Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 26/4/2016

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

Paraná, martes 26 de abril de 2016
despacho de los actuados citados en el Artículo anterior de la presente, en un plazo máximo de diez 10 días.Art. 3.- Registrar, comunicar, publicar, archivar y pasar las actuaciones a la Mesa de Entradas de este Ministerio, para la notificación fehaciente de la interesada.Hugo A. Ballay
RESOLUCION Nº 156 MEHF
HACIENDO LUGAR A RECURSO
Paraná, 22 de abril de 2016
VISTO:
El recurso de queja interpuesto por el Sr.
Miguel Alfredo Zabala, con patrocinio letrado del Dr. Alberto Cruset, en referencia al Expediente Nº 357067; y CONSIDERANDO:
Que el recurrente manifiesta que interpone el presente por cuanto la revisión de sus haberes previsionales no se han reajustado conforme las recategorizaciones otorgadas por la Dirección Provincial de Vialidad para los empleados en actividad, alegando además que su solicitud encuadra técnicamente en el precedente jurisprudencial Reula y Rodríguez del Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos, agregando Planilla de Consulta de Expedientes de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia y volante de los movimientos del expediente interesado;
Que al respecto, la Dirección de Asuntos Jurídicos de este Ministerio, informa que el expediente que ha motivado la Queja conforme consulta efectuada en el Sistema de Gestión de Trámites del Gobierno de Entre Ríos, se encuentra efectivamente desde el 11/11/2015
en el Área de Liquidaciones Técnica Previsional - de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia, no teniendo movimiento con posterioridad a la interposición del recurso, hallándose ampliamente vencido el plazo fijado por ley para que se expida;
Que por lo expuesto, la citada Dirección entiende que le asiste razón al recurrente, correspondiendo en esta instancia hacer lugar al Recurso de Queja interpuesto, de conformidad a lo dispuesto por el Artículo 72º sgtes. y ccdtes. de la Ley Nº 7060 y en consecuencia instar al Organismo que motiva la queja, a que en un plazo breve dé curso al expediente en cuestión, para la correcta prosecución del trámite;
Por ello;
El Ministro de Economía, Hacienda y Finanzas R E S U E L V E :
Art. 1.- Hacer lugar al recurso de queja interpuesto por el Sr. Miguel Alfredo Zabala, con patrocinio letrado del Dr. Alberto Cruset, en referencia al Expediente Nº 357067, de conformidad a lo dispuesto por el Artículo 72º, sgts.
y ccdtes. del Decreto-Ley Nº 7060, ratificado por Ley Nº 7504.Art. 2.- Instar al Área de Liquidaciones
Técnica Previsional - de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia, a proceder al despacho de los actuados citados en el Artículo anterior de la presente, en un plazo máximo de diez 10 días.Art. 3.- Registrar, comunicar, publicar, archivar y pasar las actuaciones a la Mesa de Entradas de este Ministerio, para la notificación fehaciente del interesado.Hugo A. Ballay
RESOLUCION Nº 157 MEHF
HACIENDO LUGAR A RECURSO
Paraná, 22 de abril de 2016
VISTO:
El recurso de queja interpuesto por el Sr.
Elbio Elido Martinez, con patrocinio letrado del Dr. Alberto Cruset, en referencia al Expediente Nº 377237; y CONSIDERANDO:
Que el recurrente manifiesta que interpone el
BOLETIN OFICIAL
presente por cuanto la revisión de sus haberes previsionales no se han reajustado conforme las recategorizaciones otorgadas por la Dirección Provincial de Vialidad para los empleados en actividad, alegando además que su solicitud encuadra técnicamente en el precedente jurisprudencial Reula y Rodríguez del Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos, agregando Planilla de Consulta de Expedientes de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia y volante de los movimientos del expediente interesado;
Que al respecto, la Dirección de Asuntos Jurídicos de este Ministerio, informa que el expediente que ha motivado la Queja conforme consulta efectuada en el Sistema de Gestión de Trámites del Gobierno de Entre Ríos, se encuentra efectivamente desde el 20/10/2015
en el Área de Despacho Sec. General - de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia, no teniendo movimiento con posterioridad a la interposición del recurso, hallándose ampliamente vencido el plazo fijado por ley para que se expida;
Que por lo expuesto, la citada Dirección entiende que le asiste razón al recurrente, correspondiendo en esta instancia hacer lugar al Recurso de Queja interpuesto, de conformidad a lo dispuesto por el Artículo 72º sgtes. y ccdtes.
de la Ley Nº 7060 y en consecuencia instar al Organismo que motiva la queja, a que en un plazo breve dé curso al expediente en cuestión, para la correcta prosecución del trámite;
Por ello;
El Ministro de Economía, Hacienda y Finanzas R E S U E L V E :
Art. 1.- Hacer lugar al recurso de queja interpuesto por el Sr. Elbio Elido Martinez, con patrocinio letrado del Dr. Alberto Cruset, en referencia al Expediente Nº 377237, de conformidad a lo dispuesto por el Artículo 72º, sgts.
y ccdtes. del Decreto-Ley Nº 7060, ratificado por Ley Nº 7504.Art. 2.- Instar al Área de Despacho Sec.
General - de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia, a proceder al despacho de los actuados citados en el Artículo anterior de la presente, en un plazo máximo de diez 10
días.Art. 3.- Registrar, comunicar, publicar, archivar y pasar las actuaciones a la Mesa de Entradas de este Ministerio, para la notificación fehaciente del interesado.Hugo A. Ballay
RESOLUCION Nº 158 MEHF
HACIENDO LUGAR A RECURSO
Paraná, 22 de abril de 2016
VISTO:
El recurso de queja interpuesto por el Sr.
Miguel Ángel Hermelo, con patrocinio letrado del Dr. Alberto Cruset, en referencia al Expediente Nº 346765; y CONSIDERANDO:
Que el recurrente manifiesta que interpone el presente por cuanto la revisión de sus haberes previsionales no se han reajustado conforme las recategorizaciones otorgadas por la Dirección Provincial de Vialidad para los empleados en actividad, alegando además que su solicitud encuadra técnicamente en el precedente jurisprudencial Reula y Rodríguez del Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos, agregando Planilla de Consulta de Expedientes de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia y volante de los movimientos del expediente interesado;
Que al respecto, la Dirección de Asuntos Jurídicos de este Ministerio, informa que el expediente que ha motivado la Queja conforme consulta efectuada en el Sistema de Gestión de Trámites del Gobierno de Entre Ríos, se encuentra efectivamente desde el 14/10/2015

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en el Área de Despacho Sec. General - de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia, no teniendo movimiento con posterioridad a la interposición del recurso, hallándose ampliamente vencido el plazo fijado por ley para que se expida;
Que por lo expuesto, la citada Dirección entiende que le asiste razón al recurrente, correspondiendo en esta instancia hacer lugar al Recurso de Queja interpuesto, de conformidad a lo dispuesto por el Artículo 72º sgtes. y ccdtes.
de la Ley Nº 7060 y en consecuencia instar al Organismo que motiva la queja, a que en un plazo breve dé curso al expediente en cuestión, para la correcta prosecución del trámite;
Por ello;
El Ministro de Economía, Hacienda y Finanzas R E S U E L V E :
Art. 1.- Hacer lugar al recurso de queja interpuesto por el Sr. Miguel Ángel Hermelo, con patrocinio letrado del Dr. Alberto Cruset, en referencia al Expediente Nº 346765, de conformidad a lo dispuesto por el Artículo 72º, sgts.
y ccdtes. del Decreto-Ley Nº 7060, ratificado por Ley Nº 7504.Art. 2.- Instar al Área de Despacho Sec.
General - de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia, a proceder al despacho de los actuados citados en el Artículo anterior de la presente, en un plazo máximo de diez 10
días.Art. 3.- Registrar, comunicar, publicar, archivar y pasar las actuaciones a la Mesa de Entradas de este Ministerio, para la notificación fehaciente del interesado.Hugo A. Ballay
RESOLUCION Nº 159 MEHF
HACIENDO LUGAR A RECURSO
Paraná, 22 de abril de 2016
VISTO:
El recurso de queja interpuesto por el Sr.
Alcides Florentino Espindola, con patrocinio letrado del Dr. Alberto Cruset, en referencia al Expediente Nº 374701; y CONSIDERANDO:
Que el recurrente manifiesta que interpone el presente por cuanto la revisión de sus haberes previsionales no se han reajustado conforme las recategorizaciones otorgadas por la Dirección Provincial de Vialidad para los empleados en actividad, alegando además que su solicitud encuadra técnicamente en el precedente jurisprudencial Reula y Rodríguez del Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos, agregando Planilla de Consulta de Expedientes de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia y volante de los movimientos del expediente interesado;
Que al respecto, la Dirección de Asuntos Jurídicos de este Ministerio, informa que el expediente que ha motivado la Queja conforme consulta efectuada en el Sistema de Gestión de Trámites del Gobierno de Entre Ríos, se encuentra efectivamente desde el 29/06/2015
en el Área de Liquidaciones de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia, no teniendo movimiento con posterioridad a la interposición del recurso, hallándose ampliamente vencido el plazo fijado por ley para que se expida;
Que por lo expuesto, la citada Dirección entiende que le asiste razón al recurrente, correspondiendo en esta instancia hacer lugar al Recurso de Queja interpuesto, de conformidad a lo dispuesto por el Artículo 72º sgtes. y ccdtes. de la Ley Nº 7060 y en consecuencia instar al Organismo que motiva la queja, a que en un plazo breve dé curso al expediente en cuestión, para la correcta prosecución del trámite;
Por ello;
El Ministro de Economía, Hacienda y Finanzas R E S U E L V E :
Art. 1.- Hacer lugar al recurso de queja in-

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Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 26/4/2016

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaeseArgentina

Data26/04/2016

Conteggio pagine22

Numero di edizioni4801

Prima edizione01/12/2003

Ultima edizione02/08/2024

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