Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 17/11/2021

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy

Noviembre, 17 de 2021.-

1261

Boletín Oficial Nº 131

por medio del Sistema SAE, y presencial ante Sindicatura y se fijó hasta el día 07/12/2021 o día subsiguiente hábil en caso de ser feriado para que los acreedores por causa título anterior a la presentación en concurso preventivo formulen el pedido de verificación de sus acreencias. Se fijaron los días 21/02/2022 y 04/04/2022 para que el Síndico presente su informe individual art.35 LCQ e informe general art.39 LCQ
respectivamente. Se fijó el día 25/08/2022 a hs. 10:00, o día subsiguiente hábil en igual horario en caso de feriado, a efectos de llevar a cabo la audiencia informativa prevista por el art. 45 de la LCQ y el día 01/09/2022 como finalización del plazo del período de exclusividad.- San Miguel de Tucumán, 04 de noviembre de 2021.15/17/19/24/26 NOV. LIQ. Nº 26087 $1.225,00.-

EDICTOS DE MINAS

La Dra. Hebe Del Carmen Meyer, Juez Administrativo de Minas, en el Expte. Nº 2237-M2016 ha dispuesto la publicación de Resolución Nº 73-J-2021 del 12/10/2021, de Concesión de la Mina denominada MASA 15 sobre una superficie de Tres Mil Hectáreas 3.000 ha, en el paraje Paso de Jama del Departamento Súsques de esta provincia, para explotación de Mineral de Primera Categoría Litio y Potasio, a favor de Minerales Australes S.A., CUIT Nº 3071520466-1, sobre terreno del Estado Provincial, Comunidad Aborígen del Valle de Piscuno, Comunidad Aborigen Pórtico de Los Andes y Sr. Florencio Tinte informe de la Dirección Provincial de Inmuebles, fs. 84/86 y vta., en territorio de las Comunidades Aborígenes San Juan de Quillaques, de El Toro y Coranzulí Informe de la Secretaría de Pueblos Indígenas, fs.
91, no afectando derecho de solicitantes de terrenos fiscales rurales en la zona informe del Instituto Jujeño de Colonización, fs. 80 conforme ubicación dada por Registro Gráfico a fs. 58, con las siguientes coordenadas: P.1: X7446880.33 Y3432897.52; P.2: X7446880.33 Y3434200;
P.3: X7444000 Y3434200; P.4: X7444000 Y3441100.07; P.5: X7440000 Y3441100.01; P.6:
X7440000 Y3446539.27; P.7: X7435600 Y3446539.27; P.8: X7435600 Y3441100.13; P.9:
X7438700 Y3441100; P.10: X7438700 Y3441000; P.11: X7443700 Y3441000; P.12:
X7443700 Y3436200; P13: X7442342.62 Y3436200; P.14: X7442424.06 Y3436064; P.15:
X7443927 Y3436064; P.16: X7443927 Y3432968.84; encontrándose acreditados los extremos de ley y cumplimentado el Art 28, punto 1. c del Dec. Nº 5772-P-2010 reglamentario de la Ley 5063 General del Medio Ambiente - Resolución DMyRE Nº 061/2020 de la Dirección Provincial de Minería del 21/10/2020 aprobatoria de Informe de Impacto Ambiental, con Fe de Erratas del 10/11/2020 - a fin que toda persona que se considere con interés, deduzca sus pretensiones en el plazo de sesenta días 60 días contados desde la última publicación y bajo apercibimiento de no ser oídos vencido dicho plazo.- Publíquese por tres 3 veces en quince 15 días, en el Boletín Oficial y un Diario Local.- San Salvador de Jujuy, 12 de octubre de 2021.03/10/17 NOV. LIQ. N 25913 $1.038,00.-

incluirse también como demandados a: DORA ACME PARDIÑAS DE BUSTAMANTE;
CARLOS RAMIRO BUSTAMANTE; RENE GABRIEL BUSTAMANTE; ERNESTO
RODOLFO BUSTAMANTE y MARIA ELSA BUSTAMANTE. Comuníquese a Mesa General de Entradas para su conocimiento y registro. 3 Téngase por interpuesta la presente demanda a fojas 41/44 en contra de: SUCESION DE RENE JAIME BUSTAMANTE PEREZ: DORA
ACME PARDIÑAS DE BUSTAMANTE; CARLOS RAMIRO BUSTAMANTE; RENE
GABRIEL BUSTAMANTE; ERNESTO RODOLFO BUSTAMANTE y MARIA ELSA
BUSTAMANTE. 4 Cítese a la MUNICIPALIDAD DE MONTERRICO y al ESTADO
PROVINCIAL en los términos del Art.534 inc. 1 y 2 de la Ley 5486, para que tomen conocimiento del presente juicio y si consideraren afectados sus derechos pida participación como demandado, dentro del término de quince días hábiles, bajo apercibimiento de presumir que su incomparecencia no afecta sus derechos. 5 Asimismo, cítese a los colindantes de la fracción de terrero del inmueble individualizado como: Padrón: B-8488; Circunscripción: 3;
Sección: 5; Manzana: 56; Parcela: 11; Inscripción del Dominio: Matrícula B-3766; Ubicación:
calle Magallanes Nº 96 esq. Pizarro, Barrio 12 de OctubreMonterricoDepartamento EL
Carmen, para que tomen conocimiento del presente juicio y si consideraren afectados sus derechos pidan participación como demandados dentro del término de quince días hábiles, bajo apercibimiento de presumir que su incomparecencia no afecta sus derechos. 6Córrase traslado de la presente demanda a la SUCESION DE RENE JAIME BUSTAMANTE PEREZ: DORA
ACME PARDIÑAS DE BUSTAMANTE; CARLOS RAMIRO BUSTAMANTE; RENE
GABRIEL BUSTAMANTE; ERNESTO RODOLFO BUSTAMANTE y MARIA ELSA
BUSTAMANTE en sus domicilios reales sobre la fracción de terreno del inmueble individualizado como: Padrón: B-8488; Circunscripción 3; Sección: 5; Manzana: 56; Parcela:
11; Inscripción del Dominio: Matrícula B-3766; Ubicación: calle Magallanes Nº 96 esq.
Pizarro, Barrio 12 de OctubreMonterrico, Departamento El Carmen, para que contesten demanda en el término de quince días hábiles de notificados, bajo apercibimiento de darles por decaído el derechos a contestar demanda si así no lo hicieren Art.298 del C.P.C., Art.531 del C.P.C. CONFORME MODIF. LEY 5486. Transmitir mediante radiodifusión local durante treinta 30 días, debiendo acreditarse con la certificación respectiva Art.535 del C.P.C.
modificado por Ley 5486. Intímeselos a que en igual término constituyan domicilio legal dentro del radio asiento de este Tribunal bajo apercibimiento de notificarles en lo sucesivo por ministerio ley. 7 Téngase presente la Anotación de la Litis que consta a fojas 124/125 en las Medidas Preliminares adosadas por cuerda, en Matrícula B-3766 de propiedad de René Jaime BUSTAMANTE PEREZ. 8 Actuando en autos el principio contenido en el primer párrafo del Art.72 del C.P.C., impónese a la parte interesada la carga de confeccionar las diligencias y edicto ordenados, para su posterior control y firma del Tribunal, los que deberán presentarse en Secretaría de esta Sala. 9 Notifíquese Art.155/156 del C.P.C.. Fdo. Dra. Norma B. IssaPresidente de TramiteAnte Mí: Dra. Nora C. AizamaSecretaria y el Proveído: San Salvador de Jujuy, 25 Febrero del 2021. Ampliando la providencia de la providencia de fs.
55/56, líbrese edictos que se publicarán por tres veces, dentro de un periodo de cinco días, en el Boletín Oficial y un diario local del lugar del inmueble a usucapir. Ordenase la colocación del cartel indicativo con las referencias necesarias acerca de la existencia del juicio conforme lo ordenado art. 536 del C.P.C.- modificación Ley 5486. La confección de las diligencias ordenadas deberá ser presentada para control y firma en secretaria. Notifíquese art. 155 del C.P.C. Fdo. Dra. Norma B. Issa. Pte. de Tramite. Ante Mi Dra. Nora C. Aizama. Secretaria.San Salvador de Jujuy, 12 de Marzo de 2.021.12/15/17 NOV. LIQ. Nº 26068 $1.038,00.-

EDICTOS DE USUCAPION
EDICTOS DE NOTIFICACION
Dr. Carlos Marcelo Cosentini, Presidente de Tramite en la Vocalía N 7 de la Sala III de la Cámara Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy en el Expte. N C-096606/17
caratulado Prescripción Adquisitiva de Inmueble en Exp. Principal C-017711/13
HERNANDEZ CARLOS MARCELO c/ ALVAREZ PRADO MERCEDES.- Hace saber a la Sra. ALVAREZ PRADO MERCEDES que se ha dictado el siguiente Decreto: San Salvador de Jujuy, 4 de Diciembre del 2018.- De la demanda interpuesta, córrase Traslado a la demandada MERCEDES ALVAREZ PRADO y/o sus herederos y quienes se consideren con derecho sobre los inmuebles Padrón a-51433, Circ. 1, Secc. 17, Parcela 20, Mzna. 5, Matrícula A-43118 y Padrón A.51414, Circ. 1, Secc. 17, Parcela 1, Mzna. 5, Matrícula A-77720, ubicados en Los Molinos, para que la contesten, dentro del plazo de quince días de su notificación, bajo apercibimiento de tenerla por contestada si así no lo hicieren Arts. 298 y 531 del C.P.C.- Conf.
Modificación Ley 5486.- Intímaselos en igual término para que constituyan domicilio legal dentro del radio de este Tribunal, bajo apercibimiento de notificarles en lo sucesivo por Ministerio de Ley.- A tales fines líbrense edictos que se publicarán por tres veces, dentro de un período de cinco días, en el Boletín Oficial y un diario local.- Ordénase asimismo la exhibición de los edictos en el Palacio de Tribunales de la Provincia de Jujuy y en la Municipalidad de San Salvador de Jujuy, transmitir mediante radiodifusión local durante treinta 30 días, debiendo acreditarse con la certificación respectiva Conf. Art. 535 del C.P.C.- Modificación Ley 5486.De conformidad a lo establecido por el Art. 534 del C.P.C. Ley 5486, cítase como terceros en esta causa al Estado Provincial, Municipalidad de San Salvador de Jujuy, y a los Sres. FELIPE
CALIZAYA, AGUSTINA VALERIO, ELVIA EDELMIRA BURGOS, PATRICIA CARINA
BURGOS, MARCELO DANIEL BURGOS y ALEJANDRO AUGUSTO BURGOS para que comparezcan dentro de los quince días de su notificación, en los domicilios denunciados, a tomar conocimiento del juicio y, si consideraren afectados sus derechos, pidan en forma expresa, clara y concluyente, participación como demandados, haciendo presumir su incomparencia que la demanda no afecta sus derechos.- Hágase saber a la Actora. Notifíquese Arts. 155 y 156 del C.P.C..-.Fdo. Dr. Carlos M. CosentiniJuez, Ante mi, Dra. Claudia Cuevas, Secretaria.- S.S. de Jujuy 06 de Agosto de 2021.12/15/17 NOV. LIQ. Nº 26074 $1.038,00.Cámara en lo Civil y Comercial - Sala III - Vocalía 9, en el Expediente: C-132054/19, caratulado Prescripción Adquisitiva de Inmuebles en Exp. Principal C-066864/2016:
RODRIGUEZ, HUMBERTO c/ SUCESION DE RENE JAIME BUSTAMANTE PEREZ
y otros; se hace saber que se ha dictado el siguiente Proveído: "San Salvador de Jujuy, 08 de Noviembre de 2.019. 1Agréguense la copia certificada de la Declaratoria de Herederos de la Sucesión de René Jaime Bustamante Pérez y los Aportes acompañados a fojas 48/50, 51, 52 y 53 por el Dr. Pablo Horacio Gutiérrez a fojas 54, téngase presente y, por cumplida la intimación de fojas 46. Téngase presente los domicilios de los herederos declarados y de los colindantes, téngase presente y, por cumplido lo requerido a fojas 46. 2 Atento la denuncia efectuada por el Dr. Pablo Horacio Gutiérrez, procédase por Secretaría a re caratular estos autos, debiendo
Dr. Ricardo R. Chazarreta, Pte. de Trámite, en la Vocalía N 2 de la Sala I del Tribunal del Trabajo de la ciudad de San Salvador de Jujuy en el Expte. N C-168267/20 caratulado:
Despido RUEDA EFRAIN JAVIER C/ GUTIERREZ JAVIER LEONARDO, procede a notificar del siguiente proveído: San Salvador de Jujuy, dos de Junio de 2021.- Atento lo solicitado precedentemente, notifíquese al demandado JAVIER LEONARDO GUTIERREZ
DNI 22468209 por edictos el decreto de fs. 15 de autos.- A tal fin publíquense edictos en un diario local y boletín oficial tres veces en cinco días. Asimismo, facultase a la Dra. María Daniela Bravo y/o persona que la misma designe para correr con la confección y el diligenciamiento de los edictos.- Notifíquese por cédula.- Fdo: Dr. Ricardo R. ChazarretaJuez de TramiteAnte Mi: Dra. Emilia IriarteProsecretaria.- San Salvador de Jujuy, 11 de Diciembre de 2020.-Por presentada a la Dra. María Daniela Bravo por constituido domicilio legal y por parte a merito carta poder que acompaña en autos, en representación del Sr. Efraín Javier Rueda.- De la presente demanda promovida en contra de JAVIER LEONARDO
GUTIERREZ DNI 22.468.209, córrase traslado al accionado mencionado, en el domicilio denunciado, por el término de quince días, bajo apercibimiento de tenérsela por contestada conforme los términos del art. 51 del CPT.- En igual plazo intímeselos para que constituyan domicilio legal dentro del radio de los tres kilómetros del asiento de éste Tribunal bajo apercibimiento de notificársele por Ministerio de Ley.- Notificaciones en Secretaría martes y jueves o el siguiente día hábil si alguno de ellos fuere feriado.- - Notifíquese por cédula.- Fdo:
Dr. Ricardo R. ChazarretaJuez del Tribunal del TrabajoAnte mi: Dra. Emilia IriarteProsecretaria.- San Salvador de Jujuy, 29 de octubre 2021.12/15/17 NOV. LIQ. Nº 26019-23661-23236 $1.038,00.Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 2, Secretaría Nº 4, en el Expte. Nº C107.299/18, caratulado: Ejecutivo: CAJA DE ASISTENCIA Y PREVISIÓN SOCIAL DE
ABOGADOS Y PROCURADORES DE LA PROVINCIA DE JUJUY C.A.P.S.A.P. c/
VARGAS, CARLOS EDGARDO hace saber al demandado Sr. CARLOS EDGARDO
VARGAS la siguiente resolución: Salvador de Jujuy, 06 de Octubre de 2021.- Autos y Vistos:
Resulta: Considerando: Resuelve: I.- Mandar llevar adelante la presente ejecución seguida por C.A.P.S.A.P. en contra del Sr. VARGAS CARLOS EDGARDO, hasta hacerse el acreedor del integro pago del capital reclamado, o sea la suma de Pesos Veintiún Mil Quinientos Cinco C/71/100 ctvos. $21.505,71 con más los intereses de la tasa activa de conformidad a la Doctrina del Superior Tribunal de Justicia en la causa Recurso de Inconstitucionalidad interpuesto en el Expte. Nº B- 145.731/05, Sala I-Tribunal del Trabajo Indemnización por despido incausado y otros rubros: Zamudio, Silvia Zulema c/ Achi Yolanda y otro Libro de Acuerdo nº 54 Fº 673/678 nº 235, tomado como compensatorio desde la fecha de suscripción del titulo y hasta la mora, y de allí en mas los mismo deben ser imputados como moratorio y
Provincia de JUJUY
Unidos, Responsables y Solidarios

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Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 17/11/2021

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Jujuy

PaeseArgentina

Data17/11/2021

Conteggio pagine8

Numero di edizioni1244

Prima edizione10/01/2018

Ultima edizione02/08/2024

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