Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 18/5/2018

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy

Mayo, 18 de 2018.-

Boletín Oficial Nº 56

ARTÍCULO 2.- Por Policía de la Provincia, notifíquese al funcionario con sujeción al procedimiento marcado por el capítulo III, artículo 50 y ccs. de la Ley N 1886/48.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 6427-E/2018.EXPTE Nº 200-478-2017.c/ Agregados: 1050-846-17
y 1050-772-17;
SAN SALVADOR DE JUJUY, 10 ABR. 2018.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1.- Recházase por inadmisible el Recurso Jerárquico interpuesto por el Dr. Aníbal Massáccesi, en carácter de apoderado legal del SR. CESAR ABEL
LIZARAZO, D.N.I. N 14.374.544, en contra de la Resolución N 6219-E-17 de fecha 2 de agosto de 2017, por las razones expuestas en el exordio.ARTICULO 2.- El dictado del presente acto administrativo no renueva plazos vencidos ni rehabilita instancias caducas, dictándose al solo efecto de dar cumplimiento a lo dispuesto por el Articulo 33 de la Constitución Provincial.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 6441-HF/2018.EXPTE Nº 512-22/2017.SAN SALVADOR DE JUJUY, 10 ABR. 2018.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Modifícase el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos Ejercicio 2018, Ley N 6046, de la Jurisdicción "C" Ministerio de Hacienda y Finanzas, Unidad de Organización "C2B" - Tesorería de la Provincia, conforme se indica a continuación:
SUPRIMESE
Agrupamiento Técnico Escalafón General Categoría Nº de Cargos 19 b-3
1 Total 1
CREASE
Agrupamiento Técnico Escalafón General Categoría Nº de Cargos 24 b-3
1 Total 1
ARTICULO 2.- Como consecuencia de lo dispuesto en el articulo 1 del presente Decreto, promuévese a la señora ANA CATALINA TONEATTI, CUIL N 2712321111-7, al Cargo Categoría 24 b-3, Agrupamiento Administrativo del Escalafón General, de la Jurisdicción "C", Unidad de Organización "C2B"
Tesorería de la Provincia, a partir del 01-01-2018, de conformidad .a lo expresado en el exordio.ARTICULO 3.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto por el presente Decreto se atenderá con la partida de Gastos en Personal, que al respecto prevé el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos Ley N
6046, para la U. de O. "C" 2B - Tesorería de la Provincia, la que en caso de resultar insuficiente se reforzara tomando créditos de la Partida prevista en la Jurisdicción "K" Obligaciones a cargo del Tesoro - denominada: 1-1-1-1-1-60 "Adecuación Ley 5502".ARTICULO 4.- Instruyese a la DIRECCION PROVINCIAL DE PERSONAL
para el control y cumplimiento de la condición exigida por el segundo párrafo del Artículo 3, Anexo I del Decreto N 8865-H-07, a cuyos efectos arbitrara los tramites, comunicaciones y notificaciones necesarias; y de conformidad al artículo 100 bis de la Ley N 3161/74, modificado por Ley N 5748.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 6450-MS/2018.EXPTE Nº 1400-80/2018.SAN SALVADOR DE JUJUY, 12 ABR. 2018.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1.- Reintegrase a la Cartera del Ministerio de Seguridad a su Titular DR. EKEL MEYER.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR

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DECRETO Nº 6457-E/2018.EXPTE Nº 200-01-2017.c/ Agregados: 1050-1976-16
y 1053-3457-16.SAN SALVADOR DE JUJUY, 12 ABR. 2018.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1.- Recházase por improcedente el Recurso Jerárquico interpuesto por el Dr. Aníbal Massaccesi, en carácter de apoderado legal del SR. PAULINO
JOSÉ MAMANI, D.N.I. N 17.478.136, en contra de la Resolución N 3669-E-16
de fecha 12 de diciembre de 2016, por las razones expuestas en el exordio.ARTICULO 2.- Opónese la defensa de prescripción a cualquier acción tendiente a la liquidación y pago de diferencias solicitadas, por los períodos que correspondan.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 6492-G/2018.EXPTE Nº 400-3704-18.SAN SALVADOR DE JUJUY, 27 ABR. 2018.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1.- Aceptase a partir del 30 de abril de 2018, la renuncia presentada por la Ingeniera en Sistemas de información VALERIA SILVANA MENDOZA
al cargo de Subsecretaria de Comunicación y Gobierno Abierto; agradeciéndole los servicios prestados.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 6493-G/2018.EXPTE Nº 400-3705-18.SAN SALVADOR DE JUJUY, 27 ABR. 2018.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Dispónese la constitución de la sociedad "JUJUY DIGITAL
S.A.P.E.M." cfr. Ley N 6000/2016 en la órbita de la Gobernación de la Provincia, bajo el régimen de la Ley General de Sociedades arts. 308 a 312
sgtes. y concordantes.ARTÍCULO 2.- Apruébase el Estatuto Social de "JUJUY DIGITAL
S.A.P.E.M., que como Anexo I forma parte integrante del presente.ARTÍCULO 3.- Por Escribanía de Gobierno procédase a la protocolización del Estatuto Societario, así como de toda actuación que fuere menester elevar a escritura pública a efectos de su registro, sin que ello implique erogación alguna.ARTÍCULO 4.- Facúltase al Dr. Pablo Adrián Rodríguez, DNI N 31.100.273, y/o a la Ingeniera en Sistemas de Información Valeria Mendoza D.N.I 26943557, para completar todos los actos que resulten necesarios a los efectos indicados en el presente Decreto, para constitución y puesta en marcha de la sociedad, firmar escrituras públicas, suscribir e integrar el capital social en nombre del Estado Provincial.
ARTÍCULO 5.- Ordénase la inscripción respectiva por ante los Registros Públicos pertinentes, equiparándose la publicación del presente Decreto y de los Estatutos de la Sociedad en el Boletín Oficial de la Provincia, a lo dispuesto en el artículo 10 de la Ley N 19.550 -t.o. 1984- y sus modificatorias.ARTÍCULO 6.- Autorízase al Ministerio de Hacienda y Finanzas para realizar las modificaciones y transferencias presupuestarias que resulten necesarias para afrontar los gastos que demande la implementación del presente Decreto.ARTÍCULO 7.- El presente Decreto será refrendado por los Ministros de Gobierno y Justicia y de Hacienda y Finanzas.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 6494-G/2018.EXPTE Nº 400-3706-18.SAN SALVADOR DE JUJUY, 27 ABR. 2018.VISTO:
La Ley N 6000 y el Decreto N 6493 G-18;CONSIDERANDO:
Que por La Ley N 6000/16 se crea "JUJUY DIGITAL SOCIEDAD ANÓNIMA
CON PARTICIPACIÓN ESTATAL MAYORITARIA"; y por Decreto N 6493-G-18 se dispuso la constitución de la Sociedad y se aprobó el Estatuto de la Sociedad;
Que resulta necesario efectuar las modificaciones presupuestarias que permitan la integración del capital social de la mencionada S.A.P.E.M. y su puesta en funcionamiento;
Por ello en uso de sus facultades conferidas por el artículo 137º de la Constitución Provincial y;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

Gobierno de JUJUY
Unión, Paz y Trabajo

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 18/5/2018

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Jujuy

PaeseArgentina

Data18/05/2018

Conteggio pagine20

Numero di edizioni1235

Prima edizione10/01/2018

Ultima edizione17/07/2024

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