Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 3/11/2019

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy

Noviembre, 04 de 2019.-

Boletín Oficial Nº 126

ARTICULO 2.- Por Secretaría General de la Gobernación, dése la correspondiente intervención a la Legislatura de la Provincia.ARTÍCULO 3.- Por Escribanía de Gobierno procédase a la protocolización del Acuerdo Marco de Cooperación y el Convenio Específico de Cooperación y Asistencia Técnica N 1 que se aprueban por el Artículo 1.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 9700-ISPTyV/2019.EXPTE. Nº 641-28/11.SAN SALVADOR DE JUJUY, 25 JUN. 2019.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Promuévase a la Categoría 24 del Escalafón General previsto en la Ley N
3161/74, con retroactividad al 01 de enero de 2012, a la agente Elena del Valle ORTIZ, CUIL
N 27-10473780-9 personal de Planta Permanente del INSTITUTO JUJEÑO DE
COLONIZACIÓN, de conformidad con lo dispuesto por el Articulo 3, Anexo I del Decreto N 8865-H/2007, reglamentario de la Ley N 5502/05.ARTICULO 2.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto por el artículo anterior se atenderá con la Partida Presupuestaria que a continuación se indica: Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos Ejercicio 2019 - Ley N 6113 para la Jurisdicción "G" Organismos Descentralizado; Unidad de Organización: "4" Instituto Jujeño de Colonización, partida Gastos en Personal, la que en caso de resultar insuficiente se reforzarán tomando créditos de la Partida: 01-01-01-01-01-60: "Adecuación Ley 5502", U. de O. "K" Obligaciones a Cargo del Tesoro.Ejercicios Anteriores - Periodos No Consolidados: Se imputarán a la partida 03-10-15-0126 "P/Pago Obligaciones No Comprometidas Presup. en Ej. Anteriores" correspondiente a la Unidad de Organización "L" Deuda Pública conforme a la disponibilidad de saldo de la misma, las erogaciones emergentes del Decreto que correspondan a ejercicios vencidos del periodo no consolidado. A tales fines la Unidad de Organización respectivas deberá elaborar las correspondientes planillas de liquidación las que previa revisión por parte de Contaduría de la Provincia, serán remitidas a la Oficina de Crédito Público a sus demás efectos.ARTICULO 3.- Instrúyase a la Dirección Provincial de Personal para el control y cumplimiento de la condición exigida por el segundo párrafo del Artículo 3, Anexo I del Decreto N 8865-H/2007 y a lo previsto por el Artículo 100º bis de la Ley Provincial N
3161174, a cuyos efectos arbitrarán los trámites, comunicaciones y notificaciones necesarias.ARTICULO 4.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministros de Infraestructura, Servicios Públicos, Tierra y Vivienda y de Hacienda y Finanzas.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 9928-S/2019.EXPTE. Nº 718-388/16.SAN SALVADOR DE JUJUY, 29 JUL. 2019.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Modificase el presupuesto general de gastos y cálculo de recursos vigente, Ejercicio 2019- Ley N 6113, conforme se indica a continuación:
JURISDICCION R MINISTERIO DE SALUD
U. de O.: 06-01-06 Hospital Nuestra Señora del Carmen SUPRIMASE
Categoría Nº de Cargos 16
1 Agrup. Servicios Generales Escalafón General Ley Nº 3161/74
TOTAL
1 CREASE:
Categoría Nº de Cargos 1
1 Agrup. Servicios Generales Escalafón General Ley Nº 3161/74
TOTAL
1 ARTICULO 2.-Téngase por designada, a partir del 3 de julio de 2017, a la Señora Liliana María Celeste Arancibia, CUIL 27-29717306-0, en el cargo categoría 1, Agrupamiento Servicios Generales, Escalafón General de la Ley 3161/74, en la Unidad de Organización 6-0106 Hospital "Nuestra Señora del Carmen". ARTICULO 3.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente tramite, se atenderá con la partida prevista en el Presupuesto General de Gastos y cálculos de Recursos Ejercicio 2019, Ley N 6113:
EJERCICIO 2019:
Con la respectiva partida de Gasto en personal asignada a la Jurisdicción "R" Ministerio de Salud, Unidad de Organización 6-01-06 Hospital "Nuestra Señora del Carmen". EJERCICIOS ANTERIORES Período no Consolidado:
Deuda Pública Provincial "3-10-15-01-26: Para Pago de Obligaciones No Comprometidas Presupuestariamente en Ejercicios Anteriores", correspondiente a la Unidad de Organización "L" Deuda Pública, las erogaciones emergentes del presente Decreto que correspondan a ejercicios anteriores. A tales fines la Unidad de Organización respectiva deberá elaborar las planillas de liquidación correspondientes las que previa revisión por parte de Contaduría de la Provincia, serán remitidas a la Oficina de Crédito Público a sus demás efectos. ARTICULO 4.- El presente decreto será refrendado por los señores Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas. C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 10161-E/2019.EXPTE. Nº 1056-7517-18.SAN SALVADOR DE JUJUY, 14 AGO. 2019.-

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EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Promuévase con retroactividad al 1 de enero del 2019 a la Categoría 24 Agrupamiento Servicios Generales del Escalafón General previsto en la Ley N 3161/74, a la SRA. DOMINGA MILAGRO TOLABA, CUIL N 27-05577411-6, Personal de Planta Permanente, Categoría 15 en la Escuela N 405 " Brigadier Juan Manuel de Rosas", del Departamento de El Carmen, dependiente del Ministerio de Educación de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 3º Anexo I del Decreto N 8865-H-07, reglamentario de la Ley N
5502/05, por las razones expuestas en el exordio.ARTICULO 2º.- La erogación que demanda el cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 1, se atenderá con la partida presupuestaria que a continuación se detalla:
Ejercicio 2019.- Gastos en Personal, que al respecto prevé el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos, Ejercicio 2019, Ley N 6113, para la Jurisdicción "F" Ministerio de Educación, U. de O.: "4"- Secretaría de Gestión Educativa, la que en caso de resultar insuficiente tomará fondos de la Partida 01-01-01-01-01-60 "Adecuación Ley 5502" U. de O.
"K" Obligaciones a Cargo del Tesoro.ARTICULO 3º.-Instrúyase a la Dirección Provincial de Personal para el cumplimiento de la condición exigida en el segundo párrafo del Articulo 3º, Anexo I, del Decreto Nº 8865-H-07, a cuyos efectos arbitrara los tramites, comunicaciones y notificaciones necesarias y de conformidad a lo dispuesto por el Art. 100 bis de la Ley Nº 3161/74, modificado por Ley Nº 5748/12.ARTICULO 4.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministra de Educación y el Señor Ministro de Hacienda y Finanzas.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 10180-E/2019.EXPTE. Nº 1056-164-18.SAN SALVADOR DE JUJUY, 15 AGO. 2019.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Promuévase con retroactividad al 1 de enero de 2019 a la Categoría 24
Agrupamiento Servicios Generales del Escalafón General previsto en la Ley N 3161/74, a la SRA. DEOLINDA ALMENDARIA AVELLANEDA, CUIL N 27-06164050-4, Personal de Planta Permanente, Categoría 10 - Agrupamiento Servicios Generales del Escalafón General en la Escuela N 386 "Latinoamérica" - Departamento de El Carmen, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 3 Anexo I del Decreto N 8865-H-07, reglamentario de la Ley N
5502/05, por las razones expuestas en el exordio.ARTÍCULO 2.- La erogación que demanda el cumplimiento de lo dispuesto .en el Artículo 1, se atenderá con la partida presupuestaria que a continuación se detalla:
Ejercicio 2019.- Gastos en Personal, que al respecto prevé el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos - Ley N 6113, para la Jurisdicción F" Ministerio de Educación, U. de O.:
"4" Secretaría de Gestión Educativa, la que en caso de resultar insuficiente se reforzarán tomando Créditos de la Partida prevista en la U. de O. "K" Obligaciones a Cargo del Tesorodenominada: 01-0101-01-01-60 "Adecuación Ley 5502".ARTICULO 3.- Instrúyase a la Dirección Provincial de Personal para el cumplimiento de la condición exigida en el segundo párrafo del Artículo 3, Anexo I, del Decreto N 8865-H-07, a cuyos efectos arbitrara los trámites, comunicaciones y notificaciones necesarias y de conformidad a lo dispuesto por el Art. 100 bis de la Ley N 3161/74 modificado por Ley N
5748/12.ARTICULO 4.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministra de Educación y el Señor Ministro de Hacienda y Finanzas.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 10182-E/2019.EXPTE. Nº 1056-10470-18.SAN SALVADOR DE JUJUY, 15 AGO. 2019.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Promuévase con retroactividad al 1 de enero de 2019 a la Categoría 24
Agrupamiento Servicios Generales del escalafón General previsto en la Ley N 3161/74, a la Sra. Silvia Agustina Méndez C.U.I.L N 27-14312540-3, Personal de Servicios categoría 10 del Escalafón General, de la Escuela N 176 "De la Patria" del Departamento Palpalá, dependiente del Ministerio de Educación de conformidad con lo dispuesto por el Articulo 3º Anexo I del Decreto N 8865-H-07, reglamentario de la Ley N 5502/05, por los motivos expuestos en el exordio.ARTICULO 2.- La erogación que demanda el cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 1, se atenderá con la partida presupuestaria que a continuación se detalla:
Ejercicio 2019: Gastos en Personal, que al respecto prevé el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos Ley N 6113, para la U. de O.: "4" - Secretaría de Gestión Educativa, la que en caso de resultar insuficiente se reforzaran, tomando Créditos de la Partida prevista en la Jurisdicción "K" Obligaciones a cargo del tesoro - denominada: 1-1-1-1-1-60 "Adecuación Ley 5502".ARTÍCULO 3º.- Instrúyase a la Dirección Provincial de Personal para el cumplimiento de la condición exigida en el segundo párrafo del Artículo 3 Anexo I del Decreto Nº 8865-H-07, a cuyos efectos arbitrara los trámites, comunicaciones y notificaciones necesarias y de conformidad a lo dispuesto por el Articulo 100º bis de la Ley N 3161/74 modificado por Ley N 5748/12.ARTICULO 4- El presente Decreto será refrendado por la Sra. Ministra de Educación y el Sr.
Ministro de Hacienda y Finanzas.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 10188-E/2019.EXPTE. Nº 1053-2871-17.SAN SALVADOR DE JUJUY, 15 AGO. 2019.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:

Gobierno de JUJUY
Unión, Paz y Trabajo

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 3/11/2019

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Jujuy

PaeseArgentina

Data03/11/2019

Conteggio pagine16

Numero di edizioni1247

Prima edizione10/01/2018

Ultima edizione09/08/2024

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