Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 12/3/2020

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy

Marzo, 13 de 2020.-

Boletín Oficial Nº 30

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PROSECRETARIO TECNICO REGISTRO PÚBLICO
13 MAR. LIQ. Nº 20415 $592,00.-

13 MAR. LIQ. Nº 20456 $215,00.El INSTITUTO QHESHWA JUJUYMANTA, convoca a una Asamblea General Ordinaria a llevarse a cabo el día domingo 25 de marzo de 2020 a horas 19:00, en la sede cultural de la institución, ubicada en la calle Felipe Bouchez N 24, Barrio Sargento Cabral, Alto Comedero, de la ciudad de San Salvador de Jujuy, con el siguiente Orden del Día: 1 Elección de los integrantes de la Nueva Comisión Directiva de la Institución.- 2 Lectura, consideración y aprobación de las Memorias del año 2017 al 2019. Inventario General de Bienes, Informe del Revisor de Cuentas y de los Balances 2017 al 2019.- Nota: Transcurrida una hora de espera, la Asamblea se concretará con los participantes presentes.- Fdo. Soto de la Cruz, EdilbertoPresidente.13 MAR. LIQ. Nº 20462 $215,00.El Consejo Directivo del COLEGIO DE MARTILLEROS DE JUJUY, convoca a sus matriculados a la Asamblea Extraordinaria a llevarse a cabo el día 27 de marzo de 2020 a horas 19:00, en su sede social en calle Dávila esquina Araoz de esta ciudad para tratar el siguiente Orden del Día: 1- Tratamiento de cuota societaria año 2020.- 2- Presentación de propuesta servicio medico prepago para matriculados.- 3- Designación de 2 matriculados para firmar el acta.- La Asamblea funcionará válidamente a la hora fijada con la presencia de más de la mitad de los martilleros inscriptos en la matricula y 1 una de espera sesionará válidamente con los martilleros colegiados que se encuentren presentes.- Para participar en la Asamblea deberá encontrarse al día con sus obligaciones de tesorería.- Art. 118, Ley 4152/85.- Fdo. Berta Beatriz Grabois-Secretaria.-.13/18 MAR. LIQ. Nº 20488 $430,00.N 7.- Primer Testimonio.- Escritura Numero Siete.- Acta Notarial de Manifestación.- En la Ciudad de San Salvador de Jujuy, Capital de la provincia de Jujuy, República Argentina, a los ocho de Enero del año dos mil veinte, ante mí Fátima María de los Ángeles Albertini, Escribana Autorizante, Adscripta del Registro Notarial numero cuarenta y siete, con asiento en esta ciudad, Comparecen: Los señores RUBÉN ARMANDO RIVAROLA, Argentino, Documento Nacional de Identidad número diez millones ochocientos treinta y nueve mil doscientos seis, CUIT 20-10839206-2, divorciado, nacido el 09 de Agosto del año 1953, domiciliado en calle El Carnaval número 71 del Barrio Los Perales de esta Capital, ERNESTO CRISTIAN RIVAROLA, Argentino, con Documento Nacional de Identidad numero treinta millones doce mil ciento diez, C.U.I.L. numero 20-30012110-2, quien manifiesta ser soltero, nacido el 14 de Marzo de 1983, domiciliado en calle Mendoza 252 de Palpala, departamento del mismo nombre de esta provincia, JOSÉ ANTONIO CASALI, argentino, Documento Nacional de Identidad número diez millones setecientos sesenta y tres mil setecientos noventa y dos, CUIL 20-10763792-4, nacido el día cuatro de Julio de 1953, domiciliado en calle Aconquija N 1790, Barrio Alto Padilla, de esta ciudad, divorciado, los comparecientes son Argentinos, mayores de edad, personas hábiles, de mi conocimiento, Doy Fe.- Y dicen: que vienen por este acto y manifiestan que en fecha 02 de Octubre del año 2019, los señores Rivarola, ambos socios de MATER NOA SRL, se reunieron en asamblea donde el señor Rubén Armando Rivarola acordó la venta de sus cuotas sociales al señor José Antonio Casali, manifestando en ese entonces el señor Ernesto Cristian Rivarola, que no hará uso del derecho de preferencia que le corresponde, todo lo que consta en Acta de Asamblea N 22, de fecha 02 de Octubre de 2019, del Libro de asambleas, asentado en su folio N 15.- Que en fecha 30 de Octubre del año 2019 el señor Rubén Armando Rivarola por instrumento Privado, Cedió 160 cuotas sociales que tiene y le corresponde a favor del señor José Antonio Casali.- Que mediante acta de Asamblea numero 23, de fecha 30 de Octubre del año 2019, los señores Rivarola se reúnen y el señor Rubén Armando Rivarola informa y notifica que ha transferido las cuotas sociales a favor del señor Casali, quedando las partes fehacientemente notificadas. El día 31 de Octubre del año 2019, el señor Ernesto Cristian Rivarola y el señor José Antonio Casali, se reunieron en Asamblea, donde se designo al señor Ernesto Cristian Rivarola como Administrador-Socio Gerente de MATER NOA SRL, quien en ese acto acepto dicha designación, todo lo que consta por Acta N 24, asentada en Libro de Asambleas al Folio 16/17. Todos los presentes manifiestan que ratifican los actos realizados y asentados en instrumento privado y libro de actas de Asambleas de la Sociedad MATER NOA SRL, como así también manifiestan que ratifican la fecha y las firmas han sido puestas por ellos en cada instrumento y acta en que se ha llevado a cabo.- Sin más que agregar LEO la presente a los comparecientes, quienes ratifican lo actuado y firman por ante mí, que certifico y doy Fe.- Hay tres firmas ilegibles, está mi firma y sello notarial: Fátima M. De Los Ángeles Albertini.- Concuerda: Con su matriz que corre al folio 13 del Protocolo del presente año a mi cargo.- Para los interesados expido este Primer Testimonio en una foja de Actuación Notarial que sello y firmo en el lugar y fecha de su otorgamiento.- ESC. FÁTIMA M. DE LOS ÁNGELES
ALBERTINIADS. REG. N 47- S.S. DE JUJUY.Ordénese la Publicación en el Boletín Oficial por un día de conformidad al Art. 10
de la Ley 19.550.- San Salvador de Jujuy, 05 de Marzo de 2020.-

Cesión de Cuotas Sociales.- En la ciudad de San Salvador de Jujuy, provincia de Jujuy, República Argentina, a los 30 días del mes de octubre del año 2019, entre los Señores RUBEN ARMANDO RIVAROLA, con documento nacional de identidad número 10.839.206, CUIT número 20-10839206-2, divorciado de sus únicas nupcias de Carmen Beatriz Acuña, conforme sentencia de divorcio fecha 7
de abril de 2011 recaída en el expediente judicial N B-243728/10, caratulado DIVORCIO POR PRESENTACION CONJUNTA: ACUÑA CARMEN
BEATRIZ Y RIVAROLA RUBEN ARMANDO que tramitara por ante el Tribunal de Familia, Vocalía IV de los Tribunales Ordinarios de la provincia de Jujuy, nacido el 9 de Agosto de 1953, con domicilio en calle el Jazmín N 10 de Barrio Los Perales de esta ciudad capital, de profesión comerciante y CEDENTE, por una parte, y por la otra el SR. JOSE ANTONIO CASALI, Argentino, divorciado, con documento nacional de identidad número Nº 10.763.792, CUIL
20-10763792-4, con domicilio en calle Aconquija Nº 1790 del Barrio Alto Padilla de esta ciudad capital, de profesión comerciante y CESIONARIO, convienen en celebrar el presente CONTRATO DE CESION DE CUOTAS SOCIALES, el que se regirá por la cláusulas y condiciones que a continuación se estipulan:
PRIMERA: El Sr. RUBEN ARMANDO RIVAROLA en su carácter de socio de la razón social MATER NOA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD
LIMITADA, con domicilio legal en Avenida Italia número 116 de la ciudad de Pálpala, Departamento de Pálpala de esta provincia, CUIT número 30-712677704.- La calidad de Socio del Sr. RUBEN ARMANDO RIVAROLA surge de los siguientes instrumentos a saber: Contrato de Cesión de Cuotas Sociales celebrado en fecha 1 de octubre del año 2014 entre el Sr. Jorge Guillermo Gronda y el Sr.
Rubén Armando Rivarola y que fuera inscripto en el Registro Público de Comercio de esta provincia bajo Asiento 56, Folios433/437, Legajo XVII, Tomo II, Marginales de Escrituras Mercantiles en fecha 28 noviembre del año 2014.Contrato de Cesión por Instrumento Privado de Cuotas Sociales celebrado en fecha 11 de Febrero del año 2015 entre el Sr. Rubén Alberto Giacchi y el Sr. Rubén Armando Rivarola en que fuera inscripto en el Registro Público de Comercio de esta provincia bajo Asiento 43, Folios 274/282, Legajo XVII, Tomo II, Marginales de Escrituras Mercantiles en fecha 19 de agosto del año 2015. Contrato de Cesión de cuotas Sociales celebrado en fecha 11 de septiembre del año 2018 entre el Sr.
Ernesto Cristian Rivarola y el Sr. Rubén Armando Rivarola y que fuera inscripto en el Registro Público de Comercio de esta provincia bajo Asiento 11, Folios 201/208, legajo XVII, Tomo II, Marginales de Escrituras Mercantiles en fecha 8 de octubre del año 2019.- SEGUNDA: El Sr. RUBEN ARMANDO RIVAROLA, vendedor, cedente, por el presente acto CEDE Y TRANSFIERE a favor del Sr.
JOSE ANTONIO CASALI, la Cantidad de Ciento Sesenta Cuotas Sociales 160
que posee, tiene y le corresponde en la sociedad de responsabilidad limitada referenciada. Las cuotas sociales referidas se encuentran inscriptas debidamente a nombre del cedente conforme se expuso en la cláusula precedente, procediendo en este acto a manifestar el comprador que ha notificado a la Sociedad la presente cesión y que el socia Ernesto Cristian Rivarola no ha hecho uso del Derecho de Preferencia previsto en el artículo Sexto de su Contrato Constitutivo.- TERCERA:
El Precio Total de la presente Cesión-venta es de Pesos Ciento Sesenta Mil $160.000, importe que fuera abonado por el comprador al vendedor antes de ahora.- Renunciando ambos contratantes, por conocer de las prescripciones de la ley 25345, su modificatoria, Ley 25413, y Decreto del Poder Ejecutivo Nacional número 2201, a cualquier acción que les pudiera corresponder en el futuro vinculada con la forma de pago.- En este acto otorga el Señor RUBEN
ARMANDO RIVAROLA formal RECIBO y CARTA DE PAGO EN FORMA.CUARTA: El Vendedor, Señor RUBEN ARMANDO RIVAROLA, declara. 1Que es el legítimo titular de las Ciento Sesenta Cuotas Sociales 160 que en este acto se transfieren, representativas del capital ordinario emitido por la Sociedad las que se encuentran totalmente suscriptas y libres de Usufructo, prenda o cualquier otro derecho Real.- Las acciones que se transfieren gozan de la totalidad de los derechos patrimoniales que le corresponden a su clase.- 2- Que sobre su persona no se encuentra registrada ninguna Inhibición general de bienes con relación a las acciones que se transfieren y que las mismas están libres de Embargos, gravámenes o restricciones de dominio.- 3- Que MATER NOA S.R.L. es una Sociedad de Responsabilidad Limitada, constituida y organizada conforme las leyes de la República Argentina, cuyo objeto social y demás datos surgen del Contrato Social referenciado precedentemente.- 4- Que el socio Ernesto Cristian Rivarola no ejercitó el Derecho de Preferencia entre los accionistas de la sociedad conforme surge del Acta N 22.- 5- Que los estados contables de la sociedad expresan razonablemente la situación económico financiera y que los balances fueron confeccionados conforme normas vigentes.- QUINTA: El comprador, Señor JOSE
ANTONIO CASALI, manifiesta que tiene conocimiento de la actividad comercial de la Sociedad, así como de los resultados de los estados contables y económicos, quedando compuesto -a partir de la presenteel Capital Social del siguiente modo:
JOSE ANTONIO CASALI: Ciento Sesenta Cuotas Sociales 160 y ERNESTO
CRISTIAN RIVAROLA: Cuarenta Cuotas Sociales 40.- Total: Doscientas Cuotas Sociales.- SÉXTA: El Cesionario por su parte junto con el Cedente Aceptan la presente Cesión en todos sus términos firmando la presente en prueba de conformidad.- SEPTIMA: Ambas partes autorizan al Dr. Facundo Manuel Figueroa Caballero, Matricula Provincial N 1747, con domicilio en calle
JORGE EZEQUIEL VAGO

Gobierno de JUJUY
Unión, Paz y Trabajo

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 12/3/2020

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Jujuy

PaeseArgentina

Data12/03/2020

Conteggio pagine12

Numero di edizioni1243

Prima edizione10/01/2018

Ultima edizione31/07/2024

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