Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 23/6/2014

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

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cesarias para atender el gasto que demande lo dispuesto en el Articulo 1.
Art. 4.- Comuníquese, etcétera.
Paraná, Sala de Sesiones, 3 de junio de 2014
Ester Gonzpalez Vicepresidente 1º H.C. de Senadores a/c de la Presidencia Mauro G. Urribarri Secretario H.C. de Senadores José Angel Allende Presidente H.C. de Diputados Nicolás Pierini Secretario H.C. de Diputados Paraná, 13 de junio de 2014
POR TANTO:
Téngase por Ley de la Provincia, cúmplase, comuníquese, dése al Registro Oficial y oportunamente archívese.
SERGIO D. URRIBARRI
Adán H. Bahl Ministerio de Gobierno y Justicia, 13 de junio de 2014. Registrada en la fecha bajo el Nº 10307. CONSTE Adán Humberto Bahl.
LEY Nº 10308
La Legislatura de la Provincia de Entre Ríos, sanciona con fuerza de L E Y :
Art. 1.- Ratifícase la vigencia de la declaración de utilidad pública dispuesta por Ley N
10.116 del inmueble de propiedad del señor Víctor Machinea, consistente en una fracción de terreno ubicada en el Departamento Uruguay, ejido de Concepción del Uruguay, Manzana N 16, loteo Machinea, Ruta Provincial N 39 esquina Ex Ruta Nacional N 14, Matricula N 100.452, Partida Provincial N
135.131, Plano N 42.183, Superficie 72.919,54 m2, lindando:
NORTE: recta amojonada 1-2 NE 8000 de 114,60 m; 2-3 NE 81º 20 de 81,20 m; 3-4
NE 59 32 de 10,80 m; 4-5 NE 81 20 de 23,00 m; 5-6 SE 76 52 de 10,80 m; 6-7 NE
81 20 de 82,68 m; lindando con Ruta Provincial N 39.
ESTE: recta amojonada 7-8 SE 0 37 de 254,80 m; lindando con Ex Ruta Nacional N
14.
SUR: recta amojonada 8-9 SO 89 05 de 306,50 m; lindando con calle Pública y, OESTE: recta amojonada 9-1 NO 3 40 de 209,30 m; lindando con calle pública.
Art. 2.- El inmueble afectado será destinado a zona y/o playa de transferencia de camiones de alto porte, dentro del marco de reordenamiento de tránsito encarado por el Departamento Ejecutivo Municipal de Concepción del Uruguay.
Art. 3.- Facúltese al Poder Ejecutivo Provincial a realizar las adecuaciones presupuestarias para atender el gasto que demande la aplicación de lo dispuesto en esta norma, una vez producida la correspondiente tasación por parte del Consejo de Tasaciones de la Provincia. Asimismo disponga que en el término de sesenta 60 dias de promulgada la presente, la Escribanía Mayor de Gobierno intervenga en la formalización de la transferencia definitiva del inmueble detallado en el Artículo 1 de la presente.
Art. 4.- Comunquese, etcétera.
Paraná, Sala de Sesiones, 3 de junio de 2014
Ester González Vicepresidente 1º H.C. de Senadores a/c de la Presidencia Mauro G. Urribarri Secretario H.C. de Senadores José Angel Allende Presidente H.C. de Diputados Nicolás Pierini Secretario H.C. de Diputados Paraná, 13 de junio de 2014
POR TANTO:
Téngase por Ley de la Provincia, cúmplase,
BOLETIN OFICIAL
comuníquese, dése al Registro Oficial y oportunamente archívese.
SERGIO D. URRIBARRI
Adán H. Bahl Ministerio de Gobierno y Justicia, 13 de junio de 2014. Registrada en la fecha bajo el Nº 10308. CONSTE Adán Humberto Bahl.
LEY Nº 10309
La Legislatura de la Provincia de Entre Ríos, sanciona con fuerza de L E Y :
Art. 1.- Autorízase al Poder Ejecutivo Provincial a transferir en forma gratuita a la Municipalidad de Enrique Carbó, una fracción de terreno ubicada en la Provincia de Entre Ríos, departamento Gualeguaychú, Distrito Alarcón, Estación Enrique Carbó, Plano de Mensura N
26.302, con una superficie de nueve mil cuatrocientos veinticinco metros cuadrados con veinte decímetros cuadrados 9.425,20 m2, y cuyos límites y linderos son:
NORTE: con Juan Covre en parte y luego calle pública, por recta alambrada 2-3 al Sudeste 81 44 de 75,90 metros.
ESTE: con calle pública, por recta alambrada 3-4 al Sudoeste 7 21 de 110,70 metros.
SUR: con Mercedes G. de Sosa, por dos rectas alambradas, a saber: 4-5 al Noroeste 83 39 de 37,70 metros y 5-6 al Sudoeste 7
27 de 23,70 metros; y con María Esther T. de Guerra por recta alambrada 6-1 al Noroeste 84 19 de 38,40 metros.
OESTE: con Salustiano V. Fabiani, por recta alambrada 1-2 al Noreste 7 26 de 137,40
metros.Art. 2.- Facúltase a la Escribanía Mayor de Gobierno a realizar los trámites conducentes para la efectiva transferencia del dominio del inmueble individualizado en el artículo anterior, a favor de la Municipalidad de Enrique Carbó.Art. 3.- Comuníquese, etc.Sala de Sesiones, Paraná, 3 de junio de 2014
Pablo N. Mendoza Vicepresidente 1º H.Cámara Diputados a/c Presidencia Nicolás Pierini Secretario H.C. Diputados José Orlando Cáceres Presidente H.Cámara Senadores Mauro G. Urribarri Secretario H.Cámara Senadores Paraná, 13 de junio de 2014
POR TANTO:
Téngase por Ley de la Provincia, cúmplase, comuníquese, dése al Registro Oficial y oportunamente archívese.
SERGIO D. URRIBARRI
Adán H. Bahl Ministerio de Gobierno y Justicia, 13 de junio de 2014. Registrada en la fecha bajo el Nº 10309. CONSTE Adán Humberto Bahl.
LEY Nº 10310
La Legislatura de la Provincia de Entre Ríos, sanciona con fuerza de L E Y :
Art. 1.- Autorízase al Superior Gobierno de la Provincia de Entre Ríos a aceptar el ofrecimiento de donación formulado por la Municipalidad de Colón del inmueble que se identifica con Plano de Mensura Número 50.945", ubicado en Provincia de Entre Ríos, Departamento Colón, Municipio de Colón, Éjido de Colón, grupo dos, sección diecisiete, con domicilio parcelario en calle Degeneve sin número a 346,66 m. de calle pública al Norte, y consta de una superficie según mensura de una hectárea, cero cero áreas, noventa y seis centiáreas; dentro de los siguientes límites y linderos:
Al NORTE: Recta 1-2 al N 88 28 E de 228,14 metros, linda con Municipalidad de Colón;

Paraná, lunes 23 de junio de 2014
Al ESTE: Recta 2-3 al S 9 25 O de 25,00
metros, linda con calle Degeneve ripio;
Al SUR: Recta 3-4 al S 88 48 0 de 67,30
metros; 4-5 al S 120 E de 30,00 metros, linda con Luisa N. Loker; 5-6 al S 88 49 O de 156,84 metros, linda con Roque A. Loker;
Y al OESTE: Recta 6-1 al N de 0 37 O de 53,20 metros; linda con Municipalidad de Colón.Art. 2º.- Establécese que esta donación se acepta con él cargo de que el Superior Gobierno de la Provincia de Entre Ríos construya allí un hangar y dependencias aledañas para alojar y monitorear los aviones dispuestos para trabajar en el Plan de Manejo del Fuego.Art. 3.- Facúltase a la Escribanía Mayor de Gobierno a realizar los trámites necesarios para la efectiva transferencia de dominio del inmueble individualizado, a favor del Superior Gobierno de la Provincia de Entre Ríos.Art. 4.- Comuníquese, etcétera.Sala de Sesiones, Paraná, 3 de junio de 2014
Pablo N. Mendoza Vicepresidente 1 H.Cámara Diputados a/c Presidencia Nicolás Pierini Secretario H.C. Diputados José Orlando Cáceres Presidente H.Cámara Senadores Mauro G. Urribarri Secretario H.Cámara Senadores Paraná, 13 de junio de 2014
POR TANTO:
Téngase por Ley de la Provincia, cúmplase, comuníquese, dése al Registro Oficial y oportunamente archívese.
SERGIO D. URRIBARRI
Adán H. Bahl Ministerio de Gobierno y Justicia, 13 de junio de 2014. Registrada en la fecha bajo el Nº 10310. CONSTE Adán Humberto Bahl.
LEY Nº 10311
La Legislatura de la Provincia de Entre Ríos, sanciona con fuerza de L E Y :
GESTIÓN INTEGRAL DE LOS RESIDUOS
SÓLIDOS URBANOS
CAPITULO I
OBJETIVOS Y DEFINICIONES
Art. 1.- La presente ley tiene por objeto establecer el conjunto de principios y obligaciones básicas para la gestión integral de los residuos sólidos urbanos que se generen en el ámbito territorial de la Provincia de Entre Ríos, de conformidad con las disposiciones establecidas en la Ley Nacional N 25.916, de Presupuestos Mínimos de Protección Ambiental para la Gestión Integral de Residuos Domiciliarios, con el fin último de proteger el ambiente y la calidad de vida de la población.
Art. 2.- Son objetivos particulares de la presente ley:
a. Involucrar a la sociedad en su conjunto para que sea consciente de su responsabilidad en relación a la generación de residuos y a la toma de decisiones respecto de la gestión de los mismos, con la finalidad última de generar una cultura adecuada en el tratamiento de los residuos sólidos urbanos conjuntamente con una cultura de consumo responsable.
b. Promover la gestión sustentable de los residuos sólidos urbanos por parte de todos los municipios y comunas de la Provincia de Entre Ríos, garantizando los principios de prevención y precaución ambiental.
c. Promover un adecuado y racional manejo de los residuos sólidos urbanos, a fin de preservar los recursos naturales, resguardar la salud de la población y su calidad de vida.
d. Diseñar e instrumentar programas en los distintos niveles educativos formales y no formales sobre las buenas prácticas ambientales en la temática de residuos sólidos urbanos.

Riguardo a questa edizione

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 23/6/2014

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaeseArgentina

Data23/06/2014

Conteggio pagine24

Numero di edizioni4804

Prima edizione01/12/2003

Ultima edizione07/08/2024

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