Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 15/8/2018

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy

Agosto, 15 de 2018.-

Boletín Oficial Nº 91

MORALES, D.N.I. N 14.924.413, en contra de la Resolución N 7651-E-17 de fecha 4 de diciembre de 2017, por las razones expuestas en el exordio.ARTICULO 2.-El dictado del presente acto; administrativo no renueva plazos vencidos ni rehabilita instancias caducas, dictándose al solo efecto de dar cumplimiento a lo dispuesto por el Artículo 33 de la Constitución Provincial.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 6959-E/2018.EXPTE Nº 200-144-2018.C/Agregados: 1050-254-18.SAN SALVADOR DE JUJUY, 27 JUN. 2018.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.-Rechazase por extemporáneo el Recurso Jerárquico interpuesto por la SEÑORA BEATRIZ DEL CARMEN TACACHO, D.N.I. N 18.345.079, en contra de la Resolución N 8661-E-18 de fecha 15 de marzo de 2018, por las razones expuestas en exordio.ARTICULO 2.-El dictado del presente acto administrativo no renueva plazos vencidos ni rehabilita instancias caducas, dictándose al solo efecto de dar cumplimiento a lo dispuesto por el Artículo 33 de la Constitución Provincial.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 7143-HF/2018.EXPTE Nº 0615-1654/2018.Y AGR. 615-275/2016.SAN SALVADOR DE JUJUY, 16 JUL. 2018.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.-Acéptase en representación del ESTADO PROVINCIAL la restitución dispuesta por Resolución N 1060-IVUJ-2018, del Instituto de Vivienda y Urbanismo de Jujuy, respecto del inmueble identificado catastralmente como Lote 573, Padrón 52597, registrado bajo la Matrícula P-11233, ubicado en la Ciudad de Pálpala, Provincia de Jujuy, conforme lo expresado en el exordio.ARTICULO 2º.-Dispónese que los recursos que se obtengan de la administración del inmueble cuya restitución se acepta por este decreto, a cargo de la Unidad de Gestión ex Banco Provincia, se destinarán a integrar el Fondo Fiduciario creado por el artículo 4 de la Ley N 5.958.ARTICULO 3.- Autorizase a Escribanía de Gobierno a formalizar la Escritura Pública de la restitución que se acepta en el artículo primero del presente decreto.ARTICULO 4.-El presente decreto será refrendado por los Señores Ministros de Hacienda y Finanzas y de Infraestructura, Servicios Públicos, Tierra y Vivienda.-

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
RESOLUCION Nº 018-SEP/2018.EXPTE. Nº 2018-029/18.SAN SALVADOR DE JUJUY, 10 de abril de 2018.EL SECRETARIO DE ECONOMIA POPULAR
RESUELVE:
ARTICULO 1º.-Crease el Programa de Producción y Comercialización, denominado "FONDO VENDER".ARTICULO 2.- Dispóngase que el propósito del "FONDO VENDER" es promover el desarrollo de actividades productivas, industriales o de servicios, mediante la Puesta en marcha y el fortalecimiento de Unidades Productivas, compuestas por Cooperativas, Asociaciones, Mutuales, Cooperadoras, Comunidades Aborígenes, Agricultores Familiares y/o Personas Físicas; con apoyo económico, logístico y comercial.ARTÍCULO 3.- Apruébese el Reglamento Operativo del "FONDO VENDER" que como ANEXO I forma parte de la presente.ARTÍCULO 4.- La erogación que demande la ejecución del presente Programa se afrontará, según la disponibilidad presupuestaria existente en la Partida Presupuestaria: U. DE O. P9
PARTIDA 4.5.535 Promoción de la Economía Social, ejercicio vigente, y/o la que en el futuro la reemplace.Ing. Rubén Daza Secretario de Economía Popular RESOLUCION Nº 020-SEP/2018.EXPTE. Nº 2018-017/18.SAN SALVADOR DE JUJUY, 26 de febrero de 2018.EL SECRETARIO DE ECONOMIA POPULAR
RESUELVE:
ARTICULO 1º.-Crease el Programa de articulación "Educación y Producción", en el ámbito de la Secretaria de Economía Popular dependiente del Ministerio de Desarrollo Económico y Producción.ARTICULO 2.- El presente Programa/tiene como objetivo: Promover espacios de interrelación entre producción y educación para generar competencias en estudiantes avanzados y egresados para que puedan brindar el asesoramiento y asistencia técnica a los productores y emprendedores de la Economía Popular que les permita mejorar sus procesos productivos y comercialización.ARTÍCULO 3.- El presente Programa tiene cuatros componentes básicos:

1

Implementar el Régimen de Pasantías para alumnos en el ámbito de la Secretaria de Economía Popular.-

2

Brindar un espacio para que los alumnos avanzados en sus distintas carreras realicen sus Prácticas Profesionalizantes.-

3
4

Fomento de Mi Primer Empleo.-

Formación Permanente.ARTICULO 4. - El presente Programa será financiado con los fondos previstos en las partidas creadas por el Decreto N 2744/16 establecida como Partida: 4.20.5.401.1.3 Programa Descentralizado de Fortalecimiento de la Economía Popular; y/o Partida: 4.5.535.0.1.3 Promoción de la Economía Social.ARTICULO 5.- Apruébese el Reglamento Operativo que, como Anexo I, forma parte de la presente
1035

Resolución.Ing. Rubén Daza Secretario de Economía Popular MUNICIPALIDAD DE SAN SALVADOR DE JUJUY
DEPARTAMENTO EJECUTIVO
EXPTE N 16-9005-2018-1.DECRETO Nº 1508. 18. 007.SAN SALVADOR DE JUJUY, 20 JUL. 2018
VISTO:
El Proyecto de Ordenanza N 7195/2018, sancionada por el Concejo Deliberante de la Ciudad de San Salvador de Jujuy, en Sesión Ordinaria N 10/2018 de fecha 12 de julio de 2018, mediante el cual se modifican Artículos de la Ordenanza N 3898/2003 Código Tributario y Ordenanza N 7141/2017
Impositiva; y CONSIDERANDO:
Que, tomado conocimiento la Señorita Secretaria de Hacienda, la misma expresa que no existe objeción a dicha normativa, por lo cual estima conveniente el dictado del pertinente dispositivo legal de promulgación;
Por ello y conforme lo establece el Artículo 55 Inciso 4 de la Carta Orgánica Municipal;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN SALVADOR DE JUJUY
DECRETA:
ARTICULO 1.- Promúlguese la Ordenanza N 7195/2018, Proyecto sancionado por el Concejo Deliberante de la Ciudad de San Salvador de Jujuy, en Sesión Ordinaria N 10/2018 de fecha 12 de julio de 2018, mediante la cual se modifican Artículos de la Ordenanza N 3898/2003 Código Tributario y Ordenanza N 7141/2017 Impositiva.ARTICULO 2.- El presente Decreto será refrendado por la Srta. Secretaria de Hacienda Lic.
AGUSTINA MARIA APAZA, conforme lo establece el Artículo 1 del Decreto Acuerdo N 176-I-94.ARTICULO 3.- Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, comuníquese al Concejo Deliberante y pase a conocimiento y demás fines a la Dirección General de Rentas y a las Secretarías que conforman el Departamento Ejecutivo Municipal.Arq. Raúl Jorge Intendente
LICITACIONES - CONCURSO DE PRECIOS
AVISO DE LLAMADO A LICITACION PÚBLICA
La DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD Llama a Licitación Pública de la siguiente Obra:
LICITACION PUBLICA Nº 27/2018
OBRA: FINALIZACION DE LA REFACCION DE LA SEDE DEL 6º Distrito Jujuy, Av. Cnel.
Santibáñez 1312, San Salvador de Jujuy, Provincia: Jujuy.
PRESUPUESTO OFICIAL Y PLAZO DE OBRA: Pesos; Seis Millones Cuatrocientos Treinta y Cinco Mil con 00/100.- $ 6.435.000,00 referidos al mes de Enero del 2018 y un Plazo de Obra de Tres 3 Meses.
GARANTÍA DE LA OFERTA: Pesos; Sesenta y Cuatro Mil Trecientos Cincuenta con 00/100.$64.350,00
LUGAR
Y FECHA DE APERTURA DE OFERTAS: Avenida Santibáñez Nº 1.312 - San Salvador de JujuyProvincia de Jujuy, Salón Auditorio en 6 Distrito Jujuy de D.N.V., el día 04 de Septiembre de 2018, a las 11:00 Hs.
VALOR, CONSULTA Y DISPONIBILIDAD DEL PLIEGO: Pesos Cero $0,00; consulta Mediante Formulario de Consultas habilitado en www.vialidad.gob.ar Licitaciones Obras Licitaciones en Curso Licitación Pública Nacional N 27/2018 y disponibilidad del pliego a partir del 02 de Agosto de 2018 en la página antes mencionada.
03/06/08/10/13/15/17/22/24/27 AGO. LIQ. Nº 14904 $1.750,00.-

CONTRATOS - CONVOCATORIAS - ACTAS
Las Mercedes Sociedad de Responsabilidad LimitadaCambio de Denominación Social de Sociedad de Responsabilidad Limitada.- En la ciudad de San Salvador de Jujuy, República Argentina, a los tres días del mes de julio del 2018, se reúnen en el domicilio de calle Coronel Arias Nº 617-Ciudad de Nieva, los señores: Norberto Ricardo Orlando Albisetti, 66 años, D.N.I. Nº 10.133.311, argentino, ingeniero en producción agropecuaria, casado en primeras nupcias con Gloria María Mercedes Portal de Albisetti, D.N.I. Nº 11.207.751, argentina, profesión abogada, quien también comparece y lo hace en nombre y representación de su hijo Santiago Romualdo Albisetti, D.N.I. Nº 30.541.898, argentino, 34 años, soltero, de profesión licenciado en composición musical, a mérito del poder suficiente otorgado por Santiago Romualdo Albisetti con fecha 27 de diciembre del 2.005, mediante E.P. Nº 406 y en representación de su hija Mercedes del Valle Albisetti, D.N.I. Nº 32.629.843, argentina, 30 años, soltera, de profesión médica veterinaria con las calidades personales antes enunciadas, a mérito del poder suficiente otorgado por esta última a favor de su madre por E.P. Nº 220 de fecha 14 de mayo del año 2012. Ambos instrumentos habilitantes pasados ante la Escribana Pública Titular del Registro Notarial Nº 32 de la Provincia de Jujuy y que en copia certificada se acompañan a la presente y Augusto Norberto Albisetti, D.N.I. Nº 32.158.595, argentino, casado, 32 años, soltero, de profesión Ingeniero Agrónomo. Todos con domicilio real en Calle Coronel Arias Nº 617 del Barrio Ciudad de Nieva de esta ciudad quienes manifiestan: I.-Que con fecha 29 de diciembre del 2014, procedieron a la celebración del contrato constitutivo de la Razón Social ESTABLECIMIENTO AGRÍCOLA GANADERO E
INDUSTRIAL LAS MERCEDES Sociedad de Responsabilidad Limitada; el que fuera inscripto al Folio Nº 187-Acta Nº 187-Libro V de S.R.L y bajo Asiento Nº 5, Folio31/34- del Legajo XX-Tomo I
del Registro de Escrituras Mercantiles.- II.- Que en el carácter y representación invocada, por voluntad unánime de los socios que integran la sociedad de responsabilidad limitada se resuelve: Modificar exclusivamente la cláusula primera del contrato constitutivo de la SRL es decir la denominación social de la Sociedad de Responsabilidad Limitada oportunamente inscripta, quedando redactado íntegramente el mismo con las modificaciones que se introducen en este acto de la forma que se transcribe a continuación: Contrato Constitutivo de Sociedad de Responsabilidad Limitada.- PRIMERA:
Denominación Social: La Sociedad girará bajo el nombre de: LAS MERCEDES SOCIEDAD DE
RESPONSABILIDAD LIMITADA, constituyendo domicilio legal y fiscal en Coronel Arias Nº 617
de la Ciudad de San Salvador de Jujuy, en la Provincia de Jujuy, pudiendo cambiar de domicilio, establecer sucursales, agencias o corresponsalías en cualquier parte del país o del extranjero.SEGUNDA: Objeto Social: La Sociedad tiene por objeto social dedicarse por cuenta propia o de terceros o asociada a terceros dentro y fuera del país a las siguientes actividades: 1 La explotación de establecimientos agropecuarios en general y a toda clase de cultivos de cualquier naturaleza y bajo cualquier forma jurídica y/o a la cría, reproducción, faenado, distribución, comercialización y venta de especies animales de cualquier naturaleza, incluidos ganado vacuno, bovino, porcino, ovino, caprino, equino, y aves de cualquier tipo.- 2 La explotación, comercialización, procesamiento de bosques, montes, forestaciones y reforestaciones de tierras.- A los fines del cumplimiento de objeto social, la Sociedad está facultada para contraer empréstitos, emitir y librar pagarés, letras de cambio, bonos,
Gobierno de JUJUY
Unión, Paz y Trabajo

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 15/8/2018

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Jujuy

PaeseArgentina

Data15/08/2018

Conteggio pagine8

Numero di edizioni1229

Prima edizione10/01/2018

Ultima edizione01/07/2024

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