Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 9/10/2017

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

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Rosenbrock Carlos 18 cuotas; Cura Diego Martín 6 cuotas; Cura Jorge 6 cuotas; Badano Ramiro 6 cuotas; Martínez Leonardo 6 cuotas;
Ceballos Carolina 6 cuotas; Stigliano Gastón 6
cuotas; Etchemendigaray Santiago 32 cuotas;
Zorzet Fernando 32 cuotas; Sufotinsky de Jotomliansky Ana 155 cuotas; Jotomliansky Silvia 78 cuotas; Jotomliansky Julia 78 cuotas;
Abichain Jorge 320 cuotas.
Registro Público de Comercio DIPJ Paraná, 4 de octubre de 2017 José L. Nani, abogado, inspector, DIPJ.
F.C.Ch. 503-00016117 1 v./9.10.17

DIAMANTE
UBAJAY SRL
En reunión de socios la sociedad Ubajay SRL, estando presentes Sra. Graciela Beatriz Parente, Dante Victorio Agustín Tachella Parente, Lautaro Hernán Valentín Tachella Parente y Elisa Beatriz Eugenia Tachella Parente, los que conforman el 100 por ciento del capital social, asistiendo además los señores Vladimir Nicolás Roffinott, DNI N 23.720.989, domiciliado en calle Estrada N 1.255 de la ciudad de Esperanza, Provincia de Santa Fe; y María Laura Aragón, DNI N 24.040.418, domiciliada en calle Los Lapachos s/n de la ciudad de Riachuelo - Santa Margarita - Partido Capital de Corrientes Resuelven:
Cesión de las cuotas sociales de la sociedad en virtud de la propuesta efectuada por el señor Vladimir Nicolás Roffinott y la señora María Laura Aragón quienes ofrecieron la suma de $
120.000 pesos ciento veinte mil por la totalidad de las cuotas sociales, previa exclusión de los inmuebles de titulariza de la firma: a fracción de campo ubicada en el Ejido de la ciudad de Diamante, Provincia de Entre Ríos, que según mensura N 3.270 consta de una superficie de 12,7191 Has., individualizada con Partida N 03-060229, cuyo título de propiedad se encuentra inscripto bajo Matrícula N 005.922, Sección Urbano del Registro Público de Diamante; y b Una fracción de terreno con lo edificado ubicada en la planta Urbana de la ciudad de Diamante, Provincia de Entre Ríos, con domicilio parcelario en calle Irigoyen N
419, que según mensura N 24.957 consta de 756,22 m2., individualizada con Partida N 03000986, cuyo título de propiedad se encuentra inscripto bajo Matrícula N 010218, Sección Dominio Urbano del Registro Público de Diamante. Luego de un intercambio de opiniones los socios aprueban unánimemente la Cesión de las cuotas sociales y la pertinente adecuación del capital social en virtud del rescate de los inmuebles antes referidos, los que son adjudicados en la proporción siguiente el señor Dante Victorio Agustín Tachella Parente, un mil cincuenta y tres 1.053 cuotas sociales por valor de pesos diez mil quinientos treinta $
10.530; Lautaro Hernán Valentín Tachella Parente mil cincuenta y tres 1.053 cuotas partes por un valor de pesos diez mil quinientos treinta $ 10.530 a Elisa Beatriz Eugenia Tachella Parente mil cincuenta y tres 1.053 cuotas partes por un valor de pesos diez mil quinientos treinta $ 10.530 y Graciela Beatriz Parente, trescientas cincuenta y una 351 cuotas sociales por valor de pesos tres mil quinientos diez $ 3.510.
La Sociedad podrá aumentar el capital indicado, mediante Asamblea de socios, que requerirá para su aprobación el voto favorable de más de la mitad del capital, la misma Asamblea fijará el monto y los plazos para su integración. Posteriormente se autoriza el ingreso de los cesionarios, señores Vladimir Nicolás Roffinott y María Laura Aragón quienes ratifican la propuesta efectuada y relacionada precedentemente por los socios de la firma, y acep-

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tan expresamente la cesión. En virtud de ello queda perfeccionada la Cesión de la totalidad de las cuotas sociales, las cuales son adquiridas en los porcentajes del 50%: cincuenta por ciento la Sra. María Laura Aragón y del 50%
cincuenta por ciento el Sr. Vladimir Nicolás Roffinott, por el precio y en las condiciones expresadas.
Como consecuencia de la reducción del capital por rescate de los inmuebles y de la Cesión de cuotas sociales efectuada precedentemente, la cláusula Cuarta del contrato social quedará redactada de la siguiente manera:
Cuarto: Capital Social: El capital social se establece en la suma de treinta y cinco mil cien pesos $ 35.100 divisible en trescientas cincuenta y una 351 cuotas de cien $ 100 cada una; suscriptas e integradas por los socios de la siguiente manera: María Laura Aragón, la cantidad de ciento setenta y seis 176 cuotas, equivalentes a diecisiete mil seiscientos pesos $ 17.600, representa el 50,14% del total del capital social; y Vladimir Nicolás Roffinott, la cantidad de ciento setenta y cinco 175 cuotas, equivalentes a diecisiete mil quinientos pesos $ 17.500, representa el 49,86 % del total del capital social.
En cuanto al punto cuarto del orden, toma la palabra el Sr. Vladimir Nicolás Roffinott, quien manifiesta la intención de Administrar la sociedad, por lo que la otra parte integrante acepta la propuesta, lo que determina que la cláusula del respectivo del contrato social queda redactado de la siguiente manera: Sexta: Dirección y Administración: La Administración y Dirección de la sociedad estará a cargo de Vladimir Nicolás Roffinot, quien desempeñará el cargo de Socio Gerente, en cuyo caso será necesaria una sola firma para ejercer la misma y obligar a la sociedad, quedando prohibido comprometerla en fianzas a favor de terceros.
Para los fines sociales, el gerente podrá: a Operar con toda clase de bancos, y/o cualquier otra clase de entidad crediticia o financiera de cualquier índole; b Otorgar poderes a favor de cualquiera de los socios o terceras personas para representarla en todos los asuntos judiciales y/o administrativos de cualquier fuero o jurisdicción que ellas fueren; c Tomar dinero en préstamo garantizado o no con derechos reales, aceptar prendas o constituirlas y cancelarlas, adquirir o ceder créditos, comprar y vender mercaderías y productos, derechos y acciones, permutar, dar y recibir en pago, cobrar y recibir, efectuar pagos transaccionales y celebrar contratos de locación y rescindirlos y otros contratos de cualquier naturaleza; d Realizar todos los actos previstos en el Art.
1881 del Código Civil y Art. 9 del Decreto Ley 5965/63, haciéndose constar que la presente reseña es meramente enunciativa no limitativa. La Sociedad podrá ser representada por uno cualquiera de los socios gerentes en forma personal ante las reparticiones nacionales, provinciales o municipales, incluso Dirección General Impositiva, Registro de Créditos Prendarios, Ministerios, Secretarias del Estado, Tribunales, o ante cualquier repartición. Queda expresamente prohibido utilizar la firma social para actos a título gratuito, comprometer a la sociedad para negocios o fianzas personales o de terceros ajenos a la sociedad. En Reunión de Socios, con el voto favorable de las tres cuartas partes del capital social podrán restringir o ampliar facultades otorgadas por el presente contrato a los gerentes.
Presente también en este acto el señor Octavio Hernán Agustín Tachella, Documento Nacional de Identidad N 11.107.107, casado en primeras nupcias con Graciela Beatriz Parente, domiciliado en calle Belgrano N 418 de la ciudad de Diamante, quién manifiesta que presta su formal asentimiento conforme las exigencias del Código Civil y Comercial de la Nación respecto de la Cesión de Cuotas sociales efectuada por su cónyuge.
Todos los puntos propuestos son resueltos
Paraná, lunes 9 de octubre de 2017
por unanimidad, a lo que dan conformidad todos los presentes firmando al pie.
Registro Público de Comercio DIPJ Paraná, 3 de octubre de 2017 Mariano R. Catena, abogado, inspector, DIPJ.
F.C.Ch. 503-00016116 1 v./9.10.17

SUMARIO
DECRETOS
Gobernacion Año 2017
631, 632, 633, 634, 635, 637, 640, 641, 642, 662, Ministerio de Desarrollo Social 541, 542, 543
Ministerio de Salud 307, 308, 309, 324, 325, 328, 329, 330, 347, 368
Municipalidad de Paraná Or d en an za Nº 9616, 9617
Las publicaciones de edictos, se recibirán hasta las 9 hs., del día anterior al de publicación, sin excepción
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Creado por Ley Nº 2487 fecha 5 - Nov. 13, derogada por Decreto Ley Nº 6346 del 30
- Mar. 79. Ratificado por Ley 7504 - Por Decreto Nº 878 S.G.G. fecha 30 - Mar. 79 se instrumenta el régimen legal de las ediciones del Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos.
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Riguardo a questa edizione

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 9/10/2017

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaeseArgentina

Data09/10/2017

Conteggio pagine22

Numero di edizioni4782

Prima edizione01/12/2003

Ultima edizione05/07/2024

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