Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 30/11/2021

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

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BOLETIN OFICIAL / Sección Comercial
Paraná, martes 30 de noviembre de 2021

DNI Nº 92.932.401, con domicilio en calle 2 de Abril 1724 de la ciudad de Concordia, para que en el término de diez días comparezca a estos autos a tomar la intervención que legalmente le corresponda, bajo apercibimiento de ley. Dar intervención al Ministerio Fiscal -art. 722 inc. 1º del CPCC-. Tener presente la declaración de que la causante no cuenta con otros descendientes conocidos, conforme lo prescriben los arts. 718 in fine, 728 y 142 del CPCC. Librar oficio al Registro de Juicios Universales, dependiente de la Dirección General del Notariado, Registros y Archivos de la ciudad de Paraná E.R. confr. art. 135 Decreto Ley 6964. Dar intervención a la Administradora Tributaria de Entre Ríos ATER. Hacer saber al presentante, que deberá preservar los originales de la documentación adjunta en formato digital, los que deberán ser acompañados para su control antes de la oportunidad en que se solicite la declaratoria de herederos. A lo demás, oportunamente. Fdo. Julio C.
Marcogiuseppe - Juez Civil y Comercial. La presente se suscribe mediante firma electrónica -Resolución STJER
N 28/20, 12/04/2020, Anexo IV-. Conste.
Concordia, 12 de noviembre de 2021 José María Ferreyra, secretario.F.C. 04-00024366 3 v./30/11/2021

-- -- -El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N 2, sito en calle Mitre N 28 2 Piso, de la ciudad de Concordia, a cargo del Dr. Gabriel Belén, Juez, Secretaría a cargo de la Dra. Gimena Bordoli, secretaria, en autos:
Salvaterra, Miguel Mario s/ Sucesorio ab intestato Expte. N 9419 cita y emplaza por el término de treinta días corridos a todos aquellos que se consideren con derecho a los bienes dejados por el fallecimiento de SALVATERRA, MIGUEL MARIO, D.N.I. N 13.940.112, fallecido el día 21 de noviembre de 2011, vecino que fuera de la ciudad de Concordia.
Para mejor recaudo se transcribe la resolución que así lo ordena: Concordia, 19 de octubre de 2021. VISTO
3.- Decretar la apertura del juicio sucesorio de Miguel Mario Salvaterra, D.N.I. N 13.940.112, vecino que fuera de esta ciudad. 4.- Mandar publicar edictos por tres veces en el Boletín Oficial y en un diario local, en un tamaño mínimo de cuerpo 9, a los efectos de que sea legible en forma óptima, citando por treinta días corridos a quienes se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante, para que así lo acrediten A lo demás, oportunamente. Notifíquese conforme los arts. 1 y 4 del Acuerdo General STJ No 15/18 SNE. Fdo.: Gabriel Belén, Juez.
Concordia, 12 de Noviembre de 2021 Gimena Bordoli, secretaria.
F.C. 04-00024373 3 v./30/11/2021

-- -- -El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 1, de la ciudad de Concordia, Provincia de Entre Ríos, a cargo del Dr. Julio César Marcogiuseppe -Juez Civil y Comercial-, Secretaría Nº 1 a cargo del Dr. José María Ferreyra, en autos caratulados Galarza, Adolfo Pedro Aguilar, Blanca Elena s/ Sucesorio ab intestato, Expediente Nº 13.227, cita por treinta días corridos a los herederos y/o sucesores y/o a quienes se consideren con derecho a los bienes dejados por quien en vida fuera la Sra. AGUILAR, BLANCA ELENA, M.I. N 1.488.309, quien falleciera en esta ciudad en fecha 02 de junio de 2021, con último domicilio en Natura y San Luis, Estación Yeruá, Dpto. Concordia, Provincia de Entre Ríos.
La Resolución Judicial que así lo ordena dice: Concordia, 5 de noviembre de 2021. Visto y Considerando:
Resuelvo: 1.- 2.- 3.- 4.- Decretar la apertura del juicio sucesorio de Blanca Elena Aguilar -M.I. Nº 1.488.309, vecina que fuera de la localidad de Estación Yeruá -Departamento Concordia-. 5.- Mandar publicar edictos por tres 3 veces en el Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos y en un diario local, - tamaño mínimo de fuente:
cuerpo 9, conforme información vertida por los diarios locales a los efectos de que sea legible en forma óptima-, citando por treinta 30 días corridos a los herederos y/o sucesores de los causantes y/o a quienes se consideren con derecho a los bienes dejados por los mismos, bajo apercibimiento de ley - art. 728 inc. 2º CPCC. y art. 2340
C.C.C. Ley 26.994-. 6.- 7.- 8.- 9.- 10.- 11.- Regístrese y notifíquese. Gabriel Belén Juez Civil y Comercial subrogante.
Concordia, 11 de noviembre de 2021 José María Ferreyra, secretario.
F.C. 04-00024388 3 v./30/11/2021

Riguardo a questa edizione

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 30/11/2021

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaeseArgentina

Data30/11/2021

Conteggio pagine53

Numero di edizioni4778

Prima edizione01/12/2003

Ultima edizione01/07/2024

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