Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 6/12/2013

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

Paraná, viernes 6 de diciembre de 2013

ENTE PROVINCIAL REGULADOR
DE LA ENERGIA
RESOLUCION Nº 122 EPRE
ESTABLECIENDO MONTOS PARA
FONDO ESPECIAL
Paraná, 29 de agosto de 2013
VISTO:
El Decreto N 1626/13 MPIyS y las Resoluciones Nros. 141/12, 7/13, 83/13 y 115/13
EPRE, y;
CONSIDERANDO:
Que por Decreto N 1.626 MPIS del 7 de Junio de 2.013, el Poder Ejecutivo de la Provincia dispuso la creación de un Fondo Especial para Infraestructura y Mantenimiento del Sistema Electrico de la Provincia de Entre Rios FEIyMSE;
Que para constituir dicho Fondo se afectó los ingresos percibidos por las Distribuidoras en concepto de previsión para el reajuste de subsidio del Estado Nacional y se instruyó a este Ente Regulador a incluir un cargo de 31 $/MWh sobre la energía a todos los usuarios finalescon la sola excepción de los Otros Distribuidores Provinciales, conforme lo establece el Artículo 2 de precitado Decreto;
Que las Resoluciones Nros. 142/12, 7/13 y 83/13 EPRE, que conformaron la aprobación de los Cuadros Tarifarios a partir de Noviembre de 2012 y hasta Junio de 2013, han incluido sobrecargos sobre la energía en carácter de previsión ante quita de subsidios nacionales;
Que la Resolución N 115/13 EPRE contempla la inclusión de 31 $/MWh a partir de Julio de 2013, de acuerdo a lo establecido en el Decreto creador del FEIyMSE;
Que resulta necesario establecer la metodología para determinar los montos que integraran dicho Fondo y las fechas de depósito que las Distribuidoras dispondrán para la utilización de las correspondientes cuentas especiales;
Que por razones de igualdad de trato es ineludible prorratear entre todas las Distribuidoras lo acumulado en concepto de previsión para quita de subsidios nacionales en el período Noviembre de 2012 y Junio de 2013;
Que a los fines de su implementación resulta conveniente precisar la fecha de presentación del primer Plan de Inversiones por parte de las Distribuidoras, de acuerdo a lo requerido por el Artículo 4 del citado Decreto;
Que conforme a las funciones y facultades establecidas en el Artículo 48 de la Ley Nº 8. 91 6 y las inst rucciones del Decreto Nº 1127/96, se ha dispuesto la Intervención de este Ente Regulador, por lo que en uso de sus facultades;
La Intervención del EPRE
R E S U E L V E :
Art. 1º: Establecer como metodología, para la determinación de los montos mensuales con destino a integrar el Fondo Especial para Infraestructura y Mantenimiento del Sistema Electrico de la Provincia de Entre Rios FEIyMSE, la detallada en el Anexo I de la presente Resolución.
Art. 2º: Determinar que las Distribuidoras deberán proceder a la apertura de las respectivas cuentas bancarias destinadas al FEIyMSE e informar al EPRE, en un plazo perentorio de diez días.
Art. 3º: Disponer que la entrega del primer Plan de Inversiones de Obras de Infraestructura y Mantenimiento, a ejecutar durante el año 2013, para la utilización de Fondo FEIyMSE, será el 10 de Setiembre de 2013. Este Plan se presentará ante la Secretaría de Energía y dentro de los cinco días se presentará ante el
BOLETIN OFICIAL
EPRE una copia del referido Plan con la constancia de recepción.
Art. 4º: Determinar que antes de la finalización del mes m+1 siguiente al examinado m, el EPRE informará los importes correspondientes a integrar al FEIyMSE a cada una de las Distribuidoras, conforme a la metodología del Anexo I de la presente Resolución, las cuales tendrán un plazo de diez días para formular observaciones.
Art. 5: Establecer que las Distribuidoras deberán depositar los montos determinados en las correspondientes cuentas bancarias, antes del día 10 del mes m+3 siguiente al examinado m e informar al EPRE con constancia documentada antes del día 15 de dicho mes.
Art. 6: Disponer que antes del día 10 de Setiembre de 2013, ENERSA deberá proceder a depositar en las cuentas bancarias de los Distribuidores Cooperativos destinadas al FEIyMSE e informadas al EPRE, los importes que conforman los depósitos iniciales correspondiente a lo devengado por el período comprendido entre Noviembre de 2012 y Junio de 2013, según detalle del Anexo II de la presente Resolución.
Art. 7: Establecer que antes de 30 de Setiembre de 2013, las Distribuidoras Agentes del MEM, depositarán en sus cuentas bancarias destinadas al FEIyMSE, los importes que correspondientes a lo percibido por el período comprendido entre Noviembre de 2012 y Junio de 2013, conforme a los montos detallados en el Anexo III de la presente Resolución.
Art. 8: Disponer que las Distribuidoras Agentes del MEM, a los fines del depósito que deben realizar conforme a lo dispuesto en el Artículo anterior, podrán descontar del monto establecido en el Anexo III de la presente, los pagos que hubieran realizado por obras finalizadas o en curso de ejecución, compra de materiales y/o equipamientos, que estén incluidas en el Plan de Inversiones del corriente año.
Art. 9º: Registrar, notificar, publicar en el Boletín Oficial, Página Web del EPRE y archivar.
Francisco E. Taibi, interventor EPRE; Mario G. Graglia, subinterventor EPRE.
ANEXO I
ENERSA
FEIyMSE=CE_MEM VD FPE RF AIG
donde:
FEIyMSE = Monto mensual del Fondo en $
CE_MEM = Compra de Energía en el MEM
en MWh VD = Total de Ventas de Energía a Otros Distribuidores en MWh FPE = Factor de Perdidas de Energía reconocido en el Cuadro Tarifario RF = Recargo Fondo FEIyMSE = 31 $/MWh AIG = Afectación del Impuesto a las Ganancias según corresponda Cooperativa No Agente MEM
FEIyMSE = CE_ENERSA RF
donde:
FEIyMSE = Monto mensual del Fondo en $
CE_ENERSA = Compra de Energía a ENERSA en MWh RF = Recargo Fondo FEIyMSE = 31 $/MWh Cooperativa Agente MEM
FEIyMSE = CE_MEM RF
donde:
FEIyMSE = Monto mensual del Fondo en $
CE_MEM = Compra de Energía a CAMMESA
en MWh RF = Recargo Fondo FEIyMSE = 31 $/MWh ANEXO II
Coop. Electrica y Otros Servicios de Concordia Ltda. 63.818
Coop. Serv. Pub El Tala Ltda. 310.544

9
Coop. Serv. Pub Quebracho Ltda. 655.126
Coop. Serv. Pub. 25 de Mayo Ltda. 339.917
Coop.A. Mixta La Protectora Ltda. - 155.688
Coop. C.E. y A. Gualeguaychu Ltda. - 68.697
Coop. de Electricidad y O. Serv. Pub. La Paz Ltda. - 714.961
Coop. Prov. Serv. Pub San Antonio
157.829
Coop. Serv. Pub. Santa Anita 165.595
Coop. Serv. Pub El Supremo E. Ltda. 95.967
C oo p. Serv. P ub G. San M artin Ltda. 419.175
Coop. Serv. Pub Gral Urquiza Ltda. - 372.428
C o o p . S e r v . P u b L a E s p e ra n z a L td a. 111.666
Coop. Serv. Pub Ruta J Ltda. - 232.871
Coop. Serv. Pub Villaguay Ltda. - 140.661
Coop. Victoria de Elec. Rural Ltda. - 144.248
Cooperativa Electrica Chajari Ltda. - 654.795
La Agricola Regional Coop.Ltda. - 759.259
ANEXO III
ENERSA 19.305.307
Coop. Electrica Y Otros Servicios De Concordia Ltda. - 5.231.055
C o o p . C . E . y A . Gu a le g u a y c h u L t d a . 3.734.588
RESOLUCION Nº 153 EPRE
CONSIDERANDO APLICACION DE
PRECIOS MAYORISTAS
Paraná, 13 de noviembre de 2013
VISTO:
El Decreto N 734/12 GOB, las Resoluciones Nros. 1169/08, 652/09, 666/09, 347/10, 202/11, 1301/11, 2016/12 y 408/13 SEN, la Nota SSEE N 870/11, la Nota SE N 8752/12, el Decreto N 1626/13 MPIyS; y CONSIDERANDO:
Que la Empresa Energía de Entre Ríos Sociedad Anónima -ENERSAha presentado para su aprobación los nuevos Cuadros Tarifarios para el periodo comprendido entre Noviembre de 2013 y Enero de 2014;
Que conforme a lo dispuesto por el Artículo 79º, segundo párrafo del Decreto Nº 1300/96, dicho Cuadro resultará aplicable a todas las Distribuidoras Concesionarias del Servicio Público de Electricidad, en carácter de Cuadro Tarifario Provincial;
Que a tal efecto deben tenerse en cuenta:
1 La Resolución N 1169/08 SEN que estableció nueve precios mayoristas para los distintos sectores del Mercado Eléctrico, introduciendo nuevas aperturas a lo resuelto oportun a m ent e por la s R e soluc ione s N 93 /0 4, 824/04 y 1434/04 SEN.
2 La Resolución N2016/12 SE que estableció Precios de Referencia Estacionales Subsidiados para cada Distribuidora, conformado por los precios estacionales determinados en la R es oluc ión N 1169/08 SEN más 40,9
$/MWh en concepto de Reajuste Subsidio Adicional al Costo de Compra para ENERSA;
3 La inclusión de una previsión a efectos de compensar los precios transferidos al Cuadro Tarifario y el monómico de compra que se abona a CAMMESA, estableciendo un sobreprecio de +2,4 $/MWh. Esta compensación se analizará en el trimestre Mayo-Julio de 2014.
4 El Artículo 4 de la Resolución N 2016/13
SEN que establece que los Entes Reguladores y/o los poderes concedentes en su defecto, deberán instruir a los Prestadores del Servicio Público de Distribución de Energía Eléctrica de su jurisdicción, a los efectos de efectuar el correcto traslado de los Precios de Referencia Estacionales Subsidiados en los respectivos cuadros tarifarios.
5 Que el mismo Artículo 4 ya citado continúa expresando que la metodología de trasla-

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Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 6/12/2013

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaeseArgentina

Data06/12/2013

Conteggio pagine23

Numero di edizioni4800

Prima edizione01/12/2003

Ultima edizione01/08/2024

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