Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 19/9/2019

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

Paraná, jueves 19 de setiembre de 2019

BOLETIN OFICIAL

deros, acreedores y a toda persona que se considere con derecho a los bienes dejados por LORENZO GERARDO ERHARDT, DNI N
10.572.849, fallecido el día 15 de abril de 2019 en General Ramírez ER, vecino que fuera Gral. Ramírez, Entre Ríos, a fin de que comparezcan a hacer valer sus derechos. Publquese por tres días.
Diamante, 21 de agosto de 2019 Manuel A. Ré, secretario.
F.C. 04-00004614 3 v./20/09/2019
El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la ciudad de Diamante, a cargo del Dr. Mariano Andres Ludueño, Secretaría de Dr. Manuel A. Ré, en los autos caratulados Mana Vicente José s/
Sucesorio ab intestato, Expte. N 14054, año 2019, cita y emplaza por treinta días a herederos, acreedores y a toda persona que se considere con derecho a los bienes dejados por el causante, Sr.
VICENTE JOSE MANA, DNI Nº 5.893.997, fallecido el 21 de agosto de 2019, en Libertador San Martín, Dpto. Diamante y vecino que fue de Distrito Doll, Dpto. Diamante. Publíquese por tres veces.
Diamante, 5 de septiembre de 2019 Leornardo D.J. Robledo, secretario subr.
F.C. 04-00004684 3 v./23/09/2019
El Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la ciudad de Diamante, Dr. Mariano Andres Ludueño, Secretaría a cargo de quien suscribe, en los autos caratulados Schnhals Nilda Juana s/ Sucesorio ab intestato, Expte. Nº 14043/ año 2019 - cita y emplaza por treinta 30 días a herederos, acreedores y a toda persona que se considere con derecho a los bienes dejados por la Sra. NILDA JUANA SCHNHALS, DNI N 3.806.817, que falleciere en fecha 4 de mayo de 2019 en la ciudad de Gral. Ramírez, Dpto.
Diamante, argentina y domiciliada en Arenales N 67 de la ciudad de Gral. Ramírez, Dpto. Diamante, a fin que comparezcan a hacer valer sus derechos. Publíquese por tres días.
Diamante, 30 de agosto de 2019 Manuel A. Ré, secretario.
F.C. 04-00004685 3 v./23/09/2019
El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la ciudad de Diamante, a cargo del Dr. Mariano Andres Ludueño, Secretaría del Dr. Manuel A. Ré, en los autos caratulados Maiocco, Luis María s/ Sucesorio ab intestato, Expte. N14039, cita y emplaza por treinta días a herederos, acreedores y a toda persona que se considere con derecho a los bienes dejados por el causante Sr. LUIS MARIA
MAIOCCO, DNI N 10.748.147, fallecido el 3 de agosto del 2019 en Rosario, Pcia. de Santa Fé y vecino que fue de calle Sarmiento y Balbi de la ciudad de Victoria, Dpto. Victoria. Publíquese por tres veces.
Diamante, 10 de septiembre de 2019 Leornardo D. J. Robledo, secretario subr.

FEDERACION
El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N 1 de la ciudad de Chajarí ER, a cargo del Dr. José Manuel Lena Juez, Secretaría a cargo del Dr. Facundo Munggi, en los autos caratulados:
Cechetto, Abelardo Cirilo s/ Sucesorio ab intestato, Expte. Nº 13830/19, cita y emplaza por el término de treinta días bajo apercibimientos de ley, a quienes se consideren con derecho a los bienes dejados por ABELARDO CIRILO CECHETTO, DNI Nº 11.242.921, fallecido el día 16 de marzo de 2016, en Chajarí, vecino, que fuera de la ciudad de Villa del Rosario.
La resolución que ordena librar el presente en su parte pertinente indica: Chajarí, 5 de septiembre de 2019.- Por presentado el Dr.
Carlos Adrián Arruda, en nombre y representación de María Rosa Cechetto, Ismael Antonio Cechetto, Reynaldo Luis Cechetto, Néstor Ángel Cechetto, Carlos José Cechetto, Angela Matilde Cechetto, Joanna María Cechetto y Maria del Rosario Cechetto, con domicilio procesal constituido y real de sus mandantes denunciados, personería acreditada a mérito del Poder Especial agregado, por parte y documentación de su referencia acompañada. Al estar prima facie;
acreditada la legitimación y resultar que el Juzgado es competente, a mérito de la partida de defunción acompañada, declaro abierto el proceso sucesorio, ab-intestato; de Abelardo Cirilo Cechetto, vecino que fuera de Villa del Rosario, Departamento Federación ER.Publíquense edictos por tres días en el Boletín Oficial y diario El Heraldo, de la ciudad de Concordia, citando a todos los que se consideren con derecho a los bienes quedados al fallecimiento de la causante, para que en el plazo de treinta días así lo acrediten.- Fdo.:
Dr. José Manuel Lena.
Chajarí, 5 de septiembre de 2019 Facundo Munggi, secretario.
F.C. 04-00004592 3 v./19/09/2019
El señor Juez del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y
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Comercial N 2 de la ciudad de Chajarí ER, Dr. Mariano Luis Velasco, Secretaría única a cargo de quien suscribe, en los autos caratulados: Aguirre Lázaro s/ Sucesorio testamentario; Expte. Nº 5179/19, cita y emplaza por el término de treinta 30 días a herederos y acreedores de LÁZARO AGUIRRE, MI Nº 4.358.050, con último domicilio en calle Fragata Libertad Nº 183 de la ciudad de San Jaime, Departamento Federación ER, fallecido en la ciudad de Concordia, departamento homónimo ER en fecha 28 de julio de 2014.Las resoluciones que así lo disponen en sus partes pertinentes dicen: Chajarí, 9 de agosto de 2019. Por el mérito que ofrece el testimonio de defunción glosado a fs. 4 y resultar que este Juzgado es competente para entender en el presente juicio, de conformidad con lo solicitado en el escrito de inicio y lo dictaminado precedentemente por la Señora Fiscal Auxiliar suplente, Dra. Dalia Verdura Pons, declaro extrínsecamente válido el testamento otorgado por el causante mediante la Escritura Pública obrante a fs. 5/5 vta. y abierto el proceso sucesorio testamentario del Señor Lázaro Aguirre, vecino que fuera de esta ciudad de Chajarí, Departamento Federación, Provincia de Entre Ríos Arts. 2479 y 2484 y concs. del Código Civil y Comercial; 736, 737 y correlativos del Código Procesal Civil.- Notifíquese personalmente a la heredera instituida Art.
736 citado.-Publíquense edictos por tres días en el Boletín Oficial, y en el diario El Heraldo; de la ciudad de Concordia E.R., citando a todos los que se consideren con derecho a los bienes quedados al fallecimiento del causante, para que en el plazo de treinta días así lo acrediten.- - Fdo.: Mariano Luis Velasco, Juez Civil y Comercial N 2.
Y Chajarí, 4 de septiembre de 2019. Habiéndose consignado erróneamente en la resolución del 9 de agosto de 2019 fs. 14 que el causante Lázaro Aguirre era vecino de esta ciudad de Chajarí, Departamento Federación, Provincia de Entre Ríos, aclárese dicho decisorio, el que deberá decirse vecino que fuera de la localidad de San Jaime, Departamento Federación, Provincia de Entre Ríos;, debiendo estarse a lo demás dispuesto en el mencionado resolutorio Fdo.: Mariano Luis Velasco, Juez Civil y Comercial N 2.
Chajarí, 6 de setiembre de 2019 Verónica P. Ramos, secretaria.
F.C. 04-00004616 3 v./20/09/2019
El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N 1 de la ciudad de Chajarí ER, a cargo del Dr. José Manuel Lena Juez, Secretaría a cargo del Dr. Facundo Munggi, en los autos caratulados Adamek Pablo Osvaldo s/ Sucesorio ab intestato, Expte. N
13818/19, cita y emplaza por el término de treinta días bajo apercibimientos de ley, a quienes se consideren con derecho a los bienes dejados por PABLO OSVALDO ADAMEK, D.N.I. N 10.394.291, fallecido el día 2 de mayo de 2019, en Concepción del Uruguay ER, vecino que fuera de la ciudad de Chajarí E.R..La resolución que ordena librar el presente en su parte pertinente indica.: Chajarí, 20 de agosto de 2019.- Por presentado el Dr. José Antonio Pezzarini; en nombre y representación de Carlos Alberto Adamek, Sergio Omar Adamek y Roberto Ariel Adamek, con domicilio procesal constituido y real denunciado, personería acreditada en mérito de los poderes especiales agregados, por parte y documentación de su referencia acompañada.- Al estar "prima facie", acreditada la legitimación y resultar que el Juzgado es competente, a mérito de la partida de defunción acompañada, declaro abierto el proceso sucesorio ab intestato de Pablo Osvaldo Adamek, vecino que fuera de la ciudad de Chajarí, Departamento Federación ER.Publíquense edictos por tres días en el Boletín Oficial y diario El Heraldo; de la ciudad de Concordia ER citando a todos los que se consideren con derecho a los bienes quedados al fallecimiento del causante, para que en el plazo de treinta días así lo acrediten.-
Fdo. Dr. Mariano Luis Velasco, Juez subrogante.
Chajarí, 20 de agosto de 2019 Facundo Munggi, secretario.
F.C. 04-00004617 3 v./20/09/2019
El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N 1 de la ciudad de Chajarí ER, a cargo del Dr. José Manuel Lena Juez, Secretaría a cargo del Dr. Facundo Munggi, en los autos caratulados Candarle Ignacio Ramón s/ Sucesorio ab intestato, Expte. N
13798/19, cita y emplaza por el término de treinta días bajo apercibimientos de ley, a quienes se consideren con derecho a los bienes dejados por IGNACIO RAMÓN CANDARLE, DNI N 5.073.669, fallecido el día 20 de junio de 2018, en Villa del Rosario, vecino que fuera de la ciudad de Villa del Rosario.-

Riguardo a questa edizione

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 19/9/2019

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaeseArgentina

Data19/09/2019

Conteggio pagine26

Numero di edizioni4795

Prima edizione01/12/2003

Ultima edizione25/07/2024

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