Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 23/6/2022

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy

Provincia de JUJUY
Unidos, Responsables y Solidarios
Junio, 24 de 2022.-

Boletín Oficial Nº 69

Belgrano, provincia de Jujuy, la que podrá ser trasladada en lo sucesivo por simple acuerdo de socios con mayoría de capital, sin necesidad de modificar el presente contrato. Que, los socios declaran bajo fe de juramento que la sede social de JR DISTRIBUIDORA S.R.L., centro principal de dirección y administración de las actividades de la entidad relacionada, tiene efectivo funcionamiento calle Cabildo N 295- B 18 de Noviembre de la ciudad de San Salvador de Jujuy, departamento Dr. Manuel Belgrano, provincia de Jujuy. 3 Finalmente, los socios declaran bajo fe de juramento que los datos personales consignados en la presente son correctos, completos y fiel expresión de la verdad y que NO se encuentran incluidos y/o alcanzados dentro de la Nómina de Personas Expuestas Políticamente aprobada por la Unidad de Información Financiera, Resolución Nº 52/2012, que han leído. Además, asumen el compromiso de informar cualquier modificación que se produzca a este respecto, dentro de los treinta 30 días de ocurrida, mediante la presentación de una nueva declaración jurada. 4 Por último, denuncian como dirección de correo electrónico la siguiente: fedegarsar@gmail.com. Siendo las 14 horas, se da por finalizada la reunión, firmando de conformidad todos los presentes.- ACT. NOT. Nº B 00610999- ESC. AGUSTINA FRIASTIT. REG. N 22- S. S. DE
JUJUY-JUJUY.RESOLUCIÓN N 357-DPSC-2022. CORRESPONDE A EXPTE. N 301-204/2022. ORDENA LA PUBLICACIÓN POR UN DÍA EN EL BOLETIN
OFICIAL.San Salvador de Jujuy 8 de junio de 2022.DR. LUIS RAUL PANTOJA
DIRECTOR PROVINCIAL DE SOCIEDADES COMERCIALES-FISCALIA DE ESTADO.24 JUN. LIQ. N 28722 $1.000,00.Escritura Número Ciento Sesenta y Dos.-162.- Sección "A".- Cesión de Cuotas Sociales de "DIESEL JUJUY S.R.L RICARDO DEOLINDO JUAREZ A
FAVOR DE RICARDO DANIEL JUAREZ y SERGIO ALEJANDRO JUAREZ: En la Ciudad de San Salvador de Jujuy, Capital de la Provincia de Jujuy, República Argentina, a los cinco días del mes de noviembre del año dos mil veintiuno, ante mí, MARIA CRISTINA PALACIOS, Escribana Titular del Registro número dieciseis, comparecen, lo señores, RICARDO DANIEL JUAREZ, Documento Nacional de Identidad número 17.661.361, nacido con fecha 10/08/1966, de 55 años de edad, ingeniero mecánico, casado en primeras nupcias con María Fernanda Caliva, domiciliado en call e Taboada número 192, Barrio Bajo Gorriti de esta Ciudad, SERGIO ALEJANDRO JUAREZ, Documento Nacional de Identidad número 21.665.147, nacido con fecha 17/07/1970, de 51
años de edad, ingeniero electromecánico, casado en primeras nupcias con Fernanda Fabiana Vilca, domiciliado en calle Luis Agote número 1422, Barrio Los Perales de esta Ciudad, y la señora CARMEN MARTIN, Documento Nacional de Identidad número 4.595.489, nacida con fecha 22/03/1 943, casada en primeras nupcias con Ricardo Deolindo Juárez, domiciliada en calle Iriarte número 196, Barrio Gorriti de esta Ciudad. También se encuentra presente el señor GUALBERTO VARGAS ANGELO, Documento Nacional de Identidad número 11.072.255, nacido con fecha 08/11/1951, casado en primeras nupcias con Rufina Velasquez, domiciliado en Pasaje Vucetich número 627, Barrio Ciudad de Nieva de esta Ciudad. Todos argentinos. Personas a quienes individualizo y justifican su identidad con la exhibición de los documentos mencionados, las que declaran bajo juramento que a la fecha, no se registran sobre ellas restricciones a la capacidad o declaraciones de incapacidad. INTERVIENEN por sus propios derechos, y el señor Ricardo Daniel Juarez lo hace además en nombre y representación y en su calidad de apoderado del señor RICARDO DEOLINDO JUAREZ, argentino, Documento Nacional de Identidad número 8.190.565, nacido con fecha 19/01/1942, casado en primeras nupcias con Carmen Martín, domiciliado en calle Iriarte número 196 , Barrio Gorriti de esta Ciudad, a mérito del Poder General Amplio de Administración y Disposición que le confiriera mediante escritura número 103 de fecha 07 de agosto de 2021
autorizada por mí al folio 332 de este protocolo, el cual contiene facultades suficientes para este acto, habiendo declarado bajo juramento el apoderado que el mismo se encuentra vigente y no ha sido modificado. Por su parte, el señor Gualberto Vargas Ángelo lo hace además en nombre y representación y en su calidad de socio gerente de la sociedad denominada "DIESEL JUJUY S.R.L con domicilio de sus sede social en calle Uriondo número 492 de esta Ciudad.I EXPOSICIÓN: El señor Ricardo Daniel Juarez, en representación del señor Ricardo Deolindo Juárez, expone: I.1. Que su representado es titular de cinco mil 5000 cuotas sociales, de la sociedad de responsabilidad limitada hoy denominada DIESEL JUJUY S.R.L cuyo contrato social y estatuto fuera otorgado mediante instrumento privado de fecha 31 de diciembre de 1984, modificado con fecha 27 de febrero de 1985, e inscripto en el Registro Público de Comercio hoy Registro Público-, de esta Provincia, bajo Asiento 2, folios 5/12, Tomo I del Legajo I, del Registro de Escrituras Mercantiles de SRL, con fecha 9 de abril de 1985, luego sucesivamente modificado según se relacionará mas adelante. I.2. Que las mencionadas cuotas sociales se encuentran totalmente integradas, y sobre ellas no se registra ningún género de gravámenes, restricciones o derechos reales.- II CESIÓN: II.1.OBJETO: El señor Ricardo Daniel Juárez, en representación del señor Ricardo Deolindo Juárez en adelante denominado el cedente-, dice: que por este instrumento, su representado CEDE Y
TRANSFIERE A TÍTULO DE DONACIÓN a favor de sus únicos hijos, RICARDO DANIEL JUAREZ y SERGIO ALEJANDRO JUAREZ, en adelante denominados los cesionarios-, la NUDA PROPIEDAD RESERVANDOSE EL USUFRUCTO VITALICIO de la totalidad de las mencionadas cuotas sociales que le corresponden en la sociedad "DIESEL JUJUY S.R.L en partes iguales es decir, DOS MIL QUINIENTAS 2500 cuotas sociales a cada uno de ellos. Agrega que la presente cesión-donación es gratuita y sin cargo alguno, y que la misma debe ser considerada como un anticipo de la porción hereditaria legítima de los cesionarios. II.2. ACEPTACIÓN: Por su parte, los cesionarios, manifiestan: que ACEPTAN la presente cesión en los términos establecidos, subrogándose en calidad de nudos propietarios-, en todos los derechos y obligaciones correspondientes a la participación del socio cedente en la sociedad denominada DIESEL JUJUY S.R.L cuyo contrato social y estatuto declaran conocer y aceptar. Agregan que agradecen la liberalidad que les acaba de efectuar su padre. II.3. DERECHOS de LAS PARTES: Las partes pactan que los derechos que le corresponden a cedente y cesionari os, serán los siguientes:
II.3.1. Del Usufructuario: a La percepción de las utilidades correspondientes a la participación societaria que se cede, incluidas las del ejercicio económico en curso. b La percepción de las utilidades por cuotas que provengan de todo tipo de capitalización, como ser capitalización de utilidades antes no distribuidas, de reservas, revalúos contables o cualquier otra causa. c La percepción de cualquier otro beneficio económico que otorgue la sociedad a sus socios. d Las utilidades que devengue la cuota que le corresponda en el caso de liquidación total o parcial de la sociedad. e El ejercicio del derecho de receso. g Ejercer el derecho de fiscalización previsto en la cláusula quinta del estatuto. II.3.2. De los Nudo Propietarios: Todos los demas der echos derivados de la calidad de socio a excepción de los que se acaban de enunciar, y en especial: a Transferir libremente y conforme lo dispuesto en el contrato social en cuanto a la transmisibilidad de las cuotas, la nuda propiedad de las mismas. b Suscribir los aumentos de capital que se resuelvan en el futuro, en la proporción de sus cuotas, ejerciendo el derecho de suscripción preferente. c Adquirir la nuda propiedad de las cuotas que por capitalización de cualquier tipo, se aumenten, en proporción a sus participaciones. d Percibir la cuota de liquidación total o parcial de la sociedad que provenga de su disolución total o parcial, y las reservas de todo tipo que la sociedad hubiera dispuesto. e Ejercer el derecho de fiscalización previsto en la cláusula quinta del estatuto. f Participar con voz y voto en reuniones de socios de cualquier clase que éstas sean.- V DECLARACIONES COMPLEMENTARIAS: Los comparecientes, por sí y por su representado en su caso, declaran: V.1. Que los señores Ricardo Daniel Juárez y Sergio Alejandro Juárez, son los únicos hijos del cedente al día de la fecha. V.2. Que todos han sido debidamente informados y asesorados por la escribana autorizante, en relación con la normativa vigente en materia de donaciones y de protección de la porción legítima, prevista en el Código Civil y Comercial. V.3. Que al único efecto de la determinación del impuesto de sellos correspondiente al presente acto, cedente y cesionarios asignan al mismo un valor de $ 5.000.000,oo III ASENTIMIENTO CONYUGAL: La señora Carmen Martín manifiesta su expreso asentimiento con la cesión que acaba de efectuar su cónyuge, en los términos de lo dispuesto por el artículo 470 del Código Civil y Comercial.- IV
CONFORMIDAD DE SOCIO RESTANTE: El señor Gualberto Vargas Angelo, por sus propios derechos y junto con el cedente, únicos socios integrantes de la sociedad "DIESEL JUJUY S.R.L manifiesta su conformidad con la presente cesión conforme lo establecido en la cláusula sexta del estatuto social.- V
NOTIFICACIÓN A LA SOCIEDAD: En este acto, el señor Gualberto Vargas Angelo, en nombre y representación y en su calidad de socio gerente de "DIESEL JUJUY S.R.L toma conocimiento y SE NOTIFICA de la presente cesión.- VI NUEVA COMPOSICIÓN DEL ELENCO Y DEL CAPITAL
SOCIAL: Como consecuencia de la precedente cesión, la composición del elenco social y la distribución de las respectivas participaciones en el capital social
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Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 23/6/2022

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Jujuy

PaeseArgentina

Data23/06/2022

Conteggio pagine38

Numero di edizioni1231

Prima edizione10/01/2018

Ultima edizione05/07/2024

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