Civil y Comercial y Familia, Ante Mí: Dr. Juan Martín López Zampini, Firma Habilitada. - Secretaría: 17 de octubre de 2022.
Ciudad Perico, 17 de octubre de 2022. I.- Téngase presente el oficio diligenciado e informado que acompaña la Dra. Leila Viviana Toril, en el SIGJ. Asimismo, y al no tener conocimiento certero sobre el domicilio real del Sr. Aldo José Mur, procédase a notificar por edictos conforme art. 162 y sig. del C.P.C. II.Notifíquese por cédula Fdo. Dra. Alejandra Daniela Torres, Juez Civil y Comercial y Familia, Ante Mí: Dr. Juan Martín López Zampini, Prosecretario.04/07/09 NOV. LIQ. Nº 30383 $1.350,00.Rfte.: Expte. Ministerial Nro. 1414-056/2022 Identificado en el Departamento Personal bajo Expte. Nro. 285-DP/20 caratuladas Actuaciones Sumarias Administrativas por infracción al Articulo 15º inc. a y z agravado por el articulo 40º inc. d, f, g y h del Reglamento del Régimen Disciplinario Policial, por la presente se notifica al CABO MEDINA ALAN JAVIER, D.N.I. Nº 33.764.359, Legajo Nº 19.497, que mediante Decreto Nro. 6860-MS/2022 de fecha 1910-2022, el Sr. Gobernador de la Provincia DECRETA: ARTÍCULO 1: Dispóngase la aplicación de la sanción disciplinaria de destitución en la modalidad de CESANTIA al CABO MEDINA ALAN JAVIER, D.N.I. Nº 33.764.359, Legajo Nº 19.497, por infracción al artículo 15º inc. a y z agravado por el articulo 40º inc. d, f, g y h del Reglamento del Régimen Disciplinario Policial, conforme lo dispuesto en el artículo 26º inc. a del mismo cuerpo legal, firmado por el Sr. Gobernador CPN. GERARDO RUBEN MORALES. En consecuencia se le notifica que en el termino de 12 hs. el Sr. MEDINA
ALAN JAVIER deberá hacer entrega en la División Armamento y Equipo del Departamento Logística ubicado en la Avenida 1º de Mayo Nº 988 predio Bajo La Viña barrio San Martín, la totalidad de elementos provistos armamento, cargadores, cartuchos, baqueta, etc. en tanto la Credencial Policial deberá hacerla entrega en el Departamento Personal sito en Avenida Santibáñez Nº 1372 Barrio Centro ciudad Capital, todo ello bajo apercibimiento de iniciarse la Actuaciones Sumarias Judiciales correspondientes en caso de no restituir los elementos mencionados. Ca be destacar que en la División Administración de Personal dependiente del Departamento Personal, se encuentra copia del Decreto 6860-MS/2022 a disposición del Sr. MEDINA ALAN JAVIER.- Fdo. Daniel Díaz-Comisario Mayor.-

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Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 7/11/2022

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Jujuy

PaeseArgentina

Data07/11/2022

Conteggio pagine18

Numero di edizioni1241

Prima edizione10/01/2018

Ultima edizione26/07/2024

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