Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 6/6/2019

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

Paraná, jueves 6 de junio de 2019

RESOLUCION Nº 285 ATER

BOLETIN OFICIAL

SECCION JUDICIAL

APLICANDO BONO DE CREDITO
Paraná, 31 de mayo de 2019

VISTO:
La presentación efectuada por el Señor Arturo Miguel Hergert, en carácter debidamente acreditado de Socio Gerente de la firma La Piara SRL, CUIT N 30-70928892-6, de la localidad de General Ramírez, y CONSIDERANDO:
Que en el marco de las disposiciones establecidas por Resolución N 152/18 MEHF, rectificada por Resolución N 179/18 MEHF, se otorga a la firma del visto, un Bono de Crédito Fiscal de carácter intransferible por la suma de pesos setecientos sesenta y dos mil cuatrocientos treinta y siete con cincuenta y tres centavos $
762.437,53, por aplicación del Régimen Específico y Transitorio de Entre Ríos establecido por la Ley N 10591 y reglamentada por la Resolución N 76/18 MEHF; y Que el contribuyente, solicita la aplicación del Bono de Crédito Fiscal en el marco del Art. 4 de la Resolución N 152/18 MEHF, rectificada por Resolución N 179/18 MEHF, a los efectos de cancelar deuda en concepto de Impuesto sobre los Ingresos Brutos correspondiente a los periodos 11/2018 de pesos setenta y seis mil ciento dieciséis con setenta y ocho centavos $ 76.116,78 y 12/2018 de pesos ciento veinticuatro mil trescientos trece con cinco centavos $
124.313,05, resultando un remanente a favor de la contribuyente de pesos quinientos sesenta y dos mil siete con setenta centavos $
562.007,70 disponible para la cancelación de futuras obligaciones tributarias; y Que el Área Informes Generales y Coparticipación a Municipios dependiente de la Contaduría General de la Provincia informa que el total del beneficio de pesos setecientos sesenta y dos mil cuatrocientos treinta y siete con cincuenta y tres centavos $ 762.437,53, otorgado a la firma La Piara SRL, se imputará a la Orden de Pago N
0-2018-047692 emitida por el citado Organismo; y Que la Contaduría General de la Provincia, ha emitido el informe de competencia; y Que ha tomado intervención el Departamento Legislación, manifestando que no existen objeciones legales que formular al dictado de la presente, opinión compartida por la Dirección de Asuntos Jurídicos;
Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas al Director Ejecutivo por la Ley Nº 10091 y en el marco de las disposiciones de las Resoluciones N 76/18 MEHF, N 152/18 MEHF y rectificativa N 179/18 MEHF; y Por ello;
El Director Ejecutivo de la Administradora Tributaria de Entre Ríos R E S U E L V E :
Art. 1º: Aplíquese el Bono de Crédito Fiscal dispuesto en el Art. 1
de la Resolución N 152/18 MEHF rectificada por Resolución N
179/18 MEHF hasta la concurrencia de los créditos, solicitada por el Señor Arturo Miguel Hergert, en carácter debidamente acreditado de Socio Gerente de la firma la piara SRL, CUIT N30-70928892-6, para la cancelación del Impuesto sobre los Ingresos Brutos correspondiente a los periodos 11/2018 de pesos setenta y seis mil ciento dieciséis con setenta y ocho centavos $ 76.116,78 y 12/2018 de pesos ciento veinticuatro mil trescientos trece con cinco centavos $ 124.313,05.
Art. 2º: Impútese el egreso de pesos doscientos mil cuatrocientos veintinueve con ochenta y tres centavos $ 200.429,83 a la Orden de Pago N 0-2018-047692 emitida por la Contaduría General de la Provincia y su posterior ingreso al Rubro Tributario Ingresos Brutos Rentas Generales Presupuesto Corriente: 996-1-96-00-0000-110001-11-3-06-001-000, resultando un saldo de pesos quinientos sesenta y dos mil siete con setenta centavos $ 562.007,70, disponible para la cancelación de impuestos provinciales.
Art. 3º: Comuníquese a la Tesorería General de la Provincia, para que tome conocimiento de lo dispuesto en la presente Resolución.
Art. 4º: Dispónese que una vez que la Tesorería General de la Provincia informe sobre la imputación al rubro tributario afectado, el Departamento Fiscalización Ingresos y Valores de esta Administradora Tributaria ingresará el crédito tributario a la recaudación, formalizando la aplicación autorizada en el Art. 1º de la presente resolución.
Art. 5º.- Derívense las actuaciones a la Dirección de Impuestos de esta Administradora Tributaria a efectos de efectivizar la aplicación del Bono de Crédito Fiscal de acuerdo a lo establecido en el Art. 1
de la presente.
Art. 6º.- Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.
Sergio Daniel Granetto, Director Ejecutivo Administradora Tributaria de la Provincia de Entre Ríos
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SUCESORIOS
ANTERIORES

PARANA
La Sra. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N 6 de la ciudad de Paraná, Dra. Silvina Andrea Rufanacht, Secretaría N 6 de la Dra. Silvina M. Lanzi, en los autos caratulados Santagati Nuncio Carmelo s/ Sucesorio ab intestato Expte. N 16714, cita y emplaza por el término de treinta 30 días a herederos y acreedores de NUNCIO CARMELO SANTAGATI, M.I.
5.912.706, vecino que fuera del Departamento Paraná, fallecido en Paraná, en fecha 08.06.2012.- Publíquese por tres días.
Paraná, 11 de marzo de 2019 Silvina M. Lanzi, secretaria.
F.C. 04-00001965 3 v./7.6.19
El Sr. Juez Juan Carlos Coglionesse a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N 1 de la ciudad de Paraná, Secretaría N1 de quien suscribe, en los autos caratulados Metz Anibal Francisco; Schoenfeld María del Carmen s/ Sucesorio ab intestato Exp. N 18057, cita y emplaza por el término de treinta 30 días a herederos y acreedores de ANIBAL FRANCISCO METZ, M.I.: 5.893.424, vecino que fuera del Departamento Paraná, fallecido en Paraná, en fecha 26 de agosto de 2008; y de MARIA DEL
CARMEN SCHOENFELD, M.I.: 2.620.730, vecina que fuera del Departamento Paraná, fallecida en Paraná, en fecha 24 de enero de 2017. Publíquese por tres días.
Paraná, 30 de mayo de 2019 Lucila del Huerto Cerini, secretaria.
F.C. 04-00001966 3 v./7.6.19
La Sra. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N 6 de la ciudad de Paraná, Dra. Silvina Andrea Rufanacht, Secretaría N 6 de la Dra. Silvina M. Lanzi, en los autos caratulados Torresin Raúl Alberto s/ Sucesorio ab intestato Expte.
N 16444, cita y emplaza por el término de treinta 30 días a herederos y acreedores de RAUL ALBERTO TORRESIN, M.I. N
11.838.846, vecino que fuera de la localidad de Crespo, Departamento Paraná, fallecido en Crespo, en fecha 25 de octubre de 2018.
Publíquese por tres días.
Paraná, 4 de junio de 2019 Silvina M. Lanzi, secretaria.
F.C. 04-00001973 3 v./7.6.19

CONCORDIA
El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 4, a cargo del Dr. Alejandro Daniel Rodríguez, Juez interino, Secretaría N 2, a cargo de la Dra. Ana María Noguera, sito en calle Mitre Nº 26, 2do. piso cita y emplaza por diez días, a todos aquellos que se consideren con derecho a los bienes quedados por el fallecimiento de doña NOIR MIRTA SUSANA, DNI 14.021.482, producido en Concordia Entre Ríos, el día 24 de octubre de 2018, para que dentro del término de treinta días comparezcan y lo acrediten, en los autos:
Noir, Mirta Susana s/ Sucesorio ab intestato Expte. Nº 9845, bajo apercibimiento de ley.
La resolución que lo ordena en su parte pertinente dice: Concordia, 26 de noviembre de 2018. 1.- Tener por presentados los Sres.
Hugo Eduardo Falcon Cabral por derecho propio y en representación de su hija Luana Naracha Antonella Falcon Noir y Ismael Sebastián Demián Falcon Noir, por derecho propio y con patrocinio letrado de la Dra. Adriana Bacigaluppe, con domicilio constituido y real denunciado, documentación acompañada cuya agregación se ordena, dándoseles en autos la intervención legal correspondiente y por parte.- 2.- Estando acreditada prima facie la legitimación y resultando que el Juzgado es competente para entender en el proceso, a mérito de la partida de defunción acompañada y lo dispuesto en los Arts. 718 y 728 del C.P.C., declárese abierto el juicio sucesorio de Mirta Susana Noir, D.N.I. Nº 14.021.482 fallecida en fecha 24/10/2018 vecino que fue de la ciudad de Concordia, E.R.
3.- Mandar publicar edictos por tres veces en el Boletín Oficial y en un Diario de esta ciudad, citando a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante, para que lo acrediten dentro del término de treinta 30 días conf. Art. 2340 del Cód. Civil y Comercial de la Nación, aprobado mediante Ley Nº 26.994, vigente a partir del 1/08/2015 y Art. 728 del CPCyC. Hacer saber que los edictos deberán contener todos los datos necesarios para quienes son citados tomen conocimiento cabal del motivo de su citación.

Riguardo a questa edizione

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 6/6/2019

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaeseArgentina

Data06/06/2019

Conteggio pagine26

Numero di edizioni4784

Prima edizione01/12/2003

Ultima edizione10/07/2024

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