Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 20/10/2022

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy

Provincia de JUJUY
Unidos, Responsables y Solidarios
Octubre, 21 de 2022.-

Boletín Oficial Nº 118

C.P.C., líbrese mandamiento de pago, ejecución y embargo en contra de la accionada por las sumas detalladas precedentemente. En defecto de pago, hágase saber al demandado que se ha trabado embargo preventivo sobre el automotor individualizado ut supra. Asimismo, cítaselo de remate para que oponga excepciones legítimas si las tuviere dentro del término de CINCO DIAS en este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 7, Secretaría Nº 13, bajo apercibimiento de mandar llevar adelante la ejecución.- 6 Asimismo, córrase traslado del pedido de intereses, con las copias respectivas, por igual plazo que el antes expresado, bajo apercibimiento de lo que por derecho hubiere lugar.-7 Por el mismo término intimase a constituir domicilio legal dentro del radio de los TRES KM del asiento de este Juzgado, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 52 del Ítem.- 8 Para el cumplimiento de lo ordenado, comisionase al Sr. OFICIAL DE JUSTICIA para allanar domicilio y hacer uso de la Fuerza Pública en caso de ser necesario.- 9 Se hace saber al Dr. Mallagray que existen diligencias disponibles.- 10 Notifíquese por cédula.- Asimismo hágase saber al accionado que deberá presentarse a hacer valer sus derechos, bajo apercibimiento de nombrársele al Defensor Oficial como su representante con quién se seguirá el juicio art. 474 del C.P.C..- Publíquese por Edicto en el Boletín Oficial y un Diario Local, por tres veces en el término de cinco días.- San Salvador de Jujuy, 13 de Septiembre de 2022.19/21/24 OCT. LIQ. Nº 29937 $1.350,00.Dra. Lis Valdecantos Bernal-Juezde Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 7, Secretaria Nº 14, en el Expte. Nº C-207314/22, caratulado: Acción de Supresión y Adición de Apellido Solicitado por ABARZA, DANA NEREA, se tramita presente causa donde la Srta. ABARZA, DANA NEREA DNI.
42.729.165, prosigue la Supresión de Apellido Paterno de ABARZA, DANA NEREA DNI. 42.729.165 por Adición de Apellido Materno COLONNA en la Partida de Nacimiento, quedando así; DANA NEREA COLONNA con DNI Nº 42.729.165.- Debiendo los terceros interesados formular oposición en el termino de 15 días de realizada la última publicación.- Publíquese en el Boletín Oficial y en un Diario Local una vez por mes, en el lapso de dos meses.- San Salvador de Jujuy, 08 de Septiembre del 2022.- Dra. Sandra Mónica TorresSecretaria de Primera Instancia.21 SEPT. /21 OCT. S/C.Cámara en lo Civil y ComercialSala IVocalía Nº 2, en el Expte. Nº B-182175/2007. Caratulado: Daños y Perjuicios: DELGADO CAROLINA EUSEBIA
c/ TOCONAS OSCAR GUMERCINDO, notifica la siguiente providencia: San Salvador de Jujuy, 10 de mayo de 2022. I.- En virtud de lo normado por los artículos 14, 15 y y concordantes del Código Procesal Civil, a fin de evitar nulidades a efectos de estar el Tribunal en claro para el dictado de la sentencia definitiva, y para mejor proveer ordénese lo siguiente; 1º Siendo que el proceso se sigue hoy en rebeldía contra el demandado, conforme al articulo 66, segunda parte, del Código de Rito, y que la disposición que así lo decidiera fs. 312 por haber perdido contacto la Dra. Sara Ruth Cabezas con el accionado, quien lo patrocinara hasta renunciar a su asistencia fojas 311 y 319, sin que pueda tenerse por razonable la ficción que determina la subsistencia del denunciado como tal originalmente, tanto mas cuando fueran infructuosas todas las diligencias cumplidas en este ultimo fojas 317 y vta., 332, 344 vta., 348 y vta. 471/472, surgiendo asimismo de las antedichas constancias de autos que en la unidad de que es propietario el Sr. Toconas no es ya su domicilio real y que en la referida dirección habitarían quienes serian inquilinos del prenombrado, como que a fojas 415 se declarara formalmente la rebeldía del demandado en providencia que a la fecha se encuentra firme y consentida, sin que se haya procedido conforme lo disponen para el caso de tal declaración los artículos 195 y 196 del Código de Rito resultando nuevamente frustrada en el domicilio real, v. fojas 420 y vta., notifíquese por edictos, en un diario local y en el Boletín Oficial, las providencias de fojas 312, 415, 455 y vta., y la presente; encomendándose al Dr. Miguel Ángel Imperiale la confección de las ordenes que disponen las respectivas publicaciones articulo 50 y 72 del Código de Forma. 2º Ofíciese al Instituto de Vivienda y Urbanismo de Jujuy, para que informe a esta Vocalía Nº de la Sala I de la Cámara en lo Civil y Comercial de provincia de Jujuy, si las unidades del edificio identificado como 126 viviendas del Bº San Pedrito de nuestra ciudad, con acceso sobre Avenida Eva Perón Nº 1767, fueron adjudicados por ese Organismo con el correspondiente Reglamento de Copropiedad previsto por el articulo 9º de la Ley 13.512. En caso afirmativo, se sirva remitir copia autentica del mismo. Se encomienda al Dr. Miguel Ángel Imperiale la confección de la respectiva diligencia y si presentación para control y firma por Secretaria artículos 50 y 72 del Código Procesal Civil. Suscripto el oficio será puesto a disposición mediante notificación a través del Sistema Integral de Gestión Judicial, debiendo el interesado acreditar su diligenciamiento en el termino de 5 cinco días. 3º La realización de una inspección ocular por el Tribunal, en fecha que será fijada al momento de cumplimentarse lo ordenado en los párrafos precedentes, a realizarse en la unidad del demandado y en la terraza común, debiendo el letrado de la actora tomar las previsiones necesarias para que el acto pueda llevarse a cabo accediendo al departamento de su mandante y a la terraza. II.- Notifíquese por cedula. Fdo. José Alejandro López IriarteJuezAnte Mi: Dr. Ignacio José GuesalagaSecretario.21 OCT. LIQ. Nº 29664 $450,00.Dra. Marisa E. RondonJuez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N 03 secretaria N 05, de la Provincia de Jujuy, en el Expediente N: C206004/2022 caratulados: Acción de Cambio de Nombres FLORES LINO GASTON hace saber que en este Juzgado tramita la presente causa, en la que se ha dictado el decreto que se transcribe a continuación: San Salvador de Jujuy, 03 de Octubre de 2022. Proveyendo el escrito N 380241, téngase por cumplimentado con el requerimiento efectuado por el Juzgado de fecha 25 de agosto del 2022; Agréguese la documentación acompañada. A lo solicitado con respecto a la Personería téngase presente, en consecuencia déjese sin efecto el primer párrafo del proveído de fecha 25 de agosto del corriente año y téngase por presentado al Dr. De los Ríos, Julio por parte y por constituido domicilio legal para actuar en nombre y representación de Flores, Lino Gastón a merito de carta poder debidamente juramentada agregada digitalmente en autos, por parte y constituido domicilio legal. De conformidad a lo dispuesto por el art. 290 del CPC, art. 64,69, 70 C.C.C.N., ordénese la publicación de edictos en el boletín oficial y en un diario local, una vez por mes durante dos meses haciendo saber que se inició el trámite de cambio de nombre de FLORES, LINO GASTON, D.N.I. 28.956.659, pudiéndose formular oposición al mismo dentro de los Quince Días Hábiles, contados desde la última publicación de edictos. Asimismo, líbrense oficios a Mesa General de Entradas, Mesa Receptora de Denuncias de ésta ciudad y de la ciudad de San Pedro de Jujuy, Juzgados Federales Nº 1 y Nº 2 de ésta ciudad capital, a fin de solicitarle Informen si existen medidas cautelares y/o causas judiciales en contra FLORES, LINO GASTON, D.N.I. 28.956.659. Facúltase para su diligenciamiento al Dr. De los Ríos, Julio ue y/o la persona que ella misma designe. Oportunamente, dése la correspondiente participación al Ministerio Público Fiscal y al Registro Nacional del Estado Civil y Capacidad de las Personas. En virtud de lo dispuesto por el art. 72 C.P.C., se impone al promotor de autos la carga de confeccionar las diligencias correspondientes, debiendo presentarlas a este Juzgado y Secretaría para su control y firma. Notificaciones en Secretaría: martes y jueves o el siguient e día hábil si alguno de ellos fuere feriado. Notifíquese por cédula. Fdo. Dra. Marisa E. Rondon - Juez Ante Mi: Dra. María Belén DomínguezProsecretaria.- San Salvador de Jujuy, 12 de Octubre de 2022.21 OCT. 21 NOV. LIQ. Nº 30203 $900,00.Dra. Mirta Vega, Juez del Juzgado de Primera Instancia Civil y Comercial Nº 9, Secretaría Nº 17, en el Expte. Nº 33323/20, caratulado: Ejecutivo: TORRES, FEDERICO GONZALO c/ LOPEZ, HECTOR LUIS, hace saber que se ha dictado la siguiente providencia judicial: San Pedro de Jujuy, 08 de junio de 2020
I-Téngase por presentado al Dr. FEDERICO GONZALO TORRES por sus propios derechos, por constituido domicilio legal y por parte.-II-De conformidad a lo dispuesto por el art. 472, 478 y 480 del CPC, líbrese mandamiento de intimación de pago, ejecución y embargo en contra del demandado HECTOR LUIS

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Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 20/10/2022

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Jujuy

PaeseArgentina

Data20/10/2022

Conteggio pagine38

Numero di edizioni1232

Prima edizione10/01/2018

Ultima edizione08/07/2024

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