Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 10/3/2021

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy

Marzo, 10 de 2021.-

Boletín Oficial Nº 29

Dirección Provincial de Presupuesto y Contaduría de la Provincia. Cumplido vuelva al Ministerio de Ambiente.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 2045-G/2020.EXPTE. Nº 259-69-2020.SAN SALVADOR DE JUJUY, 24 NOV. 2020.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1.- Designase, a partir del día 03 de noviembre de 2020, en el cargo de Coordinador del Plan de Igualdad y Diversidad dependiente del Consejo Provincial de la Mujer e Igualdad de Género al señor PEDRO MARIANO ROBLES, D.N.I. N
32.910.986.ARTICULO 2.- Regístrese, tomen razón Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, comuníquese, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, pase a la Secretaria de Comunicación y Gobierno Abierto para su difusión. Siga a Contaduría de la Provincia, Dirección Provincial de Presupuesto, Dirección, Provincial de Personal y Consejo Provincial de la Mujer e Igualdad de Género para su conocimiento. Cumplido vuelva al Ministerio de Gobierno y Justicia a sus efectos.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 2083-S/2020.EXPTE. Nº 733-327/18.SAN SALVADOR DE JUJUY, 01 DIC. 2020.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1.- Disponese la promoción de 12; Sra. Lidia Elena Guantay, CUIL
27-13828598-2, al cargo categoría A-5 I-1 Agrupamiento Profesional, Escalafón Profesional, Ley N 4413, en la U. de O.: R6-01-23 Hospital Wenceslao Gallardo, a partir del 1 de enero de 2020, de conformidad a lo dispuesto por Ley N 5502/05 y su Decreto Reglamentario N 8865-H-07.ARTICULO 2.- La erogación emergente del presente Decreto, se atenderá con la partida que a continuación se detalla:
EJERCICIO 2020:
La partida de Gasto en Personal que al respecto prevé el Presupuesto General de Gasto y Cálculo de Recursos Ley N 6149, para la U. de O.: "R6-01-23" - Hospital Wenceslao Gallardo, la que en caso de resultar insuficiente se reforzaran tomando Créditos de la partida prevista en la Jurisdicción "k" Obligaciones a cargo del Tesoro - denominada: 11-1-1-1-60 "Adecuación Ley N 5502". ARTICULO 3.- Instruyese a la Dirección Provincial de Personal, para el control y cumplimiento de la condición exigida por el segundo párrafo del artículo 30, Anexo 1 y del Decreto N 8865-H-07, a cuyos efectos arbitrará los tramites, comunicaciones y notificaciones necesarias y de conformidad al artículo 100 bis de la Ley N.3161/74
modificada por Ley N 5748.ARTICULO 4.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas.ARTICULO 5.- Previa toma de razón por Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, publíquese, sintéticamente en el Boletín Oficial, pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para su difusión. Cumplido siga sucesivamente para conocimiento de la Dirección Provincial de Presupuesto, Contaduría de la Provincia, y Dirección Provincial de Personal. Cumplido vuelva al Ministerio de Salud a sus efectos. C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 2137-E/2020.EXPTE. Nº 1056-626-14.SAN SALVADOR DE JUJUY, 10 DIC. 2020.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1.- Ténganse por cumplidos los contratos de locación de servicios celebrados entre el Ministerio de Educación, representado por su entonces titular, Lic.
Rodolfo Alejandro Tecchi y la Sres. Arias Quispe Ramón Eduardo Shunko, CUIL
N 20-31036608-1; María del Valle Bertone, CUIL N 27-22681440-5; Cecilia Paula Calderón, CUIL N 27-30765617-0; Gabriela Inés Castro, CUIL N 27-26793501-2;
Noelia Jimena Chávez, CUIL N 23-29653194-4; Virginia Roxana Domínguez, CUIL N 27-31036949-2; Álvaro Gonzalo Funes, CUIL N 20-31816881-5; Enrique Gebauer, CUIL N 20-22277052-2; Verónica Gabriela Heredia, CUIL N 2725755107-0; Daniel Andrés Hilarion, CUIL N 23-32369200-9; Celica Irina Paola Mancilla Morales, CUIL N 27-33870006-2; Natalia Victoria Maraz, CUIL N 2726675865-6; Gustavo Rene Miranda, CUIL 148 20-23430011-4; María Florencia Paredes, CUIL N 23-26501971-4; Patricia Evangelina Patagua, CUIL N 2734071239-6; Adriana Patricia Soliz, CUIL N 27-18582985-0; Claudia Gisela Soria, CUIL N 27-33482818-8; José Alejandro Torrejón, CUIL N 20-30765305-3; Rita Lorena Valdez, CUIL N 27-30541776-4 y Miguel Ángel Villa, CUIL N 2421983724-7, por el período comprendido entre el 1 de Enero hasta el 31 de diciembre de 2013, y del Sr. Víctor Michel Lemme, CUIL N 20-32158545-1, por el período comprendido entre el 1 de enero hasta el 12 de julio de 2013.ARTICULO 2.- La erogación que demandó el cumplimiento del presente Decreto se atendió con el Presupuesto General de Gastos y Calculo de Recursos Ley N 5756

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Ejercicio 2013 se encontraba previsto, en la Jurisdicción "F" Ministerio de Educación, U.
de O. "1" Ministerio, la Partida 1-2-1-9 Personal Contratado.ARTICULO 3.- Regístrese, tome razón Fiscalía de Estado. Publíquese sintéticamente, dése al Registro y Boletín Oficial y pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para su difusión. Cumplido pase sucesivamente a Contaduría de la Provincia y Dirección Provincial de Presupuesto para conocimiento Hecho, vuelva al Ministerio de Educación a sus demás efectos y archívese.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 2248-E/2020.EXPTE. Nº 1056-706-2019.SAN SALVADOR DE JUJUY, 15 DIC. 2020.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1.- Promuévase con retroactividad al 1 de enero de 2019 a la Categoría 24, Agrupamiento Servicios Generales del Escalafón General previsto en la Ley N
3161/74, a la Señora María Zulema Sandy, CUIL N 27-13889137-8, Personal de Planta Permanente, de la Escuela N 38 "Juanita Stevens", dependiente del Ministerio de Educación de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 3 Anexo I del Decreto N
8865-H-07, reglamentario de la Ley N 5502/05, por las razones expuestas en el exordio.ARTICULO 2.- La erogación que demanda el cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 1, se atenderá con la partida presupuestaria que a continuación se detalla:
Ejercicio 2020.- Gastos en Personal, que al respecto prevé el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos, Ejercicio 2020, Ley N 6149, para la Jurisdicción "F"
Ministerio de Educación, U. de O.: "F4"- Secretaría de Gestión Educativa, la que en caso de resultar insuficiente tomará fondos de la Partida prevista en la Jurisdicción "K"
Obligaciones a Cargo del Tesoro" denominada: 01-01-01-01-01-60 "Adecuación Ley 5502".Ejercicios Anteriores Periodo No consolidado Se imputarán a la Deuda Pública Provincial, partida 3-10-15-01-26 "Para Pago de Obligaciones No Comprometidas Presupuestaria en Ejercicios Anteriores" y conforme la disponibilidad de saldo de la misma, las erogaciones emergentes del decreto que correspondan a ejercicios vencidos del período no consolidado. A tales fines, la Unidad de Organización respectiva deberá elaborar las correspondientes planillas de liquidaciones, las que previa revisión por parte de Contaduría de la Provincia, serán remitidas a la Oficina de Crédito Público a sus demás efectos.ARTICULO 3.- Instrúyase a la Dirección Provincial de Personal para el cumplimiento de la condición exigida en el segundo párrafo del Artículo 3, Anexo I, del Decreto N
8865-H-07, a cuyos efectos arbitrará los trámites, comunicaciones y notificaciones necesarias y de conformidad a lo dispuesto por el Art. 100 bis de la Ley N 3161/74
modificado por Ley N 5748/12.ARTICULO 4.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministra de Educación y el Señor Ministro de Hacienda y Finanzas.ARTICULO 5.- Regístrese, tome razón por Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas.
Publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial y pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para su difusión. Cumplido, notifíquese y pase sucesivamente a la Dirección Provincial de Personal, Dirección Provincial de Presupuesto y Contaduría de la Provincia para conocimiento. Hecho, vuelva al Ministerio de Educación, para demás efectos y archívese.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 2249-E/2020.EXPTE. Nº 1056-12476-18.SAN SALVADOR DE JUJUY, 15 DIC. 2020.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1.- Promuévase con retroactividad al 1 de enero de 2020 a la Categoría 24, Agrupamiento Servicios Generales del Escalafón General previsto en la Ley N
3161/74, al Señor Faustino Mamaní CUIL N 20-10299100-2, Personal de Planta Permanente, de la Escuela 210 "Carlos Pellegrini", dependiente del Ministerio de Educación de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 3 Anexo I del Decreto N
8865-H-07, reglamentario de la Ley N 5502/05, por las razones expuestas en el exordio.ARTICULO 2.- La erogación que demanda el cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 10, se atenderá con la partida presupuestaria que a continuación se detalla:
Ejercicio 2020.- Gastos en Personal, que al respecto prevé el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos, Ejercicio 2020, Ley N 6149, para la Jurisdicción "F"
Ministerio de Educación, U. de O.: "F4"- Secretaría de Gestión Educativa, la que en caso de resultar insuficiente tomará fondos de la Partida prevista en la Jurisdicción "K"
Obligaciones a Cargo del Tesoro" denominada: 01-01-01-01-01-60 "Adecuación Ley 5502".ARTICULO 3.- Instrúyase a la Dirección Provincial de Personal para el cumplimiento de la condición exigida en el segundo párrafo del Artículo 3, Anexo I, del Decreto N
8865-H-07, a cuyos efectos arbitrará los trámites, comunicaciones y notificaciones necesarias y de conformidad a lo dispuesto por el Art. 100 bis de la Ley N 3161/74
modificado por Ley N 5748/12.ARTICULO 4.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministra de Educación y el Señor Ministro de Hacienda y Finanzas.ARTICULO 5.- Regístrese, tome razón por Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas.
Publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial y pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para su difusión. Cumplido, notifíquese y pase sucesivamente a la
Provincia de JUJUY
Unidos, Responsables y Solidarios

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 10/3/2021

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Jujuy

PaeseArgentina

Data10/03/2021

Conteggio pagine16

Numero di edizioni1234

Prima edizione10/01/2018

Ultima edizione12/07/2024

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