Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 29/8/2016

Versione di testo Cosa è?Dateas è un sito indipendente non affiliato a entità governative. La fonte dei documenti PDF che pubblichiamo qui è l'entità governativa indicata in ciascuno di essi. Le versioni in testo sono trascrizioni che realizziamo per facilitare l'accesso e la ricerca di informazioni, ma possono contenere errori o non essere complete.

Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

22
lizar las decisiones sobre la marcha, desarrollo y proyección de la Sociedad. Los Socios determinarán la forma de convocatoria, de acuerdo a lo establecido en el artículo 159º de la Ley General de Sociedades LGS. Una vez al año y dentro de los cuatro 4 meses de cerrado el ejercicio económico, deberán reunirse para la aprobación del Balance y distribución de resultados. Se llevará un libro de Actas de Reunión de Socios, debidamente rubricado, en el que se asentarán las resoluciones que se adopten y deberá ser firmado por los Socios.
NOVENA: RETIROS PARTICULARES: Los Socios podrán efectuar retiros particulares a cuenta de utilidades, cuando así lo decidan de común acuerdo.
DECIMA: EJERCICIO ECONOMICO: El ejercicio económico cierra el treinta y uno 30 de junio de cada año. A esa fecha se confeccionarán los estados contables, los que estarán de acuerdo con las reglamentaciones técnicas y legales de vigencia y deberán ser tratados dentro de los ciento veinte 120 días de la citada fecha. Se pondrán a disposición de los Socios con no menos de quince 15 días de anticipación a la fecha de su consideración en la sede social.
UNDECIMA: DISTRIBUCION DE RESULTADOS: De las utilidades líquidas y realizadas que resulten del balance general anual se destinará: a el cinco 5 por ciento para reserva legal, hasta que la misma alcance el veinte por ciento del capital social; b otras reservas que los socios decidieran; c el saldo se distribuirá entre los Socios en proporción a sus aportes.
DUODECIMA: INHABILIDAD DE LOS SOCIOS: En caso de fallecimiento, declaración de incapacidad o desaparición con presunción de fallecimiento de alguno los Socios, los Socios supérstites podrán optar por continuar con el giro de los negocios con los derechohabientes del causante, los que deberán unificar su representación. Para el supuesto caso que los herederos del causante no ingresaren a la Sociedad, se les abonará el haber que corresponda, el que se formará con el capital actualizado, según los valores que resulten de un balance especial que a tal fin se confeccionará, más las reservas legales que hubiere, más las utilidades no distribuidas o menos las pérdidas que hubiere acumuladas.
DECIMO TERCERA: DISOLUCION: Disuelta la Sociedad la liquidación estará a cargo del o los administradores o de quien designen los Socios. Una vez cancelado el pasivo, el saldo se adjudicará a los Socios, en proporción a sus aportes. Toda divergencia en la interpretación de este Contrato, será resuelta por las disposiciones de la Ley General de Sociedades vigentes y las normas del Código Civil y Comercial unificado.
DECIMO CUARTA: JURISDICCION: Los Socios constituyen sus domicilios legales en los mencionados al inicio, sometiéndose a la Jurisdicción de los Tribunales Ordinarios de la ciudad de Paraná, Provincia de Entre Ríos.
DECIMO QUINTA: AUTORIZACION: Se autoriza al Señor Maximiliano Daniel CASTELLARO; al CPN JORGE ENRIQUE PONCE y al CPN JAIME CONRADO PANOZZO, para que con facultades de aceptar o proponer modificaciones a este Contrato, realicen todas las gestiones para obtener la inscripción en el Registro Público de Comercio, asimismo la publicación del edicto y todo otro trámite tendiente al objetivo propuesto.
Bajo tales cláusulas dejan constituida la Sociedad LA GRAN ILUSION S.R.L. y aceptan el presente Contrato por estar de acuerdo con sus términos, firmándose en seis ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, a los treinta días del mes de mayo de dos mil dieciséis.

BOLETIN OFICIAL
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
Designar como Sede Social de la firma a la de calle Tejeiro Martínez Nº 501 de la ciudad de Paraná Entre Ríos, a efectos de dar cumplimiento con el artículo 11º inciso 2º de la Ley General de Sociedades.
Designar Gerente Administrador de la Sociedad, al señor Maximiliano Daniel CASTELLARO, DNI Nº 33.130.170, argentino, de 28 años de edad, Ingeniero Agrónomo y como Gerente Suplente al señor Hugo Ignacio CASTELLARO, DNI Nº 35.295.237, argentino, de 25 años de edad, de profesión comerciante, ambos domiciliados en calle Tejeiro Martínez Nº 501 de la ciudad de Paraná, Provincia de Entre Ríos.
Registro Público de Comercio DIPJ - Paraná, 23 de agosto de 2016 José L. Nani, abogado DIPJ.
F.C.S. 502-00008082 1 v./29.8.16

CONCORDIA
IVY PIAHU SRL
Por resolución del Sr. Director de Inspección de Personas Jurídicas se ha dispuesto publicar por un día en el Boletín Oficial el siguiente edicto:
Denominación y domicilio: IVY PIAHU SRL, con domicilio en jurisdicción de la ciudad de Concordia, E.Ríos, con domicilio de la sede social en calle Ramírez N 38 de dicha ciudad.Socios: Miguel Serre, DNI N 22.149.464, argentino, soltero, de 44 años de edad, comerciante, domiciliado en 4ta Sección Sauce, provincia de Corrientes, Maria Serre, DNI N
23.932.772, argentina, casada, comerciante, de 41 años de edad, domiciliada en calle Pellegrini 975 de Concordia y Juan Serre, DNI N
26.407.927, argentino, soltero, de 37 años de edad, comerciante, domiciliado en Rívadavia 687 de Concordia E.R.
Fecha de constitución: 5 de octubre de 2015.Plazo de duración: 99 años Objeto: La sociedad tiene por objeto dedicarse por cuenta propia o de terceros o asociada a terceros, las siguientes actividades:
1 AGROPECUARIAS: Explotación de establecimientos rurales propios o de terceros para la cría, engorde, capitalización e invernada de ganado mayor o menor. Compra y venta de hacienda y comercialización de carnes. Explotación agrícola en todos sus ciclos, para la producción de especies cerealeras, oleaginosas, graníferas, forrajeras, algodoneras y horticultura. Acopio y acondicionamiento de granos, frutas y hortalizas, para su comercialización, en el mercado interno y externo. Explotación forestal, forestación y reforestación.
2 Ejercicio de representaciones, comisiones y mandatos respecto de las actividades relacionadas con la actividad agrícola ganadera.
3 Prestación de servicios: Intermediar en la contratación y prestación de servicios de autos de renta, maquinarias agrícolas, vehículos pesados y de carga, prestación de servicios con tales maquinarias.
Capital social: El capital social se fija en la suma de pesos ciento cincuenta mil $
150.000 dividido en 1.500 cuotas de pesos cien $ 100 cada una, sus criptas por los socios en parte iguales de 500 cuotas cada uno e integran es este acto el 25% en dinero efectivo y el saldo en el plazo de dos años.Administración y representación: La administración, representación legal y uso de la firma social estará a cargo de un gerente, durando en sus funciones dos ejercicios.
En este acto se designa como gerente al Sr.
Miguel Serre, DNI N 22.149.464.
Fecha de cierre del ejercicio social: 1 de julio de cada año.
Registro Público de Comercio DIPJ - Paraná, 22 de agosto de 2016 Cristian Mathern, abogado inspector DIPJ.
F.C.S. 502-00008106 1 v./29.8.16

Paraná, lunes 29 de agosto de 2016

SUMARIO
DECRETOS
Ministerio de Salud Año 2016
680, 681, 682, 683, 684, 685, 686, 687
RESOLUCIONES
Ministerio de Economía, Hacienda y Finanzas 444
Ministerio de Salud Año 2015
2079, 2080, 2081, 2082, 2083, 2084, 2085, 2086, 2087, 2088, 2089, 2090, 2091, 2110, 2111, 2112, 2113, 2114, 2115, 2116, 2117, 2118, 2119, 2120, 2121, 2122, 2123, 2124, 2125, 2126, 2127, 2281, 2282, 2283, 2284, 2285, 2286, 2287, 2288, 2289, 2290, 2291, 2292, 2293, 2294
Presidencia del Consejo de la Magistratura de Entre Ríos Año 2016
205
Consejo de la Magistratura de Entre Ríos 797, 798, 799, 800
Las publicaciones de edictos, se recibirán hasta las 9 hs., del día anterior al de publicación, sin excepción
BOLETIN OFICIAL
Creado por Ley Nº 2487 fecha 5 - Nov. 13, derogada por Decreto Ley Nº 6346 del 30
- Mar. 79. Ratificado por Ley 7504 - Por Decreto Nº 878 S.G.G. fecha 30 - Mar. 79 se instrumenta el régimen legal de las ediciones del Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos.
R e gist ro d e la Propied ad In te lect ual 299.323. Se edita los días hábiles.
GUILLERMO LUIS ABASTO
Director Dirección, Administración, Talleres y Publicaciones:
CORDOBA Nº 327
PARANA Entre Ríos C.P. 3100
Telefax 0343 4207805 - 4207926
imprentaoficialentrerios@arnet.com.ar Suscripcio nes y Publicaciones de edictos: T.E. 4207805

IMPORTANTE
Los PAGOS de FACTURAS por publicaciones y trabajos realizados, deberán efectivizarse en la IMPRENTA OFICIAL .
Córdoba 327 - de 7 a 12 hs. - Tel.:03434207805/7926 .
Email:
imprentaoficialentrerios@arnet.com.ar Los cheques deben emitirse a la orden de TESORERIA GENERAL DE LA
PROVINCIA, c o n f o r m e l o d i s p u e s t o según Decreto Nº 3792/11 MEHF.
Las órdenes de pago o libramientos, efectuados por intermedio de T E S O R E R I A G E N E R A L, deberán informarse previamente a esta Repartición Imprenta Oficial para que tome conocimiento.

Riguardo a questa edizione

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 29/8/2016

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaeseArgentina

Data29/08/2016

Conteggio pagine22

Numero di edizioni4789

Prima edizione01/12/2003

Ultima edizione17/07/2024

Scarica questa edizione

Altre edizioni

<<<Agosto 2016>>>
DLMMJVS
123456
78910111213
14151617181920
21222324252627
28293031