Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 10/5/2023

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

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BOLETIN OFICIAL / Sección Comercial
Paraná, miércoles 10 de mayo de 2023

causante HUGO LEANDRO ZAMORA, D.N.I. Nº 28.190.011., fallecido el 30 de diciembre del año 2022, que fue vecino del Departamento Colón.
La resolución que ordena la publicación del presente en su parte pertinente dispone: Colón, 23 de marzo de 2023. Visto Resuelvo 3.- Declarar abierto el juicio sucesorio de Hugo Leandro Zamora, D.N.I. Nº 28.190.011, fallecido el 30 de diciembre del año 2022, vecino que fue del Departamento Colón estando acreditada prima facie la legitimación y resultando que el Juzgado es competente para entender en el proceso, a mérito de las partidas de defunción acompañadas y lo dispuesto en los arts. 718 y 728 del C.P.C .4.- Publicar edictos por tres veces en el Boletín Oficial, en un periódico de esta ciudad, citando a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante, para que lo acrediten dentro del término de treinta días - Art.2.340 del Código Civil y Comercial..Dra. María José DizJueza--.
Colón, 25 de Abril de 2023 Benitez Juan Carlos, secretario.
F.C. 04-00040450 3 v./12/05/2023

-- -- -El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 1 de la ciudad de Colón, Provincia de Entre Ríos, a cargo de María José Diz, Jueza, Secretaría del Dr. Juan Carlos Benitez, en los autos caratulados Chatelain Raúl José s/ Sucesorio ab intestato Expte. N16205, año 2023, cita y emplaza por el término de treinta 30 días corridos a quienes se consideren con derecho a los bienes dejados al fallecimiento de CHATELAIN RAUL JOSE, D.N.I. Nº 8.416.876, vecino que fuera del Departamento Colón, fallecido en el Ejido, Dpto. Colón, Pcia. de Entre Ríos, el día 20.03.2023.
La resolución que ordena la publicación del presente en su parte pertinente dispone: Colón, 3 de abril de 2023.
Visto: Resuelvo: 2.- el juicio sucesorio de Raúl José Chatelain, D.N.I. N 8.416.876, vecino que fue del Departamento Colón, estando acreditada prima facie la legitimación y resultando que el Juzgado es competente para entender en el proceso, a mérito de la partida de defunción acompañada y lo dispuesto en los arts. 718 y 728
del C.P.C.- 3.- Disponer la publicación de edictos por tres veces en el Boletín Oficial y en un periódico de esta ciudad, citando a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante, para que lo acrediten dentro del término de treinta días -Art. 2.340 del Código Civil y Comercial.- Fdo. María José Diz Jueza-.
Colón, 2 de mayo de 2023 Juan Carlos Benitez, secretario.
F.C. 04-00040456 3 v./12/05/2023

-- -- -El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 1 de Colón, Entre Ríos a cargo de la Dra. María José Diz, Secretaria a cargo del Dr. Juan Carlos Benitez, en los autos Pérez Elida s/ Sucesorio ab intestato, Expte. Nº 16077 cita y emplaza por el término de treinta días a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados al fallecimiento de la causante ELIDA PEREZ, nacida el 07 de octubre del año 1904 en la ciudad de San José E.R., era de nacionalidad argentina, vecina que fue del departamento Colón E.R., M.I. No 4.352.497.- Se domiciliaba en calle 9 de julio 1660 de la ciudad de San José, Entre Ríos y falleció el 06 de mayo de 1997 en la ciudad de Colon, Entre Ríos a los 92 años de edad. Era hija de Juan Manuel o Juan Perez y de Maria Sofia o Maria Creppy o Crepy o Creppi.
La resolución que ordena el presente en su parte pertinente dice: Colón, 5 de abril de 2023.- Vistos: 3.Declarar abierto, el juicio sucesorio de Elida Perez, D.N.I.
N 4.352.497 vecina que fue del Departamento Colón, estando acreditada prima facie la legitimación y resultando que el Juzgado es competente para entender en el proceso, a mérito de la partida de defunción acompañada y lo dispuesto en los arts. 718 y 728 del C.P.C. 4.- Disponer la publicación de edictos por tres veces en el Boletín Oficial, y en un periódico de esta ciudad, citando a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante, para que lo acrediten dentro del término de treinta días -Art. 2.340 del Código Civil y Comercial Fdo.: Dra. María José Diz - Jueza.
Colón, 21 de Abril de 2023 - Juan Carlos Benitez, secretario.
F.C. 04-00040457 3 v./12/05/2023

Riguardo a questa edizione

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 10/5/2023

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaeseArgentina

Data10/05/2023

Conteggio pagine57

Numero di edizioni4803

Prima edizione01/12/2003

Ultima edizione06/08/2024

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