Boletin Oficial de la Provincia de Jaén del 1/10/2021

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Jaén

Número 189

Viernes, 01 de octubre de 2021

Pág. 16237

Segundo. Que tal y como establece el artículo 8 de la mencionada resolución se procedió a publicar el Acta de Evaluación Definitiva en la Web del proyecto www.proempleo7.es otorgándose un plazo de quince días hábiles para que los participantes procedieran a formular la solicitud de ayuda económica por asistencia. El plazo de solicitud se inició el 9
de julio de 2021, finalizando el 29 de julio, resultando un total de 10 solicitudes presentadas todas ellas dentro del plazo establecido al efecto.
Tercero. Que una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes, se procedió al examen de las 10 solicitudes mencionadas, comprobándose que 8 de ellas se habían presentado correctamente, conforme a lo establecido en el artículo 9 del procedimiento de concesión. Se comprueba que constan en el expediente los documentos preceptivos establecidos en el mencionado artículo.
Asimismo se comprobó que 2 solicitudes se habían presentado de manera incompleta o defectuosa, por lo que se requirió a las personas solicitantes para que en el plazo de diez días, a contar desde el día siguiente al de publicación del anuncio de subsanación en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia, subsanaran la falta o acompañaran los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hicieran, se les tendrían por desistidos de su petición. El anuncio de subsanación se publicó en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia nº 148, de fecha 04 de agosto de 2021. El plazo de 10 días concedido para subsanar se inició el día 5 de agosto de 2021 y finalizó el día 19 de agosto de 2021.
Una vez cerrado el plazo de subsanación, resulta que las solicitudes se subsanan de forma correcta.
Cuarto. Revisada y valorada la documentación presentada se emite informe por el Técnico competente de fecha 28 de septiembre de 2021 en cuyo Anexo I constan la relación de personas beneficiarias de las ayudas económicas por asistencia con la cuantificación económica correspondiente al pago total de la ayuda según el baremo establecido en el artículo 13 de la mencionada resolución, así como los días lectivos de asistencia a la acción formativa.
En el Anexo II constan la relación de personas no beneficiarias de la ayuda económica así como la causa de denegación.
Fundamentos de Derecho Primero. La legislación en lo esencial está constituida por las Bases de Ejecución del Presupuesto para el año 2021, la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Subvenciones, la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, así como la normativa del Programa Operativo de Empleo, Educación y Formación Ayudas AP-POEFE,y la normativa en el procedimiento y criterios para la concesión de las ayudas económicas por asistencia.
Segundo. Según lo establecido en el artículo 24.4 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones ha de formularse por el órgano Instructor la propuesta de resolución provisional, debidamente motivada, que se notificará a los beneficiarios para que

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Boletin Oficial de la Provincia de Jaén del 1/10/2021

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Jaén

PaeseSpagna

Data01/10/2021

Conteggio pagine39

Numero di edizioni5669

Prima edizione02/01/2003

Ultima edizione05/08/2024

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