Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 23/2/2018

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy

Febrero, 23 de 2018.-

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Boletín Oficial Nº 22

Lamas, Secretaria. Publíquese edictos por tres veces en cinco días, en un diario local y en el Boletín Oficial. San Salvador de Jujuy, 04 de Julio de 2017. Secretaria N 8, a cargo de la Dra. María Fabiana Otaola.23/26/28 FEB. LIQ. N 13089 $ 465,00
Dra. Marisa Rondon-Juez Habilitada del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N 2- Secretaria N 3, en el C-032007/14, caratulado. Ejecutivo: Barrios, Néstor Dario c/Tobar, Carina Alejandra, hace saber a la Sra. Carina Alejandra Tobar, que se ha dictado la siguiente Resolución: San Salvador de Jujuy, 23 de Junio del 2017.
Autos y Vistos:Considerando:Resuelve: 1 Mandar llevar adelante la presente ejecución interpuesta por el Sr. Néstor Dario Barrios, en contra de la Sra. Carina Alejandra Tobar hasta hacerse el acreedor integro cobro del capital reclamado o sea la suma de Pesos doce mil $12.000,00 con mas los intereses de la tasa activa de conformidad a la Doctrina del Superior Tribunal de Justicia en la causa Recurso de Inconstitucionalidad interpuesto en el Expte. N B-145.731/05, Sala ITribunal del Trabajo Indemnización por despido incausado y otro rubros: Zamudio, Silvia Zulema c/Achi, Yolanda y otro Libro de Acuerdos N 54 f 673/678 N 235 de fecha 11/5/2011, desde la mora y hasta su efectivo pago. 2 Hacer efectivo el apercibimiento oportunamente decretado en contra de la parte demandada, en consecuencia, notifíquese esta resolución por cedula y las posteriores por Ministerio de la Ley. 3 Regular los honorarios profesionales del Dr. Oscar Martín Meyer, en la suma de Pesos tres mil quinientos $3.500,00 con mas IVA si correspondiere, por la labor desarrollada en autos, conforme Acordada L.A. N 19, F 182/184 N 96, 24/05/16, los que solo en caso de mora, devengaran un interés de conformidad a la Doctrina del Superior Tribunal de Justicia en la causa Recurso de Inconstitucionalidad interpuesto en el Expte. N B145.731/05, Sala I-Tribunal del Trabajo Indemnización por despido incausado y otros rubros: Zamudio, Silvia Zulema c/Achi, Yolanda y otro Libro de Acuerdos N 54 F
673/678 N 235 de fecha 11/5/2011, desde la mora de los mismos y hasta su efectivo pago. 4 Imponer las costas a la parte vencida Art. 102 del C.P.C.. 5 Firme la presente, por Secretaria incorpórese al expediente la documentación original reservada en caja fuerte, previo a dejar constancia en la misma de que tramito la presente causa. 6
Notificar, agregar copia en autos, protocolizar. Fdo. Dra. Marisa Rondon -Juez HabilitadaAnte Dra. Emilia Del Grosso -Pro-Secretaria.- Publíquese edictos en el Boletín Oficial y un Diario Local de amplia circulación por tres 3 veces en cinco 5
días. San Salvador de Jujuy, 29 de Junio del 2017.-

Leonardi Cattolica, con más las costas del juicio y con los intereses que ordena la sentencia que se ejecuta desde la fecha de mora hasta el efectivo pago. II.-Imponer las costas al ejecutado vencido Art.102 CPC. III.-Regular los honorarios profesionales de la Dra. Paola Virginia Leonardi Cattolica en la suma de Mil ochocientos cincuenta y cinco pesos con 00/100 $1.855,00., suma que en caso de mora devengará idéntico interés que para el capital. IV.-Aditar IVA a los honorarios en caso de corresponder. V.Agregar copia en autos, notificar en la forma de estilo, protocolizar. Fdo. Norma Beatriz Issa Pte. De Tramite Carlos M. Consentini y Alejandra Ma. Luz Caballero Vocales. Ante mi María Florencia Rivas Pro Secretaria-Publíquese en el Boletín Oficial y un diario local, por tres en cinco días. San Salvador de Jujuy, 28 de diciembre de 2017.23/26/28 FEB. LIQ. N 13115 $ 465,00
El Dr. Esteban Arias Cau Vocal Pte. de trámite de la Sala I, Cámara Civil y Comercial Voc. Nº 3, en el Expte. B-183817/08, Ordinario por Daños y Perjuicios: Héctor O.
Salas y otro c/Jorge A. Alanis y otros, procede a notificar el presente proveído:
Corresponde decreto de fs. 327San Salvador de Jujuy, 29 de Mayo de 2017. Avocase el suscripto como Presidente de Tramite en la presente causa conforme designación del Superior Tribunal de Justicia en fecha 12/05/2017. Interviniendo en la presente causa como Defensor Oficial de Pobres y Ausente el Dr. Sergio Marcelo Cau Loureyro, con quien me excuso en las causales previstas por el Art. 32 inc. 1º del C.P. Civil, apártese al mismo de la presente causa y pasen las presentes actuaciones al Ministerio Publico de la Defensa Civil a los fines de la designación del Defensor de pobres y Ausentes que por turno corresponda. Atento lo solicitado por la actora en el escrito precedente y constancias de autos, hágase efectivo el apercibimiento dispuesto por el Art.195 del C.P.
Civil y en consecuencia, declarase la rebeldía del accionado Jorge Argentino Alanis. No habiendo constituido domicilio legal, notifíquese la presente por edictos y las posteriores providencias por Ministerio de ley. Notifíquese por cedula. Fdo. Dr. Esteban Arias Cau, Vocal, ante mi Dra. Sofía Jerez, Secretaria.-Corresponde decreto de fs. 335. San Salvador de Jujuy, 31 de Agosto de 2017. I-Atento lo solicitado precedentemente y constancias de fs.331/333 de autos, para la notificación del demandado Jorge Argentino Alanis del proveído de fs.327, publíquense edictos en el Boletín Oficial y un diario local por tres en cinco días.- II Notifíquese. Fdo. Dr. Esteban Javier Arias Cau, Vocal, ante mi Dra. Sofía Jerez, Secretaria. San Salvador de Jujuy, 04 de Septiembre de 2017.23/26/28 FEB. LIQ. N 11761; 12592 $ 360,00

23/26/28 FEB. LIQ. N 13088 $ 465,00

EDICTOS SUCESORIOS
Dra. Marisa Rondon Jueza Habilitada de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N 2, Secretaria N 4, en el Expte. N C-047606/15, caratulado: Ejecutivo: Tarjetas Cuyanas S.A. c/Palavecino Cristina Isabel se notifica por este medio a la demandada, Sra.
Palavino Cristina Isabel, el siguiente Proveído: San Salvador de Jujuy, 11 de Noviembre de 2015: 1.- Téngase presente el informe actuarial que antecede. 2.-Atento a las constancias de autos, téngase por expedita la vía ejecutiva, en consecuencia y teniendo en cuenta lo dispuesto por los Arts. 472, 478 y 480 del C.P.C. líbrese en contra del demandado Palavecino Cristina Isabel, mandamiento de pago, ejecución y embargo por la suma de Pesos veintitrés mil trescientos dos c/16/100 ctvos $23.302,16, en concepto de capital, con más la suma de Pesos once mil seiscientos cincuenta y uno c/08/100 ctvos $11.651,08, calculada para responder a intereses legales y costas del presente juicio. En defecto de pago trábese Embargo sobre los bienes de su propiedad hasta cubrir ambas cantidades, debiéndose designar depositario judicial de los mismos a la parte afectada, y en caso de negativa a persona de responsabilidad y arraigo con las prevenciones y formalidades de ley, requiriéndosele la manifestación sobre si los bienes embargados registran algún gravamen y en su caso exprese monto, nombre y domicilio del o los Acreedores, y cítesele de remate para que oponga excepciones legitimas si las tuviere dentro del termino de cinco días, en el Juzgado Civil y Comercial N 2, Secretaria 4, bajo apercibimiento de mandar llevar adelante la ejecución. 3.-Al efecto comisionase al Sr.
Oficial de Justicia, con la facultad de allanar domicilio y hacer uso de la fuerza pública si fuera necesario. Asimismo, intimase al demandado, para que en el mismo plazo antes fijado, constituya domicilio legal dentro del radio de los tres kilometros de asiento de este Juzgado, bajo apercibimiento de considerarla notificada por Ministerio de la Ley, todas las posteriores resoluciones que se dicten Art.52 el C.P.C.. 4.-Notifíquese Art.154 del C.P.C.. Fdo. Dra. Silvia Elena Yecora, Jueza, Ante mi, Dra. Beatriz Borja, Secretaria. Publíquense edictos en el Boletín Oficial y en un Diario Local por tres veces en cinco días. Asimismo se le hace saber que los términos comienzan a correr a partir de la ultima publicación y el su caso de incomparecencia se le designara un Defensor Oficial de Pobres y Ausentes. San Salvador de Jujuy, 09 de Junio del 2017.-

Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 9, Secretaria Nº 17, en el Expte Nº D-21780/17 caratulado Sucesorio Ab Intestato de MARTIN ARECO LIZARRAGA
solicitado por ARECO, DOLORES VIRGINIA, cita y emplaza por treinta días a herederos y/o acreedores del Sr. MARTIN ARECO LIZARRAGA cédula de Identidad de la Policía de Jujuy Nº 77.963.- Publíquese en el Boletín Oficial y en un diario local por tres veces en cinco días.- Ante mi Dra. Laura Duaso Fernández Prosecretaria - Técnica de Juzgado.- San Pedro de Jujuy, 30 de noviembre de 2017.21/23/26 FEB. LIQ. Nº 13038 $155,00.El Juzgado de 1ra. Instancia en lo Civil y Comercial N 4, Secretaría N 7, de la Provincia de Jujuy, en el Expte Nº C-103841/17, caratulado: Sucesorio Ab-Intestato:
Firpo Myrtha Rosario, Cita y Emplaza por el término de Treinta días a herederos y acreedores MYRTHA ROSARIO FIRPO, DNI. Nº F. 6.351.827. Dra. María Cecilia FarfanSecretaria. Publíquese por un día art. 2340 del C.C. y C. en el Boletín Oficial; y en un diario local, por tres veces en cinco días art. 436 del CPC. San Salvador de Jujuy, 15 de Febrero del 2018.23 FEB. LIQ. N 13129 $ 155,00
El Juzgado de 1ra. Instancia en lo Civil y Comercial N 1, Secretaría N 2, de la Provincia de Jujuy, en el Expte Nº C-10845/17, Sucesorio Ab-Intestato: Lamas, Cesar Augusto, Cita y Emplaza por el término de Treinta días hábiles a herederos y acreedores LAMAS, CESAR AUGUSTO, DNI. Nº 22.125.383. Secretaria N 2, Dra.
María de los A. MeyerFirma Habilitada. Publíquese por un día en el Boletín Oficial y tres en un diario local. San Salvador de Jujuy, 16 de Noviembre del 2017.23 FEB. LIQ. N 10801 $ 120,00

23/26/28 FEB. LIQ. N 13090 $ 465,00
Dra. Norma Beatriz IssaPte. de trámite, en la Vocalía Nº 9, de la Sala IIIra. de la Cámara en lo Civil y Comercial de la Pcia. de Jujuy, en el EXPTE. Nº C-099574/2017, caratulado: Incidente de Ejecución de sentencia en expte. Principal C-056765/2015:
SADAIC y Paola Virginia Gimenez-Leonardi Cattolica c/Cubela Emiliano Sebastian, hace saber al Sr. Emiliano Sebastian Cubela, el siguiente proveído: San Salvador de Jujuy, 20 de diciembre de 2017. Autos y Vistos: El expediente Nº C-99.574/2017
caratulado Ejecución de Sentencia: SADAIC y Gimenez Leonardi Cattolica, Paola Virginia c/Cubela, Emiliano Sebastian y Considerando Por todo ello, la Sala Tercera de la Cámara Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy: Resuelve: I.-Mandar llevar adelante la ejecución seguida en contra del Sr. Emiliano Sebastián Cubela, hasta hacerse acreedor Sociedad Argentina de autores y compositores de Música S.A.D.A.I.C. del íntegro pago de la suma de Veintitrés mil setecientos noventa y tres pesos con 84/100
$23.793,00 en concepto de capital y la suma de Cuatro mil cuarenta y cuarenta y cuatro pesos con 00/100 $4.044,00 en concepto de honorarios a la Dra. Paola Virginia
El Juzgado de 1ra. Instancia en lo Civil y Comercial N 4, Secretaría N 7, de la Provincia de Jujuy, en el Expte Nº C-102.298/17, caratulado: Sucesorio Ab-Intestato:
Albornoz Dionisio Amancio, Cita y Emplaza por el término de Treinta días a herederos y acreedores DIONISIO AMANCIO ALBORNOZ, DNI. Nº 7.279.925. Dra. María Silvia MolinaProsecretaria. Publíquese por un día art. 2340 del C.C. y C. en el Boletín Oficial; y en un diario local, por tres veces en cinco días art. 436 del CPC. San Salvador de Jujuy, 12 de Diciembre del 2017.23 FEB. LIQ. N 13127 $ 155,00

Gobierno de JUJUY
Unión, Paz y Trabajo

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 23/2/2018

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Jujuy

PaeseArgentina

Data23/02/2018

Conteggio pagine8

Numero di edizioni1243

Prima edizione10/01/2018

Ultima edizione31/07/2024

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