Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 13/4/2021

Versione di testo Cosa è?Dateas è un sito indipendente non affiliato a entità governative. La fonte dei documenti PDF che pubblichiamo qui è l'entità governativa indicata in ciascuno di essi. Le versioni in testo sono trascrizioni che realizziamo per facilitare l'accesso e la ricerca di informazioni, ma possono contenere errori o non essere complete.

Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

Paraná, martes 13 de abril de 2021

BOLETIN OFICIAL

rumbo S 57º 30 O, longitud de 28,34 y 3-4 al rumbo N 31º 18 O, longitud de 10,45 m y Mauricio Dorfman y otros en parte y Natalio Cattaneo el resto, mediante línea 4-5 al rumbo S 58º 23 O, longitud de 23,70 m;
Suroeste: Carmen Araujo de Rodríguez, mediante línea 5-6 al rumbo N 31º 09 O, longitud de 40,20 m;
Noroeste: calle 12 de Octubre, mediante línea 6-1 al rumbo N 58º 58 E, longitud de 52,25 m - Partida Inmobiliaria Nº 119.810, para que comparezcan a juicio a tomar la intervención correspondiente, bajo apercibimiento de nombrarse defensor de ausentes, con el que se seguirán los trámites de la causa artículos 329º y 669 incisos 2º y 3º del CPCC.
La resolución que lo ordena dice: Villaguay, 3 de octubre de 2018
Dándose el supuesto de lo prescripto por el artículo 329, párrafo 1º, del CPCC, cítese por edictos a quienes se consideren con derecho sobre el inmueble motivo del juicio -artículo 669 inciso 3º del CPCC, por haberse dado cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 142 del CPCC, los que se publicarán por dos días en el Boletín Oficial y en el diario local El Pueblo, para que comparezcan a tomar intervención dentro del término de quince días, bajo apercibimiento de nombrárseles defensor de ausentes, conforme prescribe la norma precitada
Firmado: doctor Alfredo A. Eguiazú - Juez Civil y Comercial Nº 2".
Villaguay, 23 de marzo de 2021 - Carla Gottfried, secretaria.
F.C. 04-00016047 2 v./14/04/2021

NOTIFICACIONES
PARANA
El señor Juez de Primera Instancia Civil y Comercial Nº 1 de la ciudad de Paraná, doctor Juan Carlos Coglionesse, Secretaría a cargo de quien suscribe, en los autos caratulados: Lacoste, Rubén E. s/ Superior Gobierno de la Provincia de Entre Ríos y otros s/
Ordinario, Expediente Nº 17.701. Le hace saber a Lapera, Jerónimo Eduardo, DNI Nº 30.322.421, que en los autos de referencia se le ha declarado su rebeldía, dándoseles por decaído el derecho dejado de usar, artículo 342 del CPCyC. Los edictos se publicarán por dos veces en un medio periodístico de esta ciudad, a elección de parte y en el Boletín Oficial.
Paraná, 8 de febrero de 2021 - Lucila del H. Cerini, secretaria.
F.C. 04-00016060 2 v./14/04/2021

CAMBIO DE NOMBRE
R. DEL TALA
Larrosa, Aixa Micaela s/ Cambio de nombre Expediente 3.346 Supresión de apellido paterno, rectificación de partida.
El doctor Paulo H. Tamaño, Juez del Juzgado de Familia y Penal de Niños y Adolescentes de la ciudad de Rosario del Taha, Secretaría la doctora María Florencia Navarro, en autos caratulados Larrosa Aixa Micaela s/ Cambio de nombre, Expediente Nº 3.346, supresión de apellido paterno, rectificación de partida y Expediente Nº 3.346.
Ha ordenado la publicación de edictos en un boletín oficial, una vez por mes en el lapso de dos meses, artículo 17, Ley 18.248, con el fin de hacer saber que en los autos del rubro, la señorita Aixa Micaela Larrosa, DNI 24.834.695 ha solicitado cambio de apellido mediante la supresión del paterno Larrosa, pidiendo se consigne en la respectiva partida como su nombre y apellido el de Aixa Micaela Vanega.
Podrá formularse reposiciones dentro de los 15 quince días hábiles contados desde la publicación. Doctor Paulo H. Tamaño, Juzgado de Familia y Penal de Niños y Adolescentes.
Rosario del Tala, 17 de febrero de 2021 - M. Florencia Navarro, secretaria.
F.C. 04-00016044 1 v./13/04/2021

SENTENCIAS
GUALEGUAY
Hago saber que en el marco del Legajo de I.P.P. Nº 30182/21, caratulado Córdoba Felix Nicolás s/ Encubrimiento y acumulado 30450, se ha dispuesto librar el presente a fin de poner en conocimiento que con relación al incurso Córdoba, Felix Nicolás, DNI N

21

41.907.373 se ha dispuesto lo siguiente: Acta de Audiencia y Sentencia de Juicio Abreviado.
En la ciudad de Gualeguay, Provincia de Entre Ríos, a los 26 días del mes de Febrero de 2021, siendo las 10:05 hs. constituído en la Sala de Audiencias de la Oficina de Gestión de Audiencias de esta ciudad el Señor Magistrado Esteban Sebastián Elal, a los fines de la celebración de la audiencia de juicio abreviado contemplada en el Art. 391 del C.P.P.E.R., en el marco de los legajos I.P.P. Nº 30450, caratulado: Córdoba Felix Nicolás s/ Robo y Nº 30182
caratulado: Córdoba Felix Nicolás s/ Encubrimiento Con lo que el Sr. Juez de Garantías Nº 2 de la Jurisdicción de Gualeguay, resolvió; SENTENCIA: 1º Homologar el Acuerdo de Juicio Abreviado presentado por las partes y considerarlo parte integrante de la presente.2º Declarar a FELIX NICOLAS CORDOBA, ya filiado en autos, autor penalmente responsable de los hechos ocurridos en las circunstancias de tiempo, modo y lugar que le fueran imputados -con las salvedades realizadas-, los que son calificados como Robo Simple -IPP 30450- Art. 164 del C.P. y Encubrimiento por Receptación Dolosa -IPP 30182- Art. 277 Inc.1º apartado c del C.P. en concurso real entre sí Art. 55 C.P. y en consecuencia condenar al mismo, a la pena de un año de prisión de cumplimiento efectivo, declarándolo primer reincidente -Art. 50 del C.P.-, disponiendo su inmediato traslado a la Unidad Penal Nº 7 de esta ciudad en orden inicio del cumplimiento de su pena.3º Imponer las costas al condenado en su totalidad -Arts. 547 y 548 del C.P.P.-, sin perjuicio de la eximición de su efectivo pago dada su notoria insolvencia, a excepción de los honorarios de letrados particulares los cuales son a exclusivo cargo del imputado.4º Tengase por renunciando los plazos para recurrir la presente sentencia y dese cumplimiento al Art. 11 bis de la ley 24660.-
Gualeguay, 10 de marzo de 2021 Ana Paula Elal, Secretaria de Garantías y Transición.
S.C-00015089 3 v./13/04/2021
Hago saber, que en el Incidente de Juicio Abreviado Nº 174-I, perteneciente al Legajo Nº 302/20 caratulado Zaupa Norberto Jesús s/ Abuso Sexual con Acceso Carnal, que tramita ante este Tribunal de Juicio y Apelaciones de Gualeguay, Provincia de Entre Ríos, se ha dispuesto librar el presente a fin de poner en su conocimiento la sentencia recaída en autos, en relación al condenado Norberto Jesús Zaupa, alias Valija, Documento Nacional Identidad 30.301.072, nacido el 16/11/1983, en la ciudad de General Ramírez, Depto. Diamante, de 37 años de edad, de profesión albañil, domiciliado en Rene Favaloro, Barrio IAPV, Casa N 7, Hijo de Norberto Pascual Zaupa y de Mónica Graciela Chaparro, que sabe leer y escribir, que siempre ha residido en la ciudad de Nogoyá, sin antecedentes penales computables.
A continuación se transcribe la parte pertinente de dicha sentencia, que dice: En la ciudad de Gualeguay, Provincia de Entre Ríos, República Argentina, a los diecinueve días del mes de febrero del año dos mil veintiuno Se Resuelve: 1 Homologar el acuerdo de juicio abreviado presentado por las partes y, en consecuencia, declarar que NORBERTO JESUS ZAUPA, de los demás datos personales consignados en autos, es autor material y penalmente responsable de los delitos de Abuso Sexual con Acceso Carnal Agravado por su condición de guardador de la víctima y por haber sido cometido contra una menor de dieciocho años de edad aprovechando la situación de convivencia preexistente, cometido en forma reiterada y, en consecuencia, condenarlo a la pena de nueve años de prisión de cumplimiento efectivo y accesorias legales, sanción que deberá ser cumplida por el imputado en la Unidad Penal Nro. 5 de la ciudad de Victoria o donde oportunamente se determine, siendo puesto oportunamente a disposición del Juzgado de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de la ciudad de Paraná; sanción que deberá comenzar a cumplir a partir del día 1
de marzo de 2021, atento la renuncia de los plazos procesales para recurrir que han acordado las partes, no haciendo lugar, por los motivos ya expuestos, al cumplimiento de dicha pena bajo la modalidad de prisión domiciliaria, disponiéndose en consecuencia el inmediato traslado del condenado Zaupa a la Unidad Penal Nro. 5
artículos 5, 9, 12, 40, 41, 45, 55 y 119 tercer párrafo y cuarto párrafo incisos b y f del Código Penal y artículos 10 inciso a del Código Penal y artículo 32 inciso a de la Ley 24.660, ambos artículos a contrario sensu.

Riguardo a questa edizione

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 13/4/2021

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaeseArgentina

Data13/04/2021

Conteggio pagine34

Numero di edizioni4796

Prima edizione01/12/2003

Ultima edizione26/07/2024

Scarica questa edizione

Altre edizioni

<<<Abril 2021>>>
DLMMJVS
123
45678910
11121314151617
18192021222324
252627282930