Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 16/12/2016

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

Paraná, viernes 16 de diciembre de 2016
más los intereses devengados en su casohasta la fecha de pago el Valor de Reembolso.
La resolución se publicará en el Boletín del Mercado de Valores de Buenos Aires y/o en el órgano informativo del Mercado Abierto Electrónico S.A.. Tal publicación constituirá notificación suficiente para los inversores.
El Valor de Reembolso se pagará en un plazo no mayor a treinta días desde la publicación del aviso.
q Unidad Mínima de Negociación.
Pesos un mil $ 1.000, y por encima de éste múltiplos de Pesos Uno $ 1.
r Negociación:
Se negociarán en el Mercado de Valores de Buenos Aires y/o en el Mercado Abierto Electrónico S.A.
s Agente Financiero y Agente de Cálculo:
Nuevo Banco de Entre Ríos S.A.
El Agente Financiero tendrá a su cargo el cálculo del interés compensatorio a pagar, y en su caso de la tasa sustitutiva de la Tasa Badlar Bancos Privados, el valor de reembolso y/o del interés moratorio.
t Agente de la Garantía:
Banco de Valores SA.
u Estructuradores y Colocadores:
Banco de Valores S.A. y Nuevo Banco de Entre Ríos S.A.
v Colocación Adjudicación - Liquidación:
El procedimiento para la colocación, régimen de determinación de precio y adjudicación e integración se indicará en el aviso de llamado a suscripción que se publicará en el Boletín del Mercado de Valores de Buenos Aires y/o en el en el órgano informativo del Mercado Abierto Electrónico S.A.
w Tratamiento Impositivo:
Tendrán las exenciones impositivas dispuestas por las leyes y reglamentaciones vigentes en la materia.
x Jurisdicción:
Tribunales ordinarios de la Provincia de Entre Ríos.
C ON D I C I ON ES D E EMISIÓN DE C ADA
CLASE
A CLASE A
A.1 Valor nominal Hasta pesos diez millones $ 10.000.000.
A.2 Vencimiento A los noventa y un 91 días contados desde la Fecha de Emisión el 23 de marzo de 2017.
A.3 Interés moratorio Una vez y media el interés implícito en el precio de suscripción por su colocación a descuento.
A.4 Colocación. Precio de Suscripción Se colocará a descuento mediante el sistema de licitación de precio conocido en el mercado como Subasta Holandesa, conforme al rango de los precios ofrecidos en las ofertas de suscripción en el tramo competitivo.
Se contemplará un tramo competitivo en el que los oferentes deberán indicar el precio ofertado, y dos tramos no competitivos uno para interesados personas físicas y otro para personas jurídicas.
El procedimiento se indicará en el aviso de llamado a suscripción que se publicará en el Boletín del Mercado de Valores de Buenos Aires y/o en el órgano informativo del Mercado Abierto Electrónico S.A..
A.5 Supuesto de incumplimiento En caso de falta de pago total o parcial en la Fecha de Vencimiento, el Agente de la Garantía declarará el incumplimiento y ejecutará la garantía, a fin de aplicar los recursos afectados al pago de lo adeudado B CLASE B
B.1 Valor nominal Hasta pesos diez millones $ 10.000.000.
B.2 Vencimiento A los ciento ochenta y dos 182 días contados desde la Fecha de Emisión el 22 de Junio de 2017.
B.3 Servicios de Interés Se pagarán el 23 de marzo de 2017 y en la Fecha de Vencimiento de la Clase.
El interés para el pago del primer servicio
BOLETIN OFICIAL
equivaldrá a una tasa fija del 25.75% nominal anual, devengado desde: a la Fecha de Emisión inclusive hasta la fecha de pago del primer servicio exclusive. Para el restante servicio de intereses, equivaldrá a la Tasa Badlar Bancos Privados más una cantidad de puntos adicionales a determinar al cierre del período de colocación el Margen, devengados desde: b la fecha de pago de la primera cuota de intereses inclusive hasta la fecha de vencimiento de la Clase exclusive cada uno un Período de Interés.
El interés se calculará considerando para su cálculo los días efectivamente transcurridos.
Tasa Badlar Bancos Privados se define como el promedio de tasas de interés para colocaciones a plazo fijo en bancos privados en pesos por un plazo de entre treinta 30 y treinta y cinco 35 días para operaciones por un monto mayor a un millón de pesos, elaborada y publicada por el Banco Central de la República Argentina BCRA. Se tomará el promedio aritmético simple de la Tasa BADLAR de Bancos Privados, calculada desde los diez 10
días hábiles anteriores al inicio de cada Período de Interés y hasta los diez 10 días hábiles anteriores al vencimiento de cada servicio de interés. En caso que la Tasa Badlar Bancos Privados dejare de ser informada por el BCRA, se tomará: i la tasa sustitutiva de la Tasa Badlar Bancos Privados que informe el BCRA
o ii en caso de no existir o no informarse la tasa sustituta indicada en i precedente, el Agente de Cálculo calculará la Tasa Badlar considerando el promedio de tasas informadas para depósitos a plazos fijo en pesos por un monto mayor a un millón de pesos por períodos de entre treinta 30 y treinta y cinco 35 días de los cinco 5 primeros bancos privados de la Argentina. Para elegir los cinco 5 primeros bancos privados se considerará el último informe de depósitos disponibles publicados por el BCRA.
B.4 Interés moratorio Una vez y media el interés compensatorio vigente al tiempo de la mora.
B.5 Colocación. Precio de Suscripción Se licitará el Margen mediante el sistema de licitación de precio conocido en el mercado como Subasta Holandesa conforme al rango de los Márgenes ofrecidos en las ofertas de suscripción en el tramo competitivo.
Se contemplará un tramo competitivo en el que los oferentes deberán indicar el Margen ofertado, y dos tramos no competitivos uno para interesados personas físicas y otro para personas jurídicas.
El procedimiento se indicará en el aviso de llamado a suscripción que se publicará en el Boletín del Mercado de Valores de Buenos Aires y/o en el órgano informativo del Mercado Abierto Electrónico S.A. MAE.
B.6 Supuesto de incumplimiento En caso de falta de pago total o parcial de los servicios pagaderos y exigibles en la Fecha de Vencimiento, incluidos en su caso los intereses moratorios adeudados, el Agente de la Garantía declarará el incumplimiento y ejecutará la garantía, a fin de aplicar los recursos afectados al pago de lo adeudado.-

MINISTERIO DE SALUD
DECRETO Nº 1766 M.S.
APROBANDO Y FINALIZANDO SUMARIO
Paraná, 1 de julio de 2016
VISTO:
El Decreto Nº 381/10 MSAS; y CONSIDERANDO:
Que por el mencionado decreto se dispuso la instrucción de un sumario administrativo a la agente Sandra Liliana Galeano, DNI Nº 22.065.593, quien revista en un cargo de categoría 10- Personal de Servicios Generales, Escalafón General del Hospital Colonia Doctor Raúl A. Camino de Federal, por estar su conducta presuntamente incursa en lo prescripto por el artículo 71º, inciso a de la Ley 9.755 - Marco de Regulación del Empleo Público en la Provincia;

3
Que se le imputa a la sumariada haber incurrido en cuarenta y seis 46 inasistencias injustificadas sin aviso a su lugar de trabajo durante el año 2009, durante el mes de enero los días 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21 22, 23, 24, 25, 26
y 27, durante el mes de marzo los días 14, 15, 16, 17, 18, 19, 22, 23, 24, 27, 28, 29, 30 y 31, y durante el mes de abril los días 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22 y 23, obrando de fojas 2 a 39, y de fojas 44 a 51 de autos, fotocopias debidamente certificadas por las autoridades de la institución de las planillas de asistencia del personal del hospital, por las cuales se registran el horario de ingreso y egreso del mismo, y en las que no constan ni aparecen las firmas correspondientes a la sumariada en los días enrostrados en autos;
Que de fojas 89 a 118 la Dirección del nosocomio remite documental vinculada a los antecedentes laborales y administrativos de la agente Galeano, surgiendo de los mismos que cumple funciones de mucama, por lo cual se debe tener en cuenta que el régimen de asistencia es distinto al resto del personal de la administración pública, toda vez que se trata de un servicio de prestación esencial, en una institución de la salud pública en el cual se intercalan, días considerados habitualmente laborales con otros que no lo son, complementándose con un sistema de otorgamiento de francos que atenúan y compensan dicho régimen, frente al que es el común del servicio del empleo público estatal;
Que es necesario tener lo expuesto en cuenta en razón que la defensa intenta hacer valer como una inconsistencia del cargo de hecho, el haberle imputado el débito laboral a la señora Galeano, en días no laborales y feriados;
Que a fojas 120/122 presta declaración testimonial, la agente María Mónica Patricia Duarte, Jefa de Personal del Hospital Colonia Doctor Raúl A. Camino de Federal, quien reconoce como de su propio puño y letra el contenido de la documental obrante en autos que acreditan las inasistencias imputadas a la encartada, manifestando también que la agente Galeano comenzó a faltar a su lugar de trabajo en forma reiterada desde fines del año 2007, manifestando la dicente respecto de las planillas aparecen con enmendadura, tachaduras y correcciones, que es debido a las características del sistema utilizado en el nosocomio, para avisar y acreditar las inconcurrencias de los agente públicos y que se viene implementando de tal forma desde que ella ingresó a trabajar, pudiéndose dar aviso al Departamento Personal en forma personal, a través de otra persona, o incluso llamando telefónicamente, en dicho momento se coloca el código de falta con aviso, a la espera del aporte de la respectiva documental que respalde el pedido de licencia, y luego del ingreso de la certificación o de la documental de que se trate, se colocará el código definitivo;
Que al presentarse el defensor oficial ofreció prueba mediante un requerimiento de ampliación indagatoria, de obtención de pruebas informativas y la producción de testimoniales, acumulándose en este sentido gran cantidad de documental, que a entender de la defensa, no pueden ser tomadas como valederas ya que, en el caso de las planillas de asistencia, lucen con enmiendas y tachaduras y no están firmadas por la jefa de personal y/o director del establecimiento;
Que por otro lado a fojas 170 y vta. la sumariada al prestar ampliación indagatoria, manifestó que ella presentó oportunamente certificados médicos emitidos por los doctores Fernández Burzaco y Brodsky, y que, por razones que desconoce, no se justificaron sus faltas, asimismo indicó que entregó los certificados al agente Sergio Javier Sisa, que se desempeña en el área personal del Hospital, y que es una costumbre de todos los empleados utilizar su intermediación ya que el nosocomio se encuentra alejado del casco urbano, y es una forma de evitar el traslado hacia dichas dependencias;
Que, además, y como forma de avalar sus

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Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 16/12/2016

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaeseArgentina

Data16/12/2016

Conteggio pagine24

Numero di edizioni4777

Prima edizione01/12/2003

Ultima edizione28/06/2024

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