Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 2/8/2019

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

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BOLETIN OFICIAL

II Comerciales: compra, venta, fraccionamiento, envasado, comercialización, importación, exportación, logística, distribución, al por mayor y/o menor, de los productos enumerados en la actividad industrial, de materiales para la construcción, sus accesorios, sanitarios, puertas, portones, alambres, todos los productos y subproductos que hacen al objeto, artículos de ferretería, burlonerías, herramientas y materiales en general, maquinarias, herramientas y accesorios agrícolas, industriales y de uso doméstico, así como la explotación de patentes de invención y representación de marcas nacionales y/o extranjeras;
III Servicios: provisión de servicios de mantenimiento y reparación de maquinarias, accesorios y herramientas en general; prestación de servicios de transporte de cargas por vía terrestre, estibajes en general, la carga y descarga en zonas portuarias, aeropuertos, estaciones fluviales, marítimas o terrestres, ferrocarriles y todos los servicios conexos tales como fraccionamiento de mercaderías, embalaje, depósito, almacenamiento, manipulación, distribución, envasamiento, consolidación y desconsolidación o cualquier otro relacionado con las mercaderías o bultos a transportar así como todos los servicios inherentes al desarrollo y ejecución de las tareas de logística aplicadas al transporte. Para su cumplimiento, la sociedad tiene plena capacidad para adquirir derechos, contraer obligaciones y realizar todo tipo de actos, contratos y operaciones que no sean prohibidos por las leyes o este contrato, y que se vinculen con su objeto social.6. Plazo de Duración: Su duración será de noventa y nueve 99
años, contados a partir de la inscripción en el Registro Público de Comercio.7. Capital Social: El capital social se fija en la suma de pesos un millón doscientos mil $ 1.200.000,00, dividido en ciento veinte 120
cuotas sociales de pesos diez mil $ 10.000,00 valor nominal cada una.8. Órgano de administración: La dirección, administración y representación se encontrara a cargo de uno o más gerentes, socios o no, designados por los socios, quienes serán elegidos por el término de duración que se establezca en el acta de designación, pudiendo ser reelegidos indefinidamente, y cuya actuación se adecuara a lo que los socios estipulan al momento de su designación.
En el uso de la firma social, los gerentes tendrán las más amplias atribuciones para actos que tiendan al cumplimiento del objeto social.
Los gerentes podrán:
a Operar con toda clase de bancos y/o cualquier otra clase de entidad crediticia o financiera de cualquier índole;
b Otorgar poderes a favor de cualquiera de los socios o terceras personas para representarla en todos los asuntos judiciales y/o administrativos de cualquier fuero o jurisdicción que ellas fueren;
c Tomar dinero en préstamo garantizado o no con derechos reales, aceptar prendas o constituirlas y cancelarlas, adquirir o ceder créditos, comprar y vender mercaderías y productos, derechos y acciones, permutar, dar y recibir en pago, cobrar y recibir, efectuar pagos transaccionales y celebrar contratos de locación y rescindirlos y otros contratos de cualquier naturaleza;
d Realizar todos los actos previstos en el Art. 375 del Código Civil y Comercial de la Nación y Art. 9 del Decreto Ley 5965/63, haciéndose constar que la presente reseña es meramente enunciativa no limitativa.
La Sociedad podrá ser representada por cualquiera de los gerentes en forma personal ante las reparticiones nacionales, provinciales o municipales, incluso A.F.I.P., Registro de Créditos Prendarios, Ministerios, Secretarias del Estado, Tribunales, o ante cualquier repartición. Bajo ningún concepto los gerentes podrán comprometer a la sociedad en negocios ajenos a los fines sociales, utilizar la firma social para actos a título gratuito, comprometer a la Sociedad para negocios o fianzas personales o de terceros ajenos a la Sociedad.
En Reunión de Socios, con el voto favorable de las tres cuartas partes del capital social podrán restringir o ampliar las facultades otorgadas por el presente contrato a los gerentes, como así también establecer el uso de la firma social cuando la administración sea plural.9. Fecha de cierre del Ejercicio: 30 de septiembre de cada año.Registro Público, DIPJ, Paraná, 16 de julio de 2019 José María Raiteri, abogado inspector DIPJER.
F.C. 04-00003342 1 v./2.8.19

Paraná, viernes 2 de agosto de 2019

SUMARIO
929, 708,
051, 063, 075, 091, 103, 115, 127,
DECRETOS
Ministerio de Gobierno y Justicia Año 2019
930, 931, 936, 942, 943, 944, 945, 946, 947, 948
Ministerio de Cultura y Comunicación 709, 710, 711, RESOLUCIONES
Unidad Ejecutora Provincial Año 2016
052, 053, 054, 055, 056, 057, 058, 059, 060, 061, 064, 065, 066, 067, 068, 069, 070, 071, 072, 073, 076, 077, 078, 079, 080, 081, 082, 083, 084, 085, 092, 093, 094, 095, 096, 097, 098, 099, 100, 101, 104, 105, 106, 107, 108, 109, 110, 111, 112, 113, 116, 117, 118, 119, 120, 121, 122, 123, 124, 125, 128, 129, 130, 131, 132
Dirección de Agricultura y Apcultura Año 2019

062, 074, 086, 102, 114, 126,
1000
Las publicaciones de edictos, se recibirán hasta las 8.30 hs., del día anterior al de publicación, sin excepción
BOLETIN OFICIAL
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Riguardo a questa edizione

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 2/8/2019

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaeseArgentina

Data02/08/2019

Conteggio pagine28

Numero di edizioni4798

Prima edizione01/12/2003

Ultima edizione30/07/2024

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