Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 2/5/2016

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

Paraná, lunes 2 de mayo de 2016

CORDOBA
El Sr. Juez de Primera Instancia y Primera Nominación Civil, Comercial y Familia, a cargo Dra. Bonadero de Barberis Ana María en autos Romero Maximiliano Andrés usucapión, Expte. 2205785, ha dictado la siguiente resolución:
Villa María, 21.4.2015. Admítase la demanda de usucapión instaurada, a la que se le imprimirá el trámite de juicio ordinario con las prescripciones previstas en el Art. 782 y siguientes del CPCC. Cítese y emplácese al señor Procurador del Tesoro de la Provincia de Córdoba y a la Municipalidad de Villa María para que en el término de veinte días comparezcan a estar a derecho.
Cítese y emplácese a los sucesores del demandado Sr. Aldo Jacinto Francisco Martin, para que en igual plazo comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimiento de rebeldía y a todos los que se crean con derecho al inmueble que se trata de usucapir para que en igual plazo comparezcan a estar a derecho y pidan participación como demandados y a los colindantes, que tuvieren domicilio conocido en el mismo.
El inmueble se describe según título como:
un lote de terreno identificado como N 01 de la manzana 47 designación oficial manzana 47 parcela 15, ubicado en la calle Intendente Correa esquina Marcos Juárez, de la ciudad de Villa María, Dpto. General San Martín, de la Provincia de Córdoba, y mide veinticinco metros sobre la calle Marcos Juárez por cuarenta metros de fondo, haciendo una superficie de mil metros cuadrados y linda al NE con Mario Forconi y Nilda Rosa Bettman; al SE con calle Marcos Juárez; al SO con calle Tte. Correa y al NO con Benito Ponce.
Y según plano de mensura confeccionado por el ingeniero Antonio Aníbal Fiol, M 1167/1
y visado por la Dirección General de Catastro, Expte. 0588-003718-2013, aprobado con fecha 1.8.2013. Como un lote de terreno, identificado como lote 1 de la manzana oficial 47, parcela 11 y mide 25 metros sobre calle Marcos Juárez por cuarenta metros de fondo, con ángulos interiores de 90 00, encerrando una superficie de 1.000 metros cuadrados.
Los colindantes son: al NO parcela 010 de Mario Fermín Forconi y Nilda Rosa Bettman; al SE con calle Marcos Juárez; al SO calle Intendente Correa y al NO con parcela 012 de Benito Ponce.
Dicho inmueble se encuentra inscripto en el Registro General de la Provincia a nombre de Aldo Jacinto Francisco Martin, según surge de la matrícula N 1382509.
La condición catastral del inmueble se designe como Dpto. 16, Ped. 04, Pblo. 22, C 02, S02, M.008, P015 y Catastro Municipal 02002-008-00-00-011-001 Cta. 13303-001. Inscripto en la Dirección General de Rentas Cta.
N 1604-1660177/9.
Publíquense edictos por el término de diez veces a intérvalos regulares dentro de un período de treinta días, en el Boletín Oficial y otro diario conforme Ac serie b del 11.12.01 del Excmo. Tribunal Superior de Justicia Arts. 152
y 165 del CPCC, debiendo la citación de los sucesores del demandado practicarse en el Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos y en un diario de amplia circulación en la ciudad de Paraná.
Líbrese mandamiento al señor Intendente de la ciudad de Villa María, a fin de que coloque copia del edicto en las puertas de la intendencia a su cargo. Colóquese en el predio referido un cartel indicativo con las referencias necesarias, acerca de la existencia de este pleito, a cuyo fin, ofíciese al señor Oficial de Justicia.
Notifíquese. Fdo. Bonadero de Barberis, Ana María, Juez; Gómez Nora Lis, prosecretario.
Nora Lis Gómez, prosecretaria letrada.
F.C.S. 502-00005119 10 v./3.5.16

BOLETIN OFICIAL

17

USUCAPION
NUEVA

FEDERACION
El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N2 de la ciudad Chajarí a cargo del Dr. Mariano Luis Velasco Juez Civil y Comercial N 2, Secretaría Provisoria Dra. Verónica Patricia Ramos, en los autos: Gladis Ester Dallacamina y Otra c/ Magdalena Todone s/
Usucapión, Expte. Nº 4161, año 2015, cita por quince días a todas las personas que se consideren con derecho sobre el inmueble que se describe y especialmente a Magdalena Todone y/o sus sucesores y/o sus herederos a quienes se consideren con derecho sobre el inmueble que se encuentra ubicado en Planta Urbana de la ciudad de Chajarí, Provincia de Entre Ríos, ex chacra 90, Manzana 2, Lote 4, a 20,00
metros de calle Gemes y 60,00 metros de calle 1º de Mayo, del Plano de Mensura N
34108, practicado por el agrimensor Ulrico Frigerio, Registrado en la Dirección Provincial de Catastro el día 27.3.2009, surge que el inmueble tiene su domicilio parcelario en calle Bolívar N 2375 y consta de una superficie de ochocientos metros cuadrados 800 m2, dentro de los siguientes límites y linderos:
NORESTE: calle Bolívar mediante recta alambrada 1-2 al sureste 44 01 de 20,00 m.;
SURESTE: Crescencio Moreyra mediante recta alambrada 2-3 al suroeste 45 59 de 40,00 m.;
SUROESTE: José R. Díaz mediante recta alambrada 3-4 al noroeste 44 01 de 20,00 m.
y al NOROESTE: Bernardino Lima mediante recta alambrada y edificada 4-1 al Noreste 4559
de 40,00 m., el dominio de los inmuebles que se pretende usucapir son parte del inmueble que se encuentra anotado en el Registro de la Propiedad Inmueble de la ciudad de Chajarí, bajo tomo 38, F.U., folio 726, comparezcan, la contesten, opongan excepciones previas y ofrezcan la prueba de que intenten valerse, bajo apercibimiento de nombrarles defensor de oficio.
La citación se hará mediante edictos que se publicarán por dos días en el Boletín Oficial y diario El Sol de la ciudad de Concordia E.R.
Arts. 669 Incs. 2 y 3, 472, 474, 329 y 132
Inc. 1 del Código citado.
El auto que ordena el presente en lo pertinente dice: Chajarí, 20 de noviembre de 2015
Habiéndose dado cumplimiento al recaudo establecido en el Art. 142 CPCC, Citese a todas las personas que se consideren con derecho sobre el inmueble descripto en el promocional, y especialmente a Magdalena Todone y/o sus sucesores y/o sus herederos para que en el término de quince días comparezcan, la contesten, opongan excepciones previas y ofrezcan la prueba de que intenten valerse, bajo apercibimiento de nombrarles defensor de oficio. La citación se hará mediante edictos que se publicarán por dos días en el Boletín Oficial y diario El Sol de la ciudad de Concordia ER
Arts. 669 Incs. 2º y 3º, 472, 474, 329 y 132
Inc. 1º del código citado.- Fdo. Dra. Verónica P. Ramos, Jueza a/c Despacho Civil y Comercial N 2.
Chajarí, 7 de marzo de 2016 Verónica P.
Ramos, secretaria prov.
F.C.S. 502-00005498 2 v./3.5.16

SENTENCIAS
ANTERIORES

PARANA
Conforme lo resuelto por este Juzgado Correccional Nº 2 - en Transición - en los Legajos
N 16631 y 16558 UFI caratulados López Brian Andrés - Pesoa Mauricio - Homicidio Agravado en Grado de Tentativa y López Brian Andrés - Homicidio agravado en grado de tentativa y restantes legajos que integran acuerdo alcanzado, se remite bajo el título de Inhabilitacion Absoluta Art. 12 del C. Penal", transcribiéndose a continuación la parte pertinente de la Sentencia, que dice:
En la ciudad de Paraná, capital de la Provincia de Entre Ríos, siendo las doce horas del día 10 de diciembre de 2015 SENTENCIA: I
Declarar a LOPEZ BRIAN ANDRES de las demás condiciones de su identidad personal ya consignadas, autor material y responsable de los delitos de Lesiones Graves Tentadas Doblemente Agravadas por ser causadas con un arma de fuego y por ser contra un miembro de las fuerzas policiales dos hechos, Resistencia a la Autoridad, Daño Agravado - Arts. 90, 42, 92, 41, 239, 184 Inc. 5, del C. Penal y por los delitos de Robo Simple Art. 164 del C.
Penal, Robo en Grado de Tentativa Arts. 164
y 42 del C. Penal - 5 hechos y Receptación Sospechosa Art. 277, Inc. 2º del C. Penal en calidad de autor individual Art. 45 del C.
Penal; hechos conforme acuerdo jurídico bilateral arribado.
II Dictar el sobreseimiento del imputado Brian Andrés López, por el delito contemplado en legajo 15.683, Art. 164 del C. Penal y Art.
397 Inc. 3 y 7 del CPPER en razón de los fundamentos ut supra vertidos.
III Condenar a LOPEZ BRIAN ANDRES, a la pena de seis años y seis meses de prisión de efectivo cumplimiento; la que se hará efectiva una vez firme la presente.
IV Tener presente: e instar el tratamiento de las dolencias de dependencias por el encausado peticionada.
V Declarar a su cargo las costas del juicio, eximiéndolo de su efectivo pago atento su insolvencia - Art. 547 y concordantes del C.P.P.
VI Protocolícese, regístrese, comuníquese y en estado archívese. Fdo.: Dr. Daniel Julian Malatesta. Vocal de Juicio y Apelaciones N 3.
Dra. Adriana E. Arús. Secretaria de Transición.
Se hace saber que el vencimiento de la pena impuesta como asimismo de la inhabilitación es el 13 de diciembre de 2021.
Paraná, 21 de abril de 2016 Adriana E.
Arús, secretaria de Transición.
12976 3 v./2.5.16
Conforme lo resuelto por este Juzgado Correccional Nº 2 - en Transición, en la Causa Nº 7699, Fº 154, caratulada Speranza, Sergio Nicolás s/ Sustracción de menores en grado de tentativa - Amenazas - Resistencia a la autoridad - Desobediencia judicial - Daño - Robo simple en grado de tentativa, se remitirle bajo el título Inhabilitación Absoluta - Art. 12 del C.
Penal, transcribiéndole a continuación la parte pertinente de la sentencia, que dice:
En la ciudad de Paraná, capital de la Provincia de Entre Ríos, a los dieciséis días del mes de octubre del año dos mil catorce SENTENCIA: 1 Declarar que SPERANZA SERGIO
NICOLAS, ya filiado en autos, es autor material y responsable de los delitos de Sustracción de Menores en Grado de Tentativa, Amenazas, Resistencia a la Autoridad, Desobediencia Judicial, Daño y Robo Simple en Grado de Tentativa Arts. 146 y 42; 149 bis, 239 y 55; 239, 183 y 55 y 164 y 42 CP y en consecuencia, condenarlo a la pena de tres años y cuatro meses de prisión de cumplimiento efectivo II.- III.- IV.- V.- VIFdo.: Dr. Daniel Julian Malatesta - Juez Juzg. Correccional N
2 - Adriana E. Arus secretaria.
Se hace saber que el vencimiento de la pena impuesta, como asimismo de la inhabilitación es el veintiuno de febrero de dos mil diecisiete 21.02.2017.
Paraná, 22 de abril de 2016 Adriana E.
Arús, secretaria de Transición.
12977 3 v./2.5.16

Riguardo a questa edizione

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 2/5/2016

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaeseArgentina

Data02/05/2016

Conteggio pagine30

Numero di edizioni4796

Prima edizione01/12/2003

Ultima edizione26/07/2024

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