Boletin Oficial de la Provincia de Jaén del 10/8/2023

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Jaén

Número 156

Jueves, 10 de agosto de 2023

Pág. 14110

de la gestión económica-financiera y presupuestaria, y la contabilidad, tesorería y recaudación.
Tal y como establece el artículo 14 del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, las Entidades Locales cuya Secretaría esté clasificada en clase 3 podrán agruparse entre sí para el sostenimiento en común de un puesto único de Tesorería, al que corresponderá la responsabilidad administrativa de las funciones propias de tesorería-recaudación en todos los municipios agrupados. Este puesto está reservado a funcionarios con habilitación de carácter nacional, de la subescala de Secretaría-Intervención.
Excepcionalmente, de acuerdo con lo dispuesto en el apartado 3 de la Disposición Transitoria Sexta del mismo Real Decreto 128/2018, con relación al régimen transitorio de las funciones de tesorería, en las Corporaciones Locales cuya Secretaría está clasificada en clase tercera, excepcionalmente, la función de tesorería se desempeñará por el titular del puesto de Secretaría, siempre y cuando no sea posible que dicha función se ejerza mediante agrupación de Tesorería, o por las Diputaciones Provinciales, Entidades equivalentes o Comunidades Autónomas uniprovinciales, a través de sus servicios de asistencia técnica, o a través de acumulación o a través de un puesto de colaboración o bien no sea posible su desempeño por funcionario propio de la Entidad local que ejerciera el puesto a título accidental, pues la función de tesorería se encuentra reservada en cualquier caso a funcionario con habilitación de carácter nacional.
En consecuencia, Resultando.- Que esta Entidad Local Autónoma sólo cuenta con dos funcionarias de carrera en su plantilla, una auxiliar administrativa correspondiente al Grupo de Clasificación C2 y la Secretaria-Interventora, y por tanto no es posible con carácter inmediato nombrar un nuevo Tesorero/a acudiendo a las alternativas prioritarias previstas en la normativa de aplicación a que se ha hecho alusión, y con el fin de no paralizar de manera grave la normal actividad de la Corporación y por tanto, de los servicios públicos, que pueden verse afectados por la no concurrencia de la figura del Tesorero/a, encargado como es sabido entre otras funciones-, de la gestión financiera municipal, al distribuir en el tiempo las disponibilidades dinerarias de la Entidad, para el puntual pago de las obligaciones de la Entidad a sus proveedores.
Resultando.- Que siendo una de las alternativas posibles, hasta en tanto se articule alguno de los procedimientos prioritarios previstos, y de manera transitoria, es posible atribuir al Secretario-Interventor del Ayuntamiento, el desempeño de las funciones de tesorería, se propone a la Junta Vecinal de esta Entidad Local, la adopción del siguiente Acuerdo Primero. Dejar sin efecto el nombramiento de don David Espejo Gallardo, vocal de esta Entidad Local como Tesorero.
Segundo. Declarar la asunción de funciones de Tesorería en el puesto de doña Gemma María Jiménez Pedrajas, titular de la Secretaría-Intervención de esta Corporación, de conformidad con lo dispuesto por la Disposición Transitoria Sexta del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de

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Boletin Oficial de la Provincia de Jaén del 10/8/2023

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Jaén

PaeseSpagna

Data10/08/2023

Conteggio pagine53

Numero di edizioni5648

Prima edizione02/01/2003

Ultima edizione05/07/2024

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