Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 18/8/2022

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy

Provincia de JUJUY
Unidos, Responsables y Solidarios
Agosto, 19 de 2022.-

Boletín Oficial Nº 92
LEYES - DECRETOS - RESOLUCIONES

DECRETO Nº 5585-G/2022.EXPTE Nº 400-5167/22.SAN SALVADOR DE JUJUY, 12 MAYO 2022.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Designase, a partir de la fecha 1 de Abril de 2022, a la Licenciada en Comercialización Marta Elena López D.N.I. N 30.176.948, en el cargo de Coordinadora del Observatorio de Estudios y Prospectiva de la Agencia de Ciencia, Tecnología e Innovación de la Provincia de Jujuy.ARTICULO 2.- Déjase establecido que la remuneración del cargo de Coordinadora del Observatorio de Estudios y Prospectiva será equivalente a la de Director Provincial.ARTICULO 3.- Regístrese. Tomen razón Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial. Pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Siga sucesivamente a Contaduría de la Provincia, Dirección Provincial de Presupuestos y Dirección Provincial de Personal. Cumplido vuelva al Ministerio de Gobierno Justicia a sus efectos.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 6005-G/2022.EXPTE Nº 400-5167/22.SAN SALVADOR DE JUJUY, 11 JUL. 2022.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Rectificase el Artículo 2 del Decreto N 5585-G/2022, que quedará redactado de la siguiente manera:
"ARTICULO 2: Dejase establecido que la remuneración del cargo de Coordinador Observatorio de Estudios y Prospectiva será equivalente a la de Sub Director del Poder Ejecutivo.
ARTICULO 3.- Regístrese. Tomen razón Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial. Pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Siga sucesivamente a Contaduría de la Provincia, Dirección Provincial de Presupuestos y Dirección Provincial de Personal. Cumplido vuelva al Ministerio de Gobierno Justicia a sus efectos.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 5998-G/2022.EXPTE Nº 400-5215/2022.SAN SALVADOR DE JUJUY, 06 JUL. 2022.VISTO:
La vacancia del cargo Coordinador de Ceremonial y Protocolo; y, CONSIDERANDO:
Que, razones de mérito, oportunidad y conveniencia de gestión, imponen la necesidad de su cobertura en forma inmediata.
Por lo expuesto, en uso de facultades propias;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Designase a partir del 1º de Junio de 2022, en el cargo de Coordinador de Ceremonial y Protocolo de la Dirección Provincial de Ceremonial y Protocolo, a la Señora MARIA VICTORIA BARRERA SILVA, D.N.I. Nº 40.561.667.ARTICULO 2.- Regístrese. Tomen razón Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas. Publíquese en el Boletín Oficia en forma integral. Pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Siga sucesivamente a Contaduría de la Provincia, Dirección Provincial de Presupuestos y Dirección Provincial de Personal y Tribunal de Cuentas. Cumplido vuelva al Ministerio de Gobierno Justicia a sus efectos.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 6031-HF/2022.EXPTE Nº 500-368/2021.SAN SALVADOR DE JUJUY, 12 JUL. 2022.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1.- Rechácese la reclamación administrativa previa presentada por el Dr. Gustavo Javier Jung, en representación de Celia Adriana Cortes DNI
N 10.577.824, José Marcos Aguirre DNI N 13.729.693, Sixto Roberto Batalla DNI N 7.273.336, Pedro Campos DNI N 8.551.274, Arturo Oscar Domínguez DNI N 8.303.5221 María de los Ángeles Fernández DNI N 13.889.201, Selva Elisa Gutiérrez DNI N14.924.323, María C ristina Caraballo DNI
N 11.072.075, Jorge Reinaldo Gaspar DNI N 7.276.797, Alberto Horacio Ortiz DNI N 8.203.882, Marta Flores DNI N 11.256.687, Horacio Gutiérrez DNI
N 11.072.445, Pedro Ernesto Illanes DNI N 8.198.281, Estela Alicia Murillo DNI N 6.515.403, Raúl Quiroga Cazón DNI N 1045 5.836, Ángel Alfonso Lacsi DNI N 8.190.922 y Miriam Ester Ficoseco DNI N 12.718.723 en su carácter de administradora judicial de la sucesión de Jorge Desiderio González por haber operado la caducidad del derecho y la prescripción de la acción en contra del Estado Provincial y conforme los fundamentos expuestos en el exordio.ARTÍCULO 2.- El dictado del presente Decreto no renueva plazos vencidos ni rehabilita instancias caducas, dictándose al solo efecto de dar cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 33 de la Constitución Provincial.ARTICULO 3.- Previo registro y notificación pase a Fiscalía de Estado para toma de razón. Luego publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial y pase a la Secretaria de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión Cumplido vuelva al Ministerio de Hacienda y Finanzas.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

1984

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 18/8/2022

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Jujuy

PaeseArgentina

Data18/08/2022

Conteggio pagine28

Numero di edizioni1244

Prima edizione10/01/2018

Ultima edizione02/08/2024

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