Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 18/10/2022

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy

Provincia de JUJUY
Unidos, Responsables y Solidarios
Octubre, 19 de 2022.-

Boletín Oficial Nº 117

ARTÍCULO 3.- Instruyese a la Dirección Provincial de Personal, para el control y cumplimiento de la condición exigida por el segundo párrafo del Artículo 3º, Anexo I del Decreto N 8865-H-07, a cuyos efectos arbitrará los trámites, comunicaciones y notificaciones necesarias y de conformidad al Artículo 100 bis, de la Ley 3161/74 modificada por Ley 5748.ARTÍCULO 4.- El presente decreto será refrendado por los señores Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas.ARTÍCULO 5.- Regístrese. Tomen razón Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para Difusión. Cumplido siga sucesivamente para conocimiento de la Dirección Provincial de Pr esupuesto, Contaduría de la Provincia y Dirección Provincial de Personal. Cumplido vuelva al Ministerio de Salud a sus efectos.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 6516-S/2022.EXPTE Nº 723-505/2021.SAN SALVADOR DE JUJUY, 02 SEP. 2022.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Adecuase a la Sra. Vilma María Orozco, CUIL 27-24328207-7, en el cargo categoría C-1 i-1, Agrupamiento Profesional, Escalafón Profesional, Ley N 4413, en la U. de O.: R6-01-11 Hospital "Dr. Oscar Orias", a partir de la fecha del presente Decreto, de conformidad a lo expresado en el exordio.ARTÍCULO 2º.- La erogación emergente del presente trámite, se atenderá con la partida presupuestaria que a continuación se indica:
EJERCICIO 2022:
El Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos, Ejercicio 2.022, Ley 6256, prevé en la Jurisdicción "R" Ministerio de Salud, U. de O.: R6-01-11
Hospital Dr. Oscar Orias, la partida Gastos en Personal, la que de resultar insuficiente tomará fondos de la partida 01 -01-01-01-01-37 "Adecuación Personal Ley 4413", en la Jurisdicción "K" Obligaciones a Cargo del Tesoro.ARTÍCULO 3.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas.ARTÍCULO 4º.- Regístrese. Tomen razón Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, pase a la Secretaria de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Cumplido siga sucesivamente para conocimiento de la Dirección Provincial de Pr esupuesto, Contaduría de la Provincia, y Dirección Provincial de Personal. Cumplido vuelva al Ministerio de Salud a sus efectos.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 6519-G/2022.EXPTE Nº 300-625-2021.SAN SALVADOR DE JUJUY, 02 SEP. 2022.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Autorizase a Contaduría de la Provincia a imputar la erogación derivada del Expte N 300-625-2021, Caratulado: "FISCALIA DE ESTADO.
SEÑORA PAULA CARRILLO SOLICITA PAGO DE LICENCIA ORDINARIA ADEUDADA A SU ESPOSO JORGE EDUARDO MAMANÍ" a la Partida "03-10-15-01-26-0 para Pago de Obligaciones No Comprometidas Presupuestariamente en Ejercicios Anteriores", prevista en la Jurisdicción "L" Deuda Pública del Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos Ejercicio 2022, Ley N 6256, informada por la Dir ección Provincial de Presupuesto, cuando la misma corresponda, previa revisión de las actuaciones a cargo de las autoridades responsables, debiendo cumplirse con la autorización, aprobación, ejecución del gasto y rendición de cuentas de acuerdo a las disposiciones vigentes.ARTÍCULO 2º.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministros de Gobierno y Justicia, y de Hacienda y Finanzas.ARTÍCULO 3º.- Regístrese, tomen razón Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, comuníquese, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Siga a la Dirección Provincial de Presupuesto, Contaduría de la Provincia, Dirección Provincial de Personal y Fiscalía de Estado para conocimiento. Cumplido, Vuelva al Ministerio de Gobierno y Justicia a sus efectos.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 6522-MS/2022.EXPTE. Nº 200-04/2020.SAN SALVADOR DE JUJUY, 02 SEP. 2022.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Recházase el Reclamo interpuesto por el Sr. Nina Claudio Arnaldo, DNI. N 28.036.580, con patrocinio letrado del Dr. Carlos Ariel Meyer, por las consideraciones expuestas en el exordio.ARTICULO 2º.- Déjese establecido que lo dispuesto por el presente Decreto no implica habilitar instancias y/o plazos vencidos, sino, solo dar repuestas a la presentación efectuada, en cumplimiento de la obligación de expedirse que la Constitución Provincial en su articulo 33º, impone a los funcionarios públicos.ARTICULO 3º.- Notifíquese, tome razón Fiscalía de Estado. Comuníquese, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, siga a la Secretaria de Comunicación y Gobierno Abierto para su amplia difusión, pase sucesivamente a la Dirección Provincial de Personal y Policía de la Provincia para su conocimiento. Cumplido vuelva al Ministerio de Seguridad, a sus efectos.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 6523-MS/2022.EXPTE. Nº 200-098/2022.C/agdo. Nº 1400-257/2021 y Nº 1414-1892/2019.SAN SALVADOR DE JUJUY, 02 SEP. 2022.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

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Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 18/10/2022

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Jujuy

PaeseArgentina

Data18/10/2022

Conteggio pagine43

Numero di edizioni1231

Prima edizione10/01/2018

Ultima edizione05/07/2024

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