Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 14/9/2018
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy
Septiembre, 14 de 2018.-
Boletín Oficial Nº 103
EJERCICIO 2018
La partida de Gasto en Personal asignada en el Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos, Ley N 6046, correspondiente a la Jurisdicción "R"
Ministerio de Salud, U. de O.: R 6-01-26 Hospital Susques.ARTICULO 3.-El presente decreto será refrendado por los Señores Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 7162-S/2018.EXPTE Nº 200-583/17.Agdos. Nº 700-100/17, Nº 716-125/17 y Nº 716-2142/16.SAN SALVADOR DE JUJUY, 20 JUL. 2018.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1.- Rechazase el Recurso Jerárquico, interpuesto por el Dr. Aníbal Massaccesi, en el carácter de apoderado legal de la Sra. RUFINA CUELLAR, D.N.I. N 11.256.975, en contra de la Resolución N 512-S-17, emitida por el Sr. Ministro de Salud, en fecha 11 de septiembre de 2017, por las razones expuestas en el exordio.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 7176-G/2018.EXPTE Nº 0200-635-17.Agregados 0200-634-17, 0200-636-17, 0200-637-17.SAN SALVADOR DE JUJUY, 20 JUL. 2018.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1.- Recházase, por improcedente, el Recurso Jerárquico interpuesto por la señora PATRICIA SOLEDAD GOMEZ, DNI N 24.324.370, con patrocinio letrado del Dr. Miguel José Fiad, en contra de las Resoluciones N 084/17, N 089/17 y N 096/17 dictadas por la Dirección Provincial de Estadística y Censos, de conformidad con lo expresado en el exordio.ARTICULO 2.- Recházase, por improcedente, el Recurso Jerárquico interpuesto por la señora NOEMI OFELIA GUANUCO, DNI N 25.985.950, con patrocinio letrado del Dr. Miguel José Fiad, en contra de las Resoluciones N 084/17, N 087/17 y N 096/17 dictadas por la Dirección Provincial de Estadística y Censos, de conformidad con lo expresado en el exordio.ARTICULO 3.- Recházase, por improcedente, el Recurso Jerárquico interpuesto por la señora ANDREA GRACIELA GOMEZ, DNI N 27.110.268, con patrocinio letrado del Dr. Miguel José Fiad, en contra de las Resoluciones N 084/17, N 088/17 y N 096/17 dictadas por la Dirección Provincial de Estadística y Censos, de conformidad con lo expresado en el exordio.ARTICULO 4.- Recházase, por improcedente, el Recurso Jerárquico interpuesto por la señora FLORENCIA AMALIA NUÑEZ, DNI N 10.657.003, con patrocinio letrado del Dr. Miguel José Fiad, en contra de las Resoluciones N 084/17, N 085/17 y N 096/17 dictadas por la Dirección Provincial de Estadística y Censos, de conformidad con lo expresado en el exordio.ARTICULO 5.- Por Secretaría General de la Gobernación notifíquese a las recurrentes de los términos del presente Decreto, con remisión de copia auténtica.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 7242-S/2018.EXPTE Nº 200-628/17.Agdos. Nº 700-263/17, Nº 715-844/17 y Nº 715-326/17.SAN SALVADOR DE JUJUY, 30 JUL. 2018.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1.- Rechazase el Recurso Jerárquico, interpuesto por el Dr. Aníbal Massaccesi, en el carácter de apoderado legal de la Sra. MIRIAM YOLANDA QUIROGA, D.N.I. N
12.718.018, en contra de la Resolución N 674-S-17, emitida por el Sr. Ministro de Salud, en fecha 3 de octubre de 2.017, por las razones expuestas en el exordio.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 7243-S/2018.EXPTE Nº 200-633/17.Agdos. Nº 700-348/17, Nº 714-1690/17 y 714-728/17.SAN SALVADOR DE JUJUY, 30 JUL. 2018.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1.- Rechazase por improcedente el Recurso Jerárquico, interpuesto por el Dr.
Aníbal Massaccesi, en el carácter de apoderado legal de la Sra. JACINTA GONZA, D.N.I. N
10.009.727, en contra de la Resolución N 675-S-17, emitida por el Sr. Ministro de Salud, en fecha 03 de octubre de 2.017, por las razones expuestas en el exordio.ARTICULO 2.- Dejase constancia que el presente acto administrativo se emite al sólo efecto de dar cumplimiento con lo dispuesto por el art. 33 de la Constitución Provincial, sin que su emisión implique la reapertura de instancias fenecidas o caducas ni la reanudación de plazos procesales vencidos.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 7244-S/2018.EXPTE Nº 200-648/17.Agdos. Nº 700-249/17,
1185
Nº 716-571/17 y Nº 716-117/17.SAN SALVADOR DE JUJUY, 30 JUL. 2018.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1.- Rechazase por improcedente el Recurso Jerárquico, interpuesto por el Dr.
Aníbal, Massaccesi, en el carácter de apoderado legal de la Sra. NORMA DEL VALLE
PORTUGAL, D.N.I. N 11.256.497, en contra de la Resolución N 722-S-17, emitida por el Sr.
Ministro de Salud, en fecha 11 de octubre de 2.017, por las razones expuestas en el exordio.ARTICULO 2.- Por aplicación del principio de eventualidad procesal, dejase opuesta, en subsidio, la defensa de prescripción prevista en el Art. 2562 del Código Civil y Comercial de la Nación.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 7245-S/2018.EXPTE Nº 200-665/17.Agdos. Nº 700-256/17, Nº 715-773/17 y Nº 715-1306/16.SAN SALVADOR DE JUJUY, 30 JUL. 2018.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1.- Rechazase por improcedente el Recurso Jerárquico, interpuesto por el Dr.
Aníbal Massaccesi, en el carácter de apoderado legal de la Sra. IRMA MALISA RODRIGUEZ, D.N.I. N 4.280.642, en contra de la Resolución N 724-S-17, emitida por el Sr. Ministro de Salud, en fecha 11 de octubre de 2.017, por las razones expuestas en el exordio.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 7247-S/2018.EXPTE Nº 200-672/17.SAN SALVADOR DE JUJUY, 30 JUL. 2018.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1.- Rechazase por improcedente requerimiento presentado por el Dr. Aníbal
Massaccesi en el carácter de apoderado legal de la Sra. INES DURAN, D.N.I. N 6.515.796, intimando el pago de la readecuación otorgada por Decreto N 4236-BS-2005 emitido por el Sr.
Gobernador de la Provincia en fecha 23 de setiembre de 2005, por las razones expuestas en el exordio.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 7248-S/2018.EXPTE Nº 200-822/17.Agdos. Nº 700-179/17, Nº 714-714/17 y Nº 714-313/17.SAN SALVADOR DE JUJUY, 30 JUL. 2018.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1.- Rechazase por inadmisible y extemporáneo el Recurso Jerárquico, interpuesto por el Dr. Aníbal Massaccesi en el carácter de apoderado legal de la Sra. ANGELA
NILDA MAMANI, D.N.I. N 6.559.164, en contra de la Resolución N 889-S-17 emitida por el Sr. Ministro de Salud en fecha 3 de noviembre de 2017, por las razones expuestas en el exordio.ARTICULO 2.- Dejase constancia que el presente acto administrativo se emite al sólo efecto de dar cumplimiento con lo dispuesto por el art. 33 de la Constitución Provincial, sin que su emisión implique la reapertura de instancias fenecidas o caducas ni la reanudación de plazos procesales vencidos.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 7249-S/2018.EXPTE Nº 200-829/17.Agdos. Nº 700-507/16, Nº 714-2380/16 y Nº 714-1186/16.SAN SALVADOR DE JUJUY, 30 JUL. 2018.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1.- Rechazase el Recurso Jerárquico interpuesto por el Dr. Aníbal Massaccesi en el carácter de apoderado legal de la Sra. CARMEN JULIA GARNICA, D.N.I. N 21.515.479, en contra de la Resolución N 1114-S-17, emitida por el Sr. Ministro de Salud, en fecha 24 de noviembre de 2.017, por las razones expuestas en el exordio.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 7260-S/2018.EXPTE Nº 741-327/16.SAN SALVADOR DE JUJUY, 30 JUL. 2018.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.-Adecuase en la U. de O.: R6-01-24 Hospital "Gob. Ing. Carlos Snopek", a las agentes Mirta del Valle Yurquina, CUIL 23-21564348-4 y Fortunata Antonia Cáceres, CUIL
27-12006897-6, en los cargos categoría C1, Agrupamiento Profesional, Ley N 4413, a partir de la fecha del presente Decreto, de conformidad a lo expresado en el exordio.ARTICULO 2.- La erogación emergente del presente decreto, se atenderá con la Partida Presupuestaria que a continuación se indica:
EJERCICIO 2018:
Gobierno de JUJUY
Unión, Paz y Trabajo