Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 4/10/2018

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

Paraná, jueves 4 de octubre de 2018
vos diferentes y que la interposición de uno de ellos no está supeditada o condicionada a la interposición del otro; y Que sin embargo, esa diferente regulación normativa no desvirtúa el hecho de que ambos remedios representan el cuestionamiento en sede administrativa de del Máximo Tribunal Local y eventualmente representa una eficaz defensa del Estado en juicio;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1.- Recházase el recurso previsto en los términos del artículo 99 de la Ley 5.654/75
contra la Resolución D.P. N 2436/16, interpuesto por el Oficial Principal de la Policía de Entre Rios, Luis Damián Masset, MI N
23.207.660, L.P. N 23.410, conforme los motivos expuestos en los considerandos precedentes.Art. 2º: El presente decreto será refrendado por la señora Ministra Secretaria de Estado de Gobierno y Justicia.
Art. 3º: Comuníquese, publíquese. Com copia del presente pasen las actuaciones a JEfatura de Policia de la Provincia y oportunamente archívese.
GUSTAVO E. BORDET
Rosario M. Romero
DECRETO Nº 562 MGJ
RECHAZANDO RECURSO
Paraná, 26 de marzo de 2018
VISTO:
El recurso previsto en los términos del articulo 99 de la Ley 5.654/75 contra la Resolución D.P. N 2436/16 que dispone el Orden de Mérito para el ascenso al grado inmediato superior del Personal Policial, y el recurso de apelación jerárquica contra el Decreto N 4203/16
MGJ, interpuestos por el Comisario Principal de la Policia de Entre Rios, Sr. Alejandro José Fernandez, L.P. 22.305, MI N 22.712.807: y CONSIDERANDO:
Que a fs. 35 se expide en relación al recurso contra lo orden de mérito interpuesto por el funcionario policial Fernandez, mediante Dictamen N 015/17 la Division Asesoria Letrada de la Policia de Entre Rios, quien efectúa el análisis formal del recurso interpuesto contra la Resolución D.P. N 2436/16, advirtiendo que fue presentado en techo 30 de diciembre de 2016, por lo que habiendo sido notificado el acto atacado en fecho 29 de diciembre de 2016, se concluye que dicho recurso resulto interpuesto en tiempo y forma de acuerdo o lo prev is to po r el articulo 99 de lo Ley N
5.654/75; y Que asimismo obran intervenciones a fs. 39
y a fs. 149 de la Direccion de Asuntos Juridicos del Ministerio de Gobierno y Justicia; y Que en relación al recurso de apelación jerárquica interpuesto posteriormente toma intervención a fs. 144/146 Fiscalia de Estado de la Provincia de Entre Rios mediante Dictamen N 0387/17 señalando que el recurso de Apelación Jerárquica impetrado contra el Decreto N 4203/16 MGJ fue presentado el día 10 de febrero de 2017, pero atento a que no obra fecha de notificación del acto, se lo tendrá por interpuesto en tiempo y formo en el marco de lo establecido en el artículo 62 de la Ley de Procedimientos Administrativos, en virtud de los principios de formalismo moderado y proactione que rigen en Derecho Administrativo;
debiendo asimismo ser recalificado como recurso de revocatoria por cuanto se dirige contra un Decreto del Poder Ejecutivo que carece de superior jerárquico por ser la más alta autoridad de la Provincia; y Que respecto del caso concreto, el recurrente sustenta sus agravios en enunciados genéricos de contenido estrictamente subjetivo y sin aportar elementos que permitan ponderar las variables detalladas presentemente. En los sentidos, sus agravios pivotean en torno a:
antigedad en el servicio policial de veinticua-

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tro 24 años; su desempeño como segundo Jefe de División Operaciones y Seguridad en la ciudad de Gualeguaychú; Jefe de División Secretaría General y Personal de lo Jefatura de Federación; Jefe de la División Operaciones y Seguridad y actualmente como Jefe de División Secretoría General y Personal, cumpliendo con eficiencia y dedicación, lealtad y compromiso, a pesar de la frustración que le genera la falta de ascenso; circunstancia que lo desfavorece y perjudica ya que sus antecedentes profesionales y personales lo colocarian en una mejor ubicación a varios de sus pares que ocupan una mejor ubicación en el orden de mérito; y Que en su escrito recursivo el causante apela a la sana critica y equitativo raciocinio para evaluar su situación particular con una valoración racional y ajustada a derecho del Sr. Jefe de Policia de Entre Ríos, sin explicitar el modo o circunstancia en que ello podría acontecer;
todas razones que revelan que no hoy elementos de convicción suficientes que permitan sostener que la calificación otorgada al recurrente es manifiestamente irrazonable o arbitraria, o que se lo ha discriminado ilegítimamente; y Que tal como se viene de explicitar y conforme el criterio en la materia, los dictámenes de las Juntas de Calificación son juicios técnicos emitidos por órganos con competencia especifica en determinada materia, que se basan en un conocimiento o experiencia en un área que no es estrictamente juridico y o cuyas conclusiones corresponde estar salvo excepciones; y Que ello no significa desconocer que se trata de un funcionario de policial con más de veinticuatro 24 años de servicio, con buenas consideraciones respecto de su trayectoria y con desempeño en cargos jerárquicos, pero en esta instancia de revisión no se observan elementos de convicción suficientes para concluir que al funcionario de Policía Alejandro José Fernández se lo haya postergado para el ascenso de un modo ilegítimo, y por ello aconseja a la autoridad que dicte el acto administrativo por el cual se desestimen los recursos interpuestos contra la Resolución D.P. N 2436/16
y el Decreto N 4203/16 MGJ;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1.- Rechácese el recurso previsto en los términos del artículo 99 de la Ley 5.654/75
contra la Resolución D.P. N 2436/16 que dispone el orden de mérito para el ascenso ordinario del personal policial y el recurso de revocatoria contra el Decreto N 4203/16 M.G.J, interpuestos ambos por el Comisario Principal de la Policia de Entre Ríos Sr. Alejandro José Fernandez, L.P. 22.305, MI N 22.712.807, conforme los motivos expuestos en los considerandos precedentes.Art. 2º: El presente decreto será refrendado por la señora Ministra Secretaria de Estado de Gobierno y Justicia.
Art. 3º: Comuníquese, publíquese. Con copia del presente pasen las actuaciones a la Jefatura de Policia de la Provincia y oportunamente archívese.
GUSTAVO E. BORDET
Rosario M. Romero
DECRETO Nº 563 MGJ
ADSCRIBIENDO A AGENTE
Paraná, 26 de marzo de 2018
VISTO:
La gestión iniciada en el ámbito del Ministerio de Gobierno y Justicia; y CONSIDERANDO:
Que según presentación de fojas 01, se solicita la adscripción al citado Organismo, del Agente Osvaldo Raúl Lopez, DNI N
21.839.805, legajo Personal N 120.768, personal de planta permanente de la Dirección General de Intendencias y Servicios del Ministerio de Planeamiento, Infraestructura y Servi-

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cios, paro cumplir tareas en el Departamento Mayordomía de la Jurisdicción interesada; y Que motiva la solicitud, la necesidad de reforzar el plantel del Departamento Mayordomía, el cual se ha visto progresivamente afectado por jubilaciones y afectaciones a otras Dependencias, quedando resentido el adecuado servicio de atención del Area citada; y Que obra la conformidad del Director General de Intendencias y Servicios del Ministerio de Planeamiento, Infraestructura y Servicios; y Que obran en las presentes, las pertinentes autorizaciones del Señor Ministro de Planeamiento, Infraestructura Y Servicios y de la Señora Ministro de Gobierno y Justicia; y Que obra la debida conformidad del Agente Lopez para la continuidad del trámite; y Que obra intervención de la Dirección General de Recursos Humanos; y Que obra intervención de la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Gobierno y Justicia, indicando que habiéndose cumplido en autos con los extremos indicados por los Artículos 36, 39 y 42 de la Ley 9755
y modificatorias, no hay objeciones juridicas que formular para la continuidad del trámite; y Que la presente gestión se encuadra en los Artículos 36, 39 y 42 de la Ley N 9755, Marco de Regulación del Empleo Público de la Provincia y su modificatoria Ley N 9.811, Ley N 10.271 artículo 6, Punto 2 y su modificatoria Ley N 10.334;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1.- Adscríbase al Agente Osvaldo Raúl Lopez, DNI N21.839.805, Legajo Personal N
120.768, Personal de Planta Permanente de la Dirección General de Intendencias y Servicios del Ministerio de Planeamiento, Infraestructura y Servicios, para cumplir tareas en el Departamento Mayordomía del Ministerio de Gobierno y Justicia; a partir del día 22 de Diciembre de 2.017, y por el plazo de doce 12 meses, en virtud de lo expuesto en los considerandos precedentes.Art. 2.- Dispónese que el Departamento Personal dependiente del Ministerio de Gobierno y Justicia, comunique la documental en forma mensual al Ministerio de Planeamiento, Infraestructura y Servicios, que acredite la efectiva prestación de servicios por parte del Agente Osvaldo Raúl Lopez y las licencias e inasistencias en las que incurriera.Art. 3º: El presente decreto será refrendado por la señora Ministra Secretaria de Estado de Gobierno y Justicia.
Art. 4º: Comuníquese, publíquese y oportunamente archívese.
GUSTAVO E. BORDET
Rosario M. Romero
DECRETO Nº 570 MGJ
MODIFICANDO ANEXO
Paraná, 27 de marzo de 2018
VISTO:
La Ley Nacional de Tránsito N 24.449, la Ley Provincial N 10.025, su modificatoria N
10.460 y su Decreto Reglamentario N
261/2018 MGyJ;
CONSIDERANDO:
Que se encuentra reglamentada debidamente la normativa nacional y provincial referida al tránsito y seguridad vial;
Que aquel marco normativo establece la aplicación de multas de carácter pecuniario ante las infracciones a determinadas normas de tránsito;
Que en tal sentido la autoridad de aplicación se encuentra facultada, en el marco de los operativos de control, a realizar la percepción de las multas que voluntariamente se dispongan a pagar los sujetos que hayan incurrido en alguna de las infracciones sancionadas con multas por las referidas normas;
Que atento el proceso de bancarización de la

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Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 4/10/2018

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaeseArgentina

Data04/10/2018

Conteggio pagine24

Numero di edizioni4801

Prima edizione01/12/2003

Ultima edizione02/08/2024

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