Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 20/9/2017

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

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nes a la Dirección General de Despacho de la Gobernación para la notificación de la recurrente. Cumplido, pase a Fiscalía de Estado.
GUSTAVO E. BORDET
Mauro G. Urribarri
DECRETO Nº 230 GOB
Paraná, 8 de marzo de 2017
Aceptando la renuncia presentada por la Sra.
Liliana Rodríguez, MI N 16.787.335, al cargo de Directora General de Subsidios de la Gobernación, con retención del cargo del cual es titular en la Administración Pública Provincial.
DECRETO Nº 263 GOB
RECTIFICANDO ARTICULO
Paraná, 8 de marzo de 2017
VISTO:
El Decreto N 429 GOB, de fecha 21 de marzo de 2016; y CONSIDERANDO:
Que mediante el mismo se reconoce y autoriza el pago del Beneficio de Compensación por Residencia a la Coordinadora General de la Secretaría Privada del titular de este Poder Ejecutivo, Sra. Silvia Alicia Encinas;
Que en el Art. 1del decreto referenciado, se especifica erróneamente el término de dicho beneficio, por lo que resulta necesario su rectificación;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º.- Rectifícase el Art. 1 del Decreto N
429/16 GOB, el que quedará redactado de la siguiente manera:
Articulo 1.- Reconócese y autorízase el pago del Beneficio de Compensación por Residencia a la Coordinadora General de la Secretaría Privada del titular de este Poder Ejecutivo, Sra. Silvia Alicia Encinas, por un monto de hasta pesos cinco mil quinientos veinte $
5.520 mensuales, para la ocupación de un inmueble sito en calle 5 de Junio N 198, Piso 3, Dpto. H", de esta ciudad, a partir del 1 de febrero de 2016, conforme el contrato de locación obrante en autos, suscripto con la Sra.
Luciana Mireya Zamboni y hasta tanto permanezca cumpliendo las funciones para las que fuera designada mediante Decreto N 19/15
GOB o se produzca el vencimiento del referido contrato, lo que ocurra primero".
Art. 2.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno y Justicia.
Art. 3.- Comuníquese, publíquese y archívese; con copia del presente pasen las actuaciones a la Dirección General del Servicio Administrativo Contable de la Gobernación, a sus efectos.
GUSTAVO E. BORDET
Mauro G. Urribarri
DECRETO Nº 289 GOB
DEJANDO SIN EFECTO DESIGNACION
Paraná, 8 de marzo de 2017
VISTO:
El Decreto N 230 GOB, de fecha 8 de marzo de 2017; y CONSIDERANDO:
Que mediante el mismo se acepta la renuncia de la Sra. Liliana Rodríguez como Directora General de Subsidios de la Gobernación;
Que en virtud de ello es intención del titular de este Poder Ejecutivo designar en dicho cargo a la Licenciada en Trabajo Social, Sra.
Agustina Camino, quien reúne los requisitos exigidos para el desempeño del mismo;
Que la Lic. Camino fue designada como Coordinadora de Gestión y Políticas Comunitarias en el ámbito de la actual Secretaría Genera l d e l a G o b e rn a c ió n m e d i a n t e D ec re to 116/16 GOB, por lo que corresponde dejar sin efecto dicho texto legal;
Que el presente se dicta en el ejercicio de las atribuciones conferidas en el Art. 175 Inc. 15
de la Constitución de la Provincia;

BOLETIN OFICIAL
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º.- Déjase sin efecto la designación de la Licenciada en Trabajo Social, Sra. Agustina Camino, como Coordinadora de Gestión y Políticas Comunitarias de la actual Secretaría General de la Gobernación, dispuesta por Decreto N 116/16 GOB.Art. 2.- Desígnase Directora General de Subsidios de la Gobernación a la Licenciada en Trabajo Social, Sra. Agustina Camino, MI N
32.619.064, con retención del cargo del cual es titular en el Instituto Autárquico de Planeamiento y Vivienda, y en el cual se le concede licencia extraordinaria sin goce de haberes mientras dure en el desempeño de dicha función.
Art. 3.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno y Justicia.
Art. 4.- Comuníquese, publíquese y archívese.
GUSTAVO E. BORDET
Mauro G. Urribarri
DECRETO Nº 290 GOB
APROBANDO PRORROGA DE
CONTRATO
Paraná, 8 de marzo de 2017
VISTO:
La gestión iniciada por la Subsecretaría de Gestión Administrativa de la Gobernación; y CONSIDERANDO:
Que mediante la misma se interesa la locación del inmueble destinado a la residencia del titular de este Poder Ejecutivo, propiedad del Sr. Mariano Pablo Castello;
Que por las particularidades emergentes del destino de la locación en cuestión, se requiere de ciertos aspectos edilicios y de ubicación que limitan considerablemente el número de inmuebles en alquiler que reúnen dichas características, siendo su oferta casi inexistente;
Que además de las especificaciones estrictamente edilicias y constructivas, que hacen no sólo a las comodidades necesarias y acordes para la vivienda del Sr. Gobernador y de su familia, como también a la de eventuales compromisos sociales y/o protocolares; por cuestiones de seguridad de la máxima autoridad administrativa provincial, el inmueble objeto de la locación debe encontrarse a poca distancia de la Casa de Gobierno y la Jefatura Central de la Policía;
Que atento a lo expuesto, la continuidad de la locación del inmueble propiedad del Sr. Castello resulta ser lo más adecuado;
Que la Dirección General del Servicio Administrativo Contable de la Gobernación ha adjuntado el volante de registro de reserva debidamente intervenido por la Contaduría General de la Provincia;
Que obra informe respectivo de la Fiscalía de Estado, manifestando que no existe objeciones para concretar la contratación en cuestión;
Que la gestión encuadra en las disposiciones previstas en el Artículo 17, Inciso b, Artículo 27, Inciso c, Apartado b, Punto 13 de la Ley de Contabilidad N 5140 t.o. Dec. N 404/95
MEOSP y sus modificaciones, concordante con los Artículos 133 y 142, Inciso 14 del Decreto N 795/96 MEOSP, excepcionándola de lo establecido por los Artículos N 118 bis, 118 ter. y complementarios del Decreto N
795/96 MEOSP;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1.- Apruébase la prórroga del contrato de locación de inmueble suscripto entre el Sr.
Subsecretario de Gestión Administrativa de la Gobernación, Cdor. Edgardo Héctor Pablo Scarione, en representación del Estado Provincial, y el propietario Sr. Mariano Pablo Castello, MI N 14.367.937, en concepto de alquiler de inmueble con destino a la residencia del
Paraná, miércoles 20 de setiembre de 2017
titular de este Poder Ejecutivo, de conformidad a lo manifestado en los considerandos precedentes, el que agregado forma parte de este texto legal.Art. 2.- Impútase el gasto a D.A 954, Carácter 1, Jurisdicción 10, Subjurisdicción 01, Entidad 000, Programa 16, Subprograma 00, Proyecto 00, Actividad 01, Obra 00, Finalidad 1, Función 31, Fuente de Financiamiento 11, Subfuente de Financiamiento 001, inciso 3, P.
Principal 2, P. Parcial 1, Subparcial 0000, Departamento 84, Ubicación Geográfica 07 del presupuesto vigente.Art. 3.- Facúltase a la Dirección General del Servicio Administrativo Contable de la Gobernación a abonar a mes adelantado el canon locativo resultante a favor del Sr. Mariano Pablo Castello, previa presentación de las facturas o recibos correspondiente emitidos de conformidad con las normas tributarias vigentes.Art. 4.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno y Justicia.
Art. 5.- Comuníquese, publíquese y archívese, con copia del presente pasen las actuaciones a la Dirección General del Servicio Administrativo Contable de la Gobernación, a sus efectos.
GUSTAVO E. BORDET
Mauro G. Urribarri
DECRETO Nº 291 GOB
ACEPTANDO PROPUESTA
Paraná, 8 de marzo de 2017
VISTO:
Las presentes actuaciones iniciadas como consecuencia de la propuesta de acuerdo preventivo presentada por el Sr. Eduardo Alberto Tropini en su pedido de concurso preventivo ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N 9, Secretaría N 9 de Paraná, y;
CONSIDERANDO:
Que la Provincia verificó el crédito quirografario por $ 39.205,56 y la concursada presentó una propuesta de pago consistente en la cancelación del 60% de su monto, en dólares estadounidenses, en ocho 8 cuotas semestrales, con una espera de dieciocho 18 meses desde la homologación del acuerdo, aplicando un interés del 2,75% nominal anuo sobre saldos;
Que resulta aceptable la propuesta en razón del ingreso patrimonial proyectado que conserva la acreencia verificada en una medida razonable, en un período próximo, en el marco de una crisis concursal del productor agropecuario, que además ha mejorado sensiblemente en el proceso judicial la propuesta de pago anterior formulada;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º.- Aceptar la propuesta de acuerdo preventivo formulada en los autos Tropini, Edua rd o A lb er to s/ C o ncu rs o p re ventivo Expte. 1370 conforme las pautas expresadas en el expediente referenciado.
Art. 2.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno y Justicia.
Art. 3.- Regístrese, comuníquese, publíquese y regístrese.
GUSTAVO E. BORDET
Mauro G. Urribarri
DECRETO Nº 293 GOB
MODIFICANDO PRESUPUESTO
Paraná, 8 de marzo de 2017
VISTO:
La gestión iniciada ante este Poder Ejecutivo; y CONSIDERANDO:
Que mediante la misma la Sra. Ivón Virginia Bearzi, agente de la planta de personal permanente de la Dirección General del Servicio Administrativo Contable de la Gobernación, solicita se revea su situación de revista y recate-

Riguardo a questa edizione

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 20/9/2017

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaeseArgentina

Data20/09/2017

Conteggio pagine26

Numero di edizioni4776

Prima edizione01/12/2003

Ultima edizione26/06/2024

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