Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 16/7/2022

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy

Provincia de JUJUY
Unidos, Responsables y Solidarios
Julio, 18 de 2022.-

Boletín Oficial Nº 79

resoluciones posteriores art. 52 del C. P. C.. 4. Notifíquese art. 155/6 del C. P. C.. San Salvador de Jujuy, 31 de mayo de 2022. 1. Atento lo solicitado por la actora a fs. 61 y habiéndose cumplido con las previsiones del art. 162 del C.P.C., publíquese edictos para la notificación del decreto de fecha 12 de noviembre de 2021 fs. 43, en el Boletín Oficial y un diario local, por tres veces en cinco días, y haciéndose constar que l os plazos serán contados a partir del décimo día posterior a la última publicación de los mismos, y que las copias para traslado se encuentran a disposición del demandado, JORGE VIRGILIO
ZAMORA, en Secretaría de esta Vocalía nº 8 de la Ciudad de San Salvador de Jujuy. 2. Notifíquese art. 155 del C. P. C.. Fdo. Dra. Alejandra Caballero Pte. de Trámite, ante mi Dr. Augusto Bonilla. San Salvador de Jujuy 7 de Junio del Año 2022.18/20/22 JUL. LIQ. N 29096 $1.350,00.Dra. Alejandra M. L. Caballero, Pte. de trámite de la Sala tercera Vocalía n 8 de la Cámara Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy en el Expte. Nº C164645/2020 caratulado: ORDINARIO POR COBRO DE PESOS: LIMPIEZA URBANA S.A. c/ ARCE ARCE MAXIMO, hace saber que se ha dictado la siguiente PROVIDENCIA: San Salvador de Jujuy, 09 de junio de 2022. 1. Atento al estado de autos y a lo solicitado por el Dr. Diego Eduardo Chacón en su presentación de fecha 03 de junio de 2022, líbrese edictos a efectos de citar a los herederos de MAXIMO ARCE ARCE para que en el plazo de diez días de notificados se presenten a tomar intervención en el presente proceso, bajo apercibimiento de seguir el juicio en rebeldía art. 55 del C.P.C.. Los mismos se publicarán en el Boletín Oficial y un diario local, por tres veces en cinco días, y haciéndose constar que los plazos serán contados a partir del décimo día posterior a la última publicación de los mismos. 2. Notifíquese art. 155 del C. P. C.. Fdo. Dra. Alejandra Caballero - Pte. de Trámite, ante mi Dr. Augusto Bonilla - Secretario. San Salvador de Jujuy 30 de Junio del Año 2022.18/20/22 JUL. LIQ. N 29097 $1.350,00.San Salvador de Jujuy, 06 de Junio de 2022.- Autos y Vistos: RESULTA CONSIDERANDO: RESUELVE: 1.- Mandar llevar adelante la ejecución seguida por MELINDA RUTH LARREA D.N.I Nº 32.366.458 en contra de JOSE EMANUEL MIRANDA D.N.I Nº 35.490.184, hasta hacerse el acreedor del íntegro pago del capital reclamado, o sea la suma de PESOS: CINCUENTA MIL $50.000 aplicando al capital reclamado por la actora, el interés que se liquida por aplicación de la tasa activa, conforme a la doctrina sustentada por el Superior Tribunal de Justicia en L.A. Nº 54, Fº 673/678, Nº 235 en Expte. Nº 7096/09, caratulado: Recurso de Inconstitucionalidad interpuesto en Expte. Nº B- 145731/05 Sala I del Tribunal del Trabajo, Indemnización por Despido Incausado y otros rubros: Zamudio, Silvia Zulema c/ Achi, Yolanda y otro desde la mora hasta el efectivo pago.- 2.- Diferir la regulación del letrado interviniente, hasta tanto se practique y apruebe en autos planilla de liquidación conforme a las pautas establecidas en la presente Sentencia. - 3.- Imponer las costas a la vencida Art. 102 del C.P.C..- 4.- Notifíquese esta resolución por edictos y las posteriores por Ministerio de Ley. 5.- Practicar planilla de liquidación conforme las pautas establecidas en la presente Sentencia. 6.- Firme la presente, intimase a la parte Actora a retirar por Secretaría el documento original en el término de cinco días, bajo apercibimiento de glosar la misma al expediente. 7.- Agregar copia en autos, protocolizar, notificar. - Fdo. Dr. Juan Pablo CalderonJuezAnte Mi: Dra. Natacha BuliubasichProsecretaria .- S. S. de Jujuy, 05 de Julio de 2022.18/20/22 JUL. LIQ. N 29026 $1.350,00.El Dr. R. Sebastian Cabana, Juez en lo Civil y Comercial Nº 4 Secretaría Nº 8 en el Expte. Nº C-168252/20 caratulado " EJECUTIVO: MORENO, CLAUDIO
CESAR DANIEL c/ CAZON, EDUARDO MIGUEL procede a notificar el siguiente proveído: Atento las constancias de hojas 14vta., 22, 36, 41 y 46 y lo solicitado precedentemente, notifíquese por Edictos al demandado: Sr. CAZON, EDUARDO MIGUEL, D.N.I. Nº 33.870.034 que en este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nro. 4, Secretaria Nro. 8 de esta ciudad de San Salvador de Jujuy se tramita la presente causa, en consecuencia de conformidad a lo previsto por los Arts 472 y 478 del CPC, intimase al accionado a depositar la suma de PESOS DOSCIENTOS MIL $ 200.000.- que se reclaman por capital, con más la suma de PESOS SESENTA MIL $ 60.000.- para acrecidas legales.- Asimismo cíteselo de remate para que oponga excepciones legítimas si las tuviere dentro de los cinco dias posteriores a la última publicación de edictos, en este Juzgado y Secretaria, bajo apercibimiento de mandar llevar adelante la ejecución y nombrarle un Defensor Oficial de Pobres y Ausentes Art. 109 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Asimismo córrase traslado del pedido de intereses por igual plazo que el antes expresado, bajo apercibimiento de lo que por derecho hubiere lugar. Hágase saber a la parte demandada que las copias para traslado se encuentran a su disposición en Secretaria de este Juzgado, siendo los días de notificación los martes y jueves o el siguiente día hábil si alguno de ellos fuere feriado. Por el mismo término intimase a la demandada a constituir domicilio legal dentro de los tres kilómetros de este Juzgado. A tal fin publíquense edictos por tres veces en cinco días, en un diario local y en el Boletín Oficial. Notifíquese y líbrese Edictos Art. 154
CPC.Dr. Sebastian Cabana, Juez ante mi Dra. María Cecilia Hansen, Secretaria.- Publíquese edictos por tres veces en cinco días en un diario local y en el Boletín Oficial.- San Salvador de Jujuy, 15 de junio de 2022, Secretaria Nº 8, a cargo de la Dra. María Cecilia Hansen, Secretaria.18/20/22 JUL. LIQ. N 29027 $1.350,00.Dr. Juan Pablo Calderón, Juez del Juzgado de Primera Instancia Civil y Comercial N 1, Secretaria N 1, de la Provincia de Ju juy, en el Expte. N C147913/19, caratulado: EJECUTIVO: GREGORIO, DANIEL ESTEBAN C/ OVEJERO, ALDO DANIEL, se ha dictado la siguiente resolución: San Salvador de Jujuy, 13 de Junio del 2022.- AUTOS Y VISTOS: CONSIDERANDO: RESUELVE: I.- Mandar llevar adelante la presente ejecución seguida por.
GREGORIO, DANIEL ESTEBAN en contra de OVEJERO ALDO DANIEL, D.N.I. N 22.583.030, hasta hacerse del integro pago del capital reclamado, o sea la suma de PESOS VEINTICINCO MIL $25.000, con mas el interés a la tasa activa desde la mora 06/07/18 y hasta el efectivo pago, conforme a la doctrina sustentada por el Superior Tribunal de Justicia en L.A. Nº 54, Fº 673/678, Nº 325 en Expte. Nº 7096/09, caratulado: Recurso de Inconstitucionalidad interpuesto en Expte. Nº B-145731/05 Sala I del Tribunal del Trabajo, Indemnización por Despido Incausado y otros rubros: Zamudio, Silvia Zulema c/
Achi, Yolanda y otro. II.- Difiérase la regulación de honorarios del Dr. Luis Manuel Pucheta hasta tanto se apruebe la planilla de liquidación presentada en autos. III.- Imponer las costas a la vencida Art. 102 del C.P.C.. IV.- Notificar la presente resolución al accionado por edictos y las futuras por Ministerio de la Ley.- V.- Firme que se encuentre la misma deberá la parte actora practicar planilla de liquidación conforme las pautas establecidas en la presente Sentencia en el termino de cinco días, bajo apercibimiento de Ley. VI.- Asimismo, incorpórese al expediente la documentación original reservada en caja fuerte, previo a dejar constancia en la misma de que tramito la presente causa. VII.- Registrar, agregar copia en autos, notificar por cedula a las partes. Fdo. Dr. Juan Pablo CalderónJuez, Ante Mi Dra. María de los Ángeles Meyer. Secretaria.- San Salvador de Jujuy, 27 de Junio del 2022.18/20/22 JUL. LIQ. N 29079 $1.350,00.Dr. Juan Pablo Calderón, Juez del Juzgado de Primera Instancia Civil y Comercial N 1, Secretaria N 1, de la Provincia de Ju juy, en el Expte. N C144744/2019, caratulado: EJECUTIVO: OCAMPO, JUAN CARLOS C/ RUIZ, JUAN RODRIGO, se ha dictado la siguiente resolución: SAN SALVADOR
DE JUJUY, 23 DE JUNIO DE 2022. AUTOS Y VISTOS CONSIDERANDO RESUELVE: I.- Mandar llevar adelante la presente ejecución seguida por OCAMPO, JUAN CARLOS en contra de RUIZ, JUAN RODRIGO, D.N.I. Nº 30.176.875, hasta hacerse del íntegro pago del capital reclamado, o sea la suma
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Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 16/7/2022

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Jujuy

PaeseArgentina

Data16/07/2022

Conteggio pagine11

Numero di edizioni1247

Prima edizione10/01/2018

Ultima edizione09/08/2024

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