Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 3/9/2013

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

Paraná, martes 3 de septiembre de 2013
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Recházase el recurso de revocatoria con apelación en subsidio contra la Resolución J.P. N 223/11 interpuesto por el Sargento de Policía Marcelo Javier La Rosa MI N
17.684.639, L.P. N 20.646 representado por el Dr. Rolando Fabián Fiorotto, conforme los motivos expuestos en los considerandos precedentes.
Art. 2º El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno y Justicia.
Art. 3º Regístrese, comuníquese, publíquese. Con copia del presente pasen las actuaciones a la Jefatura de Policía de la Provincia y oportunamente archívense.
SERGIO D. URRIBARRI
Adán H. Bahl
DECRETO Nº 2018 MGJ
APROBANDO CONVENIO
Paraná, 2 de julio de 2013
VISTO:
Las presentes actuaciones por las cuales se gestiona la aprobación del Convenio Marco de Cooperación Educativa celebrado entre el Consejo General de Educación y la Policía de Entre Ríos;
CONSIDERANDO:
Que el citado convenio fue celebrado entre la Policía de la Provincia de Entre Ríos, representada por el señor Ministro de Gobierno y Justicia, Cr. Adán Humberto Bahl, el señor Comisario General Héctor R. Massuh y el señor director de Institutos Policiales, Comisario General Ariel O. Bardallo, por una parte y el Consejo General de Educación, a través de la Dirección de Educación de Jóvenes y Adultos, representada por el señor Ministro de Educación, Deportes y Prevención de Adicciones, Dr.
José Eduardo Lauritto, su Presidenta Prof.
Graciela Yolanda Bar y el director de Educación de Jóvenes y Adultos Prof. Joel W. S pizer, a fin de garantizar la formación educativa del ciudadano mayor de 21 veintiún años inscripto come postulante a los cursos especiales de formación de Agentes de Policía y que tienen incompletos sus estudios secundarios; y Que el mismo tiene como objetivo la promoción del desarrollo de la capacitación, como así también de toda otra actividad que tienda a la formación, perfeccionamiento y especialización de los aspirantes a Agentes de Policía interesados en finalizar sus estudios secundarios y conjuntamente egresar como Agentes de Policía; y Que a través del referido convenio, el Consejo General de Educación se compromete a proveer las horas cátedra necesarias para designar al cuerpo docente y el material didáctico que resulte necesario para cada una de las secciones semi presenciales y la Policía de la Provincia de Entre Ríos a proveer la sede para el dictado de las clases correspondientes; y Que para la instrumentación del convenio aludido la Dirección de Educación de Jóvenes y Adultos del Consejo General de Educación coordinará y controlará el desarrollo de los estudios, tareas y acuerdos específicos necesarios para lograr el cumplimiento de sus fines y la Policía de Entre Ríos fomentará las acciones que sean indispensables para asegurar la inscripción, permanencia, control de requisitos y acompañamiento de los aspirantes de Agente de Policía;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Apruébase el Convenio Marco de Cooperación Educativa, que forma parte integrante del presente con un total de trece cláusulas, celebrado entre la Policía de la Provincia de Entre Ríos, representada por el señor Ministro de Gobierno y Justicia, Cr. Adán Humberto Bahl, el señor Comisario General Héctor
BOLETIN OFICIAL
R. Massuh y el señor director de Institutos Policiales Comisario General Ariel O. Bardallo, por una parte y el Consejo General de Educación, a través de la Dirección de Educación de Jóvenes y Adultos, representada por el señor Ministro de Educación, Deportes y Prevención de Adicciones, Dr. José Eduardo Lauritto, su Presidenta Prof. Graciela Yolanda Bar y el director de Educación de Jóvenes y Adultos Prof.
Joel W. Spizer, a fin de garantizar los estudios secundarios de los aspirantes al curso especial de Agentes de Policía con ciclo básico del nivel secundario completo.
Art. 2º El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno y Justicia.
Art. 3º Regístrese, comuníquese, publíquese. Con copia del presente pasen las actuaciones a la Jefatura de Policía de la Provincia y oportunamente archívense.
SERGIO D. URRIBARRI
Adán H. Bahl
DECRETO Nº 2019 MGJ
HACIENDO LUGAR A SOLICITUD
Paraná, 2 de julio de 2013
VISTO:
Las presentes actuaciones iniciadas por el señor Daniel Germán Benmelej; y CONSIDERANDO:
Que a fs. 01, obra nota del Sr. Benmelej, DNI
N 14.357.576, domiciliado en la ciudad de Paraná, por la que solicita se liquide a su favor, los haberes caídos del mes de agosto de 2012, el proporcional del la segunda cuota del aguinaldo del mismo año, la restitución de lo descontado en concepto de impuesto a las gananciastotal o parcial según corresponda, el pago de veinte 20 días de licencia anual ordinaria del año 2011 no usufructuados y el pago proporcional a dicha licencia no gozada del año 2012, correspondientes a su extinta esposa, señora Alicia Inés Cordiviola;
Que a fs. 2, obra copia autenticada del acta de defunción de la Sra. Cordiviola, ocurrida el día 24 de agosto de 2012, a fs. 03, información sumaria expedida por el Juez de Paz N 1 de Paraná y a fs. 04, copia simple de la Libreta de Matrimonio;
Que a fs. 05, obra certificación emitida por la Dirección General del Notariado, Registros y Archivos en fecha 9 de octubre de 2012, expresando que la agente Alicia Inés Cordiviola, DNI
N 17.552.350, Legajo Nº 105.952, categoría 1
Profesional C, tiene pendiente de uso veinte 20 días de licencia anual ordinaria correspondientes al año 2011;
Que a fs. 07, la Dirección General de Personal dispone la toma de razón en el legajo personal de la agente Cordiviola de la defunción, adjuntar copia de la declaración jurada y formulario de censo abarcativo, lo que se da cumplimento a fs. 08/11;
Que a fS. 13, la Dirección General del Notariado, Registros y Archivos informa que la agente Cordiviola tenía pendiente de uso el total de los días de licencia anual ordinaria del año 2012 y veinte 20 pendientes de uso del año 2011, adjuntando a fs. 15, copia de la nota de fecha 30 de marzo de 2012, mediante la que la titular del organismo dispone que la agente Cordiviola haga uso de dicha licencia después del mes de marzo de 2012, por razones de organización interna;
Que a fs. 17 y vta. la Asesoría Legal de la Dirección General de Personal emite dictamen de su competencia, expresando que el presente caso reviste carácter de excepcional y en consecuencia el deceso de la agente impidió un obrar normal en el uso de la licencia, por lo que sugiere la retribución de los días en tal concepto no gozados;
Que a fs. 19 y vta. la Dirección de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Gobierno y Justicia, emite dictamen de su competencia, expresando que comparte lo manifestado por la Aseso-

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ría Legal precedente, por lo que no realiza objeciones jurídicas a lo solicitado en autos;
Que a fs. 20/23 la Dirección General del Servicio Administrativo Contable del Ministerio de Gobierno y Justicia efectúa el cálculo del costo y realiza la reserva preventiva del gasto, debidamente intervenida por la Contaduría General de la Provincia;
Que a fs. 22 vta. obra intervención de la señora contadora delegada de la Contaduría General de la Provincia, sin formular objeciones a lo tramitado;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Hágase lugar a la solicitud efectuada por el señor Daniel Germán Benmelej, DNI N 14.357.576, domiciliado en calle Lucio DAgostino N1624 de la ciudad de Paraná, en relación a los salarios caídos y licencia anual ordinaria de los años 2011/2012, no usufructuada por su esposa fallecida, Señora Alicia Inés Cordiviola, ocurrida el día 24 de agosto de 2012, por las razones expuestas en los considerandos del presente.
Art. 2º Impútase el gasto a: Dirección de Administración 966- Carácter 1- Jurisdicción 20- Subjurisdicción 02- Entidad 0000-Programa 18- Subprograma 00- Proyecto 00- Actividad 01- Obra 00- Finalidad 1- Función 20Fuente de Financiamiento 11- Subfuenfe de Financiamiento 0001- Inciso 1- Partida Principal 1- Partida Parcial 1/4/6- Partida Subparcial 1001/1031/1051-Departamento 84- Ubicación Geográfica 07 del Presupuesto 2013.
Art. 3º Autorízase a la Dirección General del Servicio Administrativo Contable del Ministerio de Gobierno y Justicia, a liquidar y hacer efectivo el pago resultante de lo dispuesto por el artículo 1 de esta norma legal, al señor Daniel Germán Benmelej, DNI Nº 14.357.576, domiciliado en calle Lucio DAgostino N 1624
de ésta ciudad de Paraná.
Art. 4º El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno y Justicia.
Art. 5º Comuníquese, publíquese y archívese.
SERGIO D. URRIBARRI
Adán H. Bahl
DECRETO Nº 2020 MGJ
Paraná, 2 de julio de 2013
Modificando la planta general de cargos del ejercicio 2013, de la Jurisdicción 20- Ministerio de Gobierno y Justicia, Subjurisdicción 02- Secretaría de Justicia, Unidad Ejecutora: Dirección de Inspección de Personas Jurídicas, conforme se discrimina en planilla Anexo III y que adjunta, forma parte integrante del presente.
Disponiendo transitoriamente el cambio de tramo al agente Mariano Romeo Catena, DNI
Nº 29.855.341, Legajo Personal Nº 169.381, categoría 10 - Administrativo, con situación de revista en la planta permanente de la Dirección de Inspección de Personas Jurídicas, por los motivos expuestos, al tramo Profesional Universitario, Profesional C, manteniendo igual categoría.
Autorizando a la Dirección General del Servicio Administrativo Contable del Ministerio de Gobierno y Justicia, a liquidar y efectivizar el pago, conforme lo dispuesto.
DECRETO Nº 2021 MGJ
Paraná, 2 de julio de 2013
Disponiendo el pase a retiro voluntario, con goce de haberes del Sargento 1 Juan Carlos García, clase 1966, DNI N17.487.854, L.P. Nº 105.631, numerario dependiente de la Dirección General del Servicio Penitenciario de la Provincia de Entre Ríos, domiciliado en calle Estación Sosa N 2594 de la ciudad de Paraná, Provincia de Entre Ríos, conforme lo establecido por la Ley N 5797, modificada por los artículos 4 y 17º de la Ley N 7979 y Ley Nº 5654, modificada por la Ley 8707, régimen

Riguardo a questa edizione

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 3/9/2013

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaeseArgentina

Data03/09/2013

Conteggio pagine28

Numero di edizioni4786

Prima edizione01/12/2003

Ultima edizione12/07/2024

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