Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 9/2/2018

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy

Febrero, 09 de 2018.-

Boletín Oficial Nº 17

la U. de O.: R2-02-11 Hospital "Dr. Oscar Orias" de Libertador General San Martín, de conformidad a lo expresado en el exordio.ARTÍCULO 3.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto, a partir de la transferencia, se atenderá con la respectiva partida de gastos en personal, que al efecto prevé el Presupuesto General de Gasto y Cálculo de Recursos en la Jurisdicción "R"- MINISTERIO DE SALUD Unidad de Organización: 2-02-11 Hospital "Dr. Oscar Orias".ARTÍCULO 4.- Autorizar a la Dirección Provincial de Presupuesto a realizar la transferencia de Créditos presupuestarios que resulten necesarios a los efectos de las disposiciones del presente Decreto.ARTÍCULO 5.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 4975-S/2017.EXPTE. Nº 732-102/16.SAN SALVADOR DE JUJUY, 27 OCT. 2017.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Téngase por aceptada con retroactividad al 6 de mayo de 2016, la renuncia presentada por el Dr. Gustavo Fernando Herbas, CUIL 2022874391-8, al cargo categoría A j-2, agrupamiento profesional, Ley N
4418, que detenta en carácter de interino de la U. de O.: R 2-02-23 Hospital "Wenceslao Gallardo", de conformidad a lo expresado en el exordio.ARTICULO 2.- Téngase por designado en carácter de interino al Dr.
Gustavo Fernando Herbas, CUIL 20-22874391-8, en el cargo categoría A j1, agrupamiento profesional, Ley N 4418, de la U. de O.: R 2-02-20
Hospital "Nuestra Señora del Valle" de Palma Sola, con retroactividad al 1
de junio de 2016 y hasta tanto se efectué el llamado a concurso correspondiente, de conformidad a lo expresado en el exordio.ARTICULO 3.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en los artículos precedentes, se atenderá con las partidas Presupuestarias que a continuación se indican:
EJERCICIO 2017
Con la respectiva partida de Gasto en Personal asignada a la Jurisdicción "R"
Ministerio de Salud, U. de O.: R 2-02-20 Hospital Nuestra Señora del Valle.EJERCICIOS ANTERIORES Período no Consolidado:
Deuda Pública Provincial "3-10-15-01-26": "Para Pago Obligaciones No Comprometidas presupuestariamente en Ejercicios Anteriores", correspondiente a la Unidad de Organización "L" Deuda Pública, las erogaciones emergentes del presente Decreto que correspondan a ejercicios anteriores. A tales fines la U. de O. respectiva deberá elaborar las planillas de liquidación correspondientes, las que previa revisión por parte de Contaduría de la Provincia, serán remitidas a la Oficina de Crédito Público a sus efectos.ARTICULO 4.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 5000-G/2017.EXPTE Nº 400-7389-06.SAN SALVADOR DE JUJUY, 01 NOV. 2017.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1.- Adhiérase el Gobierno de la Provincia de Jujuy a la celebración del DÍA DEL BANCARIO" prevista para el día 6 de Noviembre de 2017 y, consecuentemente, declarase DIA NO LABORABLE para la actividad bancaria en el territorio de la Provincia de Jujuy.ARTICULO 2.- Invitase a la Instituciones bancarias nacionales y privadas, con asiento en la Provincia de Jujuy a adherirse a lo dispuesto por el artículo precedente.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 5166-S/2017.EXPTE. Nº 700-596/17.SAN SALVADOR DE JUJUY, 13 NOV. 2017.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:

135

ARTÍCULO 1º.- Acéptase, con retroactividad al 09 de Octubre de 2017, la renuncia presentada por el Dr. MARCOS OCTAVIO RIVAS, D.N.I. N
23.984.199, al cargo de Sub-Director Hospital "Pablo Soria" del Ministerio de Salud, agradeciéndole los servicios prestados.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 5197-MS/2017.EXPTE. Nº 412-573/2013.SAN SALVADOR DE JUJUY, 21 NOV. 2017.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Modifíquese el artículo 1 del Decreto N 5333-G-14, el que quedara redactado de la siguiente manera:
"ARTICULO 1: Dispónese, con retroactividad al 05 de Agosto del año 2014 el cese en servicio activo del Cabo de la Policía de la Provincia ISABEL DEL ROSARIO CESPEDES, D.N.I. N
31.137.148, Legajo N 16.263, por encontrarse comprendida en las disposiciones de los artículos 14 inc. k y artículo 22 inc. b de la Ley N 3.759/81 Retiro Obligatorio por Invalidez en acto de servicio.
ARTICULO 2.- Por Policía deja Provincia, notifíquese al funcionario con sujeción al procedimiento marcado por el capitulo III, articulo 50 y ccs de la Ley N 1.886/48.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 5241-S/2017.EXPTE. Nº 714-1723/16.SAN SALVADOR DE JUJUY, 21 NOV. 2017.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Téngase por cumplido el reemplazo efectuado por la Dra.
Adriana Patricia Steren, CUL 27-23984146-0, en el cargo categoría A-30 hrs., agrupamiento profesional, Ley N 4418, en la U. de O.: R2-02-02 Hospital "Pablo Soria", por el período comprendido entre 1 de agosto de 2016 y el 29
de mayo de 2017, de conformidad a lo expresado en el exordio.ARTICULO 2.- La erogación que demanda el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo precedente, se atenderá con las partidas presupuestarias que a continuación se indican:
EJERCICIO 2017
La partida de Gasto en Personal asignada, a la Jurisdicción "R" Ministerio de Salud, Unidad de Organización 2-02-02 Hospital Pablo Soria.EJERCICIOS ANTERIORES Período no Consolidado:
Se imputarán a la Deuda Pública Provincial, partida 3-10-15-01-26: "Para Pago Obligaciones No Comprometidas presupuestariamente en Ejercicios Anteriores" y conforme la disponibilidad de saldo de la misma, las erogaciones emergentes del presente Decreto que correspondan a ejercicios vencidos del período no consolidado. A tales fines la U. de O. respectiva deberá elaborar las planillas de liquidación correspondientes, las que previa revisión por parte de Contaduría de la Provincia, serán remitidas a la Oficina de Crédito Público a sus efectos.ARTICULO 3.- El presente Decreto será refrendado por los Sres. Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 5309-S/2017.EXPTE. Nº 715-1660/16.SAN SALVADOR DE JUJUY, 22 NOV. 2017.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.-Designase al Odontólogo Ernesto Ricardo Romero, CUIL
20-14553799-2, en el cargo categoría A-30 hrs., agrupamiento profesional, Ley Nº 4418, de la U. de O.: R2-02-03 Hospital Materno Infantil Dr. Héctor Quintana, a partir de la fecha del presente Decreto, de conformidad a lo expresado en el exordio.ARTÍCULO 2º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en los artículos precedentes, se atenderá con la partida Presupuestaria que a continuación se indica:
EJERCICIO 2017

Gobierno de JUJUY
Unión, Paz y Trabajo

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 9/2/2018

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Jujuy

PaeseArgentina

Data09/02/2018

Conteggio pagine8

Numero di edizioni1243

Prima edizione10/01/2018

Ultima edizione31/07/2024

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