Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 22/6/2018

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy

Junio, 22 de 2018.-

Boletín Oficial Nº 69

ARTICULO 2.-El presente Decreto será refrendado por los señores Ministros de Seguridad y Hacienda y Finanzas.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 6529-G/2018.EXPTE Nº 241-381/2016.SAN SALVADOR DE JUJUY, 27 ABR. 2018.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1.- Autorizase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto a imputar la erogación derivada del Expediente N 241-381/2016, caratulado "Dirección Provincial de Prensa y Medios de ComunicaciónS/ asignación partida presupuestaria de deuda pública para cancelación de facturas N 0001-00000238 y 0001-00000239 de Colletti, Fabiana Alicia del Pilar, a la Partida "L" Deuda Pública 3-10-15-01-26 para pago de obligaciones no comprometidas presupuestariamente en ejercicios anteriores prevista en el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de RecursosEjercicio 2018 Ley N 6046, informada por la Dirección Provincial de Presupuesto, debiendo el organismo cumplir con la aprobación, ejecución del gasto y rendición de cuenta de acuerdo con las disposiciones vigentes.ARTICULO 2.- El presente decreto será refrendado por los Señores Ministro de Gobierno y Justicia y de Hacienda y Finanzas.-

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DECRETA:
ARTICULO 1º.-Rechazase por improcedente el Recurso Jerárquico interpuesto por el Dr.
Aníbal Massaccesi, en carácter de apoderado legal de la SEÑORA MARTA RITA ABUD
BACA, D.N.I. N 10.473.395, en contra de la Resolución N 2807-E-16 de fecha 30 de septiembre de 2016, por las razones expuestas en el exordio.ARTICULO 2.-El dictado del presente acto administrativo no renueva plazos vencidos ni rehabilita instancias caducas, dictándose al solo efecto de dar cumplimiento a lo dispuesto por el Articulo 33 de la Constitución Provincial.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 6633-E/2018.EXPTE Nº 200-556/17.C/Agregados: 1050-963/17 y 1050-809/17.SAN SALVADOR DE JUJUY, 17 MAYO 2018.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.-Rechazase por inadmsible el Recurso Jerárquico interpuesto por el Dr. Aníbal Massaccesi, en carácter de apoderado legal de la SEÑORA NORMA DEL VALLE
ALAVAR, D.N.I. N 18.256.749, en contra de la Resolución N 6538-E-17 de fecha 05 de septiembre de 2017, por las razones expuestas en el exordio.-

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR

DECRETO Nº 6564-MS/2018.EXPTE Nº 1414-141/18.SAN SALVADOR DE JUJUY, 08 MAYO 2018.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.-Dispóngase a partir de la fecha de notificación del presente Decreto, el pase a situación de Disponibilidad del COMISARIO GENERAL VARGAS ANTONIO MANUEL, D.N.I. N 18.548.780, Legajo N 11.869, de acuerdo a las previsiones del artículo 93 inc. c de la Ley N 3758/81 modificado por el Decreto N 2810-G/01.ARTICULO 2.-Dispóngase a partir del día subsiguiente de finalizada la disponibilidad, el pase a situación de Retiro Obligatorio por Antigedad Cumplida del COMISARIO GENERAL
VARGAS ANTONIO MANUEL, D.N.I. N 18.548.780, Legajo N 11.869, por encontrarse comprendida en las disposiciones del artículo 14 inc. ñ de la Ley N 3759/81.ARTICULO 3º.-Por Policía de la Provincia notifíquese al funcionario con sujeción al procedimiento marcado por el capítulo III, artículo 50 y ccs. de la Ley N 1886/48.-

DECRETO Nº 6634-E/2018.EXPTE Nº 200-767/2017.C/Agregados: 1050-849/17 y 1050-751/17.SAN SALVADOR DE JUJUY, 17 MAYO 2018.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.-Recházase por inadmisible el Recurso Jerárquico interpuesto por el Dr. Aníbal Massaccesi, en carácter de apoderado legal de la SRA. OLGA ISABEL TOCONAS, D.N.I.
N 14.553.963, en contra de la Resolución N 6226-E-17 de fecha 02 de agosto de 2017, por las razones expuestas en el exordio.ARTICULO 2.-El dictado del presente acto administrativo no renueva plazos vencidos ni rehabilita instancias caducas, distándose al solo efecto de dar cumplimiento a lo dispuesto por el Articulo 33 de la Constitución Provincial.-

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 6588-MS/2018.EXPTE Nº 1414-500/2017.SAN SALVADOR DE JUJUY, 08 MAYO 2018.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.-Autorícese a Contaduría de la Provincia a imputar la erogación derivada del Expediente N 1414-500/2017 caratulado: Planillas de liquidación de haberes correspondientes al reintegro de Disponibilidad perteneciente al AGENTE JURADO
BARCONTE MIGUEL ANGEL SEBASTIAN, D.N.I. N 31.687.455, LEGAJO N
17.338, ala Partida "L" DEUDA PÚBLICA 03-10-15-01-26 para pago de obligaciones no Comprometidas presupuestariamente en ejercicios anteriores previstas en el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos-Ejercicio 2017 Ley N 6.001, informada por la Dirección de Presupuesto, debiendo Policía de la Provincia de Jujuy, cumplir con la autorización, aprobación, ejecución del gasto y rendición de cuentas de acuerdo con las disposiciones vigentes.ARTICULO 2.-El presente Decreto será refrendado por los señores Ministros de Seguridad y Hacienda y Finanzas.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 6589-MS/2018.EXPTE Nº 1414-501/2017.SAN SALVADOR DE JUJUY, 08 MAYO 2018.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1.- Autorícese a Contaduría de la Provincia a imputar la erogación derivada del Expediente N 1414-501/2017 caratulado: Planillas de liquidación de haberes correspondiente al reintegro de Disponibilidad perteneciente al CABO 1 FLORES NEMESIO, D.N.1. N
30.834.788, LEGAJO N 14.435, a la Partida "L" DEUDA PÚBLICA 03-10-15-01-26 para pago de obligaciones no comprometidas presupuestariamente en ejercicios anteriores previstas en el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos-Ejercicio 2017 Ley N 6.001, informada por la Dirección de Presupuesto, debiendo Policía de la Provincia de Jujuy, cumplir con la autorización, aprobación, ejecución del gasto y rendición de cuentas de acuerdo con las disposiciones vigentes.ARTICULO 2.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministros de Seguridad y Hacienda y Finanzas.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 6613-E/2018.EXPTE Nº 200-846/2016.C/Agregados: 1050-1505/16 y 1050-617/16.SAN SALVADOR DE JUJUY, 14 MAYO 2018.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 6635-E/2018.EXPTE Nº 200-834/2017.C/Agregados: 1050-1094/17 y 1050-771/17.SAN SALVADOR DE JUJUY, 17 MAYO 2018.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.-Recházase por inadmisible el Recurso Jerárquico interpuesto por el Dr.
Aníbal, Massaccesi, en carácter de apoderado legal de la SRA. MARIA RAMONA
MARCIAL, D.N.I. N 13.661.399, en contra de la Resolución N 5810-E-17 de fecha 12 de julio de 2017, por las razones expuestas en el exordio.ARTICULO 2.- El dictado del presente acto administrativo no renueva plazos vencidos ni rehabilita instancias caducas, dictándose al solo efecto de dar cumplimiento a lo dispuesto por el Articulo 33 de la Constitución Provincial.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 6636-E/2018.EXPTE Nº 200-04/18.c/ Agregados: 1050-848/17 y 1050-727/17.SAN SALVADOR DE JUJUY, 17 MAYO 2018.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.-Recházase por inadmisible el Recurso Jerárquico interpuesto por el Dr. Aníbal Massaccesi, en carácter de apoderado legal de la SEÑORA BEATRIZ DEL CARMEN
VARGAS, D.N.I. N 21.556.185, en contra de la Resolución N 6225-E-17 de fecha 2 de agosto de 2017, por las razones expuestas en el exordio.ARTICULO 2.-El dictado del presente acto administrativo no renueva plazos vencidos ni rehabilita instancias caducas, dictándose al solo efecto de dar cumplimiento a lo dispuesto por el Articulo 33 de la Constitución Provincial.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 6637-E/2018.EXPTE Nº 200-114/2018.C/Agregados: 1050-939/17 y 1050-875/17.SAN SALVADOR DE JUJUY, 17 MAYO 2018.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.-Rechazase por inadmisible y extemporáneo el Recurso Jerárquico interpuesto por el Dr. Aníbal Massaccesi, en carácter de apoderado legal de la SEÑORA
FRANCISCA MORALES, D.N.I. N 16.486.660, en contra de la Resolución N 6485E-17, de fecha 28 de agosto de 2017, por las razones expuestas en el exordio.ARTICULO 2.-El dictado del presente acto administrativo no renueva plazos vencidos ni rehabilita instancias caducas, dictándose al solo efecto de dar cumplimiento a lo dispuesto por el Articulo 33 de la Constitución Provincial.-

Gobierno de JUJUY
Unión, Paz y Trabajo

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 22/6/2018

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Jujuy

PaeseArgentina

Data22/06/2018

Conteggio pagine12

Numero di edizioni1234

Prima edizione10/01/2018

Ultima edizione12/07/2024

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