Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 19/10/2019

Versione di testo Cosa è?Dateas è un sito indipendente non affiliato a entità governative. La fonte dei documenti PDF che pubblichiamo qui è l'entità governativa indicata in ciascuno di essi. Le versioni in testo sono trascrizioni che realizziamo per facilitare l'accesso e la ricerca di informazioni, ma possono contenere errori o non essere complete.

Source: Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy

Octubre, 21 de 2019.-

1323

Boletín Oficial Nº 120

rebeldía, en caso de incomparecía sin causa debidamente justificada Art. 120 del C.P.P.- Sin cargo.- San Pedro de Jujuy, 01 de Octubre de 2019.-

21/23/25 OCT. LIQ. Nº 19046-19087 $615,00.Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N 3, Secretaria N 6, en el Expte.
N C-112.782/2018, caratulado: Ejecutivo: De ATHAYDE MONCORVO, LUCIANA
c/ QUIQUIZA, ELIANA ESTHER.- Secretaria: Dra. María Guillermina SequeirosProsecretaria.- Se procede a notificar por este medio a la Sra. QUIQUIZA, ELIANA
ESTHER el siguiente Proveído: San Salvador de Jujuy, 25 de Septiembre 2.019.- Autos y Vistos: Los del presente Expte. Nº C-112782/18, caratulado: "Ejecutivo: De ATHAYDE MONCORVO, LUCIANA c/ QUIQUIZA, ELIANA ESTHER del que:
Resulta Considerando Resuelve: I.- Mandar llevar adelante la presente ejecución seguida por LUCIANA DE ATHAYDE MONCORVO en contra de ELIANA ESTHER
QUIQUIZA DNI 33.937.224, hasta hacerse el acreedor del íntegro pago del capital reclamado, o sea la suma de Pesos Nueve Mil $9.000 con más los intereses de la tasa activa de conformidad a la Doctrina del Superior Tribunal de Justicia en la causa Recurso de Inconstitucionalidad interpuesto en el Expte. Nº B-145.731/05, Sala ITribunal del Trabajo Indemnización por despido incausado y otros rubros: Zamudio, Silvia Zulema c/ Achi, Yolanda y otro Libro de Acuerdos Nº 54 fº 673/678, Nº 235, desde la mora 07/05/18, hasta el efectivo pago y con mas I.V.A. si correspondiere.- II.Imponer las costas a la vencida Art. 102 del C.P.C..- III.- Regular los honorarios profesionales del Dr. Gustavo Darío Ávila en la suma de Pesos Nueve Mil Trescientos Setenta y Cinco $9.375 que equivale a 10 UMAs atento a que la suma de capital e intereses moratorios a la fecha no supera la suma de Cincuenta y Nueve Mil Quinientos Veinticuatro $59.524 que torna aplicable la escala legal, conforme lo dispuesto por los arts. 17, 24, y 35 de la ley. Dicha suma llevara un interés igual a la tasa activa cartera general prestamos nominal anual vencida a treinta días del Banco de la Nación Argentina de conformidad a la doctrina del Superior Tribunal de Justicia en la causa Recurso de Inconstitucionalidad interpuesto en el Expte. Nº B-145731/05, Sala ITribunal de Trabajo Indemnización por despido incausado y otros rubros: Zamudio, Silvia Zulema c/ Achi, Yolanda y otro Libro de Acuerdos Nº 54, fº 673/678, Nº 235
desde la mora, hasta su efectivo pago con más IVA si correspondiere. IV.- Hacer efectivo el apercibimiento a fs. 14 en contra de ELIANA ESTHER QUIQUIZA DNI
33.937.224, los mandándose notificar la presente Resolución por cédula, edictos y las sucesivas providencias por Ministerio de Ley. V.- Firme la presente, intímese a la parte actora a retirar por Secretaría el documento original en el término de cinco días, bajo apercibimiento de glosar el mismo al expediente.- VI.- Agregar copia en autos, hacer saber, protocolizar.- Fdo: Marisa E. Rondon-Juez; Ante Mi: María Guillermina Sequeiros-Prosecretaria.- Publíquese Edictos en el Boletín Oficial y en un Diario Local por tres veces en cinco días.- San Salvador de Jujuy, 3 de octubre de 2019.21/23/25 OCT. LIQ. Nº 19080 $615,00.-

16/18/21 OCT. S/C.Dra. Lis M. Valdecantos Bernal Juez Habilitada del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N 6, Secretaria N 11, en el Expte. N C-086805/17, caratulado;
Ejecutivo: VASQUEZ SINECIO c/ AISAMA DANIEL ROBERTO, cita y emplaza al demandado DANIEL ROBERTO AISAMA D.N.I. N 22.420.564, para que en el término de cinco días a partir de la última publicación de edictos, pague ante este juzgado y Secretaria, la suma de Pesos Treinta Mil $30.000.- en concepto de capital reclamado, con más la de Pesos Seis Mil $6.000, presupuestadas para responder a ulteriores del juicio.- En defecto de pago, se lo cita de Remate, para que en igual término oponga excepciones legales que estime le correspondan, y por igual término deberá constituir domicilio legal dentro del radio de los Tres Kilómetros, de asiento del Juzgado, bajo apercibimiento de notificarlo en lo sucesivo por Ministerio de Ley Art. 52 del C.P.C., y de nombrarle, en caso de incomparecencia como representante, al Defensor Oficial con quien se seguirá el juicio.- Publíquense edictos en el Boletín Oficial y un diario de amplia circulación en la Provincia tres veces en cinco días.- San Salvador de Jujuy, 16 de Mayo de 2.019.18/21/23 OCT. LIQ N 19031 $615,00.Dra. Ana Carolina Pérez Rojas, Vocal Titular del Tribunal en lo Criminal nro. 1, de la Provincia de Jujuy, en la Causa Nº 1224/18 JURADO, MARCOS ANTONIO s.a. hurto con escalamiento-Ciudad y adjuntado Expte. Nº 247/15 JURADO, MARCOS
ANTONIO, ARAMAYO, DIEGO ARMANDO y COSTAGUTA, CARLOS GUIDO s.a.
robo en poblado y en banda con efracción-Ciudad, cita, llama y emplaza, por tres veces en cinco días sin cargo o pago de publicación, al imputado DIEGO ARMANDO
ARAMAYO, DNI Nº 32.367.361, aliad Coya, nacido el 31 de Mayo del año 1986 en San Salvador de Jujuy, con último domicilio sito en calle Larrea Nº 620, Barrio Coronel Arias, Ciudad Capital, a estar de derecho en la causa Nº 247/2015, en el término de 48
horas contados a partir de la última publicación, bajo apercibimiento de declarar su rebeldía, en caso de incomparencia sin causa debidamente justificada Art. 203 y 120 del Código Procesal Penal y ordenar su captura.- Fdo. Dra. Ana Carolina Pérez Rojas, Juez ante mí Dra. Felicia Ester Barrios, Secretaria.- Publíquese en el Boletín Oficial por tres veces en cinco días sin cargo o pago de publicación.- Secretaria del Tribunal Nº 1, 04
Octubre del 2019.18/21/23 OCT. S/C.-

Dr. Norberto A. Costamagna. Vocal N 8 del Tribunal de Familia, del Centro Judicial San Pedro, hace saber que en el Expte N D-019026/17, caratulado: Divorcio:
ORQUERA, JULIO CESAR RAMON c/ LAGARTERA, MARIA FATIMA DE
JESUS, se ha dictado la siguiente Resolución: Pedro de Jujuy, Septiembre 25 de 2019.Autos y Vistos - Resulta - Considerando - Resuelvo: I.- Hacer lugar a la presente demanda, en consecuencia decretar el divorcio vincular de los cónyuges JULIO CESAR
RAMON ORQUERA DNI N 13.570.514 y MARIA FATIMA DE JESUS
LAGARTERA DNI N 13.910.307 matrimonio celebrado el día 16 de Setiembre de 1977, en Libertador General San Martín, Departamento de Ledesma, Provincia de Jujuy, República Argentina, inscripto en Acta Numero 5.343, Tomo 22, Año 1977, Folio 173, de los libros de matrimonios de esa oficina Artículos 437 y 438 del Código Civil y Comercial de la Nación.- II.- Declarar extinguida la comunidad conyugal de los esposos en conformidad a lo dispuesto por los artículos 475 y 480 del Código Civil y Comercial de la Nación.- III.- Mandar a las partes ocurrir por separado y mediante sus respectivos procedimientos incidentales, respecto cuestiones objetos de convenio regulador en caso que las hubiere.- IV.- Conceder el Beneficio de Justicia Gratuita en forma definitiva.- V.- Oficiar a la Dirección General de Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas de la Provincia de Jujuy.- VI.- agregar copias en autos, notificar mediante cédula en el respectivo casillero de notificaciones de la Dra. Cristina del Carmen Saman, Defensora Regional de Pobres de Libertador General San Martín, a la demandada María Fátima de Jesús Lagartera DNI N 13.910.307 mediante la publicación de edictos en el Boletín Oficial y un Diario de Circulación Local, tres veces en cinco días con cargo de diligencia a la Dra. Cristina del Carmen Saman, Defensora Regional de Pobres de Libertador General San Martín, protocolizar.- Fdo. Dr. Norberto CostamagnaVocal Trib. Flia.- Ante mi Dra. Fabricia Melano SinghSecretaria Copia fs. 129 y 130.- San Pedro de Jujuy, 26 de Septiembre 2019.21/23/25 OCT. S/C.-

EDICTOS DE CITACION
Por disposición del Titular de la Fiscalía Especializada en Violencia de Genero y Sexual Nº 2 Dr. José Alfredo Blanco, en el EXPTE. 32098/17 Caratulado: JIMENEZ, ARTURO FABIAN p.s.a. Lesiones leves agravadas por ser el hecho perpetrado por un Hombre en contra de una Mujer y Mediar Violencia de GeneroLdor. Gral. San Martín que se tramita ante la Secretaría a cargo del Dr. Augusto Sebastian Baiud Luraschi, se cita, llama y emplaza al inculpado JIMENEZ, ARTURO FABIAN, argentino, de 44 años de edad, DNI Nº 25.085.582, con último domicilio en Finca Algarrobo, Distrito La Candelaria-Ledesma, para que se presente a estar de derecho, en la causa de referencia dentro de los cinco días posteriores a la última publicación del presente edicto, que se hará por tres veces en cinco días en el Boletín Oficial, bajo apercibimiento de declarar su
Dr. Diego Puca - Juez - Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 2 Secretaria Nº 3, en el Expte. Nº C-110646/18 caratulado: AUSENCIA CON
PRESUNCION DE FALLECIMIENTO POLCO HERMEREGILDO JOSE; hace saber que se ha dictado el siguiente proveído de fs. 56.- San Salvador de Jujuy, 22 de Marzo del 2.019.- Asimismo y en virtud de lo establecido por el art. 15,18 y cc de la ley 14.394
y sus modificatorias, citase al Sr. Polco Hermeregildo José por edictos que serán publicados en el Boletín Oficial y en un Diario Local de amplia circulación una vez al mes, durante seis meses, bajo apercibimiento de que en caso de no comparecer a estar a derechos, se le dará intervención al Sr. Defensor Oficial de Pobres y Ausentes.Notifíquese art. 155 del C.P.C..- Dra. Natacha Buliubasich Prosecretaria.- San Salvador de Jujuy, 29 de Abril de 2019.20 MAY./21 JUN./22 JUL./21 AGO./ 20 SEPT./ 21 OCT./ LIQ. Nº 17653 $ 1.230,00.Dra. Liliana Francisca Pelegrini, Juez de Menores Nº 2- Por Habilitaciónde la ciudad de San Pedro de Jujuy, en la causa Nº 2547/14, caratulada: ETCHENIQUE, DAVID
NAZARENO y AJALLA, CARLOS MIGUEL p.ss.as. de Robo con ArmaSan Salvador de Jujuy, de conformidad a lo dispuesto por el Art. 140 del Código Procesal PenalLey 3584/78, procede por el presente a notificar al procesado CARLOS MIGUEL AJALLA, que en la causa de mención se ha dictado la siguiente parte dispositiva: Pedro de Jujuy, Uno de Octubre de 2019.- según lo informado por Secretaria, cítese por Edictos por tres 3 veces en cinco 5 días al procesado CARLOS MIGUEL AJALLA, con D.N.I.
Nº 94.148.107, argentino, de 25 años de edad, soltero, alfabeto, sin profesión, nacido el 16-11-93 en Los Alisos, Departamento San Antonio, Provincia de Jujuy, hijo de Marcelina Ajalla Janko, con último domicilio en Asentamiento Aero Club del Barrio Alto Comedero y/o en Manzana AP 17- Lote 04, Quinta Etapa del Barrio Tupac AmaruAlto Comedero, de la ciudad de San Salvador de Jujuy, Departamento Manuel Belgrano, Provincia de Jujuy, para que se presente a estar a derecho en el término de cinco días a partir de la última publicación, ante este Juzgado de Menores Nº 2, Secretaria Penal y Contravencional, bajo apercibimiento de la Declaración de Rebeldía en caso de incomparecía sin causa debidamente justificada Art. 140 del Código Procesal PenalLey 3584/78.- Notifíquese, Ofíciese y Cúmplase.- Firmado: Dra. Liliana PelegriniJuez por Habilitación-; ante mi Dra. Lilia Sandra ChiquelloSecretaria.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Provincia, por tres veces en cinco días.- Secretaria Penal y Contravencional, Octubre 01 de 2019.21/23/25 OCT. S/C.-

EDICTOS SUCESORIOS
Ref. Expte. Nº D-29956/19 caratulado: Sucesorio Ab Intestato de Don NÉSTOR
BRACAMONTE.- Juzgado de Primera Instancia en lo Civil Comercial Nº 9, Secretaria
Gobierno de JUJUY
Unión, Paz y Trabajo

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 19/10/2019

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Jujuy

PaeseArgentina

Data19/10/2019

Conteggio pagine16

Numero di edizioni1234

Prima edizione10/01/2018

Ultima edizione12/07/2024

Scarica questa edizione

Altre edizioni