Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 16/4/2018

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy

Abril, 16 de 2018.-

Boletín Oficial Nº 42

SAN SALVADOR DE JUJUY, 22 NOV. 2017.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Modificase el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos Ejercicio 2017 Ley N 6001, conforme se indica a continuación:
JURISDICCION
R MINISTERIO DE SALUD
TRANSFERIR
DE:
U. de O.: R2 SEC. DE COORD. DE ATENCIÓN DE LA SALUD
Categoría Nº de Cargos 13 c-4
1 Agrup. Técnico Escalafón General Total 1
A:
U. de O.: R2-02-12 HTAL SAN MIGUEL
Categoría Nº de Cargos 13 c-4
1 Agrup. Técnico Escalafón General Total 1
ARTICULO 2.- Modificase el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos Ejercicio 2017- Ley Nº 6001, conforme se indica a continuación.JURISDICCION
R MINISTERIO DE SALUD
U. de O.: R2-02-12 HOSPITAL SAN MIGUEL
SUPRIMASE
Categoría Nº de Cargos 13 c-4
1 Agrup. Técnico Escalafón General Total 1
CREASE
Categoría Nº de Cargos 7 c-4
1 Agrup. Técnico Escalafón General Total 1
ARTICULO 3.- Designase a la Sra. Gisela Anabel Barrios, CUIL 27-322484246, en el cargo categoría 7 c-4, agrupamiento técnico, escalafón general, en la U.
de O.:R 2-02-12 Hospital "San Miguel" de Yuto, con retroactividad al 24 de abril de 2017, de conformidad a lo expresado en el exordio.ARTICULO 4.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en los artículos precedentes, se atenderá con la partida Presupuestaria que a continuación se indica:
EJERCICIO 2017
La partida de Gasto en Personal asignada, en el Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos, Ley N 6001, correspondiente a la Jurisdicción "R"
Ministerio de Salud, U. de O.: R 2-02-12 Hospital San Miguel.ARTICULO 5.- Autorizar a la Dirección Provincial de Presupuesto a realizar la transferencia de Créditos Presupuestarios que resulten necesarios, a los efectos de la atención de las disposiciones del presente Decreto.ARTICULO 6.- El presente decreto será refrendado por los Señores Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 5398-S/2017.EXPTE Nº 701-877/2015.SAN SALVADOR DE JUJUY, 29 NOV. 2017.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Modificase el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos ejercicio 2017- Ley N 6001, conforme se indica a continuación:
JURISDICCION
R MINISTERIO DE SALUD
TRANSFERIR
DE:
U. de O.: R2-04 DCCION. PCIAL ATENCION PRIMARIA DE LA SALUD
Y ACCION COMUNITARIA
Categoría Nº de Cargos 10-30 hrs. 1
Agrup. Técnico Escalafón Gral.
Total..1
A:
U. de O.: R 1-A DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION
Categoría Nº de Cargos 10-30 hrs. 1
Agrup. Técnico Escalafón Gral.

463

Total..1
ARTICULO 2.-Transfiérase cargo y persona de la Lic. Irma Yolanda López, CUIL 27-30692362-0, cargo categoría 10-30 hrs., agrupamiento técnico, escalafón general, de la U. de O.: R 2-04 Dirección Provincial de Atención Primaria de la Salud y Acción Comunitaria, a la U. de O.:R 1-A Dirección General de Administración del Ministerio de Salud, a partir de la fecha del presente Decreto, de conformidad a lo expresado en el exordio.ARTICULO 3.-Adecuase a la Lic. Irma Yolanda López, CUIL 27-30692362-0, en el cargo categoría A-1, agrupamiento profesional, Ley N 4413, en la U. de O.:R 1-A Dirección General de Administración del Ministerio de Salud, a partir de la fecha del presente Decreto, de conformidad a lo expresado en el exordio.ARTICULO 4.-La erogación emergente del presente Decreto, se atenderá con la Partida Presupuestaria que a continuación se indica:
EJERCICIO 2017
El Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos, ejercicio 2017, Ley N
6001, prevé para la Jurisdicción "R" Ministerio de Salud, U. de O.: R 1-A
Dirección General de Administración, la partida Gastos en Personal, la que de resultar insuficiente tomará fondos de la partida 01-01-01-01-01-37 "Adecuación Ley N 4413 y Ley 5502", Unidad de Organización K Obligaciones a Cargo del Tesoro.ARTICULO 5.-Autorizar a la Dirección Provincial de Presupuesto a realizar la transferencia de Créditos Presupuestarios que resulten necesarios, a los efectos de la atención de las disposiciones del presente Decreto.ARTICULO 6.-El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 5399-S/2017.EXPTE Nº 0714-00289/16.SAN SALVADOR DE JUJUY, 29 NOV. 2017.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1.- Téngase por otorgada la licencia sin goce de haberes a favor de la señora Carla Fabiana Bordallo, CUIL 27-17220414-2, en el cargo categoría profesionales 24 horas semanales, agrupamiento profesional, Ley 5498 de la unidad de organización R2-02-02 Hospital "Pablo Soria", a partir del 22 de febrero de 2016 y por el término de dos 2 años, de conformidad a lo expresado en el exordio.ARTICULO 2.- Téngase por designado en carácter de reemplazante al señor Gustavo Eduardo Pieroni, CUIL 20-30176520-8, en el cargo categoría profesionales 24 horas semanales, agrupamiento profesional, Ley 5498, con retroactividad al 01 de junio de 2016 y mientras dure la licencia de su titular, de conformidad a lo expresado en el exordio.ARTÍCULO 3.- Lo dispuesto en el artículo precedente se imputará a la partida del Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos Ley 6001, que a continuación se detalla:
Ejercicio 2017:
La Partida de Gastos en personal, asignada a la Jurisdicción "R" Ministerio de Salud, Unidad de Organización R2-02-02 Hospital "Pablo Soria".EJERCICIOS ANTERIORES Período no Consolidado:
Deuda Pública Provincial "3-10-15-01-26": Para Pago Obligaciones No Comprometidas presupuestariamente en Ejercicios Anteriores", correspondiente a la Unidad de Organización "L" Deuda Pública, las erogaciones emergentes del presente Decreto que correspondan a ejercicios anteriores. A tales fines la Unidad de Organización deberá elaborar las planillas de liquidación correspondientes las que previa revisión por parte de Contaduría de la Provincia, serán remitidas a la Oficina de Crédito Público a sus efectos.ARTICULO 4.- El presente decreto será refrendado por los señores Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 5402-S/2017.EXPTE Nº 721-1794/2015.SAN SALVADOR DE JUJUY, 29 NOV. 2017.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.-Autorizase al Ministerio de Salud a imputar la erogación derivada del Expediente N 721-1794/15, caratulado "DROGUERÍA PAPPA" $6.544,00, a la partida "L" Deuda Publica 3-10-15-01-26 para el pago de obligaciones no comprometidas presupuestariamente en ejercicios anteriores, prevista en el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos, -Ejercicio 2.017 - Ley N
6.001, informada por la Dirección Provincial de Presupuesto debiendo el organismo respectivo cumplir en la autorización, aprobación, ejecución y rendición de cuentas conforme con las disposiciones legales vigentes.ARTICULO 2.-El presente decreto será refrendado por los Señores Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas.-

Gobierno de JUJUY
Unión, Paz y Trabajo

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 16/4/2018

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Jujuy

PaeseArgentina

Data16/04/2018

Conteggio pagine16

Numero di edizioni1234

Prima edizione10/01/2018

Ultima edizione12/07/2024

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