Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 25/6/2018

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy

Junio, 25 de 2018.-

Boletín Oficial Nº 70

realiza la presente aclaratoria de datos del Contrato de Unión Transitoria entre las empresas: 1-TCI
GECOMP S.A.S., Inscripta bajo el número RL-2017-21015336-APN-DSCIGJ, Ref.:Carátula Variable Ex_2017-19903490-APN-DAIGJ de la Ciudad de Buenos Aires certificación de fecha 20 de septiembre de 2017, que se encuentra registrada ante la Administración Federal de Ingresos Públicos con la CUIT Nº 33-7157328-9, con domicilio en Avenida Ricardo Balbin N 1.496 de la Ciudad de San Salvador de Jujuy Provincia de Jujuy, representada en este acto por el Sr. Francisco Mario Gómez Rodríguez Apoderado, según lo acredita con poder general amplio de administración que declara totalmente vigente, autorizado en Escritura Publica Nº diecisiete e inscripto su primer testimonio en el Registro de Mandatos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires bajo el Nº N022239094 el que contiene facultades suficientes para el presente acto Pasaporte Nº AAJ661983, con domicilio en calle Balbin Nº 1496 de la Ciudad de San Salvador de Jujuy.- La sociedad fue constituida por Acta de Administración Nº 4 de fecha 6 de marzo de 2018 que autoriza la formación de la presente Unión Transitoria.- 2BETON SRL, Inscripta en el Juzgado de Primera Instancia en lo Comercial de Registro de la Provincia de Salta, con toma de Razón en folio 95, Asiento 2332 del libro Nº 9 de Sociedad de Responsabilidad Limitada, Ref: Constitución el 26 de Noviembre de 1991 y se encuentra registrada ante la Administración Federal de Ingresos Públicos con la CUIT Nº 30-64411686-3, con domicilio en la calle Monseñor Tavella Nº 1255 de la Ciudad de Salta y Acta de Reunión de Socios N 52 de fecha 07 de marzo de 2018 correspondiente al folio 36347 del libro de actas de reunión de socios N 2 de la sociedad, que autoriza la formación de la presente Unión Transitoria, representada en este acto por el Sr.
Ezequiel Pablo Movsovich según lo acredita con PODER GENERAL vigente autorizado mediante Escritura Pública Doscientos Catorce inscripto su primer testimonio en el Registro de Mandatos de la Ciudad de Salta bajo el Nº 209 fojas 433/35 Tomo 440 del 29 de diciembre de 1.999, que contiene facultades suficientes para el presente acto, D.N.I. Nº 17.131.677 con domicilio en la calle Monseñor Tavella Nº 1255 de la Ciudad de Salta.- Se realiza la presente Aclaratoria con la única finalidad de dar cumplimiento a lo requerido por el Juzgado de Comercio de la Provincia de Jujuy en la Constancia emitida por el mencionado Juzgado el día 3 de mayo de 2018 donde solicita que se dé cumplimiento con lo previsto por el Artículo 1.464 Inc. D, del Código Civil y Comercial de la Nación Argentina, con el único alcance de agregar los datos requeridos y completar los puntos 1 y 2 del Contrato Constitutivo de TCI-BETON UNION TRANSITORIA, sin realizar modificatoria a las cláusulas y articulado del mencionado Contrato pasado por ante la Escribana María Paula Corallo y legalizado ante el Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires de fecha 12 de marzo de 2018, certificación formalizada por Acta N 142 Libro N 1.Ordénese la publicación en el Boletín Oficial por un día de conformidad al Art. 10 de la Ley 19550.San Salvador de Jujuy, 19 de Junio de 2018.JORGE EZEQUIEL VAGO
PROSECRETARIO TECNICO REGISTRO PUBLICO
25 JUN. LIQ. Nº 14560 $230,00.DECLARACIÓN JURADA SOBRE LA CONDICIÓN DE PERSONA EXPUESTA
POLÍTICAMENTE - Quien suscribe, EZEQUIEL PABLO MOVSOVICH declara bajo juramento que los datos consignados en la presente son correctos, completos y fiel expresión de la verdad y que a la fecha de adquisición del carácter invocado NO se encontraba incluido y/o alcanzado dentro de la Nómina de Personas Expuestas Políticamente que ha leído aprobada por Resolución 11/2011 y 52/2012 de la Unidad de Información Financiera.- En caso afirmativo indicar detalladamente el motivo:
XXX. Además, asume el compromiso de informar cualquier modificación que se produzca a este respecto, dentro de los treinta 30 días de ocurrida, mediante la presentación de una nueva declaración jurada.- Documento: Tipo D.N.I. Nº 17.131.677.- País Argentina y Autoridad de Emisión: Registro Nacional de las personas.Carácter invocado 1: Apoderado de BETON SRLFecha de adquisición 2: 10 de abril de 2018
Denominación del contrato: Constitución de Sociedad de Responsabilidad Limitada.Inscripto bajo el Folio 95 Asiento 2332 Libro 9 , Año 1991 del Juzgado de Primera Instancia en lo Comercial de Registro de la Provincia de Salta3.- ACT. NOT. Nº A 00204260-ESC. ALFRERDO
LUIS BENITEZ, TIT. REG. Nº 2- S.S. DE JUJUY.Ordénese la publicación en el Boletín Oficial por un día de conformidad al Art. 10 de la Ley 19550.San Salvador de Jujuy, 19 de Junio de 2018.JORGE EZEQUIEL VAGO
PROSECRETARIO TECNICO REGISTRO PUBLICO
25 JUN. LIQ. Nº 14559 $230,00.DECLARACIÓN JURADA SOBRE LA CONDICIÓN DE PERSONA EXPUESTA
POLÍTICAMENTE - Quien suscribe, FRANCISCO MARIO GOMEZ RODRIGUEZ declara bajo juramento que los datos consignados en la presente son correctos, completos y fiel expresión de la verdad y que a la fecha de adquisición del carácter invocado NO se encontraba incluido y/o alcanzado dentro de la Nómina de Personas Expuestas Políticamente que ha leído aprobada por Resolución 11/2011 y 52/2012 de la Unidad de Información Financiera.- En caso afirmativo indicar detalladamente el motivo: xxx. Además, asume el compromiso de informar cualquier modificación que se produzca a este respecto, dentro de los treinta 30 días de ocurrida, mediante la presentación de una nueva declaración jurada. Documento: Tipo PASAPORTE Nº AAJ661983 - País Argentina y Autoridad de Emisión: Registro Nacional De Las Personas.- Carácter invocado 1: Apoderado de TCI GCOMP
S.A.S. Fecha de adquisición 2: 10 DE ABRIL DE 2018 Denominación del contrato: SOCIEDAD
POR ACCIONES SIMPLFICADAS.Inscripto en el Registro de SAS bajo el numero: RL-2017-21015336-APN-DSCIGJ-CIUDAD DE
BUENOS AIRES.- 3 ACT. NOT. Nº B 00404350-ESC. MARIA LAURA MORALES, TIT. REG. Nº 74- S.S. DE JUJUY.Ordénese la publicación en el Boletín Oficial por un día de conformidad al Art. 10 de la Ley 19550.San Salvador de Jujuy, 19 de Junio de 2018.JORGE EZEQUIEL VAGO
PROSECRETARIO TECNICO REGISTRO PUBLICO
25 JUN. LIQ. Nº 14558 $230,00.DECLARACIÓN JURADA DE INEXISTENCIA DE INCOMPATIBILIDAD E INHABILIDAD O
PROHIBICIONES.- EZEQUIEL PABLO MOVSOVICHI D.N.I. N 17.131.677 en mi calidad de APODERADO de la empresa BETON SRL CUIT: 30-64411686-3, con domicilio legal en calle Monseñor Tavella de la Ciudad de Salta, declaro que tanto yo como mi representada, según corresponda: a No tiene prohibición de ningún tipo para contratar; b No está inhabilitada por sentencia judicial; c No está en estado de quiebra, concordato o liquidación ordenada por la autoridad competente, ni afectada a procesos de quiebra, insolvencia o convenios judiciales o extrajudiciales con acreedores, ni posee deudas financieras vencidas, ni en general existen hechos que afecten o puedan afectar sustancialmente en forma negativa la situación patrimonial de la sociedad, de manera que pudiera verse afectada su solvencia económica. Además no me encuentro incurso en ninguna de las siguientes prohibiciones ni incompatibilidades establecidas en la Ley 19.550 art. 264: 1 - Quienes no pueden ejercer el comercio; 2 - Los fallidos por quiebra culpable o fraudulenta hasta diez 10 años después de su rehabilitación, los fallidos por quiebra casual o los concursados hasta cinco 5 años después de su rehabilitación; los directores y administradores de sociedad cuya conducta se calificare de culpable o fraudulenta, hasta diez 10 años después de su rehabilitación. 3 - Los condenados con accesoria de inhabilitación de ejercer cargos públicos; los condenados por hurto, robo, defraudación, cohecho, emisión de cheques sin fondos y delitos contra la fe pública; los condenados por delitos
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cometidos en la constitución, funcionamiento y liquidación de sociedades. En todos los casos hasta después de diez 10 años de cumplida la condena; 4 - Los funcionarios de la administración pública cuyo desempeño se relacione con el objeto de la sociedad, hasta dos 2 años del cese de sus funciones.
ESC. MARIA LAURA MORALES, TIT. REG. Nº 74- S.S. DE JUJUY.Ordénese la publicación en el Boletín Oficial por un día de conformidad al Art. 10 de la Ley 19550.San Salvador de Jujuy, 19 de Junio de 2018.JORGE EZEQUIEL VAGO
PROSECRETARIO TECNICO REGISTRO PUBLICO
25 JUN. LIQ. Nº 14557 $230,00.DECLARACIÓN JURADA DE INEXISTENCIA DE INCOMPATIBILIDAD E INHABILIDAD O
PROHIBICIONES.- FRANCISCO MARIO GOMEZ RODRIGUEZ, PASAPORTE NAAJ661983
en mi calidad de APODERADO de la empresa TCI GECOMP S.A.S. CUIT: 33-71573928-9, con domicilio legal en Avenida Ricardo Balbin N 1496 de la Ciudad de San Salvador de Jujuy, declaro que tanto yo como mi representada, según corresponda: a No tiene prohibición de ningún tipo para contratar; b No está inhabilitada por sentencia judicial; c No está en estado de quiebra, concordato o liquidación ordenada por la autoridad competente, ni afectada a procesos de quiebra, insolvencia o convenios judiciales o extrajudiciales con acreedores, ni posee deudas financieras vencidas, ni en general existen hechos que afecten o puedan afectar sustancialmente en forma negativa la situación patrimonial de la sociedad, de manera que pudiera verse afectada su solvencia económica. Además no me encuentro incurso en ninguna de las siguientes prohibiciones ni incompatibilidades establecidas en la Ley 19.550 art. 264: 1 - Quienes no pueden ejercer el comercio; 2 - Los fallidos por quiebra culpable o fraudulenta hasta diez 10 años después de su rehabilitación, los fallidos por quiebra casual o los concursados hasta cinco 5 años después de su rehabilitación; los directores y administradores de sociedad cuya conducta se calificare de culpable o fraudulenta, hasta diez 10 años después de su rehabilitación. 3 - Los condenados con accesoria de inhabilitación de ejercer cargos públicos; los condenados por hurto, robo, defraudación, cohecho, emisión de cheques sin fondos y delitos contra la fe pública; los condenados por delitos cometidos en la constitución, funcionamiento y liquidación de sociedades. En todos los casos hasta después de diez 10 años de cumplida la condena;
4 - Los funcionarios de la administración pública cuyo desempeño se relacione con el objeto de la sociedad, hasta dos 2 años del cese de sus funciones. ACT. NOT. Nº B 00400676-ESC. MARIA
LAURA MORALES, TIT. REG. Nº 74- S.S. DE JUJUY.Ordénese la publicación en el Boletín Oficial por un día de conformidad al Art. 10 de la Ley 19550.San Salvador de Jujuy, 19 de Junio de 2018.JORGE EZEQUIEL VAGO
PROSECRETARIO TECNICO REGISTRO PUBLICO
25 JUN. LIQ. Nº 14556 $230,00.DENUNCIO CORREO ELECTRONICO DE LA UNION TRANSITORIA.- EZEQUIEL PABLO
MOVSOVICHI D.N.I. N 17.131.677 en mi calidad de REPRESENTANTE de la empresa TCIBETON UNION TRANSITORIA , con domicilio legal en calle San Martín N 615 primer piso de la Ciudad de San Salvador de Jujuy, denuncio como Correo Electrónico Oficial de la mencionada Unión Transitoria el siguiente: Correo Electrónico: tci.beton@gmail.com.- ESC. MARIA LAURA
MORALES, TIT. REG. Nº 74- S.S. DE JUJUY.Ordénese la publicación en el Boletín Oficial por un día de conformidad al Art. 10 de la Ley 19550.San Salvador de Jujuy, 19 de Junio de 2018.JORGE EZEQUIEL VAGO
PROSECRETARIO TECNICO REGISTRO PUBLICO
25 JUN. LIQ. Nº 14556 $230,00.Instrumento Constitutivo de REASEGURO DE COBRO SAS.- En la Ciudad de San Salvador de Jujuy, República Argentina, el día 20 de Abril de 2018, comparecen los Srs. SERGIO OSCAR
FERNANDEZ , DNI N 14.089.566 , CUIT N 20-14.089.566-1, de nacionalidad argentino , nacido el 2/08/1960, de profesión comerciante, estado civil divorciado, con domicilio en Las Alpacas N 156 del Barrio Chijra de la Ciudad de San Salvador de Jujuy y el Sr. JORGE LEONARDO ACKERMAN , DNI N 16.446.473, CUIT 20-16.446.473-4, de nacionalidad argentino, nacido el 23/11/1963, de Profesión Abogado estado civil Casado con Patricia Alejandra Coronel con domicilio en calle Obispo Padilla S/N de la Localidad de Yala Dpto. General Manuel Belgrano de la Provincia de Jujuy , los cuales y resuelven constituir una Sociedad por Acciones Simplificada de conformidad con las siguientes: ESTIPULACIONES: ARTÍCULO PRIMERO. Denominación y Domicilio: La sociedad se denomina REASEGURO DE COBRO SAS y tiene su domicilio legal en jurisdicción de la Ciudad de San Salvador de Jujuy, Provincia de Jujuy, pudiendo establecer agencias, sucursales y todo tipo de establecimiento o representación en cualquier otro lugar del país o del extranjero.- ARTÍCULO
SEGUNDO. Duración: El plazo de duración de la sociedad es de Noventa y Nueve años, contados a partir de la fecha de su constitución. Dicho plazo podrá ser prorrogado por decisión de los socios.ARTÍCULO TERCERO. Objeto: La sociedad tiene por objeto dedicarse por cuenta propia o ajena, o asociada a terceros, dentro o fuera del país, a la creación, producción, intercambio, comercialización, intermediación y la prestación de servicios, relacionados directa o indirectamente con las siguientes actividades: a : A. La prestación de servicios de cobro de deudas, recuperación de créditos, y/o cobro de acreencias de terceros, ya sea por vía extrajudicial y/o Judicial, incluyendo la Cobranza Preventiva, Cobranza de Mora temprana, Cobranzas telefónicas y Compra de cartera de Morosos B Servicio de notificación, en forma personal y/o por medio de correspondencia, a deudores de empresas y/o particulares incluyendo el servicio de gestiones especiales tales como verificación de domicilios y otros similares , distribución de documentos validos, servicio de encuestas , servicio de optimización de servicios de cobranzas y toda otras cuestiones inherentes al cobro recupero de deuda La sociedad tiene plena capacidad de derecho para realizar cualquier acto jurídico en el país o en el extranjero, realizar toda actividad lícita, adquirir derechos y contraer obligaciones. Para la ejecución de las actividades enumeradas en su objeto, la sociedad puede realizar inversiones y aportes de capitales a personas humanas y/o jurídicas, argentinas o extranjeras, actuar como fiduciario y celebrar contratos de colaboración; comprar, vender y/o permutar toda clase de títulos y valores; tomar y otorgar créditos y realizar toda clase de operaciones financieras, en moneda nacional o extranjera, excluidas las reguladas por la Ley de Entidades Financieras y toda otra que requiera el concurso y/o ahorro público.ARTÍCULO CUARTO. Capital: El Capital Social es de pesos Trescientos mil $ 300.000,00.-, representando por Tres Mil 3000 acciones ordinarias escriturales de $100,00.- pesos cien valor nominal cada una y con derecho a un voto por acción. El capital social puede ser aumentado por decisión de los socios conforme lo dispone el artículo 44 de la Ley N 27.349. Los socios gozarán de un derecho de preferencia para suscribir las nuevas emisiones de acciones en proporción a sus tenencias, cuando ejercieren sus facultades en los treinta 30 días subsiguientes de notificados fehacientemente de modo personal.- ARTÍCULO QUINTO. Mora en la integración. La mora en la integración de las acciones suscriptas se producirá al sólo vencimiento del plazo. La sociedad podrá optar por cualquiera de las alternativas previstas en el artículo 193 de la Ley General de Sociedades N 19.550.- ARTÍCULO
SEXTO: Transferencia de las acciones: La transferencia de las acciones será limitada según las siguientes condiciones: Derecho de preferencia de los socios: los socios gozarán de un derecho de adquisición preferente en caso de transferencia de acciones, en proporción a sus tenencias, cuando ejercieren sus facultades en los treinta 30 días subsiguientes de notificados fehacientemente de modo personal de la oferta recibida por el socio que pretenda transferir sus acciones. En caso de fallecimiento de un socio, las acciones se transfieren de pleno derecho a sus herederos.- ARTÍCULO SÉPTIMO:

Gobierno de JUJUY
Unión, Paz y Trabajo

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 25/6/2018

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Jujuy

PaeseArgentina

Data25/06/2018

Conteggio pagine8

Numero di edizioni1247

Prima edizione10/01/2018

Ultima edizione09/08/2024

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