Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 8/6/2018

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy

Junio, 08 de 2018.-

Boletín Oficial Nº 64

06/08/11 JUN. LIQ. Nº 14068 $465,00.Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N 7, Secretaria N 14, en el Expte. N
C-049858/15, caratulado: Ejecutivo: C.A.R.S.A. S.A. C/ Tejerina, Alejandro Oraldo, se hace saber al demandado Sr. Tejerina, Alejandro Oraldo. la siguiente sentencia: San Salvador de Jujuy, 07 de Noviembre de 2017.- Autos y VistosConsiderandoResuelve: I.- Mandar llevar adelante la presente ejecución seguida por C.A.R.S.A. S.A. en contra de Tejerina, Alejandro Oraldo, hasta hacerse el acreedor integro pago del capital reclamado, o sea la suma de pesos:
cinco mil setecientos noventa y uno con 80/100 $5.791,80.-, con mas las costas del juicio y el interés a la Tasa Activa que cobra mensualmente el Banco de la Nación Argentina para sus operaciones de descuento de documentos, y establecer como punitorios el 50% de la tasa ordenada precedentemente desde la mora y hasta el efectivo pago.- II.- Regular los honorarios profesionales del Dr. Martín Meyer, en la suma de $ 3.500.-, los que solo en caso de mora devengaran intereses conforme tasa activa, con mas IVA si correspondiere.- III.- Imponer las costas a la vencida art. 102 del C.P.C..- IV.- Practicar planilla de liquidación conforme pautas establecidas en la presente Sentencia.- V.- Firme la presente, por Secretaria incorpórese al expediente la documentación original reservada en caja fuerte, previo dejar constancia en la misma de que tramito la presente causa.- VI.- Registrar, agregar copia en autos, notificar a las partes por cedula, al demandado mediante Edictos y en la persona del Sr. Defensor Oficial y a CAPSAP,etc.-Fdo.: Dra. Lis Valdecantos Bernal Juez Ante Mí: Dra. Sandra Mónica Torres
Secretaria Por Habilitación.- Publíquense Edictos en un Diario Local y en el Boletín Oficial Art. 162 del C.P.C. por tres veces en el termino de cinco días. Se hace saber al accionado que los término empiezan a correr a partir de la última publicación de edictos.- Secretaria: Sandra Mónica Torres - Secretaria Por Habilitación - San Salvador De Jujuy, 07 de noviembre de 2017.06/08/11 JUN. LIQ. Nº 14069 $465,00.Dr. R. Sebastian Cabana Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nro. 4, Secretaria Nº 7, de La Provincia de Jujuy, hace saber al Sr. Miranda, Damian Israel, DNI Nº 32.408.581, que en el Expte NºC-027.428/14,caratulado: "Ejecutivo: Carsa S.A. c/ Miranda, Damian Israel", se dictó la siguiente Resolución DE FS.54/55: "San Salvador de Jujuy, 12 de Octubre de 2016.- Autos y Vistos: - Resulta: -Considerando -Resuelve: 1º Mandar llevar adelante la ejecución seguida por CARSA S.A. en contra de Damian Israel Miranda, D.N.I. Nº 32.408.581, hasta que la primera se haga íntegro pago del capital reclamado de pesos ocho mil diez con ocho ctvos. $8.010,08.- con más los intereses a la tasa activa de conformidad a la Doctrina del Superior Tribunal de Justicia en la causa: Recurso de inconstitucionalidad interpuesto en el expte. Nº B-145.731/05 Sala ITribunal del Trabajo Indemnización por despido incausado y otros rubros: Zamudio, Silvia Zulema c/ Achi Yolanda y otro , L. A. 54, Fº 673- 678- Nº 235 y con más un interés punitorio equivalente al 50% desde la mora acaecida con fecha 10/09/2012y hasta el efectivo pago, más IVA si correspondiere.- 2ºImponer las costas a la demandada vencido Art. 102 del C.P.C. 3ºRegular los honorarios profesionales del letrado interviniente Dr. Oscar Martín Meyer, en la suma de pesos tres mil quinientos con cero ctvo.$3.500,00.-, conforme L.A.Nº19, Fº182/184 Nº96 de fecha 24/05/16, por su actuación en el doble carácter fijados a la fecha de la sentencia, por lo que sólo en caso de mora, devengará interés igual a la tasa Activa de conformidad a la Doctrina del Superior Tribunal de Justicia en la causa: Recurso de inconstitucionalidad interpuesto en el expte. Nº B-145.731/05 Sala ITribunal del Trabajo Indemnización por despido incausado y otros rubros: Zamudio, Silvia Zulema c/ Achi Yolanda y otro , L.A. 54, Fº 673-678- Nº 235, y hasta el efectivo pago, más IVA si correspondiere. 4º Notificar por cédula, y por Edicto, y en lo sucesivo por Ministerio de la Ley Art.154 del C.P.C..- 5º Protocolizar, agregar copia en autos y hacer saber.-rfs/c. Fdo.
Dr. R. Sebastian Cabana: Juez. Ante Mi Dra. María Cecilia Farfan: Secretaria" Es Copia.Publíquese en el Boletín Oficial y en un Diario Local Tres Veces por cinco días.-San Salvador de Jujuy, 29 de Noviembre de 2017.06/08/11 JUN. LIQ. Nº 14070 $465,00.Cámara en lo Civil y Comercial Sala Primera Vocalía 1 - La Dra. Elba Rita Cabezas Vocal Pte. de Trámite de la Sala I, Cámara Civil y Comercial Voc. Nº1, en el Expte. Nº C100873/2017, caratulado: Ordinario por cobro de Pesos: S.A.D.A.I.C. c/ Compañía de Sabores S.R.L., ordena se notifiquen los siguientes decretos: San Salvador de Jujuy, 30 de octubre de 2017.- I.- Téngase por presentada a la Dra. Paola Virginia Gimenez Leonardi-Cattolica, en nombre y representación de S.A.D.A.I.C. Sociedad Argentina de Autores y Compositores de Música, a mérito de la fotocopia, debidamente juramentada de Poder Gral. para juicios que rola a fs. 2/6 de autos, por parte y por constituido domicilio legal.- II.- De la demanda ordinaria interpuesta en autos, córrase traslado a la accionada COMPAÑÍA DE SABORES S.R.L., en el domicilio denunciado a fs. 64 vta., para que la conteste dentro del término de quince días hábiles, bajo apercibimiento de darle por decaído el derecho a hacerlo si así no lo hiciere Art.
298 del C.P.C..- III.- Asimismo intímasela para que en igual término, constituya domicilio legal dentro del radio asiento de este Tribunal, bajo apercibimiento de notificarle en lo sucesivo por Ministerio de Ley.- IV.- Notificaciones en Secretaría: martes y jueves o el siguiente día hábil si alguno de ellos fuere feriado.- Notifíquese por cédula.- Fdo: Dra Elba Rita Cabezas Juez - Ante Mi: Dra. Ayme Lucía Apaza - Prosecretaria - ES COPIA.- San Salvador de Jujuy, 03 de mayo de 2018. I.- Al escrito de fs.92: Atento lo solicitado y constancias de autos, notifíquese a la demandada COMPAÑÍA DE SABORES S.R.L., la providencia de fs.77
mediante la publicación de Edictos en el Boletín Oficial y en un diario local por Tres Veces en cinco días, haciéndose saber que se la tendrá por notificada a partir del quinto día posterior a la última publicación de los mismos Art. 162 del C.P.C..- II.-.- Notifíquese por cédula. Fdo.
Dra. Dra. Elba Rita Cabezas Vocal Ante mí: Dra. Ayme Lucía Apaza Secretaria.- Es Copia: San Salvador De Jujuy, 28 de mayo de 2018.06/08/11 JUN. LIQ. Nº 14313 $465,00.Dra. María del Huerto Sapag Vocal de la Sala II, Cámara Civil y Comercial en el EXPTE. Nº C-103771/2017: Incidente de Ejecución de Sentencia: S.A.D.A.I.C. y Otra C. Quispe Paola GISELA, procede a notificar el presente proveído: San Salvador de Jujuy, 15 de Mayo del año 2.018. Visto: El Expte. Nº C103.771/17 caratulado Ejecución de sentencia: S.A.D.A.I.C.
c/ Quispe, Paola Gisela, y Considerando Resuelve: I. Mandar llevar adelante la presente ejecución de sentencia, seguida por la Dra. Paola Virginia Giménez Leonardi Cattolica por sus propios derechos y en nombre y en representación de S.A.D.A.I.C. en contra de la Sra. Paola Gisela Quispe, por la suma de $41.654,53 $34.712,53 en concepto de capital y $6.942,00 por
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honorarios con los intereses establecidos en los considerandos. II. Imponer las costas a cargo de la ejecutada vencida. III. Regular los honorarios profesionales de la Dra. Gimenez Leonardi Cattolica en $3.332,36; importe que llevará igual interés que el establecido para la suma ejecutada. Asimismo, se le adicionará I.V.A. si correspondiere. IV. Agregar copia en autos, notificar, protocolizar, informatizar, etc. Fdo. Dres María Del Huerto Sapag, Enrique Mate, Ante Mi Dra. María Emilia Del Grosso, Prosecretaria Se deja constancia por Secretaria que el Dr. Jorge Daniel Alsina no firma la presente por encontrarse en uso de licencia.
Publíquese en el Boletín Oficial y un diario local, por tres veces en cinco días Fdo.: Dra.
María Del Huerto Sapag Vocal Por Ante Mi Dra. María Emilia del Grosso, Prosecretaria.San Salvador de Jujuy, 17 de mayo de 2018.06/08/11 JUN. LIQ. Nº 14314 $465,00.Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 3, Secretaria Nº 6, en el Expte. Nº C108521/18, caratulado: Información Sumaria: Llanes Lorena Paola; Alemán Gustavo Eduardo, se hace saber que se inicio el tramite de adición de nombre del niño Gael Alemán D.N.I. Nº 55.639.261, pudiéndose formular oposición al mismo dentro de los quince días hábiles, contados desde loa última publicación de edictos.- Publíquese en el Boletín Oficial y Diario Local una vez por mes durante dos meses.- Prosecretaria: Dra. Valeria A. Bartoletti.- San Salvador de Jujuy, 28 de Marzo de 2018.07 MAY./08 JUN. LIQ. Nº 13693 $310,00.El Dr. R. Sebastián Cabana, Juez, de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nro. 4, Secretaria Nro. 8, en el Expte. Nro. C-039002/15, caratulado:Ejecutivo: NESTOR DARIO
BARRIOS c/ SILVIA BARNES, procede a notificar el siguiente decreto: San Salvador de Jujuy, 25 de Septiembre de 2017.-Proveyendo el escrito de fs. 40, notifíquese por edictos a la demandada Silvia Barnes DNI Nro. 26.898.326, que en este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nro. 4, Secretaria Nro. 8 de esta ciudad de San Salvador de Jujuy se tramita la presente causa, en consecuencia de conformidad a lo previsto por los Arts. 472 y 478 del CPC, intimase al accionado a depositar la suma de $3.920 que se reclaman por capital, con más la suma de $1.176 para acrecidas legales.-Cítesela de remate para que oponga excepciones legitimas si las tuviere dentro de los cinco días posteriores a la última publicación de edictos, en este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nro. 4, Secretaria Nro. 8, sito en Independencia esq. La Madrid, 1er. Piso, bajo apercibimiento de mandar llevar adelante la ejecución y nombrarle un Defensor Oficial de Pobres y Ausentes Art. 109 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.- Asimismo córrase traslado del pedido de intereses por igual plazo que el antes expresado, bajo apercibimiento de lo que por derecho hubiere lugar.- Hágase saber a la parte demandada que las copias para traslado se encuentran a su disposición en Secretaria de este Juzgado, siendo los días de notificación los martes y jueves o el siguiente día hábil si alguno de ellos fuere feriado. Por el mismo término intímase al demandado a constituir domicilio legal dentro de los tres kilómetros de este Juzgado.- A tal fin publíquense edictos por tres veces en cinco días, en un diario local y en el Boletín Oficial.- Fdo. R Sebastian Cabana, Juez. Ante mi Dra. María Fabiana Otaola, Secretaria.- San Salvador de Jujuy, 17 de Octubre de 2017.08/11/13 JUN. LIQ. Nº 14067 $465,00.Dr. R. Sebastian Cabana-Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nro. 4, Secretaria N 7, de la Provincia de Jujuy, hace saber al Sr. Axel Leschke Horst, D.N.I. N 31.036.342 que en el Expte. N C-070.143/16, caratulado. Ejecutivo: CARSA S.A. c/ LESCHKE HORST, AXEL, se dictó el siguiente Proveído de fs. 49: San Salvador de Jujuy, 13 de Noviembre del 2017.- Habiéndose agotado la vía dispuesta por el Art. 162 del C.P.C, y lo solicitado precedentemente, notifíquese el proveído de fs. 15/15vlta. mediante edictos que deberán ser publicados por tres veces consecutivas en cinco días en el Boletín Oficial y en un diario local, haciéndole saber al accionado Axel Leschke Horst, D.N.I. N 31.036.342, que deberá presentarse a hacer valer sus derechos, bajo apercibimiento de nombrársele al Defensor Oficial como su representante con quien se seguirá el juicio art. 474 del C.P.C..- Notifíquese art. 154 del C.P.C.- rfs. Fdo. Dr. R. Sebastian Cabana: Juez. Ante Mi Dra. María Cecilia Farfán:
Secretaria.- Proveído de Fs. 15/15vlta.: San Salvador de Jujuy, 24 de Agosto de 2016.Téngase por presentado el Dr. Carlos Abel Damian Aguiar, en nombre y representación de la firma CARSA S.A., a mérito del Poder Gral. para juicios que en copia juramentada acompaña a fs. 4/5vlta, por parte y por constituido domicilio a los efectos procesales.- Atento a lo solicitado, y lo dispuesto por los Arts. 472 y 478 y correlativos del C.P.C., líbrese en contra de Axel Leschke Horst, D.N.I. N 31.036.342, mandamiento de pago, ejecución y embargo por la suma de Pesos Dieciséis Mil Seiscientos Setenta y Tres con Sesenta y Ocho ctvos. $16.673,68.- en concepto de capital reclamado, con más la suma de Pesos Cinco Mil Dos con Diez Ctvos.
$5.002,10.- presupuestada para responder a accesorias legales, intereses y costas del presente juicio. En defecto de pago trábese embargo sobre bienes muebles del demandado hasta cubrir ambas sumas, debiéndose designar depositario judicial de los mismos la propio demandado y en caso de negativa a persona de responsabilidad y arraigo con las prevenciones y formalidades de ley, requiriéndosele la manifestación sobre si los bienes embargados registran algún gravamen y en su caso exprese monto, nombre y domicilio del o de los acreedores y cítesela de remate para que oponga excepciones legitimas si las tuviere dentro del plazo de cinco días, bajo apercibimiento de mandar llevar la ejecución.- Córrasele traslado del pedido de intereses con las copias respectivas en igual término que el antes expresado, bajo apercibimiento de lo que por derecho hubiere lugar. Asimismo le intimará la constitución de domicilio legal dentro del radio de tres kilómetros del asiento del Juzgado, bajo apercibimiento de considerarse notificadas por ministerio de la ley todas las resoluciones posteriores, cualquiera sea su naturaleza Art. 52 y 154 del C.P.C. haciéndole saber que los días de notificación en Secretaria del Juzgado son los martes y jueves ó el siguiente día hábil si alguno de ellos fuere feriado.- Para el cumplimiento de lo ordenado comisiónese al Sr. Oficial de Justicia con facultades de allanar domicilio y hacer uso de la fuerza pública si fuere necesario.- Notifíquese Art. 154 C.P.C..- rfs. Fdo. Dr. R.
Sebastian Cabana: Juez. Ante Mi Dra. María Cecilia Farfán: Secretaria.- Publíquese en el Boletín Oficial y en un Diario Local tres veces en cinco días.- San Salvador de Jujuy, 13 de Noviembre de 2017.08/11/13 JUN. LIQ. Nº 14065 $465,00.Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N 3- Secretaria N 6, en el Expte. N C044.543/15, caratulado: Ejecutivo: CREDINEA S.A. c/ CALISAYA, DAVID PEDROSe
Gobierno de JUJUY
Unión, Paz y Trabajo

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 8/6/2018

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Jujuy

PaeseArgentina

Data08/06/2018

Conteggio pagine16

Numero di edizioni1247

Prima edizione10/01/2018

Ultima edizione09/08/2024

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