Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 21/11/2019

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy

Noviembre, 22 de 2019.-

Boletín Oficial Nº 133

LEYES, DECRETOS Y RESOLUCIONES
LEGISLATURA DE JUJUY
LA LEGISLATURA DE JUJUY SANCIONA CON FUERZA DE
LEY N 6145
"REGULARIZACIÓN PARQUE NACIONAL CALILEGUA"
ARTÍCULO 1.- Incorpórase al Artículo 2 de la Ley N 4133 "Ratificación, Vigencia o Derogación de las Normas dictadas entre el 24 de Marzo de 1976 y el 09 de Diciembre de 1983", el siguiente inciso:
j N 3586 del 27-11-78, por el que se dona al Estado Nacional Argentino con destino al Servicio Nacional de Parques Nacionales y cargo de creación de un Parque Nacional, los inmuebles individualizados como: Lote 2-B, Padrón E-14.452 con superficie de 53.809 ha. 80 a. 30 ca. 55
drn2, ubicado en el distrito de Calilegua, y Lote Rural 554, Padrón E-14.454, con superficie de 22.497 ha. 31 a. 10 ca., ubicado en el distrito Sauzal y Agua Negra, ambos del Departamento Ledesma, cuyas medidas y colindancias se precisan en los planos de Mensura y División, y Mensura de Fracción, aprobados por Resoluciones N 132/1977 y N 82/1978 de la Dirección General de Inmuebles, respectivamente ARTÍCULO 2.- Ratificase el "Convenio de Regularización Parque Nacional Calilegua" suscripto entre la Provincia de Jujuy y la Administración de Parques Nacionales con fecha 24 de Octubre de 2018.ARTÍCULO 3.- Facúltase al Poder Ejecutivo Provincial, para concretar todos los actos para el cierre ordenado y remediación ambiental del Yacimiento CNO 3 Caimancito, ubicado en el polígono de mil hectáreas 1.000 ha. individualizado en los Anexos I y II del "Convenio Específico de Regulación de Facultades de la Administración de Parques Nacionales en el Yacimiento Caimancito ARTÍCULO 4.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial.SALA DE SESIONES, SAN SALVADOR DE JUJUY, 13 de Noviembre de 2019.Dr. Nicolás Martín Snopek Secretario Parlamentario Legislatura de Jujuy Dip. Carlos Alberto Amaya Vice-Presidente 1º A/C de Presidencia Legislatura de Jujuy PODER EJECUTIVO DE LA PROVINCIA DE JUJUY.EXPTE. Nº 200-461/19.CORRESP. A LEY Nº 6145.SAN SALVADOR DE JUJUY, 19 NOV. 2019.Téngase por LEY DE LA PROVINCIA, cúmplase, comuníquese, publíquese íntegramente, dése al Registro y Boletín Oficial, tome razón Fiscalía de Estado, pase al Ministerio de Infraestructura, Servicios Públicos, Tierra y Vivienda; Ministerio de Gobierno y Justicia; Ministerio de Hacienda y Finanzas;
Ministerio de Desarrollo Económico y Producción; Ministerio de Ambiente y Secretaría General de la Gobernación para su conocimiento. Oportunamente, ARCHÍVESE.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 9328-E/2019.EXPTE. Nº 1050-197-19.SAN SALVADOR DE JUJUY, 15 MAYO 2019.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Acéptase la renuncia del Contador Público Nacional HUGO RAUL ARAMAYO, D.N.I. N 8.551.191, al cargo de Director General de Administración del Ministerio de Educación, a partir del 1 de abril de 2019, agradeciéndole lo servicios prestados.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 9590-S/2019.EXPTE. Nº 714-3576/17.SAN SALVADOR DE JUJUY, 11 JUN. 2019.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Téngase por otorgada la licencia sin goce de haberes, a favor de la Sra. Andrea Justina Coronel, CUIL 27-10339468-1, en el cargo categoría 24-30 horas, agrupamiento servicios generales, escalafón general, de la U. de O.: R6-01-02 Hospital "Pablo Soria", a partir del 10 de diciembre de 2017 y por el término de cuatro 4 años.ARTICULO 2.- Téngase por designado en carácter de reemplazante al Sr. Leonardo Orestes Talaba Coronel, CUIL 20-33232512-5, en el cargo categoría 1-30 horas, agrupamiento servicios generales, escalafón general, de la U. de O.: R6-01-02 Hospital "Pablo Soria", por el período, comprendido entre el 11 de diciembre de 2017 y el 30 de setiembre de 2018.ARTICULO 3.- La erogación que demande el cumplimiento del presente trámite, se atenderá con la partida presupuestaria prevista en el Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos, Ejercicio 2019, Ley N 6113, que a continuación se indica:
EJERCICIOS ANTERIORES Período no Consolidado:
Se imputarán a la Deuda Pública Provincial, partida 03-10-15-01-26: "Para Pago Obligaciones No Comprometidas presupuestariamente en Ejercicios Anteriores" y conforme la disponibilidad de saldo de la misma, las erogaciones emergentes del presente Decreto que correspondan a ejercicios vencidos del período no consolidado. A tales fines la U. de O. respectiva deberá elaborar las planillas de liquidación correspondientes, las que previa revisión por parte de Contaduría de la Provincia, serán remitidas a la Oficina de Crédito Público a sus demás efectos.ARTICULO 4.- El presente decreto será refrendado por los Sres. Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 9603-MS/2019.EXPTE. Nº 1414-497/2018.SAN SALVADOR DE JUJUY, 11 JUN. 2019.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Autorízase a Contaduría de la Provincia a imputar la erogación derivada del Expediente N 1414-497/18 caratulado: Planillas de liquidación de haberes correspondientes al Reintegro de Pasiva 100% y de Disponibilidad 25% del AGENTE FUENTEALBA CASTRO CESAR
ALBERTO, D.N.I. N 33.908.260, LEGAJO Nº 17.482, conforme a lo dispuesto mediante Resolución
1494

N 1730- DP/17, cuando la misma corresponda, previa revisión de la actuación por las autoridad responsables a la Partida 03-10-15-01-26 para Pago de Obligaciones No Comprometidas Presupuestariamente en Ejercicios anteriores correspondiente a la Unidad de Organización "L" DEUDA
PUBLICA, prevista en el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos-Ejercicio 2019 Ley N
6.113, informada por la Dirección de Presupuesto, debiendo Policía de la Provincia de Jujuy cumplir con la autorización, aprobación, ejecución del gasto y rendición de cuentas, de acuerdo a las disposiciones vigentes.ARTICULO 2º.-El presente Decreto será refrendado por los señores Ministros de Seguridad y Hacienda y Finanzas.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 9915-S/2019.EXPTE. Nº 742-50/18.SAN SALVADOR DE JUJUY, 29 JUL. 2019.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Téngase por otorgada la licencia sin goce de haberes, a favor del Sr. JUAN
FRANCISCO CRUZ, CUIL 20-24128005-6, en el cargo categoría 5 c-4, Agrupamiento Técnico, Escalafón General Ley N 3161/74, a partir del 11 de diciembre de 2017 y por el término de cuatro 4
años en el U. de O.: 6-01-26 Hospital "Susques", de conformidad a lo expresado en el exordio.ARTICULO 2.- Téngase por designado en carácter de reemplazante al Sr. RAMÓN ENRIQUE
MEDINA, CUIL 20-29844685-6, en el cargo categoría 4 c-4, Agrupamiento Técnico, Escalafón General, Ley N 3161/74, del Hospital "Susques", a partir del 09 de enero de 2018 y mientras dure la Licencia sin Goce de Haberes del titular.ARTICULO 3.- La erogación emergente del presente trámite se atenderá con la partida presupuestaria prevista en el Presupuesto General de Gastos, Ley N 6.113, ejercicio 2019 que a continuación se indica:
EJERCICIO 2019.La Partida de Gastos en Personal asignada a la jurisdicción "R" Ministerio de Salud, Unidad de Organización 61-26 del Hospital Súsques.EJERCICIOS ANTERIORES: periodo no consolidado:
Deuda Pública Provincial "03-10-15-01-26: para Pago Obligaciones no Comprometidas presupuestariamente en Ejercicios Anteriores", correspondiente a la Unidad de Organización "L" Deuda Pública las erogaciones emergentes del presente Decreto que correspondan a ejercicios anteriores. A
tales fines la Unidad de Organización respectiva deberá elaborar las correspondientes planillas de liquidación las que previa revisión por parte de Contaduría de la Provincia, serán remitidas a la Oficina de Crédito Público a sus demás efectos.ARTICULO 4.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 9924-S/2019.EXPTE. Nº 718-201/12.SAN SALVADOR DE JUJUY, 29 JUL. 2019.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Téngase por cumplidos los servicios prestados por permanencia de guardia por la Dra. Silvana Andrea Pastore, CUIL 27-24175275-0, cargo categoría A j-2, Agrupamiento Profesional, Escalafón Profesional, Ley N 4418, de la U. de O: R6-01-06 Hospital "Nuestra Señora del Carmen", a partir del 13 de setiembre de 2012.ARTICULO 2.- Autorizase al Ministerio de Salud a imputar a las partidas presupuestarias "03-10-1501-26 para Pago de Obligaciones no Comprometidas Presupuestariamente en Ejercicios Anteriores", y "1-1-1-1-2-153 Regularización Adicionales Personal-Ministerio de Salud", la erogación que demande el adicional por permanencia en el servicio de guardia de la Dra. Silvana Andrea Pastore, correspondiente al 30 % sobre la categoría de ingreso, a partir del 1 de agosto de 2017, por encontrarse prescriptos los períodos anteriores en virtud de lo dispuesto por los artículos 2537 y 2562 del Código Civil y Comercial de la Nación.ARTICULO 3.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 10070-ISPTyV/2019.EXPTE. Nº 222-1659/1998.SAN SALVADOR DE JUJUY, 09 AGO. 2019.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Autorizase al Ministerio de Infraestructura, Servicios Públicos, Tierra y Vivienda, a imputar la erogación derivada del Expte. N 222-1659/1998, caratulado "BRIZUELA, ARMANDO EX
EMPLEADO DE LA EMPRESA JUJEÑA DE ENERGÍA S.A.- S/PAGO SUBSIDIO
INDEMNIZACIONES PREVISTO ART. 15 DE LA LEY N 4879/95 - Y COBERTURA MEDICO
ASISTENCIAL ANTE EL I.S.J cuando por derecho corresponda, previa revisión de la actuación a cargo de las autoridades responsables, a la Partida "L" Deuda Pública 3-10-15-01-26 "P/Pago Obligaciones No Comprometidas Presupuestariamente en Ejercicios Anteriores" prevista en el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos Ejercicio 2019 Ley N 6113, debiendo el organismo cumplir con la autorización, aprobación, ejecución del gasto y rendición de cuentas, conforme las disposiciones legales vigentes.ARTICULO 2.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministros de Infraestructura, Servicios Públicos, Tierra y Vivienda y de Hacienda y Finanzas.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 10080-MS/2019.EXPTE. Nº 1415-408/2017.SAN SALVADOR DE JUJUY, 09 AGO. 2019.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Téngase por designados, con retroactividad al día 02 de Enero del año 2017, en la planta de personal permanente de la U. de O. "2B" Dirección General del Servicio Penitenciario, dependiente de la Jurisdicción "Y" Ministerio de Seguridad, en el cargo de Subayudantes al siguiente personal:
1 ALVARADO DANIELA ALEJANDRA
Cred. Nº 1711
CUIL 27-36892935-8
2 ALVARADO HECTOR MARTIN
Cred. Nº 1712 CUIL 20-36654872-7

Gobierno de JUJUY
Unión, Paz y Trabajo

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 21/11/2019

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Jujuy

PaeseArgentina

Data21/11/2019

Conteggio pagine16

Numero di edizioni1247

Prima edizione10/01/2018

Ultima edizione09/08/2024

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