Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 19/9/2016

Versione di testo Cosa è?Dateas è un sito indipendente non affiliato a entità governative. La fonte dei documenti PDF che pubblichiamo qui è l'entità governativa indicata in ciascuno di essi. Le versioni in testo sono trascrizioni che realizziamo per facilitare l'accesso e la ricerca di informazioni, ma possono contenere errori o non essere complete.

Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

Paraná, lunes 19 de setiembre de 2016
presente a Antonio Pedro Parodi, Raúl José Martínez, Miguel Omar Leiva y Vicente Gregorio Leiva, respecto del inmueble inscripto en el Registro de la Propiedad Inmueble local, Departamento Uruguay, Distrito Tala, Centro Rural de Población Tala, Colonia Los Ceibos, parte del Lote 12, Lote 6, Plano N inscripto ante el Registro Público local bajo Matrícula 4614, con una superficie según título de origen de 71 has., 58 as., 61 cas. y superficie s/mensura de 70 as., 02 cas.- Límites:
NOROESTE: Maferi S.A., recta 2- 3 al N-E
43 46 de 120,00 m.NORESTE: Maferi S.A., recta 3-4 al S-E 46
14 de 58,35 m.SURESTE: Calle Colectora en medio con Ruta Nacional Nº 14, recta 4-8 al S-O 43 46
de 120,00 m.SUROESTE: Ulises A Obispo, recta 8-2 al N-O 46 14 de 58,35 m., para que comparezcan, la contesten, opongan excepciones previas y ofrezcan la prueba de que intenten valerse, bajo apercibimiento de designárseles defensor de ausentes -Arts. 142, 329 y 669
Incs. 2 y 3 del CPCC.- Publíquese por dos días.Concepción del Uruguay, 27 de mayo de 2016. Cítese mediante edictos que se publicarán por dos días en el Boletín Oficial y en un periódico local a todas las personas que se consideren con derecho al inmueble en cuestión y especialmente a Antonio Pedro Parodi, Raúl José Martínez, Miguel Omar Leiva y Vicente Gregorio Leiva, para que en el término de quince días contados desde la última publicación comparezcan, la contesten, opongan excepciones previas y ofrezcan la prueba de que intenten valerse, bajo apercibimiento de designárseles defensor de ausentes -Arts. 142, 329
y 669 Incs. 2 y 3 del mismo cuerpo legal.-
Fdo. Gastón Agotegaray, Juez.
C. del Uruguay, 16 de agosto de 2016
Mariana A. Dieci, secretaria int.
F.C.S. 502-00008742 2 v./20.9.16

QUIEBRA
NUEVA

R. DEL TALA
El Dr. Lautaro Caballero, Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de Rosario del Tala E.Rios, Secretaría única a cargo de la Dra. Maria Luciana Capurro, en los autos caratulados Tomas Hnos. Cia. SA c/ Galizzi Roberto Omar s/ Quiebra Expte. Nº 7319, año 2014, hace saber la declaración de quiebra del Sr.
GALIZZI ROBERTO.
La resolución que así lo ordena dice: Rosario del Tala, 7 de septiembre de 2016.- 1.- 2.- Declarar la quiebra del Sr. Roberto Omar Galizzi, DNI Nº 13.975.026, CUIT Nº 2013975026-9, domiciliado realmente en calle Dr. Salas Nº 446 de la localidad de Gdor. Mansilia, Dpto. Tala Arts. 46 y 88 inciso 1 de la LCQ..- 3.- Fijar audiencia. 4.- Ordenar la anotación- 5.- Decretar la inhibición general de bienes.- 7.- Librar mandamiento de incautación- 8.- Ordenar 9.- Hacer saber 10.Interceptar- 11.- Tener por constituído.
12.- Comunicar 13.- Disponer 14.- Intimar 15.- Firme 16.- Comunicar 17.Tomar razón 18.- Disponer la publicación de edictos en la forma prevista por el Art. 89 de la LCQ, por el término de cinco 5 días, en el Boletín Oficial, sin necesidad de previo pago y sin perjuicio de asignarse los fondos cuando los hubiere, por Secretaría y dentro de las veinticuatro 24 horas de la notificación de la presente a la sindicatura de su continuidad
BOLETIN OFICIAL

21

resuelta en el punto 3 de la presente Art. 89
de la LCQ. 19.-Determinar 20.- Establecer 21.- 22.- Dar 24.- Notifíquese 25 Regístrese y notifíquese.- Firmado Dr. Lautaro Caballero, Juez Civil y Comercial a/c de despacho.
R. del Tala, 9 de setiembre de 2016 Maria Luciana Capurro, secretaria int.
F. 500-00001085 5 v./23.9.16

CONCLUSION DE CONCURSO
PREVENTIVO
NUEVA

C. DEL URUGUAY
El Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N3, de Concepción del Uruguay, E. Ríos, Dr. Agustín Weimberg, por ante la Secretaría de Concursos y Quiebras, a cargo de la Dra. Carolina Vitor, en los autos Genevois Ovidio Francisco s/ Concurso preventivo, Expte. N 164, Folio 439, Año 2010, comunica que se ha dispuesto dar por concluido el concurso preventivo de Ovidio Francisco Genevois, DNI N 6.251.031, CUIT/CUIL N
20-06251031-6, declarar el cumplimiento del acuerdo arribado en autos, dar por concluida la labor del síndico contadora Mabel Cruz de Apesteghía, publicar edictos en el Boletín Oficial y en un diario de amplia difusión de esta ciudad, Disponer el levantamiento de la inhibición general de bienes del concursado, y como recaudo se transcribe la parte pertinente de la resolución que lo ordena:
Concepción del Uruguay, 16 de diciembre de 2015.- Visto y Considerando: Resuelvo:
1 Dar por concluido el concurso preventivo de Ovidio Francisco Genevois, DNI N 6.251.031, CUIT Nº 20-06251031-6, con domicilio real en calle Moreno N 711 de la ciudad de Concepción del Uruguay, Provincia de Entre Ríos, disponiendo el cese de las limitaciones a la administración que le fueran impuestas por imperio de lo establecido en el Art. 16 de la LCQ.- 2 Hacer saber la conclusión antes dispuesta mediante la publicación de edictos por un día en el Boletín Oficial de la Provincia y en un diario de amplia difusión.- 3 Acreditados los pagos señalados en el considerando pertinente, vuelvan las presentes, a fin de resolver lo referido al cumplimiento del acuerdo y regulación de honorarios.- Regístrese.- Fdo. Agustín Weimberg, Juez a cargo del despacho".Otra resolución: Concepción del Uruguay, 8
de marzo de 2016.- Visto y Considerando:
Resuelvo: 1 Declarar el cumplimiento del acuerdo arribado en autos, previo pago de los gastos causídicos.- 2 Dar por concluida la labor de la Síndico, Contadora Mabel Cruz de Apesteghía a cuyo fin regúlense sus honorarios devengados como controladora del cumplimiento del acuerdo en la suma de pesos trece mil novecientos cuarenta y tres con noventa/100 centavos $ 13.943,90 -Art. 289
LCQ-. 3 Publicar edictos por un día en el Boletín Oficial de la Provincia y en un diario de amplia difusión de esta ciudad.- 4 Disponer el levantamiento de la inhibición general de bienes del concursado decretada en autos, librándose oficios a los Registros de la Propiedad Inmueble y Automotor que correspondan, autorizándose a intervenir en su diligenciamiento al Dr. Carlos Brugaletta y/o profesional que este designe. 5 Regularlos estipendios profesionales del Dr. Carlos Raúl Brugaletta en la suma de pesos doce mil $ 12.000. Regístrese, oportunamente archívese. Fdo. Dr. Agustín Weimberg.
C. del Uruguay, 26 de agosto de 2016
Carolina R. Vitor, secretaria.
F.C.S. 502-00008753 1 v./19.9.16

CAMBIO DE NOMBRE
NUEVO

PARANA
El Juzgado de Primera Instancia de Familia Nº 4, a cargo del Dr. Daniel E. Cottonaro, Secretaría Nº 4, a cargo del Dr. Federico M.
Ramírez Mitchell, dentro de los autos R.G.G.
y R.A.E. S/ Cambio de nombre, Expte. Nº 186424, hace saber mediante edictos que Gustavo Gabriel Rivero y Angel Ernesto Rivero, solicitan cambio de nombre por el de Gustavo Gabriel Rivero Iwasita y Angel Ernesto Rivero Iwasita, respectivamente, en virtud de lo dispuesto por el Art. 17 de la Ley 18248.
Publíquense edictos una vez por mes durante dos meses en el Boletín Oficial.
Paraná, 13 de junio de 2016 Federico M.
Ramírez Mitchell, secretario.
F.C.S. 502-00007827 2 v./19.9.16

SENTENCIAS
ANTERIORES

PARANA
En los autos N 2913 caratulados Toujan Cesar Jesus S/ Robo agravado por el uso de arma de fuego, que tramitaran por ante esta Oficina de Gestión de Audiencias de Paraná, mediante juicio oral, se ha dispuesto librar el presente, a fin de comunicarle que se ha dispuesto la inhabilitación absoluta por el tiempo de la condena respecto de César Jesús Toujan.
Como recaudo se transcribe a continuación la parte pertinente de la sentencia que así lo dispone: En la ciudad de Paraná, capital de la Provincia de Entre Ríos a los veintitrés días del mes de marzo del año dos mil dieciséis.
SENTENCIA: I.- Declarar a JORGE CESAR
JESUS TOUJAN, filiado al comienzo de esta audiencia, autor material y responsable de los delitos de robo agravado por el uso de arma de fuego en grado de tentativa y robo agravado por el uso de arma de fuego de utilería en grado de tentativa en concurso real, y condenarlo a la pena de cinco años y seis meses prisión de cumplimiento efectivo, la que deberá cumplir en la Unidad Penal N 1 de la ciudad de Paraná Arts. 162, Inc. 2, 2 y 3º párrafo, 42, 55, 45, 40, 41 y 12 del Código Penal; y 391
del Cód. Proc. Penal, la que deberá cumplir en la Unidad Penal Nº 1 de la ciudad de Paraná Fdo.: Marina E. Barbagelata, Jueza de Garantías Nº 1.
El mencionado Jorge Cesar Jesús Toujan, alías Manguera, DNI Nº 26.150.944, de 38
años de edad, nacido el día 24/12/1977 en Paraná, argentino, soltero, changarín, domiciliado en calle Almirante Brown Nº 1340 de Paraná, hijo de María Ester Villanueva f y Enrique Humberto Toujan f.
Se hace saber que el vencimiento de la pena impuesta, como asimismo de la inhabilitación es el 20.7.2021 veinte de julio de dos mil veintiuno.
Paraná, 12 de setiembre de 2016 Nancy G.
Bizai, directora Oficina de Gestión de Audiencias.
13176 3 v./19.9.16
En los autos Nº 3480 caratulados Gonzalez Fabian Humberto s/ Homicidio simple Martinez Hugo Alejo - Víctima, que tramitaran por ante esta Oficina de Gestión de Audiencias de Paraná, mediante juicio oral, se ha dispuesto librar el presente, a fin de comunicarle que se ha dispuesto la inhabilitacion absoluta por el

Riguardo a questa edizione

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 19/9/2016

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaeseArgentina

Data19/09/2016

Conteggio pagine30

Numero di edizioni4794

Prima edizione01/12/2003

Ultima edizione24/07/2024

Scarica questa edizione

Altre edizioni

<<<Septiembre 2016>>>
DLMMJVS
123
45678910
11121314151617
18192021222324
252627282930