Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 18/6/2018

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy

Junio, 18 de 2018.-

Boletín Oficial Nº 68

794

GOBERNADOR

LEYES, DECRETOS Y RESOLUCIONES
DECRETO Nº 6433-S/2018.EXPTE Nº 0780-00165/16.SAN SALVADOR DE JUJUY, 10 ABR. 2018.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.-Modificase el presupuesto general de gastos y cálculo de recursos vigente Ejercicio 2018 - Ley 6046, conforme se indica a continuación:
JURISDICCION R MINISTERIO DE SALUD
TRANSFIERASE:
DE:
U. de O.: R1 Ministerio de Salud Categoría Nº de Cargos 1 c-4
1 Agrup. Serv. Generales Esc. General TOTAL
1 A:
U. de O.: R 02-02-25 Hospital Monterrico Categoría Nº de Cargos 1 c-4
1 Agrup. Serv. Generales Esc. General TOTAL
1 ARTICULO 2.-Téngase por designada a la señora Jaquelina Marisol Martínez, CUIL 2737920399-5, en el cargo categoría 1 c-4, agrupamiento servicios generales, escalafón general de la Unidad de Organización R2-02-25 Hospital "Monterrico", con retroactividad al 09 de octubre de 2017, de conformidad a lo expresado en el exordio.ARTICULO 3.-La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo precedente, se atenderá con la partida prevista en el Presupuesto vigente que a continuación se indica:
Ejercicio 2018:
Con la respectiva partida de Gasto en personal asignada a la Jurisdicción "R" Ministerio de Salud, Unidad de Organización 2-02-25 Hospital "Monterrico".EJERCICIOS ANTERIORES Período no Consolidado:
Deuda Pública Provincial "3-10-15-01-26: Para Pago Obligaciones No Comprometidas Presupuestariamente en Ejercicios Anteriores", correspondiente a la Unidad de Organización "L" Deuda Pública, la erogaciones emergentes del presente Decreto que correspondan a ejercicios anteriores. A tale fines la Unidad de Organización respectiva deberá elaborar las planillas de liquidación correspondientes las que previa revisión por parte de Contaduría de la Provincia, serán remitidas a la Oficina de Crédito Público a sus efectos.ARTICULO 4.-El presente decreto será refrendado por los señores Ministros de Salud, de Hacienda y Finanzas.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR

DECRETO Nº 6554-S/2018.EXPTE Nº 0716-00282/15.SAN SALVADOR DE JUJUY, 08 MAYO 2018.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.-Téngase por otorgada la licencia sin goce de haberes a favor de la señora Verónica Castro, CUIL 27-31497128-6, en el cargo categoría 13 c-4, agrupamiento técnico, escalafón general de la unidad de organización R2-02-04 Hospital "San Roque", a partir del 08
de mayo de 2015 y por el término de tres 3 años, de conformidad a lo expresado en el exordio.ARTICULO 2.-Téngase por cumplido el reemplazo efectuado por el señor Gustavo Javier Gutiérrez, CUIL 20-24256972-6, en el cargo categoría 13 c-4, agrupamiento técnico, escalafón general, de la unidad de organización R2-02-04 Hospital "San Roque", por el período comprendido entre el 16 de junio de 2015 y el 14 de abril de 2017, de conformidad a lo expresado en el exordio.ARTICULO 3.-Lo dispuesto en el artículo precedente se imputará a la partida del Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos, Ejercicio 2018, Ley 6046, que prevé para:
EJERCICIOS ANTERIORES Período no Consolidado:
Deuda Pública Provincial "3-10-15-01-26": Para Pago Obligaciones No Comprometidas presupuestariamente en Ejercicios Anteriores", correspondiente a la Unidad de Organización "L" Deuda Pública, las erogaciones emergentes del presente Decreto que correspondan a ejercicios anteriores. A tales fines la Unidad de Organización deberá elaborar las planillas de liquidación correspondientes las que previa revisión por parte de Contaduría de la Provincia, serán remitidas a la Oficina de Crédito Público a sus efectos.ARTICULO 4.-El presente decreto será refrendado por los señores Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 6662-E/2018.EXPTE Nº 200-580/17.C/Agregados: 1050-994/17 y 1050-918/17.SAN SALVADOR DE JUJUY, 17 MAYO 2018.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.-Recházase por improcedente el Recurso Jerárquico interpuesto por el Dr.
Aníbal Massaccesi, en carácter de apoderado legal de la SEÑORA RICARDA
FIGUEROA, D.N.I. N 10.008.302, en contra de la Resolución N 6640-E-17 de fecha 11 de septiembre de 2017, por las razones expuestas en el exordio.-ARTICULO 2º.-El dictado del presente acto administrativo no renueva plazos vencidos ni rehabilita instancias caducas, dictándose al solo efecto de dar cumplimiento a lo dispuesto por el Articulo 33
de la Constitución Provincial.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR

DECRETO Nº 6446-S/2018.EXPTE Nº 728-57/16.SAN SALVADOR DE JUJUY, 10 ABR. 2018.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.-Modificase el presupuesto general de gastos y cálculo de recursos vigente Ejercicio 2018 - Ley 6046, conforme se indica a continuación:
JURISDICCION
R MINISTERIO DE SALUD
TRANSFIERASE:
DE:
U. de O.: R2-02-16 Htal. Ntra. Señora del Rosario Categoría Nº de Cargos A-1 i-1
1 Agrup. Profesional Ley Nº 4413
TOTAL
1 i-1 Adicional por mayor horario 33%
A:
U. de O.: R 02-02-17 Htal Dr. Jorge Uro Categoría Nº de Cargos A-1 i-1
1 Agrup. Profesional Ley Nº 4413
TOTAL
1 i-1 Adicional por mayor horario 33%
ARTÍCULO 2.- Transfiérase a partir de la fecha del presente Decreto, a la Lic. GABRIELA
SOLEDAD ZULETA, CUIL 27-27554007-8, categoría A-1 i-1, agrupamiento profesional, Ley N 4413, de la U: de O.: R2-02-16 Hospital "Nuestra Señora del Rosario" de Abra Pampa, a la U. de O.: R2-02-17 Hospital "Dr. Jorge Uro" de La Quiaca, de conformidad a lo expresado en el exordio.ARTÍCULO 3.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto, a partir de la transferencia, se atenderá con la partida Presupuestaria, que a continuación se indica:
EJERCICIO 2.018
La partida de Gasto en Personal Asignada, en el Presupuesto General de Gasto y Cálculos de Recursos, Ley N 6046, correspondiente a la Jurisdicción "R" Ministerio de Salud, Unidad de Organización R 2-02-17 Hospital "Dr. Jorge Uro".ARTÍCULO 4.- Autorizar a la Dirección Provincial de Presupuesto a realizar la transferencia de Créditos Presupuestarios que resulten necesarios a los efectos de las disposiciones del presente Decreto.ARTÍCULO 5.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas.-

RESOLUCION GENERAL Nº 1.505-DPR/2018.San Salvador de Jujuy, 18 de Junio de 2018.VISTO:
El Expte. Nº 513-217-2.017, caratulado Dirección Provincial de Rentas de Jujuy a/ Convenio de adhesión a servicios de Prisma Medios de Pago S.A. y;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 82 del Código Fiscal Ley 5.791 y sus modificatorias autoriza a la Administración Tributaria provincial a establecer los medios de pago para las obligaciones fiscales.
Que, con la finalidad de facilitar a los contribuyentes y/o responsables el cumplimiento de sus obligaciones, se ha sumado otro medio de pago que posibilitará a los usuarios de tarjetas de crédito y débito abonarlas mediante su utilización.
Que, el nuevo servicio prestado por Prisma Medios de Pago S.A., permitirá abonar tributos mediante el ingreso a la página web de la Dirección provincial de Rentas, con clave fiscal, lo que brinda mayores posibilidades y alternativas de pago a los contribuyentes.
Que, han tomado la intervención que les compete la División Gestión de Proyectos y los Departamentos Sistemas Informáticos, Contable y el Departamento Técnico para la confección de la presente.
Por ello y en virtud de las atribuciones otorgadas por el Código Fiscal Ley 5.791 y sus modificatorias;
EL DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS
RESUELVE:
Artículo 1.- AUTORIZAR el Sistema de Pago Seguro S.P.S., administrado por Prisma Medios de Pagos S.A., como medio de pago para el cumplimiento de las obligaciones tributarias cuya recaudación se encuentra a cargo de la Dirección Provincial de Rentas de Jujuy.Artículo 2º: APROBAR como comprobante válido de pago el documento que emitirá la Dirección Provincial de Rentas como constancia de haberse completado una transacción a través del S.P.S., que en Anexo se incorpora a la presente.Artículo 3º: Ante la eventualidad de que el sistema no esté operativo, el contribuyente y/o responsable podrá realizar en término el pago de su obligación tributaria por otro medio de pago autorizado por esta Dirección.Artículo 4º: La presente Resolución entrará en vigencia a partir del 18 de junio de 2.018.Artículo 5º.- Comuníquese a la Secretaría de Ingresos Públicos, Tribunal de Cuentas, Contaduría General de la Provincia. Publíquese en el Boletín Oficial por el término de Ley.
Tomen razón Subdirección, Departamentos, Divisiones, Secciones, Delegaciones y Receptorías Fiscales y Archívese.-

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

Gobierno de JUJUY
Unión, Paz y Trabajo

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 18/6/2018

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Jujuy

PaeseArgentina

Data18/06/2018

Conteggio pagine8

Numero di edizioni1234

Prima edizione10/01/2018

Ultima edizione12/07/2024

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