Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 7/9/2018

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy

Septiembre, 07 de 2018.-

Boletín Oficial Nº 100

LEYES, DECRETOS Y RESOLUCIONES
DECRETO Nº 7142-HF/2018.EXPTE Nº 500-427-2018.SAN SALVADOR DE JUJUY, 16 JUL. 2018.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.-Apruébanse los CONVENIOS suscriptos el día 11 de enero de 2018 entre la Provincia de Jujuy y CAUCHARI SOLAR I S.A.U., CAUCHARI SOLAR II S.A.U., y CAUCHARI SOLAR III S.A.U., de conformidad a lo expresado en el exordio del presente.ARTICULO 2.-Facúltase al Ministerio de Hacienda y Finanzas para realizar todos los actos y suscribir todos los documentos que sean necesarios para el exhaustivo cumplimiento de los contratos que se aprueban por este Decreto.ARTICULO 3.-El presente Decreto será refrendado por los señores Ministros de Hacienda y Finanzas, y de Desarrollo Económico y Producción.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 7157-S/2018.EXPTE Nº 714-2323/16.SAN SALVADOR DE JUJUY, 20 JUL. 2018.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.-Dispónese la promoción de la Sra. Rufina Mamani, CUIL 2712005376-6, al cargo categoría 24-30 Hs., Agrupamiento Servicios Generales, Escalafón General, de la U. de O.: R6-01-02 Hospital "Pablo Soria", a partir del 1 de enero de 2018, de conformidad a lo expresado en el exordio.ARTICULO 2.-La erogación emergente del presente Decreto, se atenderá con la partida prevista en el Presupuesto vigente que a continuación se indica:
EJERCICIO 2.018
Se atenderá con la partida de Gasto en Personal, que al respecto prevé el Presupuesto General de Gasto y Cálculo de Recursos Ley N 6046, para la U. de O.: R6-01-02 Hospital "Pablo Soria", la que en caso de resultar insuficiente se reforzará tomando Créditos de la Partida prevista en la Jurisdicción "K" Obligaciones a Cargo del Tesoro - denominada 1-1-1-1-1-60
"Adecuación Ley N 5502".ARTICULO 3.-Instrúyase a la Dirección Provincial de Personal para el control y cumplimiento de la condición exigida por el segundo párrafo del artículo 3, Anexo I del Decreto N 8865-H-07, a cuyos efectos arbitrara los trámites, comunicaciones y notificaciones necesarias y de conformidad al artículo 100 de la Ley N 3161/74, modificado por Ley N
5748.ARTICULO 4.-El presente Decreto será refrendado por los señores Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 7158-S/2018.EXPTE Nº 714-2749/16.SAN SALVADOR DE JUJUY, 20 JUL. 2018.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.-Dispónese la promoción de la Sra. INOCENCIA VIVIANA TEJERINA, CUIL 27-11725840-3, al cargo categoría 24 c-4, Agrupamiento Técnico, Escalafón General, de la U. de O.: R 6-01-02 Hospital "Pablo Soria", con retroactividad al 1 de enero de 2.018, de conformidad a lo expresado en e: exordio.ARTÍCULO 2.-La erogación emergente del presente Decreto, se atenderá con la partida Presupuestaria que a continuación se indica:
EJERCICIO 2018:
Partida de "Gasto en Personal", que al respecto prevé el Presupuesto General de Gasto y Cálculo de Recursos, Ley N 6046, para la U. de O.: R6-01-02 Hospital "Pablo Soria", la que en caso de resultar insuficiente se reforzarán tornando Créditos de la Partida prevista en la Jurisdicción "K" Obligaciones a Cargo del Tesoro - denominada: 1-1-1-1-1-60 "Adecuación Ley 5502".ARTÍCULO 3.-Instrúyase a la Dirección Provincial de Personal, para el control y cumplimiento de la condición exigida por el segundo pando del Artículo 3, Anexo I del Decreto N 8865-H-07, a cuyos efectos arbitrará los trámites, comunicaciones y notificaciones necesarias y de conformidad al Artículo 100 bis, de la Ley Provincial N 3161/74 modificada por Ley 5748.ARTÍCULO 4.-El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 7163-S/2018.EXPTE Nº 715-1323/17.SAN SALVADOR DE JUJUY, 20 JUL. 2018.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.-Dispónese la promoción de la Sra. LILIANA MABEL ESPINOSA, CUIL
27-13284273-1, al cargo categoría 24 c-4, Agrupamiento Técnico, Escalafón General, de la U.
de O.: R 6-01-03 Hospital Materno Infantil "Dr. Héctor Quintana", a partir del 1º de enero de 2.018, de conformidad a lo expresado en el exordio.ARTÍCULO 2.- La erogación emergente del presente Decreto, se atenderá con la partida Presupuestaria que a continuación se indica:
EJERCICIO 2018:
Partida de Gasto en Personal, que al respecto prevé el Presupuesto General de Gastos y Calculo de Recursos, Ley Nº 6046, para la U. de O.: R6-01-03 Hospital Materno Infantil Dr.
Héctor Quintana, que la que en caso de resultar insuficiente se reformaran tomando Créditos
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de la Partida prevista en la Jurisdicción K Obligaciones a Cargo del Tesoro denominada: 11-1-1-1-60 Adecuada Ley 5502.ARTÍCULO 3º.-Instrúyase a la Dirección Provincial de Personal, para el control y cumplimiento de la condición exigida por el segundo párrafo del Articulo 3º, Anexo I del Decreto Nº 8865-H-07, a cuyos efectos arbitrara los tramites, comunicaciones y notificaciones necesarias y de conformidad al Articulo 100 bis, de la Ley Provincial Nº 3161/74 modificada por Ley 5748.ARTÍCULO 4.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 7174-G/2018.EXPTE Nº 0222-3431-2016.SAN SALVADOR DE JUJUY, 20 JUL. 2018.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.- En el marco de las disposiciones de la Ley Nº 5502 y su Decreto reglamentario Nº 8865-H-07 dispónese, con retroactividad al 01 de Enero de 2018, la promoción de la Agente Categoría 22, Escalafón General -Ley N 3161/74, de la Planta de Personal Permanente de la Dirección de Administración de la Gobernación, MARIA DEL
CARMEN RUEDA, CUIL 27-12618771-3, al cargo Categoría 24.ARTICULO 2.-La erogación emergente de lo dispuesto por el Artículo precedente se atenderá con afectación a la Partida de Gasto en Personal prevista en el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos -Ejercicio 2018 Ley N 6046 para la U. de O. A2A - Dirección de Administración de la Gobernación, la que en caso de resultar insuficiente se reforzará tomando créditos de la Partida: 1-1-1-1-1-60 "Adecuación Ley 5502", prevista en la Jurisdicción "K"
Obligaciones a Cargo del Tesoro.ARTICULO 3.- Instruyese a la DIRECCION PROVINCIAL DE PERSONAL el control y cumplimiento de la condición exigida por el segundo párrafo del Articulo 3 del Decreto N
8865-H-07, a cuyos efectos arbitrará los trámites, comunicaciones y notificaciones necesarias;
quedando la agente intimada en los términos del Artículo 100 bis de la Ley N 3161/74, modificada por Ley N 5748/12.ARTICULO 4.-El presente Decreto será refrendado por los señores Ministros de Gobierno y Justicia, y de Hacienda y Finanzas.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 7239-S/2018.EXPTE Nº 200-526/17.Agdos. Nº 700-280/17, Nº 744-412/17 y Nº 744-346/17.SAN SALVADOR DE JUJUY, 30 JUL. 2018.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.-Rechazase el Recurso Jerárquico, interpuesto por el Dr. Aníbal Massaccesi en el carácter de apoderado legal del Sr. JULIO CESAR FLORES, D.N.I. N 21.576.853, en contra de la Resolución N 583-S-17 emitida por el Sr. Ministro de Salud en fecha 19 de setiembre de 2017, por las razones expuestas en el exordio.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 7421-G/2018.EXPTE Nº 0400-3769-2018.SAN SALVADOR DE JUJUY, 17 AGO. 2018.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.-Designase a partir de la fecha del presente Decreto, Titular del Registro Notarial N 21 con asiento en la Ciudad de San Salvador de Jujuy, Departamento Dr. Manuel Belgrano, al Escribano GUILLERMO FRANCISCO RICCI, DNI N 25.954.277, conforme las previsiones de la Ley N 4884 y lo expresado en el exordio.ARTICULO 2.-Por el Ministerio de Gobierno y Justicia remítase copia auténtica del presente Decreto al Colegio de Escribanos de la Provincia de Jujuy.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
RESOLUCION Nº 9851-E/2018.Expte. Nº 1050-1233-17.SAN SALVADOR DE JUJUY, 24 JUL. 2018.LA MINISTRA DE EDUCACION
RESUELVE:
ARTICULO 1º.- Dése Anuencia al pedido de Traslado Definitivo Interjurisdiccional a la Provincia de Salta, efectuado por la Sra. Sandra del Milagro Amado D.N.I. 16.993.890
maestra de Grado, carácter titular de la Escuela N 125 "ZAFRA" Departamento de San Pedro, Provincia de Jujuy, en virtud de lo expuesto en el exordio.ARTÍCULO 2.-Solicitase a las Autoridades Educativas de la Provincia de Salta considerar el presente traslado en las condiciones de la Resolución N 55/08 del Consejo Federal de Educación homologado por Decreto Nacional N 134/2009.ARTÍCULO 3.-Déjase establecido que por razones presupuestarias en tanto la Provincia de destino se haga cargo de la liquidación y pago de sueldo, el traslado será de carácter definitivo, solicitando la remisión a este Ministerio de Educación de la correspondiente resolución a fin de gestionar la baja de los cargos.ARTÍCULO 4.-Determínese que por Dirección de Educación Primaria se notifique a la interesada que deberá mantener normal situación de revista hasta tanto la jurisdicción territorial de destino acepte el traslado.Isolda Calsina Ministra de Educación
Gobierno de JUJUY
Unión, Paz y Trabajo

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 7/9/2018

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Jujuy

PaeseArgentina

Data07/09/2018

Conteggio pagine8

Numero di edizioni1234

Prima edizione10/01/2018

Ultima edizione12/07/2024

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