Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 5/2/2018

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy

Febrero, 05 de 2018.-

Boletín Oficial Nº 15

22 Hospital "La Mendieta", con retroactividad al 1 de junio de 2.016 y mientras dure la licencia sin goce de haberes de su titular, de conformidad a lo expresado en el exordio.ARTÍCULO 2º.-La erogación emergente del presente Decreto se atenderá con la partida prevista en el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos vigente, Ley Nº 6001, que a continuación se indican:
EJERCICIO 2.017:
Con la respectiva de "gasto en personal" asignada a la jurisdicción "R" Ministerio de Salud U. de O.: R2-02-22 Hospital "La Mendieta".EJERCICIOS ANTERIORES Periodo no Consolidados Deuda Pública Provincial partida "3-10-15-01-26. "P/Pago de Obligaciones no comprometidas Presupuestariamente en Ejercicios Anteriores" y conforme la disponibilidad de saldo de la misma, las erogaciones emergentes del Decreto que correspondan a ejercicios vencidos del periodo no consolidado. A tales fines la Unidad de Organización respectiva deberá elaborar las planillas de liquidación correspondientes las que previa revisión por parte de Contaduría de la Provincia serán remitidas a la Oficina de Crédito Público a sus demás efectos.ARTICULO 3.- El presente decreto será refrendado por los Señores Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 4936-S/2017.EXPTE. Nº 719-267/16.SAN SALVADOR DE JUJUY, 24 OCT. 2017.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Asignar al Dr. Sergio Orlando Arriagada, CUIL 20-12690413-5, categoría E j-1, agrupamiento profesional, Ley N 4418, de la U. de O.: R. 2-02-07 Hospital "Dr. Arturo Zabala", el adicional por función jerárquica del 40 %
sobre la categoría de revista, con retroactividad al 18 de abril de 2016, hasta tanto se efectúe el llamado a concurso pertinente, de conformidad a lo expresado en el exordio.ARTICULO 2: La erogación emergente del presente Decreto, se atenderá con las partidas Presupuestarias que a continuación se indican:
EJERCICIO 2017
El Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos, Ley N 6001, prevé en la Jurisdicción R Ministerio de Salud, U. de 0.:2 Secretaria de Coordinación de Atención de la Salud, la partida 1-1-1-1-2-153 "Regularización Adicionales PersonalMinisterio de Salud".EJERCICIOS ANTERIORES Período no Consolidado:
Se imputarán a la Deuda Pública Provincial partida 3-10-15-0126: "Para Pago de Obligaciones No Comprometidas presupuestariamente en Ejercicios Anteriores" y conforme la disponibilidad de saldo de la misma las erogaciones emergentes del presente Decreto que correspondan a ejercicios vencidos del período no consolidado a tales fines la U. de O. respectiva deberá elaborar las planillas de liquidación correspondientes, las que previo a revisión por parte de Contaduría de la Provincia, serán remitidas a la Ofician de Crédito Público a sus efectos.ARTICULO 3.- El presente decreto será refrendado por los Señores Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR

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DECRETO Nº 5009-G/2017.EXPTE. Nº 400-2889-16.SAN SALVADOR DE JUJUY, 01 NOV.2017.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Déjase, a partir del 1 de noviembre de 2017, sin efecto el Decreto N 355-G-16 de fecha 5 de enero de 2016, mediante el cual se designa Presidente del Ente Autárquico Permanente de la Fiesta Nacional de los Estudiantes al señor RUBÉN MARCELO PONCE.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 5118-E/2017.EXPTE. Nº 1053-1480-16.SAN SALVADOR DE JUJUY, 07 NOV.2017.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Autorizase al Ministerio de Educación, a imputar la erogación derivada del Expediente Administrativo N
1053-1480-16, caratulado: "S/ PAGO DE PLANILLA
COMPLEMENTARIA.-", a la partida 3-10-15-01-26, por pago de obligaciones no comprometidas presupuestariamente en ejercicios anteriores previstas en el Presupuestó General de Gastos y Calculo de Recursos, debiendo cumplirse en la autorización, aprobación y ejecución del gasto con las disposiciones vigentes.ARTICULO 2º.- El presente decreto será refrendado por la Sra.
Ministra de Educación y el S. Ministro de Hacienda y Finanzas.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 5123-S/2017.EXPTE. Nº 714-1564/15.SAN SALVADOR DE JUJUY, 08 NOV.2017.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Autorizase al Ministerio de Salud a imputar a la Partida Presupuestaria "3-10-15-01-26 para pago obligaciones no comprometidas presupuestariamente en Ejercicios Anteriores", prevista en la Jurisdicción "L" Deuda Pública del Presupuesto General de Gasto y Cálculos de Recursos, Ejercicios Anteriores 2017, Ley N 6001, informada por la Dirección Provincial de Presupuesto, destinada a afrontar la erogación generada en el Hospital "Pablo Soria", debiendo el organismo respectivo cumplir en la autorización, aprobación y ejecución del gasto con las disposiciones legales vigentes.ARTICULO 2º.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas.C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR
DECRETO Nº 5177-E/2017.EXPTE. Nº 1050-972-17.SAN SALVADOR DE JUJUY, 16 NOV.2017.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Acéptase la renuncia presentada por el Arquitecto ANDRÉS PERKONS, D.N.I. 22.713.224, al cargo
Gobierno de JUJUY
Unión, Paz y Trabajo

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 5/2/2018

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Jujuy

PaeseArgentina

Data05/02/2018

Conteggio pagine8

Numero di edizioni1243

Prima edizione10/01/2018

Ultima edizione31/07/2024

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