Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 13/4/2022

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy

Provincia de JUJUY
Unidos, Responsables y Solidarios
Abril, 13 de 2022.-

Boletín Oficial Nº 43

ARTICULO 1.- Desígnese a partir del día 1 de febrero de 2.022, como representantes del Poder Ejecutivo Provincial, para integrar el Tribunal de Evaluación instituido por la Ley Provincial N 5.893 "De Concurso Público para la Selección de Jueces, Fiscales y Defensores del Poder Judicial de la Provincia de Jujuy", a los siguientes funcionarios:

Secretario de Justicia: Dr. ERNESTO DANIEL SUAREZ

Secretario de Asuntos y Relaciones Municipales: Dr. JAVIER GRONDA
ARTICULO 2.- Conforme disposiciones del Artículo 2 de la Ley N 5.893, modificada por la Ley N 5.906, reemplazarán a los representantes designados en el Artículo 1, los siguientes funcionarios:

Al señor Secretario de Justicia, la señora Directora Provincial de Relaciones Institucionales, de la Secretaría de Justicia, Dra. GLORIA MARINA TEJERINA APARICIO.

Al señor Secretario de Asuntos y Relaciones Municipales: el señor Director Provincial de Despacho y Asuntos Jurídicos del Minist erio de Desarrollo Económico y Producción, DR. LUIS SEBASTIAN ALBESA.
ARTICULO 3.- Derogase toda disposición que se oponga a la presente.ARTICULO 4.- Regístrese, tome razón Fiscalía de Estado. Publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial. Pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para amplia difusión. Cumplido, vuelva al Ministerio de Gobierno y Justicia a sus efectos.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 1524-E/2016.EXPTE Nº 1050-894/2016.SAN SALVADOR DE JUJUY, 14 JUN. 2016.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1.- Designase al LIC. PATRICIO MANUEL MAINOLI, D.N.I. N 22.873.348, como Coordinador de Relaciones Institucionales dependiente de la Unidad Ministro del Ministerio de Educación, a partir del 1 de junio de 2016, por las razones expresadas en el exordio.ARTICULO 2.- Previa torna de razón por Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, comuníquese, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, pase sucesivamente a Contaduría de la Provincia, Dirección Provincial de Presupuesto y Dirección Provincial de Personal. Cumplido, vuelva al Ministerio de Educación a sus efectos.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 5011-S/2017.EXPTE Nº 700-584/17.SAN SALVADOR DE JUJUY, 01 NOV. 2017.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1.- Designase al Licenciado en Administración de Empresas PABLO ANDRES GIACHINO, D.N.I. N 20.831.603, en el cargo de Presidente del Instituto de Seguros de Jujuy, a partir del 1de Noviembre de 2.017, de conformidad a lo expresado en el exordio.ARTICULO 2.- Dese la debida intervención a Escribanía de Gobierno. ARTICULO 3.- Previa toma de Razón de Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, comuníquese, publíquese sintéticamente en el Boletín. Ofici al, pase a conocimiento de Contaduría de la Provincia; Direcciones Provinciales de Personal y Presupuesto. Cumplido vuelva al Ministerio de Salud a sus efectos.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 10230-E/2019.EXPTE Nº 246-661-17.SAN SALVADOR DE JUJUY, 20 AGO. 2019.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Dispónese la promoción de categoría, según Ley N 4413, Ley N 4135 y modificatoria Ley Nº 4418, y lo establecido en el Decreto Acuerdo Nº 7925-H-2015 con retroactividad al 13 de octubre del 2015, al cargo Categoría A-2 al SEÑOR MARCELO OSVALDO YUSTE FONTANA, D.N.I. N
17.376.015, Personal de Planta Permanente, perteneciente al Agrupamiento Profesional de la Secretaría de Infraestructura Educativa dependiente del Ministerio de Educación, por las razones expuestas en el exordio.ARTICULO 2º.- La erogación que demanda el cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 1º, se atenderá con la partida presupuestaria que a continuación se detalla:
Ejercicio 2019.- Gastos en Personal, que al respecto prevé el Presupuesto General de Gasto y Cálculo de Recursos Ley N 6113, para la U. de O.: "4"Secretaría de Gestión Educativa, correspondiente a la Jurisdicción "F" Ministerio de Educación.
Ejercicios Anteriores - Período No consolidado Se imputarán a la Deuda Pública Provincial, partida 03-10-15-01-26 "Para Pago de Obligaciones No Comprometidas Presupuestaria en Ejercicios Anteriores" y conforme la disponibilidad de saldo de la misma, las erogaciones emergentes del decreto que correspondan a ejercicios vencidos del periodo no consolidado. A
tales fines, la Unidad de Organización respectiva deberá elaborar las correspondientes planillas de liquidaciones, las que pr evia revisión por parte de Contaduría de la Provincia, serán remitidas a la Oficina de Crédito Público a sus demás efectos.ARTICULO 3º.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministra de Educación y el Señor Ministro de Hacienda y Finanzas.ARTICULO 4º.- Previa toma de razón por Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, comuníquese, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial y a la Secretaria de Comunicación y Gobierno Abierto para conocimiento y difusión. Vuelva al Ministerio de Educación a fin de que por Jefatura de Despacho se proceda a notificar los términos del presente Decreto, pase a la Dirección Provincial de Personal, Dirección Provincial de Presupuesto, Contaduría de la Provincia, Dirección General de Administración, Área de Recursos Humanos, Secretaría de Gestión Educativa, del Ministerio de Educación, para su conocimiento y demás efectos. Cumplido, Archívese.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

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Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 13/4/2022

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Jujuy

PaeseArgentina

Data13/04/2022

Conteggio pagine42

Numero di edizioni1234

Prima edizione10/01/2018

Ultima edizione12/07/2024

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