Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 11/2/2016

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bía asignado las funciones de Jefe de Servicio de Cirugía al Dr. Schatz, a partir del 01.1.07porta un vicio de incompetencia en razón del grado que no ha sido subsanado, queda claro entonces que, en el sub lite, las funciones desempeñadas no le fueron asignadas formalmente y por autoridad competente al recurrente sino a partir del dictado del Decreto N 4475
de fecha 14 de Octubre de 2011 que crea los distintos Servicios Profesionales Médicos dependientes del nosocomio en cuestión, entre los que se encuentra el Servicio Cirugía General, y designa interinamente Dr. Schatz a cargo del mismo;
Que ahora bien, de la atenta lectura del Decreto N 4475/11 surge que el mismo no sólo qu e n o rat ific ó la D ispo sición I nt erna N
195/10, con lo cual aquel vicio de incompetencia se hubiera saneado, sino que, expresamente, dejó sin efectos todas las designaciones interinas que hasta entonces, tenían los profesionales en el nosocomio, sin reconocer retroactivamente las funciones desempeñadas, es así que, atendiendo al contenido del decreto del Sr. Gobernador, considero que dicho acto administrativo, debió ser atacado por el interesado, si estimaba que le causaba agravio, y, al no haber interpuesto en su momento las medidas recursivas previstos por la Ley de Trámites Administrativos, en los plazos establecidos al efecto, corresponde válidamente concluir que el acto se encuentra firme y consentido, resultando incompatible su vigencia con la pretensión recursiva que ahora articula;
Que el Superior Tribunal de Justicia, en reiteradas oportunidades ha dicho que, no basta con sólo pretender el reconocimiento de un supuesto derecho desconocido o vulnerado, sino que es condición indispensable impugnar todos los actos supuestamente vulneratorios de los derechos administrativos reclamados, máxime cuando en la saga de resoluciones que han precedido al acto causatorio de ésto se han esgrimido fundamentos sustancialmente distintos, caso contrario los mismos llegan firmes a la instancia contencioso vgr. Velázquez Blas Eduardo c/ IOSPER s/ DCA 23/05/96-, en este esquema y si bien el reclamo del galeno debió rechazarse conforme las consideraciones antes apuntadas, vale aclarar que el reconocimiento efectuado a través del acto atacado Decreto N 1027/13 MS no puede vulnerarse en esta instancia, puesto que se estaría reformando la decisión en perjuicio del propio particular, lo cual está vedado por la aplicación al ordenamiento jurídico administrativo del principio procesal de la prohibición de la reformatio in peius;
Que por último, y con relación a lo pretensión de reconocimiento y pago del adicional desde 14.10.2011 y hasta la fecha de cese por jubilación ordinaria común, corresponde señalar que, de acuerdo a lo informado por el Jefe del Departamento Liquidaciones del Ministerio de Salud a fs. 100 y fs. 118, con el dictado del Decreto N 4475/11, de fecha 14.10.2011, se regularizó la situación del galeno comenzando a percibir sus haberes como Jefe de Servicio de Cirugía General;
Que conforme a lo expuesto en los considerandos precedentes, corresponde rechazar el recurso de revocatoria parcial contra el Decreto Nº 1027/13 MS, interpuesto por el Dr. Albero Arturo Schatz, DNI N 8.420.514, con patrocinio letrado del abogado Carlos José Francisco Scharn;
Que la Fiscalía de Estado ha tomado la pertinente intervención;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Recházase el recurso de revoca-

BOLETIN OFICIAL
toria parcial impetrado contra el Decreto N
1027/13 MS, por el Dr. Albero Arturo Schatz, DNI. N 8.420.514, con patrocinio letrado del abogado Carlos José Francisco Scharn, que dispuso reconocer las funciones desempeñadas como Jefe del Servicio de Cirugía del Hospital Delicia Concepción Masvernat de Concordia, por el período comprendido entre el 22.2.10 y el 13.10.11, sin la retroactividad solicitada por el ex agente en virtud de lo expuesto en los considerandos precedentes.
Art. 2º El presente decreto será refrendado por el Sr. Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Social a/c del Ministerio de Salud, conforme autoridad conferida por Decreto N
4525/14 GOB.
Art. 3º Comuníquese, notifíquese al recurrente por intermedio del Departamento Mesa de Entradas del Ministerio de Salud de lo dispuesto en el presente decreto mediante cédula al domicilio de calle J. M. Estrada N
262 de Concordia, publíquese y archívese.
SERGIO D. URRIBARRI
Carlos G. Ramos
DECRETO Nº 2553 MS
Paraná, 31 de julio de 2015
Concediendo licencia extraordinaria sin goce de haberes, por el término de 9 meses a partir del 03.8.2015, a la agente Andrea Cecilia Malleville, Legajo N 141.621, agente que revista en categoría 2 - Tramo C, Carrera Profesional - Escalafón General dependiente de la Dirección General del Primer Nivel de Atención del Ministerio de Salud.
Encuadrando la presente gestión en las disposiciones del Art. 29 del Decreto N 5703/93
MGJE, aplicable en virtud de las disposiciones estatuidas en el Art. 52 de la Ley N 9755
modif. por Ley N 9811.
DECRETO Nº 2570 MS
APROBANDO CONVENIO
Paraná, 31 de julio de 2015
VISTO:
Las presentes actuaciones por las cuales se interesa la aprobación del Convenio Marco de Cooperación Mutua celebrado entre el Ministerio de Salud de la Provincia de Entre Ríos y la Facultad Regional Paraná de la Universidad Tecnológica Nacional; y CONSIDERANDO:
Que el mismo fue suscripto el día 31 de marzo del año en curso por el Cr. Mariano Adolfo Camoirano en su carácter de Secretario de Salud y por el Ing. Omar Enrique Berardi en su calidad de Decano de la Facultad;
Que dicho convenio tiene por objeto implementar un sistema de investigación, cooperación, asesoramiento, desarrollo y capacitación entre ambas instituciones;
Que las tareas específicas se instrumentarán mediante convenios particulares, donde se detallarán los objetivos, planes de trabajo plazos de ejecución equipamiento, personal, financiamiento, obligaciones y todo otro aporte en especie y/o servicio a cargo de cada una de las partes;
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Salud ha dictaminado al respecto;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Apruébase el convenio marco de cooperación mutua celebrado entre el Ministerio de Salud de la Provincia de Entre Ríos y la Facultad Regional Paraná de la Universidad Tecnológica Nacional suscripto el día 31 de marzo del corriente año, el que agregado forma parte integrante del presente decreto, atento a lo manifestado en los considerandos precedentes.

Paraná, jueves 11 de febrero de 2016
Art. 2º El presente decreto será refrendado por el Sr. Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Social a/c del Ministerio de Salud, conforme facultad conferida por Decreto N
4525/14 GOB.
Art. 3º Comuníquese, publíquese y archívese.
SERGIO D. URRIBARRI
Carlos G. Ramos
DECRETO Nº 2571 MS
Paraná, 31 de julio de 2015
Reconociendo las funciones desempeñadas como Administradora del Hospital General San Martín de Villa Clara -Dpto. Villaguay, a la agente Ana María Solari, DNI Nº 16.610.400categoría 5- Carrera Administrativa -Supervisión - Escalafón General, a partir de la fecha 13.11.13 hasta la fecha del presente decreto.
Encuadrando la presente gestión dentro de lo establecido por los Decretos N 5384/03
GOB, N 7376/08, N 4458/90 MGJOSP -Anexo I -Punto G y lo dispuesto por el Decreto N
2426/04 GOB.
Asignando las funciones de Administradora a la agente Ana María Solari, DNI N 16.610.400
categoría 5 - ambas Carrera Administrativa -Supervisión Escalafón General, del hospital General San Martín de Villa Clara -Dpto. Villaguay, en forma transitoria, a partir de la fecha del presente y mientras se desempeñe en las mismas.
Otorgando el pago del adicional por responsabilidad funcional a la agente Ana María Solari, DNI N 16.610.400- categoría 5 - Carrera Administrativa - SupervisiónEscalafón General, del Hospital General San Martín de Villa Clara -Dpto. Villaguay, atento a lo dispuesto precedentemente.
Facultando a la Dirección General de Administración del Ministerio de Salud, a liquidar y efectivizar el pago del adicional interesado a la agente Ana María Solari, DNI N 16.610.400, conforme a lo dispuesto en el presente texto normativo.
DECRETO Nº 2572 MS
Paraná, 31 de julio de 2015
Aceptando lo renuncia presentada por la agente Gabriela Torregrosa, DNI Nº 21.073.240, Legajo N 145.701, quien revista en el cargo, categoría 05 - Carrera Profesional - Tramo C - Escalafón General - del Hospital 9
de Julio" de La Paz, a partir del 11.9.08 ya que la Dirección de Sumarios dependiente de Fiscalía de Estado informa que la agente Torregrosa, no se encuentra sumariada ni involucrada en información sumaria alguna.

MINISTERIO DE PLANEAMIENTO, INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS
DECRETO Nº 2342 MPIyS
Paraná, 20 de julio de 2015
Aprobando en todos sus términos los contratos de locación de obra celebrados oportunamente entre el Sr. José Daniel Irigoyen, DNI N
8.441.347, en su carácter de Coordinador de la Unidad Ejecutora de Programas Especiales del Ministerio de Planeamiento Infraestructura y Servicios Y la Sra. Cecilia Bentancourt, DNI
N 34.660.487 y el Sr. Rodrigo Andrés Ipperi, DNI N 37.293.739, por el período y monto previsto en las cláusulas segunda y cuarta de los mismos, cuyos originales forman parte del presente.
Facultando a la Dirección de Administración de la Unidad Ejecutora de Programas Especiales del Ministerio de Planeamiento Infraestructura y Servicios, a abonar los honorarios pactados, a favor de la Sra. Cecilia Bentancourt.
DNI N 34.660.487 y el Sr. Rodrigo Andrés

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Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 11/2/2016

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaeseArgentina

Data11/02/2016

Conteggio pagine14

Numero di edizioni4786

Prima edizione01/12/2003

Ultima edizione12/07/2024

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