Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 2/8/2018

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

16
marzo de 2018, mediante escritura Número 55
autorizada por el escribano Juan Manuel Vaccalluzzo, Titular del Registro Notarial 34 de Concepción del Uruguay, Entre Ríos.
Denominación: BB COMERCIAL S.A.
Domicilio y sede social: calle 9 de Julio N
1.502 de la ciudad de Concepción del Uruguay, Provincia de Entre Ríos, pudiendo instalar agencias, sucursales y establecimientos dentro y fuera del país.
Duración: Noventa y nueve años.
Objeto: Realizar por cuenta propia y/o de terceros y/o asociada a terceros, con partición y comisión o en cualquier otra forma, por mayor y menor, tanto en la República Argentina como en el Extranjero, donde se desarrollen alguna, algunas o todas las siguientes actividades:
1 La compraventa, consignación, locación, préstamo, importación, exportación y distribución de toda clase de vehículos automotores y/o motovehículos, nuevos y usados.
2 La compraventa, locación, préstamo, importación, exportación y distribución de toda clase de repuestos, accesorios, partes y herramientas de vehículos automotores y/o motovehículos, así como de herramientas e insumos necesarios para la fabricación de dichos repuestos, accesorios, partes y herramientas.
3 La prestación de servicios de reparación, mantenimiento mecánico y/o electrónico, hojalatería y pintura para vehículos automóviles y/o motovehículos nuevos y usados.
4 La compraventa, distribución, administración, explotación, importación, exportación, locación, préstamo o intercambio de toda clase de productos, mercancías, equipos, aparatos, accesorios, repuestos o instrumental, y cualquier clase de materia prima, productos semielaborados y/o productos terminados de cualquier naturaleza, afines con vehículos automotores y/o motovehículos nuevos y/o usados.
5 Desarrollo de todo tipo de actividades financieras y/o crediticias y/o inmobiliarias con capital propio y relacionadas con el objeto social, así como, todo otro tipo de operaciones financieras y/o crediticias mediante el aporte de capital propio a Sociedades por Acciones constituidas o a constituirse, ya sean nacionales o extranjeras. Financiaciones y empréstitos con capital propio, constitución u otorgamiento de Hipotecas y/o Prendas u otras garantías reales, compra y venta de títulos valores públicos y/o privados y/o acciones e inversiones cambiarias de cualquier naturaleza.- La sociedad no realizará operaciones comprendidas en la Ley de Entidades Financieras ni aquellas para las cuales se requiera el concurso publico.6 En general llevar a cabo todo otro acto lícito relacionado con el objeto social, como así también efectuar todos los actos jurídicos a que diere lugar la mejor obtención de los fines para los cuales se constituye la Sociedad.A tal fin la Sociedad, tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer compromisos y obligaciones, pudiendo ejercer de todas formas las que no sean prohibidas por las leyes o este contrato.
Capital social: pesos novecientos noventa mil $ 990.000, representado por novecientas noventa acciones 990 acciones ordinarias nominativas no endosables de un voto cada una, con un valor nominal de pesos un mil $
1.000 cada una. El capital social se suscribe íntegramente, por los socios, en este acto, por partes iguales. Por ello cada socio suscribe trescientas treinta 330 acciones ordinarias nominativas no endosables de un voto, cada una, por un valor nominal de pesos un mil $
1.000 cada una; las que integran en este acto el veinticinco por ciento 25%, en dinero efectivo y el saldo en el término o plazo de dos años, a contar desde la fecha del presente.El capital social puede ser aumentado por decisión de la Asamblea Ordinaria, mediante la emisión de acciones ordinarias al portador,
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en caso de autorizarse o nominativas endosables o no, hasta el quíntuplo de su monto original y por decisión de la Asamblea Extraordinaria, cuando supere ése monto.La Asamblea podrá delegar en el Directorio la época de la emisión, la forma y condiciones de pago. La resolución de la Asamblea y del Directorio, en su caso, cuando el aumento sea dentro del quíntuplo, se publicarán e inscribirán.- Las acciones son indivisibles y la Sociedad solo reconocerá un solo propietario por cada una de ellas, a excepción de los condominios que surgieran de derechos hereditarios.
Administración y representación: La Administración de la Sociedad estará a cargo de un Directorio compuesto del número de miembros que fije la Asamblea, entre un mínimo de uno 1 y un máximo de diez 10, con mandato por el término de dos 2 ejercicios, pudiendo ser reelegidos indefinidamente.La Asamblea podrá designar suplentes en igual o menor número que los titulares y por el mismo plazo, entre un mínimo de uno 1 y un máximo de diez 10. Los Directores en su primera reunión deberán elegir un Presidente, un Vicepresidente y Vocales, si lo hubieran.- El Vicepresidente, en caso de ser elegido, reemplazará al Presidente en caso de ausencia o impedimento.- La Asamblea fijará la remuneración del Directorio. La garantía que deben prestar los Directores es el equivalente al uno por ciento del capital social actualizado, por cada uno, en dinero efectivo.La representación de la Sociedad corresponde al Presidente del Directorio y en su defecto al Vice-Presidente. El Directorio tiene todas las facultades para administrar y disponer de los bienes sociales, incluso aquellos para los cuales la ley requiera poderes especiales.A tal fin la Sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer los actos que no sean prohibidos por las leyes o por estos estatutos.- La Sociedad queda obligada por todos los actos que realicen sus representantes que no sean notoriamente extraños al objeto social.- La Sociedad prescindirá de la Sindicatura conforme lo dispuesto en el artículo 284 de la Ley 19.550
y sus modificatorias y los accionistas detentarán la fiscalización de la misma.
Ejercicio social: Cierra el día treinta y uno 31 del mes de diciembre de cada año, cerrando el primero el día treinta y uno de diciembre del año dos mil dieciocho.
Suscripción e integración del capital social:
Socio Eduardo José Banchik, la suma de pesos trescientos treinta mil $ 330.000 o sea trescientas treinta 330 acciones ordinarias nominativas no endosables de un voto cada una, valor nominal pesos un mil $ 1.000 cada una.2 Socio Marcelo Rubén Banchik, la suma de pesos trescientos treinta mil $ 330.000 o sea trescientas treinta 330 acciones ordinarias nominativas no endosables de un voto cada una, valor nominal pesos un mil $ 1.000 cada una y 3 socio Adolfo Gustavo Banchik, la sum a de pe sos t re scien tos treinta mil $
330.000 o sea trescientas treinta 330 acciones ordinarias nominativas no endosables de un voto cada una; valor nominal pesos un mil $ 1.000 cada una.Todos los accionistas lo hacen en aporte dinerario y en este acto el veinticinco por ciento 25% y el saldo en un plazo de dos años.
Directorio: presidente y director titular: a Adolfo Gustavo Banchik, vicepresidente y director titular: Eduardo José Banchik y vocal y director titular: a Marcelo Rubén Banchik.- Director suplente: Beatriz Lesnik, Documento Nacional de Identidad N 3.970.224, CUIL Nº 27-03970224-5, nacida el tres de noviembre del año mil novecientos cuarenta, viuda de sus primeras nupcias de Benjamín Banchik, domiciliada en calle Galarza N411, de Concepción del Uruguay, argentina, mayor de edad.
Registro Público de Comercio DIPJ - Paraná, 27 de julio de 2018 Mariano R. Catena, abogado inspector DIPJER.
F.C. 0001-00004405 1 v./2.8.18

Paraná, jueves 2 de agosto de 2018

SUMARIO
DECRETOS
Ministerio de Cultura y Comunicación Año 2017
3667, 3684, 3685
Ministerio de Desarrollo Social 3618, 3625, 3626, 3665, 3700
Ministerio de Planeamiento, Infraestructura y Servicios 3603, 3609, 3610, 3611, 3612, 3613, 3627, 3657, 3658
RESOLUCIONES
Ministerio de Salud Año 2016
4348, 4349, 4350, 4351, 4352, 4353, 4354, 4355, 4356, 4357, 4358, 4359, 4360, 4361, 4362, 4363, 4380, 4381, 4382, 4383, 4384, 4385, 4386, 4387, 4388, 4389, 4390, 4391
Municipalidad de Paraná Año 2018
Decreto Nº 1055
Las publicaciones de edictos, se recibirán hasta las 8.30 hs., del día anterior al de publicación, sin excepción
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Creado por Ley Nº 2487 fecha 5 - Nov. 13, derogada por Decreto Ley Nº 6346 del 30
- Mar. 79. Ratificado por Ley 7504 - Por Decreto Nº 878 S.G.G. fecha 30 - Mar. 79 se instrumenta el régimen legal de las ediciones del Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos.
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Riguardo a questa edizione

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 2/8/2018

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaeseArgentina

Data02/08/2018

Conteggio pagine16

Numero di edizioni4778

Prima edizione01/12/2003

Ultima edizione01/07/2024

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